Decreto 64-1997
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 64-1997
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 1997
Diario de Centro America Organo oficial to b Republica do Guatemale Decano de la Prensa Centroamericana TOMO CCLVII Quatemaia, miércoles 3 de septiembre de 1997 Director: Héctor Cifuentes AguirreAdministradora: Alma Liliana Garcia NUMERO 26 SUMARIO Fábrica de Confites La Tropical, S. A. - Estado de POR TANTO, Situación al 31 de diciembre de 1987. Fernández, Bonatti & Cía. Ltda. Balance General al En ejercicio de las atribuciones que le confiere la ORGANISMO LEGISLATIVO 30 de junio de 1987. literal a) del Artículo 171 de la Constitución Política de Funerales La Previsora, S. A. Balance General Con-la República, CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAdensado al 31 de diciembre de 1987. Comercial e Inmobiliaria Alux, S. A. - Balance General DECRETO NUMERO 64-97 al 31 de diciembre de 1987. DECRETA: La siguiente ORGANISMO EJECUTIVO ORGANISMO LEGISLATIVO "LEY QUE DECLARA AREA PROTEGIDA DE RESERVA DE USO MULTIPLE LA CUENCA MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DEL LAGO DE ATITLAN" Acuérdase trasladar a la Municipalidad de Barberena la Artículo 1. Declaratoria de Area Protegida larecaudación y administración del Impuesto Unico DECRETO NUMERO 64-97 Sobre Inmuebles de su jurisdicción. Cuenca del Lago de Atitlán. Se declara área protegida
de Reserva de Uso Múltiple la Cuenca del Lago de Acuérdase trasladar a la Municipalidad de Cuilapa laCongreso de la República de Guatemala, Atitlán, ubicada al sureste en el Altiplano de Guatemala, recaudación y administración del Impuesto Unico abarcando la mayor parte del departamento de Sololá, y Sobre Inmuebles de su jurisdicción. CONSIDERANDO: pequeñas áreas de los departamentos de Totonicapán y Acuérdase trasladar a la Municipalidad de Puerto Barrios Quiche hacia el norte y Suchitepéquez hacia el sur, con Que la Constitución Política de la República de Gua-una extensión aproximada de seiscientos veinticincola recaudación y administración del Impuesto Unicotemala, establece como obligación del Estado, las Muni-Sobre Inmuebles de su jurisdicción. kilómetros cuadrados (625 kms.2), de los cuales el Lago cipalidades y los habitantes del territorio nacional, pro-abarca ciento treinta kilómetros cuadrados (130 kms2). Acuérdase trasladar la Municipalidad de Panajachel lapiciar el desarrollo social, económico y tecnológico queEl área limita al norte con la cuenca del Río Motagua, recaudación y administración del Impuesto Unicoprevenga la contaminación del ambiente y mantenga elal este con la Cuenca del Río Madre Vieja, al oeste con la Sobre Inmuebles de su jurisdicción. equilibrio ecológico; cuenca del Río Nahualate y al sur con las microcuencas de los Ríos San José, Santa Teresa, Nica y Mocá.
Artículo 2. Categoría de manejo y delimitación. PUBLICACIONES VARIAS CONSIDERANDO: La Cuenca del Lago de Atitlan será manejada bajo la categoría de Area Protegida de Reserva de Uso Múltiple, DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE Que el ordenamiento jurídico guatemalteco contienesiendo sus coordenadas las siguientes: CIUDADANOS la conservación, protección y uso sostenible de los recurRESOLUCION SRC-R-026-97 SOS naturales, en el Artículo 64 constitucional el cual1. Latitud Norte 14'31'33" y Longitud Oeste establece: "Patrimonio Natural. Se declara de interés 91'03'25"; nacional la conservación, protección y mejoramiento del2. Latitud Norte 14'31'33" y Longitud Oeste ANUNCIOS VARIOS Patrimonio Natural de la Nación. El Estado fomentará la 91'20'25";
3. Latitud Norte 14'53'50" creación de parques nacionales, reservas y refugios nay Longitud Oeste Matrimonios.-Líneas de transporte.-Constituciones 91'20'10"; de sociedad.-Patentes de invención.-Registro deturales, los cuales son inalienables. Una ley garantizará4. Latitud Norte 14'53'50" y Longitud Oestemarcas.-Títulos su protección y la de la fauna y flora que en ellos exista". 91'03'25"; Esta ley, contenida en el mandato de nuestra Carta Aseguradora Fénix, S. A.-Balance General Condensa-Magna es la Ley de Areas Protegidas, la cual establece elArtículo 3. Objetivosy Zonificación El Area Prodo al 31 de diciembre de 1996. procedimiento para la declaratoria legal de estas áreas;tegida de Reserva de Uso Múltiple, Cuenca del Lago de Maersk Guatemala, S. A. Balance General al 31 de Atitian, tiene como objetivos los siguientes: diciembre de 1994.
