Decreto 62-2000-2
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 62-2000-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2000
Diario de Centro América DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA TOMO CCLXV DO Guatemala, viernes 13 de octubre de 2000 8 NUMERO 15
SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALACONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NUMERO 62-2000
DECRETO NUMERO 62-2000
ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAREGLAMENTO ORGANICO INTERNO DEL MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS. CONSIDERANDO: PUBLICACIONES VARIAS Que el Estado de Guatemala, al igual que la comunidad internacional, han exteriorizado su preocupación por el auge del crimen organizado en muchos paises y la necesidad de aunarMUNICIPALIDAD DE VILLA NUEVA, esfuerzos y lograr cooperación internacional para el combate a dicho flagelo que tiene como unaDEPARTAMENTO DE GUATEMALA de sus principales manifestaciones la narcoactividad.ACTA NUMERO 1691-2000 PUNTO QUINTO ACTA NUMERO 1691-2000 PUNTO SEXTO ACTA NUMERO 1719-2000 PUNTO SEXTO CONSIDERANDO: ANUNCIOS VARIOS Que se hace necesario capacitar y dotar de equipo adecuado a las fuerzas de seguridad del país para combatir dicho fenómeno y que existiendo un programa de cooperación entre los Gobiernos Matrimonios Constituciones de sociedad Modifide Guatemala y los Estados Unidos de América, es procedente dictar las normas que permitan el
caciones de sociedad Patentes de invención Redesarrollo y ejecución de los planes de ayuda hacia nuestro país. gistro de marcas Títulos supletorios Edictos Remates.
CONSIDERANDO: Auto Salón, S. A.-Balance General al 30 de junio de
1984. Inmobiliaria Satélite, S. A.-Balance General al 30 de Que es facultad de este organismo del Estado, autorizar el ingreso de efectivos de fuerzas junio de 1984 armadas al territorio nacional y que en este caso, la autorización permitirá el entrenamiento de las Villa Victoria, S.A.-Balance General al 31 de marzo de fuerzas policiacas, el combate al narcotráfico y la ejecución de los programas de cooperación,1984. siendo procedente dictar la disposición correspondiente.Importadora Tecnimotores, S. A.-Balance General al 31 de octubre de 1984. Servicios para La Construcción, S.A.-Balance General CONSIDERANDO: al 31 de diciembre de 1983. "Agricola El Apipal, S. A."-Balance General al 30 de Que el plazo autorizado para que la Armada de los Estados Unidos de América pueda ingresar aljunio de 1983. Navegaciones Aéreas, S. A.-Balance General al 31 de país, será de un año a partir de la vigencia de la presente ley, debiendo los ministerios de la octubre de 1984. Defensa Nacional y de Gobernación, informar sobre el resultado de las operaciones conjuntas en Corporación Gentroamericana de Desarrollo. S.A el transcurso de treinta días posteriores a su ejecución.
Cocedesa.-Balance General al 31 de diciembre de 1983. Industria Papelera Centroaméricana, S. A.-Balance POR TANTO: General al 30 de septiembre de 1983. Guatemarmol, S. A.-Balance General al 31 de En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 171 literal a) y 172 de ladiciembre de 1983. Constitución Política de la República de Guatemala.Sofati Guatemala, S.A.-Balance General al 30 de junio de 1983. Compañía de Industrias Básicas y Agrícola, Ofir. S.A.- DECRETA:Balance General al 30 de junio de 1983. ARTICULO 1. Se autoriza el ingreso de efectivos de la Armada de los Estados Unidos deATENCIÓN ANUNCIANTES América, por un número no mayor de noventa y nueve efectivos en cada ocasión, para laIMPRESIÓN SE HACE realización de maniobras conjuntas exclusivamente para el entrenamiento de las fuerzas deCONFORME ORIGINAL seguridad y defensa de Guatemala y el combate al narcotráfico, a realizarse en el mar territorial. zona contigua, espacio aéreo y terrestre nacional, especialmente la ejecución de patrullajes enToda impresión en la parte legal del Diario de Centro América, se hace respetando el aguas guatemaltecas, incluyendo operaciones aéreas con helicópteros. original. Por lo anterior, esta Administración ruega al público tomar nota. La autorización del ingreso, incluye todas las maniobras que se realicen dentro del plazo de un año a partir de la vigencia de la presente ley.2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-13 de octubre de 2000 NUMERO 15
ARTICULO 2. En cada nave 0 aeronave a las que hace referencia el presente decreto PALACIO NACIONAL Gustemals, veintinueve de septiembre del año dos mil. deberá incluirse sin excepción, como mínimo a dos elementos guatemaltecos del Departamento de Operaciones Antinarcótics de la Policia Nacional Civil -DOANPUBLIQUESE Y CUMPLASE ARTICULO 3. En cada maniobra u operativo deberá estar presente como mínimo un fiscal designado por el Ministerio Público y un oficial del Ejercito de Guatemala, el cual deberá RESIDENTSser de la Marina de la Defensa Nacional u Oficial Piloto Aviador. REPUBLICAXTc PORTILEO CABRERA ARTICULO 4. Las operaciones conjuntas a que hace referencia el presente decreto, deberán efectuarse con estricto respeto y apego a la Constitucion Politica de la República de Guatemala y las disposiciones legales nacionales. ARTICULO 5. Los ministerios de Gobernación y de is Defensa Nacional están obligados a informar al Congreso de la Republica, sobre los logros alcanzados de las operaciones conjuntas en cada fase, dentro del plazo improrrogable de treinta dias siguientes de efectuadas. ARTICULO 6. El presente decreto fue aprobado con el voto favorable de más de las dos terceras partes del total de diputados que integran el Congreso de la Republica, de conformidad con el artículo 172 de la Constitución Politica de la República, y entrará on vigencia el die de su publicación en el diario oficial. Xuis Mijangos C. B 1
PRESIDENCE DE REPUBLICA
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION STATEMENTTirlands
Y PUBLICACION. DB AFTRADA VELANQUES DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL ANO DOS ORGANISMO EJECUTIVOMIL.
MINISTERIO DE
FINANZAS PUBLICAS
REGLAMENTO ORGANICO INTERNO DEL MINISTERIO DE FINANZAS
PUBLICAS.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 476-2000
Gustemals 10 de octubre de 2000 EI Presidente do la Republica, CONSIDERANDO Que of Decreto Número 114-97 del Congreso de la Republica. Ley del Organismo Ejecutivo, desarrolla los preceptos constitucionales sobre la organización. atribuciones y funcionamiento de los ministerios. secretarias y dependencias del Organismo Ejecutivo, los cuales deben cumplirse de conformidad con los principios establecidos en dicha ley; CONSIDERANDO CARLOS WORLERS MONROY CARLOSHERNANDEL RUBIO Que de conformidad con la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto Número 101-97 del SECRETARIO SECRETARIO Congreso de la República, se establece que el Ministerio de Finanzas Públicas tendrá a su cargo los órganos rectores de tos sistemas de presupuesto, contabilidad, tesoreria y crédito público. CONSIDERANDO Que el Ministerio de Finanzas Públicas debe establecer SU estructura organizacional y
administrativa, funciones, atribuciones y competencias, mecanismos de coordinación y otras disposiciones de organización para el eficiente y eficaz cumplimiento de BUS (ines, por to que 65 necesario emitir la correspondiente disposición legal: CONGRESO DF LA REPUBLICAPOR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183. inciso e) de la Constitución Politica de la República de Guatemala; y con fundamento en los articules 19, 24, 28, Cealle America 35 y 49 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo;