Decreto 635-1968
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 635-1968
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1968
El
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 1a DE ENERO DE 1886 SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Telefono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 5 de IMPITO de 1350, bajo el No. 749. América: 9a. Av. 11-34 Zona 1
DIRECTOR: LEOPOLDO CASTILLO SAENZ TOMO CLXXXIII GUATEMALA, SABADO 26 DE OCTUBRE DE 1968 NUMERO 88
SUMARIO MINISTERIO DE GOBERNACIONArtículo 40-E1 Ejecutivo podrá asimismo suspender el funcionamiento de cualquier entidad, agrupación, organización 0 asociación que ccORGANISMO EJECUTIVO opere directs 0 indirectamente a las causas que clase disposiciones en cumplimiento del Ar motivan la aplicación de la Ley de Orden Pú- tículo Zo. del Decreto Gubernativo numero Decreto Número 635. blico. 635 de fecha de hoy. MINISTERIO DE GOBERNACION Artículo Queda prohibida terminantemente la portación de armas y a quienes infringieren Palacio Nacional: Guatemala, 25 de octubre Dictamse disposiciones en cumplimiento del Artículo 20. de)esta disposicion se les aplicarán sanciones de 1968.
Decreto Gubernativo número 635 de fecha de hoy. correspondientes. Artículo 60-Las personas contra quienes El Presidente Constitucional de la República, MINISTERIO DE ECONOMIA existieren indicios fundados de que actuan para alterar el orden público, podrán ser detenidas Declarase "Dia Nacional del Ahorro en Gustemala", el 31sin necesidad de mandamiento judicial o apreD. cumplimiento del Artículo 2o. del Decretode octubre de cada año y dedicase la semana en que se mio. Gubernativo numero 635 de fecha de hov,encuentra dicha fecha, a la promoción para ci incremento del shorro. Artículo 70.-En los casos y con las formalidades a que se refiere el artículo 42 de la Ley de ACUERDA: MINISTERIO DE HACIENDA Orden Público, los funcionarios y agentes encargados de su aplicación podrán entrar a cualArtículo 10.-Durante el Estado de Alarma a Y CREDITO PUBLICO quier domicil 0 lugar cerrado, sin necesidad que se refiere el mencionado Decreto, queda terde orden escrita de juez competente. minantemente prohibida la celebración de toda Concédese (avor de la Asociación Civil Cultura Deporreunión politica, pública 0 privada, cualquiera (c, la exemeracion one se menciona. Artículo 80-Los órganos de publicidad están que sea el numero de sus integrantes: y de celeobligados a evitar las publicaciones que puedan brarse, las autoridades encargadas de velar por
Reglamento General de Viáticos, causar confusion 0 pánico, 0 agraven la situael orden público procederán a su inmediata classción. sura y al arresto de los responsables. ANUNCIOS VARIOS No quedan comprendidas en la prohibición a Autorizaciones farmacéuticas.-Matrimonio.-Constitucion deArtículo 90.-Las providencias, resoluciones que se refiere el presente artículo ias reuniones de sociedades.-Prórroga de so. O disposiciones que dictaren las autoridades enpúblicas O privadas que SC lleven a cabo sin cauciedad -Dsolucion de sociedad.-Patentes de invención.-cargadas de mantener el orden público, tendrán sa 0 finalidad politica, salvo que las autoridades carácter eminentemente ejecutivo y los actos de-Registro de marcas-Titulos supletorios.-Edictos-R comprobaren la existencia de tales extremos enrivados de su aplicación no podrán ser impugnacuyo caso procederan como $2 expresa en lamates. dos de amparo sino hasta que cese la vigencia parte final del párrafo que antecede.de este Decreto. Artículo 20.-Se cancelan las licencias de porORGANISMO EJECUTIVO tación de toda clase de armas y se prohibe termiArtículo 10-La exhibición personal de los denantemente la tenencia de explosivos y demás tenidos por medidas de seguridad dictadas en la materiales similares. aplicación de la Ley de Orden Público se practiDECRETO No. 635 cará por los tribunales competentes en el interior Artículo 30.-Se exceptuan de la prohibición
de los centros de reclusion. del artículo anterior, en cuanto a la portación de armas de los calibres permitidos. las personas a que se refiere el artículo 154 del Código Penal, JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO,Artículo 11.-EI presente Decreto entra en VIpor estar equiparadas legalmente a la categoria gor inmediatamente y del mismo se dara cuenta de agentes de la autoridad. Presidente Constitucional de la República, yal Congreso de la Republica en sus actuales seComandante General del Ejército, siones ordinarias, debiendo publicarse por toArtículo 40-Es permitida, en la casa de habi dos los medios de difusión. tacion, la simple tenencia de armas de uso 0 defensa personal, siempre que no sean de las CONSIDERANDO: clases O calibres prohibidos.
