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Decreto 607-1961

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 607-1961
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1961

INDRO EL DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 19 DE ENERO DE Registrado camo correspendencia de segunds, class on in Administración Administra.dom Telefone 24410 Control do Correos de Guatemala, of 8 de marzo de 1950. baje of N° 749.Impreso on Diario de Contro Agencia: Telefone 28027 America, 9" Ar. 11.54. Zona 1

DIRECTOR: AUGUSTO MULET DESCAMPS TOMO CLXII Guatemala, Jueves 10 de Agosto de 1961 NUMERO 55

SUMARIO E) Ministro do Agricultura, 1958, la "Compañía Industrial del Atlantico, PEDRO MOMBIELA. S. A." fue clasificada como industria integral ORGANISMO EJECUTIVO fundamental nueva, de conformidad con el, ar-E Ministro de Educación Pública. tículo 2°, numeral I, Inciso a) del decreto 459 JUAN ANCHISSI CACERES del Congreso de la República; y que el consejoMINISTERIO DE GOBERNACION de Asesoría Técnica en dictamen fechado el 12Por el Ministro de Foonomia. de septiembre de 1960. emitió opinión favorableDevicto número 607 el Ministro de Relaciones Exteriores, a la solicitud presentada por dicha empresa, re.Autorized # la sociedad "Halliburtos Company" para que JESUS UNDA MURILLO, lativa a que se le concedan los beneficios de lapueda operar en la Republica. ley de Fomento Industrial,E Ministro de Communicationes

MINISTERIO DE ECONOMIA Obras Públicas, POR TANTO.

JOSE LUIS CRUZ SALAZAR Otorgase a in "Companie Industrial del Atléntico, S. A.", Con base en las prescripciones que establece exoneración de impuostos arancelarios. a Ministro de la Defense Nacional el decreto número 459 del Congreso Nacional y Otorgase a in Compania Industrial del Atlantico, S. A., in ENRIQUE PERALTA AZURDIA aprobación de la Presidencia de la República exameración que - express. numero 194, del 10 de mayo de 1961, Hacrse la association que se mencions, & favor de la "ComEl Ministro do Haciends y Crédito Público. panis Industrial del Atlantico, 5. A." ACUERDA:MANUEL BENDFELDT J. Oforgase a la Industria Papelera Centroamericans, S. A., Artículo 1°-Se otorga a la "Compañia Inexoneración de Impuestos de importación. EPMinistro de Relaciones Exteriores,dustrial 'del Atlántico, S. A." exoneración libre Otorgase a in fábrica "Textiles Capri", is exoneración areaJESUS UNDA MURILLO. del pago de todos los impuestos, derechos. tasas celarle que so mencions y sobrecargos de importación, excluyendo 'os Declarase que el Aserradero "Los Alamos", pertenece 8 in El Ministro de Salad Peblicar derechos de almacenaje, lo siguiente: categoria de industria existente. y Asistencia Social MARIANO LOPEZ HERRARTE Concepto Peso Valor ImpuesMINISTERIO DE TRABAJO Kgs. Bra. CIF tos a Y BIENESTAR SOCIAL For of Ministro de Trabajo y exoneBiomestar Social, rar al-acuerdo número 371 de-ta - LEOPOLDO BOLANOS Instructs Gustemakeso de Seguridad Social, les les. MINISTERIO DE RACIENDAY Amtreisans & segieded "Hallibtirion Compa Tres mill quinion CREDITO PUBLICO ny= puede operar em la Republica tos (3,500.000) kis los brutos de me. Acuérdame Direction General de Renter - Palado Nacional: Guatemala, 31 de julio terias colorantes; bear dos . main empleados. para cl contain do in salida. do 1961. derivades del al. los. - de cerveza. timbrades - les. quitran de hulla 3,500.00m 9,750.00-1,463:50 Examinada la solicitud del señor Billy Genel Custro mil dosANUNCIOS VARIOR Smith, apoderado. general de la sociedad "Hal efentos- (4,200,000) liburton Company relative a. que se le-permikilos brutos der Solicitation + in. a USA entidad desarrollar sue actividades materias coloran zaciones Constitución de mercantiles y bacer negosios an el país; tos sin;éticas, paficación de de TA usos industria. de invensión Registro de CONSIDERANDO: les 4,200.000 26,368.00 3,955.20 Edicatos Remation Custro mil seisAscguradors Quotral S, A., Guatemale, c. Que asesor jurídico del Ministerio de Go cientos cincuenta

