Decreto 633-1968
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 633-1968
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 1968
El Guat CONTROL REVIST malterode
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA:-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886 SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónCentral de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.América: 9a. Av. 11-34, Zona 1Administración: Te'efono 24418
DIRECTOR: LEOPOLDO CASTILLO SAENZ TOMO CLXXXIII GUATEMALA, JUEVES 29 DE AGOSTO DE 1968 NUMERO 41
SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 11.-La exhibición personal de los detenidos por medidas de seguridad dictadas en la aplicación de la Ley de Orden Público se practicará por los tribunales competentes en el ORGANISMO EJECUTIVO DECRETO No. 633 interior de los centros de reclusión. Derecto No. 633. Artículo 12-E1 presente Decreto entra en viJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO, gor inmediatamente y del mismo se dará cuenta MINISTERIO DE LA DEFENSA al Congreso de la República en sus actuales sePresidente Constitucional de la República y siones ordinarias debiendo publicarse por todos NACIONAL Comandante General del Ejército, los medios de difusión. Dictamse disposiciones en cumplimiento del articulo 30. del CONSIDERANDO: Dado en el Palacio Nacional: En la ciudad de Decreto Gubernative numero 633 de fecha de boy Guatemala, a los veintiocho días del mes de
Que en las primeras horas de la tarde de hoyagosto de mil novecientos sesenta y ocho. Hatalitane al Servicio de "Maestranta". el despacho de fue muerto alevosamente el Excelentísimo Emcapitan de Infactaria, extendido a favor del ciudadanobajador de los Estados Unidos de NorteaméricaPubliquese y Cúmplase. Manuel de Jerus Mendizabal Castillo en Guatemala, señor John Gordon Mein, al ser victima de cobarde agresión por parte de losJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. eternos enemigos de la paz social, hecho que de MINISTERIO DE AGRICULTURA inmediato ha merecido la repulsa de la ciudadaEl Ministro de Gobernación, nia en general y amerita que el gobierno tome HECTOR MANSILLA PINTO. las medidas urgentes que el caso demanda, a finThe .rase establec delimitada et área del parque ascio. de que las autoridades estén en condiciones denal "Rio Dutes", en una taja Je with (1) kilometro de an El Ministro de la Defensa Nacional, the medico de embas riberas desde NAB desembocadura. preservar el orden público, y se facilite la capROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. tura de los responsables para aplicarles la ley,presendo los this del Rio Gotfete > cuenca, hasta con toda severidad, por su acción ignominiosa,el Castillo de San Felipe El Ministro de Agricultura,
FRANCISCO MONTENEGRO GIRON.
POR TANTO, El Ministro de Comunicaciones y
MINISTERIO DE COMUNICACIONES Obras Públicas, Con fundamento en los artículos 151, 152. 153 de OSCAR CASTANEDA FERNANDEZ. Y OBRAS PUBLICAS la Constitución: Capitulos I. V. VII y IX de la Ley de Orden Público y Artículos 62 y 95 delEl Ministro de Educación,Cream una Oficial de Correos de 3a. categoria. denomi. Decreto Constitucional número 8, CARLOS MARTINEZ DURAN.nada "Sucursal de Correos Montufar", La cual funcionari on la 2008 9. Je esta ciudad capital En Consejo de Ministros. El Ministro de Economia,
JOSE LUIS BOUSCAYROL SARTI.