Dado en al Palacio Nacional: en la ciudad de Que aún cuando se ha progresado en el man-Guatemala, a los veinticinco dias del mes de Artículo 50-Son asimismo permitidas la ventenimiento del orden público y la paz social des-octubre de m.1 novecientos sesenta y ocho. ta y tenencia de rifles y pistolas de viento con pués de los sucesos que dieron origen a la imresorte impulsor y los que estan catalogados coplantacion del Estado de Sitio en virtud del mo juguetes conforme al artículo 90 de DecreDecreto Gubernativo numero 634, persisten, aun-Publiquese y cumplase. to-Ley 223 (Ley de Importación. Desalmacenaje, que en grado menor, las causas que lo motivaron, Transporte, Venta y Portacion de Armas).
por lo que es conveniente dictar las medidas pertinentes que aseguren a la ciudadania el ple-JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. Articulo 60-Será disuelta por medio de la no desenvolvimiento de sus labores diarias en fuerza toda reunión que se efectue portando arbien de los intereses nacionales, mas u otros elementos de violencia, después de El Ministro de la Defensa Nacional. conminar por una vez a sus componentes; y sin POR TANTO, ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. necesidad de conminatoria, cuando los participantes hicieren uso de armas para agredir a la Con fudamento en los Artículos 143, 151, 152. El Ministro de Gobernacion, autoridad o a sus agentes. 153 de la Constitución de la República; Capitulos HECTOR MANSILLA PINTO I, III, VII y IX de la Ley de Orden Publico y Artículo To-Las autoridades encargadas de Artículos 62 y 95 del Decreto Constitucional nuEl Ministro de Agricultura, velar por la preservación del orden público quemero 8, FRANCISCO MONTENEGRO GIRON. dan facultadas para prohibir la circulación O estacionamiento de vehiculos en lugares, zonas u En Consejo de Ministros, El Ministro de Comunicaciones y horas determinadas. asi como a exigir a los conObras Publicas ductores su pr identificacion y que declaren DECRETA: OSCAR CASTANEDA FERNANDEZ el itinerario proponen seguir. Artículo 10.-A partir del domingo 27 de octuEl Ministro de Economia. Artículo Ro-Las mismas autoridades podrán
bre en curso, se establecen en todo el territorioJOSE LUIS HOUSCAYROL SARTL impedm la salida de vehiculos fuera de las pr nacional por el termino de treinta dias el Estado blaciones 0 someterlos a registro. de Alarma y la limitación en el libre ejercicio El Viceministro de Educacion, de las garantias individuales a que se refieren Encargado del Despacho. Artículo 90.-Los órganos de difusion quedan los artículos 45, 46, 51, 57, 58, 59 63, 64, primer FELIX HERNANDEZ ANDRINO. obligados a atender el requerimiento que les párrafo del 65. 63, 75, 76 y segundo párrafo del hicieren las autoridades competentes para que 78 de la Constitución, aplicándose de inmediato El Ministro de Hacienda y moderen las publicaciones que, por manifiestas las disposiciones que para tal situación de emer Crédito público. tendencias, pudieran contr buir a la alteracion gencia contempla la Ley de Orden Público. MARIO FUENTES PIERUCCINI. del orden público, Artículo 20.-El Presidente de la República El Viceministro de Relaciones Exteriores Articulo 10-E) Ejecutivo podrá militarizar dictará a través del Ministerio de Gobernacion Encargado del Despacho, los servicios públicos e intervenir o militarizar las disposiciones que establezcan las medidas GIL ARTURO GONZALES SOLIS. cualesquiera otros servicios 0 actividades que extraordmarias de carácter reglamentario que considere necesarios, incluso centros de ensedeberán ser observadas durante el Estado de El Viceministro de Salud Pública y ñanza.
Alarma. Asistencia Social, Encargad Despacho, Artículo 30-Se suspenden durante la vigenCESAR AUGUSTO VARGAS MONTERROSO. Artículo 11-Durante el Estado de Alarma se cia del Estado de Alarma las actividades políticas centralizan las informaciones oficiales relatives así como el funcionamiento de los partidos poEl Ministro de Trabajo y Previsión Social, a la emergencia, en la Secretaria ate Relaciones líticos, JOSE LUIS DE LA ROCA SANTA CRUZ. Públicas de la Presidencia.