Decreto 61-2007
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 61-2007
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 2007
Diario de CentroAmérica
GENTECOMERADO
MARCHAEN
www.dca.gob.gt Director: Luis Eduardo Marroquin GodoyDecano de la Prensa Centroamericana Organo Oficial de la República de Guatemala TOMO CCLXXXIII Guatemala, VIERNES 7 de diciembre de 2007 NÚMERO 24
SUMARIO
ORGANISMO LEGISLATIVO
ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
G DECRETO NÚMERO 61-2007
© DECRETO NÚMERO 62-2007
G DECRETO NÚMERO 63-2007
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALAe DECRETO NÚMERO 64-2007
DECRETO NÚMERO 61-2007
ORGANISMO EJECUTIVO EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALAMINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Acuérdase adscribir a favor de la Autoridad para el Manejo Sustentable de la Cuenca y del Lago de Amatitlán, una fracción CONSIDERANDO:de terreno de 306.434.707 metros cuadrados que forma parte de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central. Que en virtud de las normas pertinentes del Derecho Internacional, todos los Estados tienen el Acuérdase otorgar en donación a título gratuito, libre de gravamenes,deber de adoptar las medidas que sean necesarias para la conservación y administración deanotaciones y limitaciones que puedan afectar los derechos del
donatario, a favor de la Confederación Deportiva Autónoma delos recursos marinos vivos, inclusive las especies altamente migratorias y de cooperar con Guatemala -CONFEDEotros Estados en su adopción. MINISTERIO DE TRABAJO Y CONSIDERANDO:PREVISIÓN SOCIAL Acuérdase aprobar la ampliación del Presupuesto de Ingresos del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-, para el Ejercicio Fiscal 2007. Que Guatemala suscribió la Convención para el Fortalecimiento de la Comisión Interamericana MINISTERIO DE GOBERNACIÓN del Atún Tropical, establecida por la Convención de 1949 entre los Estados Unidos de América Acuérdase aprobar la disminución del Presupuesto de Ingresos del Instituto de Fomento Municipal -INFOM-, correspondiente aly la República de Costa Rica, "Convención de Antigua" y que la misma no contraviene ejercicio Fiscal 2007. disposiciones constitucionales ni legales vigentes, es procedente su aprobación. Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar los estatutos de la FUNDACIÓN ROJOS DEL SETENTA Y CUATRO POR TANTO: MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS Acuérdase reformar el Acuerdo Ministerial número AG-185-2000 deEn ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y I) del artículo 171 de la fecha 24 de abril de 2000. Constitución Política de la República, MINISTERIO DE EDUCACIÓN DECRETA: Acuérdase modificar el segundo considerando, del Acuerdo Ministerial
No. 1083 de fecha 17 de septiembre de 2004, modificado por el Acuerdo Ministerial número 772 de fecha 02 de junio de 2005.Artículo 1. Aprobar la "Convención para el Fortalecimiento de la Comisión Interamericana del MINISTERIO DE ECONOMÍA Atún Tropical establecida por la Convención de 1949 entre los Estados Unidos de América y la Acuérdase publicar la Resolución número 210-2007 (COMIECO-República de Costa Rica, Convención de Antigua".XLVI) del Consejo de Ministros de Integración Económica, la que aparece como Anexo del presente acuerdo. Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a los ochos días de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLICACIONES VARIAS REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y
PUBLICACIÓN.MUNICIPALIDAD DE MIXCO, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA ACTA NÚMERO 64-2007 EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE PUNTO TRIGÉSIMO SEXTO GUATEMALA, EL CATORCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE.
MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU
LEY TEMPORALY ESPECIAL DE REPOSICIÓN DE
CÉDULAS DE VECINDAD DEL MUNICIPIO DE
RETALHULEU, DEPARTAMENTO DE RETALHULEU, SEGÚN EL DECRETO 30-2006 DE FECHA
21 DE SEPTIEMBRE DE 2006. RUBÉN DARÍO MORALES VÉLIZ
PRESIDENTE CONGRESO
ANUNCIOS VARIOS GUATEMALA Matrimonios Constituciones de sociedad Modificaciones de sociedad Patentes de invención Registro de marcas Títulos supletorios JORGE MARIO VÁSQUEZ VELÁSQUEZ JOB RAMIRO GARCÍA Y GARCÍA Edictos Remates. SECRETARIO SECRETARIO2 Guatemala, VIERNES 7 de diciembre de 2007 DIARIO de CENTRO AMERICA NUMERO 24
PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintiocho de noviembre del año dos mil PALACIO NACIONAL: Guatemala, cuatro de diciembre del año dos mil siete. siete.
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE DE
DE LA REPUBLICAPUBLÍQUESE Y CUMPLASE
REPUBLICA OUATEMALA.8
BERGER PERDOMO
GUATEMALA.
Do
BERGER PERDOMO
Gert Rosenthal KoenigsbergerEXTERIORES MINISTER Lic. rge Raut Arroyave ReyesSECRETARIO GENERAL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE PRESIDENCIA DE AREPUBLIC
REP. DE GUATEMALARELACIONES EXTERVORESJorge Raul2 KeyeSECRETARIO GENERAL Gerl Rosenthal KoenigsbergerMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORESREP. DE GUATEMALADE LA PRESIDENCIA DE LA (E-992-2007)-07-diciembre LUIS OSCAR ESTRADA Ministro de Economía (E-993-2007)-07-diciembre
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 62-2007
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA DECRETO NÚMERO 63-2007CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno del Estado de Israel, suscribieronEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA el "Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones", en la ciudad de TelCONSIDERANDO: Aviv el 7 de noviembre del año 2006.
CONSIDERANDO: Que Guatemala suscribió con fecha 05 de junio de dos mil seis, en la Ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia el "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Que el propósito del Acuerdo de mérito, es crear condiciones adecuadas conducentes alGobierno de la República de Colombia para la Promoción y Protección Recíproca de las fòrtalecimiento de la promoción de la inversión de capitales nacionales y extranjeros y contribuirInversiones" al estímulo de la iniciativa económica bilateral, como vía para lograr una mayor prosperidadCONSIDERANDO: para los Estados de Guatemala e Israel.
CONSIDERANDO: Que el Acuerdo que fue suscrito, es un instrumento de carácter legal y técnico, mediante el cual cada Parte Contratante se compromete a promover y proteger reciprocamente las inversiones Que el Acuerdo suscrito no contraviene normas constitucionales ni leyes aplicables en materiaprovenientes de la otra Parte Contratante, de conformidad con su legislación y que las
de inversiones por lo que es procedente su aprobación, emitiendo en tal sentido la respectivaentidades consultadas por el Organismo Ejecutivo. expresaron dictamen favorable, indicando la conveniencia de la aprobación del mencionado Acuerdo, por lo cual es procedente dictar lanorma legal que así lo disponga. respectiva disposición legal que así lo establezca.
POR TANTO: POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y I) del artículo 171 de laEn ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y I) del artículo 171 de laConstitución Política de la República, Constitución Política de la República, DECRETA: DECRETA: Artículo 1. Aprobar el "Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones"suscrito entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno del Estado de Israel, enArtículo 1. Aprobar el "Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno
de la República de Colombia para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones",la ciudad de Tel Aviv el 7 de noviembre del año 2006. suscrito en la Ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia el cinco de junio de dos mil seis. Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigor ocho días después de su publicación.Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a los ocho días de su publicación en el Diario Oficial.
REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN YREMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y
PUBLICACIÓN. PUBLICACIÓN.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DEEMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE. GUATEMALA, EL VEINTE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE.