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Decreto 608-1961

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 608-1961
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Desastres_Naturales
Año
1961

EL DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL If DE ENERO DE 1886-SEGUNDA EPOCA Registrado como correspondencia de segunda clase on la AdministraciónAdministración: Telefono 24418

Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marro de 1950, bajo el NO 749.Impreso en Diario de Centre América, 9. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: AUGUSTO MULET DESCAMPS TOMO CLXIII Guatemala, Viernes 3 de Noviembre de 1961 NUMERO 20

SUMARIO de las vias de comunicación, para prohibir 0 suspender espectáculos públicos 0 cualesquieracreto número 1317 del Congreso de in República; y que el cansejo de Asesoria Técnica, en dictamenreuniones inconvenientes en las zonas afectadas ORGANISMO EJECUTIVO y cuantas fueren inaplazables para hacer cesar de fecha 26 de septiembre de 1961, emitio opinión Decrease Número 608. los efectos de la calamidad y dar pronto auxiliofavorable a la solicitud presentada, relativa a que y protección a Los habitantes, se le otorguen los beneficios de la ley de la ma-teria, MINISTERIO DE ECONÒMIA Artículo 3º-Queda constituido un Comité de POR TANTO, Otorgane a Industria Textil Miraflores, S. A. (INTEXSA).Emergencia para planificar y coordinar las laexoneración de impuestos aduanales bores de socorro la cooperación de los parti-Con base en el artículo 60. del decreto 1317 del

Otorgase a la Fabrica de Casimires de Amatitis, la exo-culares, instituciones y autoridades, tendientesCongreso de la República, meración que se mentions al mejor control de la situación en las zonasafectadas. ACUERDA: Hacese is exomeración que so express, a favor de in Fabrica de Customires de Amatition Artículo4°-El Comité se integra con repre-Artículo 10.-Otorgar a. Industria Textil Miraflosentantes de las siguientes entidades y servicios:res; S. A. ("INTEXSA"), exoneración, libre del MINISTERIO DE EDUCACION a) Cruz Roja Guatemalteca; page de todos los impuestos, derechos, tasas y soPUBLICA b) Instituto Guatemalteco de Seguridad Social;brecargos de importación, exceptuando los derec) Acción Cívica Militar del Ejército Nacional;chos de almacenaje, sobre lo siguiente: Reglamento de la Escucia Laboratorio NO 1 "Raymond H.d) Instituto de la Vivienda Urbana, Concepto Kgs. ValorRignall". de 0612 capital Impuese) Instituto Cooperativo Interamericane de la Brutos CIF tos a MINISTERIO DE HACIENDA Y Vivienda; exonerar f) Asociación General de Agricultores;CREDITO PUBLICO g) Camara de Comercio; Dos (2) canilleras de Ampliate et acuerdo que 80 mencions, cn al sentido de queh) Cámara de Industria; trama 4,400.000 Q. 8,116.00 Q.405.80 tambiés ac exomera a la Asociación Católica de Benefii) Cámara Junior International de Guatemala;Partes para máquina

cente "Charttas", del pago de impuestos arancelarios,j) Asociación de Periodistas de Guatemala;mercerizadora 2,240.000 5,578.50 278.93 k) Club Rotario; ANUNCIOS VARIOS D Club de Leones; y TOTALES: 6,640.000 Q.13,694.50 Q.684.73 m) Colonias Extranjeras. Lineas de tramsporte.-Solicitad de derecho petrolero.-Ma-pudiendo aceptar el concurso de otros parti.trimonios.-Modificación de sociedades.-Registro de marculares 0 entidades que descen cooperar. El material descrito representa un Deso de seiscas-Edictos-Hemates mil seiscientos cuarenta kilogramos brutosInstituto de Fomento Je in Prodnccion-Balance ComoliFungiran como Presidente y Vicepresidente de dido y por Departamentos at 30 de jumio do 1960-Licodicho Comité, los Ministros de la Defensa Na000); valor CIF de trece mil seiscientos norera S. A.-Balance General al 30 de sopticuncional y Salud Pública y Asisencia Social, quie-venta y cuatro quetzales y cincuenta centavos bre de 1960. -Compañia Holandena de Comercio de Cennes emitirán las disposiciones y acuerdos per-(Q.12.634.50), e impuestos a exonerar de seiscientinentes para reglamentar sus actividades.tro Amenca-Balance General al 31 de diciembre de tos ochenta y cuatro quetzales y setenta y tres

