Decreto 630-1968
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 630-1968
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1968
El Guatemalteco
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, e. 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749. América: 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: SALVADOR B'UCARO SALAVERRIA TOMO CLXXXII GUATEMALA, MIERCOLES 20 DE MARZO DE 1968 NUMERO 12
SUMARIO tropolitano de Guatemala, Monseñor Mario CasaORGANISMO EJECUTIVOriego, lo cual constituye un ataque a las instituciones sociales, culturales y espirituales de los guatemaltecos, un desprecio a la máxima autoridad católica del país y una perturbación grave de la MINISTERIO DE ECONOMIAORGANISMO LEGISLATIVO paz; CONSIDERANDO: Establecese, a nivel Ministerial, una Comisión pa-Decreto Mónicio 1739. ra asesorar al Ministro de Economia en el desQue no obstante haber emitido el Presidente de arrollo de la politica económica interna y exORGANISMO EJECUTIVO la República en Consejo de Ministros el Decrete terna del país, e intégrase con las personas que 629 que impuso el Estado de Alarma por treinta se mencionan.
dias en todo el territorio nacional, a partir del 16 MINISTERIO DE ECONOMIA de marzo del año en curso, se han producido hePalacio Nacional: Guatemala, 15 de marzo de chos de honda repercusión en la paz social y el 1968. Establecese, a nivel Ministerial, una Comisión para aseso. orden público, que atentan contra la seguridad El Ministro de Economía, rar al ministro de Economia en el desarrollo de la polidel Estado, por lo que el Presidente de la Repú- CONSIDERANDO: tica economica Merna y externa del pais. e intégrase con blica en Consejo de Ministros ha impuesto el Es las personse ser se mencionan, tado de Sitio a través del Decreto número 630, por Que el inciso 30. del Artículo 125 de la Consti-treinta dias a partir del 18 de marzo en curso, tución de la República, señala como obligación fundamental del Estado velar por la elevación del MINISTERIO DE HACIENDA POR TANTO. nivel de vida de los habitantes del país; Y de conformidad con el Artículo 24 de la misY CREDITO PUBLICO Con base en el Artículo 151 de la Constitución ma ley fundamental, el Estado deberá apoyar y de la República, estimular la libertad de empresa para que contriExonérate de equisites de licitación pública privada buya al desenvolvimiento económico y social del la ntrata la firma Page Communications IngiDECRETA: país; needs Itp de Washington, D. C. Estados Unidos de CONSIDERANDO:
Nectuamerica L. realizacion de un estudio de factibilidad Artículo 10.--Se ratifica el Decreto número 630 emitido por el Presidente de la República en Con-del nacional de telecomunicaciones hasta por la Que conforme el inciso 2o. del Artículo 16 del sejo de Ministros. estableciendo el Estado de Sitiocantidad it. C. 15,000.00. Decreto del Congreso de la República número 93 (i) toda la República por treinta días a partir dil (Ley del Organismo Ejecutivo), corresponde al Mi18 de marzo de 1968, limitando el libre ejercicio nistro de Economia dirigir y orientar la políticaAutoritase al Arturo Morales Ordonez para que puede las garantias individuales que cita dicho De-da dedicare L.S actividades de Agente Aduanero. económica interna y externa del país, creto e imponiendo la vigencia de la Ley de Orden Público. POR TANTO, MINISTERIO DE RELACIONES La vigencia del Decreto número 630 del PresiACUERDA: dente de la República deberá interpretarse en el EXTERIORES sentido de que se conservan incólumes los recurArtículo --Establecer, a nivel ministerial, una SOS jurisdiccionales que la Constitución concede a Comisión para asesorar al Ministro de Economia Designase at Ministro de Hacienda Crédito Público. lilos habitantes para la defensa de sus recursos. on el desarrollo de la citada política, integrada centrado Mark Fuentes Pieruccini. como gobernador por las personas siguientes: suplente ass Banco Interamericano de Desarrotlo Al cesar la restricción de garantías, el Presi-
(BII). dente de la República presentará al Congreso un Señor Ricardo Castillo Sinibaldi, señor Arturo informe circunstanciado de los hechos ocurridos yBianchi Argüello, señor Luis Emilio de León, se: Designase at nhe de Hacienda Crédito Público. li_ de las medidas adoptadas durante la emergencia, nor licenciado Mario Asturias Arévalo, señor FraMane Fuentes Pieruccini, como gobernador en el término que indica el Artículo 155 de la terno Vila, señor doctor Gabriel Orellana, señor alterno onto et Fondo Monetario Internacional (FMI) Constitución. Mario Granai Arévalo, señor Enrique Matheu, senor Mario Mory, señor Antonio Guirola, señor RoDesignase at de Hacienda Crédito Público, 11. El Estado de Sitio no afectará el funcio amiensalio Herrarte, señor ingeniero Ramiro Castillo, centrado Mano Fuentes Pieruccini, como gobernador to de los organismos e instituciones del Estado. senor Eduardo Herrerias, señor Raúl García Grapropietario and el Banco Internacional de Reconstruccion cuyos miembros continuarán gozando de las inmunados. nidades y prerrogativas que les reconoce la ley.y Fornento. Artículo 20.-La Comisión estará presidida por el Designase at José Luis Bouscayrol. ministro de Artículo 20.-Se faculta a la Corte Suprema de Ministro de Economia, quien podrá delegar esas Justicia, para que durante la vigencia del Decre-LEAR gobernauor suplente ante el Banco Infunciones en el funcionario que él designe.
