Decreto 63-1974
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 63-1974
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Penal_Militar
- Año
- 1974
LIB Diario de Centro America DEL
SIGNATURECONTRO ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. CONTROL
L13 .NSA
LIB
ANTES EL GUATEMALTECO
REVISTAS de Gustemala REVISTA Director Interino Periodista de Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 Calle 6-72, Zona 1 Teléfono de Administración 24-4-18
TOMO CIC GUATEMALA, LUNES 8 DE JULIO DE 1974 NUMERO 16
Guatemala Country Club, S. A., Balance General al cerán el mando dentro de su jurisdicción, la cual SUMARIO 30 de noviembre de 1967. se establecerá de conformidad con el párrafo anterior. Guatemala Country Club, S. A., balance general al Para ser Comandante de Región Militar se reORGANISMO LEGISLATIVO 30 de noviembre de 1963. quiere ser General preferentemente, 0 Coronel de una de las armas y haber estado en servicio Guatemala Country Club, S. A., balance general al activo continuo por us término no menor de tresDECRETO NUMERO 63-74 30 de noviembre de 1969. años, anteriores a la fecha del nombramiento para ocupar el cargo. ORGANISMO EJECUTIVO Para ser designado Comandante de alguno de ORGANISMO LEGISLATIVO los otros Comandos, además de los grados ya MINISTERIO DE LA DEFENSA expresados en el párrafo primero de este articulo, se requiere haber estado en servicio activo NACIONAL ininterrumpidamente, durante los dos años anteDECRETO No. 63-74 riores a su nombramiento". Nómbrase al Coronel de Infantería Tomás Mamerto Marroquin Morales, Fiscal Militar de la Zona Artículo 40.-El artículo 34 queda asi: Militar "General Justo Rufino Barrios". EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, "Artículo 34.-Las Dependencias Militares AuxiMINISTERIO DE ECONOMIA CONSIDERANDO: liares del Ejército son: Que el Ejército de Guatemala para dar cum-Clasificase como Empresa Hotelera Turística al 1. Departamento Jurídico: plimiento a las obligaciones y fines que le asigna"HOTEL HOLIDAY INN GUATEMALA". 2. Departamento de Finanzas; la Constitución de la República y sus propias leyes 3. Auditoría Militar de Cuentas; y por ser un cuerpo profesional sujeto a la evolu4. Relaciones Públicas; MINISTERIO DE EDUCACION ción de esta clase de entes, necesita normas jurí- 5. Polvorín Nacional: dicas que le permitan satisfacer aquellas obliga-6. Comisariato del Ejército; Acuérdase nominar a la Escuela Normal de Maes-ciones y fines; 7. Editorial del Ejército: tros de Educación Física de la ciudad capital 8. Otras que se establezcan; y "NATALIA COBAR RUIZ". CONSIDERANDO: 9. Comités que se organicen con fines especiales. Que el Ejército de Guatemala debe organizar e MINISTERIO DE FINANZAS incrementar programas destinados a preservar la Las Dependencias Militares Auxiliares estarán salud de sus miembros y que tales actividades debajo órdenes de un Oficial Superior y dependerán PUBLICAS ben quedar a cargo del Instituto de Previsión Mi-directamente del Ministerio de la Defensa Nalitar, órgano que fue creado para tales objetivos,cional". Véndese a las personas que se expresan, las fracciones de terreno que se desmembrarán de la finPOR TANTO. Artículo 50.-Las Dependencias Militares Auxica perteneciente a la Nación, ubicada en Hueliare's Espaciales del Ejército de Guatemala, son: huetenango. En uso de las facultades que le confiere el inciso 10. del artículo 170 de la Constitucion de la 1. Centros Hospitalarios: Véndese a las personas que se mencionan, las frac-República, 2. Centros de Recreación Militar. ciones de terreno que se desmembrarán de la finca nacional con registro 8795, folio 171, del liDECRETA: Las Dependencias Militares Auxiliares Especiabro 150 de Guatemala. les estarán bajo las órdenes de un Oficial Superior Las siguientes nombrado por el Ministerio de la Defensa Nacional y serán administradas por el Instituto de Previsión MINISTERIO DE RELACIONES REFORMAS A LA LEY CONSTITUTIVA DEL Militar bajo la supervisión directa de dicho MinisEXTERIORES EJERCITO DE GUATEMALA, DECRETO terio, el cual podrá dictar las normas que conside-NUMERO 1782 DEL CONGRESO re pertinentes para su eficaz funcionamiento.
Exprésase la profunda condolencia del Pucblo y El Ministerio de la Defensa Nacional hará las Artículo 10.-El artículo 15 queda asi:Gobierno de Guatemala, al Gobierno de Argentransferencias presupuestarias correspondientes · tina, por el sensible deceso del Excelentisimo senecesarias y las utilidades provenientes de tales"Articulo 15.-Por organización jerárquica del fior Teniente General Juan D. Perón, Presidente Centros, pasarán a formar parte de los fondosEjército y las atribuciones del mando y dirección de la Nación Argentina. que determina la presente ley. el militar que privativos del referido Instituto. desempene el cargo de Ministro de la Defensa Nacional, además de las calidades que establece Artículo 60.-El artículo 84 queda así: PUBLICACIONES VARIAS la Constitución de la República, debe llenar los requisitos siguientes: "Artículo 84.-La Oficialidad del Ejército está MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU en una de las situaciones siguientes: Tarifa para consumos intermedios EHMR-2-CI. 1. Ser General, preferentemente, 0 Coronel 0 su acordada por la Municipalidad de Retalhuleu. respectivo equivalente a una de las armas; a) Oficiales Generales:
2. Tener un mínimo de veinticinco años de serviMUNICIPALIDAD DE COATEPEQUE. cio active y no estar comprendido dentro de 1. Activo: QUEZALTENANGO las edades de retiro; 2. Disponibilidad:
3. Haber estado de alta ininterrumpidamente du3. Reserva: Dictanse normas para la aplicación del arbitrio mu rante les últimos cuatro años anteriores a su 4. Retiro; nicipal sobre la Renta Inmobiliaria que legal-nombramiento de Ministro: y mente grava cada propiedad afecta dentro del 4. Si se tratare de Coronel deberá tener un mi-b) Los Oficiales Superiores y Subalternos: municipio de Coatepeque del departamento de nimo de cuatro años de servicio activo en
dicho grade". 1. Activo: Quezaltenango. 2. Reserva:
3. Retiro.
MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO CARCHA. Artículo 20.--El artículo 27 queda así: ALTA VERAPAZ "Articulo 27.-Los Comandes Militares son: Los Oficiales Generales: Reglamento para el servicio de agua potable muEstán en situación de Activo: Cuando están de nicipal. 1. De Operaciones; alta en el escalafón y en el desempeño de un
2. De Región Militar: Comando 0 comisión militar.
3. De Zonas: Están en situación de Disponibilidad: Cuando ANUNCIOS VARIOS 4. De Cuerpos: están de alta en el Ejército: pasen por disposi5. De Bases; ción gubernamental a desempeñar algún cargo Matrimonios. Solicitud de Autorización de Socie6. De Fuerza Acrea; y en la Administración Pública 0 se encuentren dad. Constitución de Sociedades. Modifica7. De Marina de Guerra". en el ejercicio temporal de una comisión sin manción de Sociedades. Prórroga de Sociedad. do.
Autorización Farmacéutica. Patentes de inArticub 30.-El articulo 28 queda asi: Están en situación de Reserva: Quienes no se vención. Registro de Marcas. Titulos Supleencuentren en las situaciones de Activo 0 Dispotorios. Edictos. Licitaciones. Remates. "Artículo 28.-Los Comandos Militares serán nibilidad. establecidos de conformidad con las necesidades Están en situación de Retiro: Quienes se enGuatemala Country Club, S. A., Balance General al del servicio. Su jurisdiceión se determinará por cuentren comprendidos en el artículo 89 de esta 30 de noviembre de 1903. Acuerdo Gubernativo y cada uno de ellos estará ley. bajo las órdenes de un General 0 Coronel y su Los Oficiales Generales dependen directamente Guatemala Country Club, S. A., Balance General al respectivo equivalente de una de las armas. del Ministro de la Defensa Nacional, salvo que 30 de noviembre de 1964. desempeñen cargo 0 empleo en otro ramo, en Los Comandos de Región Militar son los órgacuyo caso estarán bajo la jurisdicción del supeGuatemala Country Club, S. ·., Balance. General al nos de mayor jerarquia entre los otros Comanrior jerárquico correspondiente. la situación alu30 de noviembre de 1965. dos, con excepción de los de Operaciones; ejer-dida no obsta para que cumplan comisiones mi-258 DIARIO DE CENTRO AMERICA Julio 8 de 1974 NUMER0,16
litares asignadas por el Ministerio de la Defensa la construcción de nuevos hoteles 0 servicios auxiNacional, siempre que no haya incompatibilidad. liares, 0 la ampliación, renovación 0 molernización MINISTERIO DE FINANZAS Los Oficiales Generales que se encuentren en de los ya existentes; las situaciones Activo 0 Disponibilidad devengarán PUBLICAS el sueldo y asignaciones que se determinen en el CONSIDERANDO: presupuesto del ramo. Quienes acepten cargo en otro ramo de la Administración Pública pueden Que el Instituto Guatemalteco de Turismo y la optar por las asignaciones del grado 0 por las Asesoria Jurídica del mismo emitiercn opinión faque corresponden al cargo 0 empleo". vorable, aprobándolo el Ministerio Público, para Véndese a las personas que se expresan, las fracque al HOTEL HOLIDAY INN GUATEMALA, prociones de terreno que se desmembrarán de la finpiedad de Industria Nacional Hotelera, S. A., se le ca perteneciente a la Nación, ubicada en Hue Artículo 70.-El artículo 90 queda así: concedan los beneficios establecidos en el Articulo huetenango. "Artículo 90.-Los Oficiales Superiores y Ofi30 del Decreto número 1701 del Congreso de la ciales Subalternos de servicio y los asimilados.República; modificado por el Decreto número 22 Palacio Nacional: Guatemala, 26 de junio de
del mismo Organismo, 1974. pasarán automáticamente a la situación de ReEl Presidente de la República, tiro de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 89 POR TANTO, de la presente ley". CONSIDERANDO: En uso de las facultades que le confiere el ArArtículo 80.-Se derogan todas las leyes y dispo-ticulo 30 del Decreto 1701 del Congreso de la ReQue el Decreto 1096 del Congreso de la Repúblisiciones que se opongan a este Decreto. pública, modificado por el Articu'o 14 del Decreto ca, autoriza al Organismo Ejecutivo, para vender Articulo 90.-El presente Decreto entrara en vigor número 22-71 del mismo Organismo, asi como el lotes de terreno para la construcción de viviendas el día siguiente de su publicación en el Diario Artículo 32 de la misma ley, y que las personas Feder Garcia, Miriam JuOficial. lieta Garcia de Morales y Maria Elena Garcia de ACUERDA: Rios, han llenado los requisitos establecidos por la Pase al Organismo Ejecutivo para su publica Ley. para adquirir mediante compra. fracciones ción y cumplimiento. Artículo 10.-Se clasifica al HOTEL HOLIDAY de terreno de una finca perteneciente a la Nación; INN GUATEMALA como Empresa Hotelera TurisDado en el Palacio del Organismo Legislativo. tica, de conformidad con la ley del ramo. CONSIDERANDO: en la ciudad de Guatemala, a los trece dias del Artículo 20.