Decreto 633 de 1995
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 633 de 1995
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 1995
DECRETO 633 DE 1995
DIARIO OFICIAL. AÑO CXXX. N. 41816. 21, ABRIL, 1995. PÁG. 2.
DECRETO 633 DE 1995
(abril 17) por el cual se reglamenta la Ley 9°. de 1989. E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Los procesos de extinción del derecho de dominio a que hace referencia la Ley 9ª de 1989, no proceden respecto de bienes imprescriptibles o de propiedad de las entidades de Derecho Público.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Derecho Público.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 17 de abril de 1995.