to del Presidente de la República número 630,ternacional de Fomento pueda delegar la práctica de las exhibiciones per-Artículo 30.-La Comisión podrá solicitar la presonales en uno 0 varios Magistrados de la misma, sencia de funcionarios públicos, personas de los 0 de la Corte de Apelaciones, cumpliendo con las diversos sectores, tanto oficial como privado. para MINISTERIO DE TRABAJO formalidades que determina la ley. obtener los elementos de juicio que le permitan formular sus recomendaciones. Y PREVISION SOCIAL Artículo 30.-Este Decreto comprende la derogatoria del Decreto número 1,738 del Congreso, de Artículo 40.-La Comisión podrá designar SubNombrase la it sonas que se mencionan, representan'e fecha 16 de marzo de 1968 y en consecuencia suscomisiones 0 grupos de trabajo para el estudio de patronal propietatio y representante patronal suplence tituye en sus efectos consiguientes al Decreto 629 asuntos específicos. ante la Comisa Nacional del Salario. del Presidente de la República emitido en Consejo de Ministros. Artículo 50.-Los miembros de la Comisión desempeñarán sus funciones ad-honorem. MINISTERIO DE EDUCACION Artículo 40.-El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional por el voto favorable de las Artículo 60.-La Dirección de Política Económidos terceras partes del número de Diputados queApruébase cl Décimotereer Folleto de Catalogacion y Ascen ca tendrá a su cargo la Secretaría de la Comisión.integran el Congreso y entrará en vigor inmedia-SON del Magisteria Nacional (Continua). tamente. Comuníquese.
BOUSCAYROL SARTI.
Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaANUNCIOS VARIOS ción y cumplimiento. El Viceministro de Economía,
ROLANDO RODRIGUEZ LEWIN.
Autorizaciones tarmaceuticas.-Lineas de transporte.-Ma. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, trimonios--Constitucion de sociedades.-Modificacion de en la ciudad de Guatemala. a los diez y ocho d:as sociedad Registro de mareas-Titulos supletarios.-- del mes de marzo de mil novecientos sesenta y
ocho. MINISTERIO DE HACIENDA
J. GREGORIO PREM BETETA,
Presidente. Y CREDITO PUBLICO
ORGANISMO LEGISLATIVO LUIS HUMBERTO CHINCHILLA SALAZAR,
Segundo Secretario. Exonerase de los requisitos de licitación pública FRANCISCO GULARTE COJULUN. y privada la contratación con la firma Page Tercer Secretario, Communications Ingineers, Inc. de Washington, DECRETO No. 1739 D. C. Estados Unidos de Norte América la reaPalacio Nacional: Guatemala, diecinueve de lización de un estudio de factibilidad del programarzo de mil nivecientos sesenta y ocho. ma nacional de telecomunicaciones hasta por la El Congreso de la República de Guatemala, cantidad de Q235,000.00. Publiquese y cúmplase.
CONSIDERANDO: Palacio Nacional: Guatemala, 19 de febrero de
JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. 1968.
Que el Pueblo de Guatemala se ha visto conmovido ante el inaudito secuestro de que ha sido vicEl Ministro de Gobernación, De conformidad. con el dictamen número 11511 tima el Ilustrisimo y Reveredisimo Arzobispo MeHECTOR MANSILLA PINTO. Clas.: 7876-3-6/67 emitido. confecha 24 de noviem-