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Decreto 61-1990-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 61-1990-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1990

140 DIARIO DE CENTRO AMERICA Noviembre 15 de 1990 NUMERO 8

DECRETO NUMERO 61-90 DECRETO NUMERO 63-90

El Congreso de la República de Guatemala, El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Decreto 44-90 del Congreso de la Republica, toda persona que exporte mercancias, está obligada a Due la Municipalidad de San Antonio Suchitepéquez, del Departspagar el dos por ciento (2%) sobre el equivalente en moneda mento de Suchitepéquez, tiene urgente necesidad de llevarnacional del valor FOB de cada exportación, con carácter de retencion acreditable al pago del Impuesto sobre la Renta. cabo obras de introducción de agua potable en virtud de que -el servicio con que cuenta actualmente no es adecuado según estudios efectuados por la Municipalidad y el InstitutoCONSIDERANDO: de Fomento' Municipal al extremo que los vecinos de dicho MuQue la persona O entidad que efectua la exportacion no siempre nicipio han tenido que acudir ante la Auxiliatura Departamen-es la persona que produjo las mercancias, actuando el exportador tal del Procurador de los Derechos Humanos.en estos casos como simple intermediario que descuenta al productor todos los pagos de impuestos, por lo que en éste caso, es conveniente acreditar la retencion al productor original. CONSIDERANDO: Que en casos concretos, la propiedad privada podrá ser expropiada por razones de utilidad colectiva, beneficio socialPOR TANTO,

O interes público debidamente comprobados; y que corresponde En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo al Congreso de la República hacer la declaratoria correspon-171, incisos a) y c) de la Constitucion Politica de la Republica diente. de Guatemala, CONSIDERANDO: DECRETA: Que hechos los estudios respectivos, se ha determinado la urgente necesidad de llevar a cabo los trabajos de reparaciónARTICULO 1. Se adiciona inmediatamente después del primer párrafo del articulo 1 del Decreto 44-90 del Congreso: de la de la red de distribución de agua potable del Municipio de Republica, el párrafo siguiente: San Antonio Suchitepéquez y fundamentalmente la construccion de dos tanques de distribución, los cuales según estudios "Cuando el exportador de merdancias no sea el productor de técnicos efectuados, CS imperativo que se construyan en unalas mismas y actue como intermediario, el pago del dos por ciento (2%) sobre el equivalente en moneda nacional del fracción de terreno que corresponde a la Finca La Esperanza valor FOB de cada exportacion, será acreditable al Impuesto de esa jurisdicción. sobre la Renta del productor de las mercancias. Por delegacion de la Direccion General de Rentas Internas, el POR TANTO, Banco de Guatemala, en el caso de las personas que gozan de exoneración del impuesto procederá sobre la base de los En ejercicio de las atribuciones que le confiere 63 Articuloiistados actualizados que le proporcionará dicha Direccion, a no realizar la retencion referida en virtudide constituir 171, literal a) de 15 Constitución Política de la Repúblicarentas exentas O exoneradas". de Gustemala, y con fundamento en los Articulos 40 de 13 citada

piacion, Constitución y Articulos 1, 2, 3, 4, 5 y de la Ley de ExproARTICULO 2. E1 presente Decreto entrara en vigencia ocho DECRETA: lias después de su publicación on el Diario Oficial. ARTICULO 1. Se declara de utilidad y necesidad pública 13 expropración A favor de 1.1 Municipalidad de San Antonio PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION Y Suchitepéquez del Departamento de Suchitepequez, de una frac-CUMPLIMIENTO. cion de terreno de la Finca Rústica inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad con el Número 631, Folio 104 del DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD Libro 9 de Suchitepequez, propiedad de Esmoralda France GeneDE GUATEMALA A LOS ONCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL vieve de León Kno de Wiggins. correspondiendole 3 dicha frac-, NOVECIENTOS NOVENTA. cción 3 desmombrarse un área total de siete mil veintiseis punto treints y nueve metros cuadrados (7,026.39 metros cuadrados) y las medidas y colindancius siguientes: De la Estación cuarenta y cuatro prima a (44's) al punto observado cuarents y cinco a (45a) con rumbo Sur Oeste diecinueve grados cuarents y dos minutos y seis segundos (190 42' 06") una distanciaMARCO ANTONIO DARDON CASTILLO PRESIDENTE de ciento cincuenta y cinco metros con cuarents centimetros

(155.40mts) con Finca matriz: de la Estación cuarents cinco 3 (45a) 31 punto observado cuarents y cinco prima 3 (45'3) con rumbo Noroeste veintinueve grados treints y un minutos MIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO SARA MARINA GRAMAJO SOTO treinta y un segundos (290 31' 31") una distancia de cuarentiSECRETARIO SECRETARIO tres metros con ocho centimetros (43.08mts) con herederos Morales Quieza: de la Estacion cuarenticinco prima a (45's) al punto observado cuarenticinco dos prima 3 (45"3) con rumbo noroeste veinticuatro grados veinticinco minutos veintiseis PALACIO NACIONAL: Guatemala, dos de noviembre de mil novecientos segundos (240 25' 26") una distancia de quince metros con cchenta y ocho centimetros (15.88mts) con herederos Moralesnoventa. Quiez3; de 13 Estación cuarenticinco dos prima a (45"3) al PUBLIQUESE Y CUMPLASE punto observado cuarenticinco tres prima 3 (45""3) conn rumbo Noroeste seis grados veintisiete minutos ocho segundos (060 27' 08") una distancia de cuarents metros con setentiseis centimetros (40.76mts) con herederos Morales Quieza: de la CEREZO AREVAL Estacion cuarenticinco tres prima 3 (45"'a) al punto observado cusrenticinco cuatro prima a (45IV 3) con rumbo Noreste CINCO grados trece minutos. y cuarentidos segundos (059 13' y 42")E1 Secretario General de la

Presidencia de la República una distancia de veintisiete metros con setentisiete centimetros (27.77mts) con herederos Morales Quieza, de 1.3 Estación cuarenticinco cuatro prima J (45¹V·) al punto observado cuarenticinco cinco prima b (45 b) con rumbo Noreste ocho grados CARLOS DIAZ DURAN OLIVERO. cincuenta y tres minutos y veintium segundos (089 53' 21") una distancia de treinticinco metros con setenta contimetros

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