-Se exonera al HOTEL HOLIDAY mes de junio de mil novecientos setenta y cuatro.INN GUATEMALA. propiedad de INDUSTRIA NA. Que el Ministerio de Finanzas Públicas, en reCIONAL HOTELERA. S. A., del Impuesto Territorial solución No. 03117 de fecha 18 de marzo de 1974, MARIO SANDOVAL ALARCON, y del Arbitrio Municipal de Renta Inmobiliaria, por declaró que ha lugar a la venta de las fracciones el término de diez (10) años improrrogables, peroPresidente. de terreno que solicitan los peticionarios en vista únicamente con respecto a la ····· construcción. de haber llenado los requisitos de ley,Artículo 30.-Exonerar al HOTEL HOLIDAY INN MARIATERESA F: DE GROTEWOI GUATEMALA. propiedad de INDUSTRIA NACIO POR TANTO,Secretaria. NAL HOTELERA. S. A. del pago del cien por ciento (100%) del Impuesto Sobre la Renta, por el En uso de las facult des que le confiere el incisoCESAR AUGUSTO DAVILA MENENDEZ, término de diez (10) años improrrogables, conce40. del artículo 189 de la Constitución de la Repú-Secretario Accidental diéndose este beneficio por tratarse de inversionisblica, de conformidad con lo preceptuado por el tas guatemaltecos con un Capital netamente guaDecreto 1096 del Congreso de la República y Acuer-Palacio Nacional: Guatemala, veintiocho de junio temalteco. do Gubernativo de 4 de marzo de 1959,
de mil novecientos setenta y cuatro. Artículo 40.-El Ministerio de Economia exonerará por una sola vez al HOTEL HOLIDAY INN ACUERDA: Publiquese y cúmplase. GUATEMALA de todos los derechos e impuestos de importación sobre materias primas, materiales Artículo 10.-Vender a las personas peticionariasCARLOS ARANA OSORIO. de construcción, equipos, aparatos, utensilies, moque a continuación se mencionan, fracciones debiliarios y enseres en general destinados a la nueEl Ministro de la Defensa Nacional, va empresa, previa comprobación de que la cantiterreno que se desmembrarán de una finca perteneciente a la Nación, la cual se encuentra insFAUSTO DAVID RUBIO CORONADO. dad de bienes a importarse corresponden a las necesidades del mismo y que tales no se producen crita en el Segundo Registro de la Propiedad con satisfactoriamente en el pa's ni en el área cennúmero de registro 2763, folio 6 del libro 25 de troamericana. Todos "los bienes que importen con Huehuetenango, así: Federico Garcia (sin otro apeORGANISMO EJECUTIVO franquicia aduanal, quedarán sujetos a control por Ilido) una fracción de terreno que mide cuatroparte de los Ministerios de Finanzas Públicas y ce cientos cincuentinueve metros cuadrados con seEconomia, a efecto de establecer el destino adesesenta centimetros cuadrados (459.60mts2.) por el cuado de los mismos. precio de cuarenticinco quetzales con diez centaArticulo 50.-La INDUSTRIA NACIONAL HOTEvos (Q.45.10) de conformidad con plano levantado MINISTERIO DE LA DEFENSA LERA. S. A. en su calidad de propietaria del HO por ingeniero José Rafael Leiva Prera colegiado TEL HOLIDAY INN GUATEMALA queda estric535; Miriam Julieta Garcia de Morales, una fracNACIONAL tamente sujeta y obligada a las estipu'aciones conción de terreno compuesta de trescientos dieciocho tenidas on los Artículos 33 y 34 del Decreto númemetros cuadrados con setentisiete centimetros cua- ·o 1701 del Congreso de la Republica. drados (318.77mts2) por el precio de Treinta y unNombrase al Coronel de Infantería Tomás Mamerto Marroqu'n Morales, Fiscal Militar de la Zena Artículo Go.-El presente Acuerdo entrará en viquetzales ochentiocho centavos (Q.31.88) de congor al día siguiente de su publicación en el Diarioformidad con el plano levartado por ingenieroMilitar "General Justo Rufino Barries". Oficial. José Rafael Prera colegiado 535; Maria Elena Garcia de Rios, una fracción de terreno compuestaPalacio Nacional: Guatemala, 2 de julio de 1974. Comuniquese. de doscientos ocho metros cuadrados cincuentitrés EI Ministro de la Defensa Nacional, MOLINA MENCOS. centimetros cuadrados (208.53mts2) por el precio de Veinte quetzales achenticinco centavos (Q.20.85). En uso de las facultades que le confiere el Articu El Viceministro de Economia. de conformidad con el plano levantado por inlo 2o. del Decreto Ley No. 29. OSCAR EDUARDO PINEDA CASTRO. geniero José Rafael Leiva Prera colegiado No. 670711-8-Julio 535.