General Condessado al-31'de diciembre de 1959. bernación, en dictamen aprobado por el. pro-f (4,850.000) kilos cursdor general de la Nación y jefe del Minisbrutos de producterio Público, manifestó queen el respectivo tos y compuestos expediente se llenaron los requisitos que para no denominados, ORGANISMO EJECUTIVO el efecto señalan los artículos 416 del Código, pera aprestar te. de Comercia y 24 del Código Civil; que los fijices 4,650.000 5,520.00 828-00 DES que perxigue la sociedad asi como sus estatutos no contravienen las leyes ni las instituTOTALES: 12,350.000 41,638.00 6,245.00 MINISTERIO DE GOBERNACION ciones vigentes, POR TANTO DECRETO NUMERO 607 E1 Presidente de la República, La materia prima descrita en el cuadro terios, representa un peso de doce mil trescien F1 Presidente de la República, ACUERDA: toc cincuenta (12,350,000) kilogramos brutos exactos; valor CIF de cuarenta y un mit seisCONSIDERANDO: Autorizar a la isocieded "Hallitauton Comcientos treinta y ocho quetzales (Q.41,638.00) pany", constituida y organizada de conformidad. exactos, e impuestos a exonerar de seis mil dosQue les autoridades militares fnforman que con las leyes estado de Delaware, Estados cientos cuarenta y cinco quetzales y setenta con.

se han debelado las actividades conspiratives y Unidos "tle Norteamérica, para. que puedá opetavps (Q.6,245.70) exactos. el movimiento sectituse que dieron motivo paran en la Republica, debiendo cumplir antes dera declarer el Estado de Sitio por mediodel iniciar sus operaciones, alas formalidades COArtículo 29 Se determina que materia decreto número 606 de! presidente de la Re rrespondientes a.su inscripción en el registro prima objeto de la presente exoneración, solo pública, y que de consiguiente, de nuevo reirespectivo, de conformidad con lo que dispone podrá ser usada para el servicio de la emprenan la pez y la tranquilidad públicas on todo eldecreto gubernativo número 1543 y sus resa beneficiada, la cual queda en la obligación el pais; formas y artículo 419 del Código de Comercio, de formular una declaración ante este Minisand COMO las que para su funcionamiento presterio, de acuerdo con lo que amparan las res-CONSIDERANDO: cribe el artículo 25 del Codige Civil. quedando pectivas pólizas aduanales, a fin de Devar el sujeta a las leyes y tribunales de la República centrol necesario y establecer que es empleada Que el gobierno en tal virtud. está presto a restablecer cuanto antes el pieno vigor de las por todos los actos y negocios que en ella veripara el uso que se indica. Asimismo se obliga figue o ejecute. a la empresa, a rendir un informe mensual garantias y deteches establecidos por la Cons acerca del volumen de su producción y precio

titución de la Republica, Comuniquene de venta del artículo elaborado, así como el YDIGORAS FUENTES número de trabajadores empleados salarios POR TANTO pagados, tanto al propio Ministerio como a la E Ministre do Gebernación Dirección General de Estadística. En Consejo de Ministros, GUILLERMO LOPEZ RODRIGUEZ Artículo 39-Se responsabiliza a dicha em.

DECRETA: 150706 presa por_el mal use que hiciere de la exención que se le concede, queda estrictamente Artículo 19-6 hace cesar el Estado de Sitio sujeta a los alcances del articulo'26 del decreto en toda la República. declarado por drereto nú- número 1317 del Congreso de la República, sin mero 606 del presidente de la República. MINISTERIO DE ECONOMIA perjuicio de las sanciones de otro orden contenidas en las leyes del ramo de Hacienda.

Atticulo 29Fate decreto entrará en vigorinmediatamente Artículo 49-E1 presente acuerdo debe transOtorgase R la "Compañía Industrial del Atlancribirse al Ministerio de Hacienda y Créditn Dade en el Prlacio Nacional a los diez días tico, S. A.", exoneración de impuestos aranPúblico y al interesade, para los fines proce. del THIS de as novecientos sesenta y celarios, dentes. uno.

Palacio Nacional: Guatemala, 15 de mayo de Comuniquese

Fuoliquese 1961. PRIETO BARRIOS. A Ministro de Economia,

YDIGORAS FUENTES JORGE LUIS PALACIOS ARRIOLA

CONSIDERANDO: Subsocretario

F. Ministro GUILLERMO DRIGUEZ Que por acuerdo micisterial del 7 de julio de 150515-10

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