Authrizase en La class de tercera categoria el funcionamienDECRETA: to del acródromo obicado en La Hacienda "Los Limones", El Ministro de Hacienda y jurisdiccion de Ocos. departamento de San Marcos, pre. Artículo 10.-Se establece el Estado de Sitio Crédito Público, predad de Fermia Donato Colina Campollo. en todo el territorio nacional, por el término MARIO FUENTES PIERUCCINI. de treinta dias. Autorizase en la clase de tercera categoria cl funcionamien. El Ministro de Salud Pública y 1.) del aerodromo ubicado en La finca Minerva, municiplo Artículo 20.-En consecuencia, se restringe el Asistencia Social, de Mixco, departamento de Guatemals, propiedad de tos libre ejercicio de las garantias individuales a EMILIO POITEVIN CRUZ. hermanos Samayoa Serovic. que se refieren los artículos 45, 46, 51, 57. 58. 59,
63, 64, primer párrafo del 65, 68. 75, 76 y segundo párrafo del 78. de la Constitución de la Repú-El Ministro de Relaciones Exteriores, blica y se aplicarán inmediatamente las dispo-EMILIO ARENALES CATALAN. MINISTERIO DE ECONOMIA siciones de la Ley de Orden Público. El Ministro de Trabajo y Previsión Social, Suspendense las franquicias de gravámenes a la importaciónArtículo 30.-El Presidente de la República, JOSE LUIS DE LA ROCA SANTA CRUZ. sobre artículos sanitarios ijuegos de are y tapas para inoejercerá el Gobierno durante la presente emer-doros). clasificables ca la Fracción 812.02.02 del Arancelgencia en su calidad de Comandante General delUniforme Centroamericano. Ejército, dictando a través del Ministerio de la Defensa Nacional las disposiciones que deterMINISTERIO DE LA DEFENSA minen las medidas extraordinarias que han de MINISTERIO DE GOBERNACION ser aplicadas. NACIONAL Apruebance los Entatures de 1. "Escueta Filosófica Humano Artículo 40.-Se suspenden durante la vigen-recondese in personalidad jurídica. cia del Estado de Sitio las actividades políticas así como el funcionamiento de los partidos po-Dictanse disposiciones en cumplimiento del ar. SECCION DE TIERRAS tículo 30. del Decreto Gubernativo númeroliticos. 633 de fecha de hoy. Aprucbanse las operaciones de mensura practicadas sobre Artículo 50.-El Ejecutivo podrá asimismoLa finca rústica denominada "El Valenton", situada en suspender el funcionamiento de cualquier enti-Palacio Nacional: Guatemala, 28 de agosto de
jurisdiccion municipal de Villa Canales de este departa-dad, agrupación, organización 0 0 asociación que1968. mento, propiedad de Marco Arsenio Padilla Morales, Luisacoopere directa o indirectamente a las causasFrancisca del Carmen Padilla Morales viuda de Solórzano que motivan la aplicación de la Ley de OrdenPresidente Constitucional de la República, Dora Luz Padilla Morales de Monterroso. Público. y Comandante General del Ejército, Artículo 60.-Queda prohibida terminantemenEn cumplimiento del artículo 30. del Decreto MINISTERIO DE HACIENDA te la portación de armas y a quienes infringie-Gubernativo número 633 de fecha de hoy, ren esta disposición se les aplicarán las sanciones
Y CREDITO PUBLICO ACUERDA: correspondientes.
Artículo 70-Las personas contra quienes exisArtículo 10.-Queda en receso toda actividad Ia Comisión de servicio de la deuda originada por la emi. tieren indicios fundados de que actuan para al-política de los particulares y el funcionamiento sun y negociacion de los "Bonos del Tesoro, Inversionterar el orden público, podrán ser detenidas sinde los Partidos Políticos. En consecuencia, queFjercicio Fiscal 1968", a que se refiere el articulo 16 delnecesidad de mandamiento judicial O apremio. da prohibida de manera terminante, la celebraReglamento de dichos Bonos, contenido en el Acuerdo Ga. ción de toda reunión política, pública 0 privabernative Jel 29 de febrero del corriente año, es de 1/4 Artículo 80.-En los casos y con las formalidada, cualquiera que sea el número de sus intedel 1% anual conforme el artículo 40. del Decreto 1724 des a que se refiere el artículo 42 de la ley degrantes; y de celebrarse, las autoridades procedel Congreso en vez Je 1/2 del 1% que consigno dicho orden público, los funcionarios y agentes encarderán a su inmediata clausura y al arresto de los articulo. gados de su aplicación podrán entrar a cualquierresponsables. domicilio o lugar cerrado, sin necesidad de orden escrita de juez competente. Se exceptúan de la prohibición a que se refiere el presente artículo, las reuniones que se PUBLICACIONES VARIAS Artículo 90.-Los órganos de publicidad están lleven a cabo sin causa o finalidad política, salobligados a evitar las publicaciones que puedanvo que las autoridades comprobaren la existenMunicipalidad de La Villa de Chiantla, Huchuetenango.- causar confusion o pánico, 0 agraven la situacia de tales extremos, en cuyo caso procederán Reglamento del Servicio de Alcantarillado de la Villa de ción. como se expresa en la parte final del párrato Chiantia, departamento de Huchuetenango. que antecede. Artículo 10.-Las providencias, resoluciones o disposiciones que dictaren las autoridades encar-Artículo 20.-Quedan canceladas las licencias ANUNCIOS VARIOS gadas de mantener el orden público. tendrán de PORTACION DE TODA CLASE DE ARMAS carácter eminentemente ejecutivo y los actos dey se prohibe terminantemente la venta, uso, porMatrimonios.-Soliciud de nacionali-4ad.-Constitación derivados de su aplicación no podrán ser impugnatación 0 tenencia de las mismas, así como de exsaciedades.-Registro de marcas-Thulos dos de amparo sino hasta que cese la vigencia plosivos y demás materiales similares, debiénEdrctos-Remates de este decreto. dose proceder en la forma siguiente: 1