1960. Artículo 5º-De este Decreto seadará cuenta alcentavos (Q.684.73).

ACLARACION Congreso de la República, inmediatamente paraArtículo 20.-Determinar que las canilleras su conocimiento, entrará en vigor a partir delEn el anuncio del Banco de Guatemala relapartes para máquina mercerizadora objeto de la día de hoy y se le dará publicidad por todoscionado con el resultado del sorteo de los Bonos presente exoneración, sólo podrán ser usadas paralos medios de difusión. de Obras Públicas de la Municipalidad de Queel servicio de la empresa beneficiada, la cual quesaltenango 5%, publicado on este diario el día Dado en el Palacio Nacional: en la Cludad deda en la obiigación de hacer una declaración ante 19 de octubre de este año, salieron ilegibles losGuatemala, a primero de noviembre de mil no.este Ministerio, de acuerdo con Jo que amparan números que se indican a continuación: on el vecientos sesenta y uno. las respectivas pólizas aduanales, a fin de llevar rubro de 200 bonos de Q50.00 c/u.: 108. 125. 318. Publiquese y cúmplase. el control necesario y establecer que son emplea526, 635 y 1983. En e1 rubro de 125 bonos de das para el uso indicado; asimismo se obliga la a100.00 c/u.: 2079, 2616, 3056 Y 3206; por lo que MIGUEL YDIGORAS FUENTES empresa, a rendir un informe mensual sobre el se hace la aclaración correspondiente. volumen de su producción y precio de venta del El Ministro de Agricultura, articulo elaborado, número de trabajadores emplea-Guatemala, 3 de noviembre de 1961. PEDRO MOMBIELA. dos y salarios pagados, tanto al propio Ministeria,como a la Dirección General de Estadística.

ORGANISMO EJECUTIVO El Ministro de Educación Pública, JUAN ANCHISSI CACERES Artículo 30.-Responsabilizar a dicha empresa por el mal uso que hiciere de la exención que SO El Ministro de Economia, le concede, y queda estrictamente sujeta a los at DECRETO NUMERO 608 JOAQUIN PRIETO BARRIOS. cances del artículo 26 del decreto 1317 del CongreSO de la República, sin perjuicio de las sanciones El Presidente de la República. El Ministro deComunicaciones de otro orden contenidas en las leyes del ramo de y Obras Públicas, Hacienda.

CONSIDERANDO: JOSE LUIS CRUZ SALAZAR. Articulo 40.-Que la presente disposición se transQue el huracán Hattie ha causado grandes EI Ministro de la Defensa Nacional, criba al Ministerio de Hacienda y Crédito Públics estragos en la región norte del país, afectando el territorio de Belice y los Departamentos de ENRIQUE PERALTA AZURDIA y a la empresa interesada, para los fines proce-dentes.

E1 Peten e Izabal, estragos qué por su conside. El ración y efectos, constituyen ana calamidad pú- Ministro de Hacienda Comuniquese. blica, por lo que es deber del Estado tomar todas y Crédito Público, PRIETO BARRIOS las medidas para conjurarlos, hacerlos cesar y MANUEL BENDFELDT J. SARBELIO MAZARIEGOS Y MAZARIEGOS, prestar los auxilios necesarios a las poblaciones Oficial Mayor.

damnificadas; K Ministro de Relaciones Exteriores, 96149-3

JESUS UNDA MURILLO.

CONSIDERANDO: Otérgase a la Fábrica de Casimires de AmatitianMinistro de Salud Pública la exomeración que se mencless.

Que el Gobierno de Guatemals siempre ha y. Asistencia Social, estado preocupado por el bienestar y la felicidad. MARIANO LOPEZ HERRARTE Palacio Nacional: Guatemala, 23 de octubre the de los hermanos belicefios y no puede menos, en 1961. Asta hora de dura prucba que confrontan, que El Ministro de Trabajo El Ministro de Economia, concurrir inmediatamente en su protección y y Previsión Social, ayuda, no solo por medio de la cooperación de LEOPOLDO BOLANOS ALVAREZ CONSIDERANDO: las autoridades civiles y militares, sino con el apoyo de todas las fuerzas vivas del país, Ministro de Gobernación, Que por acuerdo ministerial fechado el 22 the GUILLERMO LOPEZ RODRIGUEZ julio de 1960, la Fábrica de Casimires de Amath POR TANTO, tlán fue reclasificada como industria nueva, de conformidad con el artículo 50. del decreto meEn Consejo de Ministros. MINISTERIO DE ECONOMIA mero 1317 del Congreso de la República; y que elY de conformidad con los Artículos 77 y 1 consejo de Asesoría Técnica. en dictamen de 22de los Transitorios de la Constitución de la Rede septiembre de 1961, emitió opinion favorable apublica, la solicitud de dicha empresa, relativa a que se le

DECRETA: Otergase a Industria Textil Miraflores. S. A., otorgas los beneficios de la ley de la materia, Artículo 19-Se declara el estado de calamidad(INTEXSA), exonoración de impuestos adua. POR TANTO,nales. publica DOC el término de ocho días a contar de Con bose en lo establecido por el artículo 60. del twy en cl territorio de Belice y has DepartamenPalacio Nacional: Guatemala, 17 de octubre de decreto 1317 del Congreso de la Republica,too de El Peten e Izabal. 1961.

Artículo 22-Las Autoridades tomarán las me. El Ministro de Economia, didas necesarias de orden sanitario, las relati ACUERDA: vus a la evacuación, transporte y alojamiento CONSIDERANDO: to los popledores damnificados, las indispensaAruculo 10.-Otorgar a la Fébrica de Casimires Que nor accurds ministerial fechado cl 7 de DChies para coordinar y controlar les servicios pude Amatition, exoneración, libre del pago de todosthe is 1930. Internal Tertil Miraffores. S. A. bliens prestados por empresas particulares, in los inpuestor, derechos, tasas y sobrecargos &("ENTERSK" the reclasification COME industriaconcentraciones J. gente importación, excepto 108 derechos de almacenaje,signature:

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