Decreto 62-2005
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 62-2005
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 2005
Diario de CentroAmérica
CONSTRUYENDO
UNIDUN MEJOR PAÍS
www.dca.gob.gt Director: Luis Eduardo Marroquín GodoyDecano de la Prensa Centroamericana Organo Oficial de la República de Guatemala TOMO CCLXXVII Guatemala, VIERNES 14 de octubre 2005 NÚMERO 82
SUMARIO
ORGANISMO LEGISLATIVO
ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 62-2005
ACUERDO NÚMERO 46-2005
PUNTO RESOLUTIVO NUMERO 13-2005
PUNTO RESOLUTIVO NUMERO 14-2005 CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 62-2005
PUBLICACIONES VARIAS
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDO No. 36-2005 CONSIDERANDO: COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA RESOLUCIÓN No. CNEE-126-2005 Que la Constitución Política de la República establece que es deber del Estado garantizar la RESOLUCIÓN No. CNEE-127-2005 vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de todos los habitantesRESOLUCIÓN No. CNEE-128-2005 del país.
CONSIDERANDO: ANUNCIOS VARIOS Que el Estado debe priorizar los objetivos sociales y tomar como estrategia de Gobierno, elMatrimonios Constituciones de sociedad atender de manera urgente las necesidades de la población, por medio de disposicionesModificaciones de sociedad Patentes de
invención Registro de marcas Títulos especiales que permitan agilizar la realización de los programas y proyectos públicos que se supletorios Edictos Remates. orienten a la atención básica de la población.
CONSIDERANDO: ATENCION Que la Fundación de Asistencia Social de la Iglesia Católica de la Arquidiócesis de Guatemala, Cáritas Arquidiocesana, es una institución que de manera sensible a la situación ANUNCIANTES de pobreza y pobreza extrema que atraviesan miles de guatemaltecos, desarrolla obras de carácter social y humano que les permita satisfacer algunas de sus necesidades básicas de
IMPRESION SE HACE subsistencia.
CONFORME ORIGINAL CONSIDERANDO: Que la Fundación de Asistencia Social de la Iglesia Católica de la Arquidiócesis de Toda impresión en la Guatemala, Cáritas Arquidiocesana, ha llevado a cabo la importación de un total de 354 contenedores con diversos artículos destinados a los programas de atención social que parte Legal del Diadesarrolla, correspondientes a donaciones enviadas a Guatemala a partir del 31 de octubre rio de Centro Améridel 2004 al 26 de julio del 2006. ca, se hace respetanPOR TANTO: do el original. Por lo En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 171 literal a) y 239 literal b) de anterior, esta Admila Constitución Política de la República de Guatemala. nistración ruega al
público tomar nota. DECRETA:
Artículo 1. Se condona el pago del Impuesto al Valor Agregado -IVA-, y los Derechos Arancelarios a la Importación, correspondientes a las importaciones de alimentos O mercancías efectuadas por la Fundación de Asistencia Social de la Iglesia Católica de la iario de Centro América Arquidiócesis de Guatemala, Cáritas Arquidiocesana, del 31 de octubre del 2004 al 26 de julio del 2005, inclusive, con destino exclusivo a los programas de beneficencia previstos en sus respectivos estatutos.2 Guatemala, VIERNES 14 de octubre 2005 DIARIO de CENTRO AMERICA NÚMERO'02 Se exenciona del Impuesto al Valor Agregado -IVA-, y demás derechos arancelarios a lastoma de conciencia debe significar la protección de sus derechos, promover la importaciones que realice la entidad "Fundación de Asistencia Social de la Iglesia Católicasatisfacción de sus necesidades básicas como seres humanos, y la provisión de la Arquidiócesis de Guatemala, Cáritas Arquidiocesana", por un período de cinco años, aconstante de un ambiente social, educativo y familiar ideal para su desarrollo y partir de la vigencia de la presente Ley, con destino a los programas de beneficenciabienestar. previstos en su respectivo Estatuto. Se prohibe la comercialización de los productos POR TANTO: importados y exonerados de impuestos al amparo del presente Decreto ley. En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 106 de la Ley,Orgánica del Artículo 2. La correcta utilización del beneficio fiscal establecido por el presente Decreto,Organismo Legislativo, Decreto Número 63-94 del Congreso de la República.
será objeto de fiscalización por parte de la Contraloría General de Cuentas de la Nación y el correspondiente control por la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-. ACUERDA: Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia elidía siguiente de su publicación en elPRIMERO: Reconocer que la Niñez de nuestro país debe recibir una atención Diario Oficial. integral para que pueda desarrollarse plenamente. REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN SEGUNDO: Exhortar a las autoridades y a todas las organizaciones de la sociedad Y PUBLICACIÓN. guatemalteca a que conjuntamente nos esforcemos por proveerle las EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE mejores condiciones de vida a la niñez de nuestro país y procurar el desarrollo armonioso de sus potencialidades.GUATEMALA, EL VEINTE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CINCO.