ACUERDA: Artículo 20.-El precio para la venta de estos lotes, fue fijado a razón de Diez centavos de Nombrar con efecto del 10. de julio de 1974, al quetzal (Q.0.10) por metro cuadrado y el valor to MINISTERIO DE EDUCACIONCoronel de Infanteria Tomás Mamerto Marroquin tal de cada uno. deberán cancelar los respectivos Morales, Fiscal Militar de la Zona Militar "Geneinteresados en la Dirección General de Rentas ral Justo Rufino Barrios", quien se encuentra de Internas, previo al otorgamiento de su escritura alta en el Cuartel General de la indicada Zona Mitraslativa de dominio. litar, en sustitución del de igual grado y arma EnAcuérdase nominar a la Escuela Normal de MacsArtículo 30.-La venta queda sujeta a la condi rique Flores y Flores, quien causó baja del Ejertros de Educación Fisica de la ciudad capital ción resolutoria consistente. en que el comprador no cito de Guatemala. "NATALIA COBAR RUIZ". podrá vender las parcelas durante el término de El presente Acuerdo deberá publicarse en el Dia diez años ni darla en arrendamiento durante los rio Oficial y en la Orden General del Ejército. ACUERDO No. 288 primeros cinco años y, que en caso de incumplimiento, las parcelas volverán al domin'o de la NaComuniquese. Palacio Nacional: Guatemala, 28 de junio de ción, sin necesidad de acción judicial.
RUBIO CORONADO 1974. Articulo 40.-Se autoriza al Procurador General El Ministro de Educación, de la Nación, para que ante los oficios del Escri El Viceministro de la Defensa Nacional, bano del Gobierno, otorgue las correspondientesJUVENTINO GOMEZ RECINOS. CONSIDERANDO: escrituras traslativas de dominio, a favor de cada una de las personas interesadas. Que la Promoción de Maestras Belemitas egre sadas en el año 1941, han solicitado que a la Es MINISTERIO DE ECONOMIA Comuniquese.cuela Normal de Maestros de Educación Fisica se le denomine NATALIA COBAR RUIZ: ARANA 0. El Ministro de Finanzas,
CONSIDERANDO: JORGE LAMPORT RODIL.
Clasificase como Empresa Hotelera Turistica al 670678-8-Julio "HOTEL HOLIDAY INN GUATEMALA" Que la señorita NATALIA COBAR RUIZ es una maestra que ha dedicado la mayor parte de suVendese a las personas que se mencionan, las fracACUERDO No. 52 "A" existencia al ejercicio de la docencia, y a quienciones de terreno que se desmembrarán de la por sus relevantes méritos le fue otorgada la Or.finca nacional con registro 8795, folio 171 del liPalacio Nacional: Guatemala, 28 de junio de den "Francisco Marroquin", bro 150 de Guatemala.
1974. El Ministro de Economia, POR TANTO. Palacio Nacional: Guatemala, 26 de junio de 1974
CONSIDERANDO: Y con fundamento en lo que determina el Ar El Presidente de la República. ticulo 13 del Decreto-Ley 317 "Ley Orgánica deQue es necesario fomentar y estimular las actiCONSIDERANDO:Educación Nacional", vidades que tiendan al desarrollo del turismo nacional, dando las facilidades indispensables para ACUERDA: Que el Decreto 1096 del Congreso de la Repúbliconstruir, explotar. ampliar 0 medernizar los hote ca, autoriza al Organismo Ejecutivo, para vender les 0 servicios auxiliares destinados al incremento Denominar "NATALIA COBAR RUIZ" a la Es lotes de terreno para la construcción de viviendas del turismo; cuela Normal de Maestros de Educación Fisica de y que las personas que abajo se mencionan, llenaCONSIDERANDO: la ciudad capital. ron los requisitos establecidos por la Ley. para adquirir mediante compra, fracciones de te reno Que el Decreto 1701 del Congreso de la RepúbliCA, para los efectos del desarrollo turistico nacioComuniquese de una finca perteneciente a la Nación; nal, contempla la exoneración del pago de derechos ALEJANDRO MALDONADO AGUIRRE CONSIDERANDO: e impuestos de importación, del impuesto territorial y del arbitrio municipal de renta inmobiliaria, así El Viceministro, Que of Ministerio de Finanzas Públicas, on reso como del impuesto sobre la renta, para favorecer MIGUEL ANGEL MENENDEZ VILLAGRAN lucion No. 06036 del 3 de junio de 1974, declaró que