TERCERO: AI felicitar a la Niñez guatemalteca en la conmemoración del "Día del Niño", el próximo 1 de octubre, reafirmar nuestro compromiso por aportar lo que en el ámbito legislativo nos compete, para coadyuvar en la construcción de un ambiente que sea el más idóneo que les permita DE LA alcanzar su pleno desarrollo.JORGE MENDEZ HERBRUGER PRESIDENTE CUARTO: El presente Acuerdo entra en vigencia inmediatamente y deberá publicarse en el Diario Oficial.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA
CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL
LUIS FERNANDO PEREZ MARTÍNEZ FRANCISCO JAVIER DEL VALLE CINCO.
SECRETARIO SEGRETARIO JORGE MÉNDEZ HERBRUGER PALACIO NACIONAL: Guatemala, diez de octubre del año dos mil cinco. PRESIDENTE
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
DE LA
PRESIDENCIREPUBLICA
UIS FERNANDO PEREZ MARTÍNEZCARLOS ALBERTO SOLORZANO RIVERASECRETARIOSECRETARIO
4.)f
BERGER PERDOMO MADE (E-641-2005)-14-octubre
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
PUNTO RESOLUTIVO NÚMERO 13-2005
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO: Maria Antonieta de Bonilla Lic Wrae Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en sus artículos 127 y MINISTRA DE FINANZAS PUBLICAS PRESIDENCIADE LAREPUBI 128 lo relativo al aprovechamiento, uso, goce y conservación de las aguas de dominio público y demás recursos hídricos, con el propósito de contribuir al desarrollo nacional y(E-642-2005)-14 Octubre propiciar que las mismas, a través de una adecuada implementación, produzcan efectos positivos sobre la cantidad, calidad y comportamiento de las aguas y se conviertan en riesgo a la vida y seguridad de las personas y sus bienes. Además, preceptúa que todas las aguas
son bienes de dominio público, inalienables e imprescriptibles y que su aprovechamiento, uso y goce, se otorgan en la forma establecida por la ley de acuerdo al interés social. CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: ACUERDO NÚMERO 46-2005 Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en su artículo 97 que "El Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias paraCONSIDERANDO: garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas -ONUresolvió agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación", y la literal c) del artículo 119 establecer lo que denominó "el Día Universal del Niño", día en el que, según una preceptua como obligación del Estado "adoptar las medidas necesarias para la declaración oficial del organismo internacional, "se consagraria a la fraternidad y a laconservación, desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales en forma eficiente". comprensión entre los niños del mundo entero y se destinaría a actividades propias para promover el bienestar de los niños en el mundo". CONSIDERANDO: Que el agua es un bien natural, elemento del ciclo hidrológico y de los procesos ecológicosCONSIDERANDO:
esenciales, insustituible para la vida en todas sus formas, con potencial para apoyar la Que en Guatemala, la conmemoración del "Día del Niño" se celebra el 1 de octubreampliación de oportunidades de desarrollo social, económico y ambiental del país, razón por de cada año, a partir de 1975; se hace imperativo formular un llamado a la sociedadla cual es necesario formar una conciencia ecológica en toda la población guatemalteca, guatemalteca, para que entre todos, fomentemos la divulgación y el conocimiento deorientada a desarrollar una cultura ambiental que abarque la plena conciencia sobre el uso los derechos que le asiste a la niñez de nuestro país. responsable y racional de los bienes y servicios naturales que el planeta provee a la civilización humana, con el firme propósito de implementar un modelo económico basado en CONSIDERANDO: la sostenibilidad ambiental y la responsabilidad intergeneracional, particularmente porque la Que la celebración del "Día del Niño" se constituye como un día destinado para que población debe de participar activamente en la conservación, la recuperación y el la población adulta tome conciencia del hecho que los niños de hoy son los lideres.mejoramiento del medio ambiente, labor en la cual los Organismos del Estado, las del mañana, y por ello, necesitan disfrutar de la mejor calidad de vida que lesmunicipalidades y los medios de comunicación social, juegan un papel determinante para podamos otorgar entre todas las entidades públicas y privadas; entendida que estainfluir positivamente en la opinión pública nacional.