Maersk Guatemala, S. A-Balance General al 31 de CONSIDERANDO: a) OBJETIVOS PRIMARIOS: diciembre de 1995. Kaminal, S.A. Balance General al 30 dejunio de 1987.Que la declaratoria legal de áreas protegidas consti-1. Fomentar el uso integral y sostenido de los recurAdministradora de Empresas, S.A. Balance General SOS naturales renovables del área; tuye un acto concreto de voluntad del Organismo Legis-al 30 de junio de 1987. Inmobiliaria General, Sociedad Anónima. Balance lativo, de contribuir a la protección, conservación y2. Fortalecer las formas de vida y tradiciones cultuGeneral al 31 de diciembre de 1985. utilización sostenible de los recursos naturales, la pre-rales de los grupos mayas; Fabricantes de Equipos Industriales, S. A. Balanceservación de valores culturales, el beneficio de la poblaGeneral al 30 de septiembre de 1987. ción guatemalteca que obedece al Artículo 1 de la Cons-3. Promover la educación ambiental en el área; Exportadora Verapaz, S.A. Balance General Condentitución Política de la República, en el sentido de que el sado al 30 de junio de 1987. fin del Estado es la realización del bien común, así como4. Promover actividades de asistencia técnica en el
Urbanizadora San Antonio Salazar USASSA. Balana los esfuerzos que a nivel mundial se han realizado enárea; ce General al 30 de junio de 1987. ese sentido; Productos Confitados Salvavidas de Guatemala, S.A. 5. Conservación de la cuenca hidrológica del Lago de Balance General al 30 de noviembre de 1987. CONSIDERANDO: Atitlan; Regalos Lys, Sociedad Anónima. Balance General al 30 de junio de 1987. 6. Proteger la belleza escénica del área; Montegua, S. A. - Balance General al 30 de junio deQue de acuerdo a la legislación vigente el Consejo
1985. Nacional de Areas Protegidas (CONAP), debe efectuar el7. Proteger sitios y objetos del patrimonio cultural, Imperio Verde, S.A. Balance General al 30 de junio deestudio técnico correspondiente previo a la declaraciónhistórico y arqueológico del area; 1984. de áreas protegidas, lo que en el caso de la Cuenca del Fernández, Bonatti & Cía. Ltda. - Balance General alLago de Atitlan ya fue efectuado; como consta en el acta8. Fomentar el aprovechamiento forestal sostenible 30 de junio de 1986. de fecha 14 de enero de 1997 de CONAP, en el área.882
DIARIO DE CENTRO AMERICA-Septiembre 3 de 1997 NUMERO 26 b) OBJETIVOS SECUNDARIOS: Múltiple de la Cuenca del Lago de Alitian, teniendo is facultad de revocar la 1. delegación de la administración, si después de dos evaluaciones las mismasPromover y fomentar la investigación sobre el medio natural resultaran negatives a juicio del CONAP.cultural del área;
2 Suministrar servicios de recreación y turismo ecológico en el area; ARTICULO 8. Financiamiento. El presupuesto para el manejo del Area Protegida de Reserva de Uso Multiple de la Cuenca del Lago de Atitian, se
3. Mantener la diversidad biológica del área; integrará de la siguiente manera:
4. Conservar los ecosistemas del área en SU estado natural. a) Asignaciones ordinarias y extraordinarias del Estado; c) OBJETIVOS TERCIARIOS: b) Donaciones y aportes de personas individuales 0 jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas 0 privadas, O entidades internacionales;
1. Conservación de recursos genéticos; c) El producto financiero de las actividades organizadas por la administración2. Fornentar el uso sostenible de los recursos pesqueros en el Lago. del área.
ARTICULO 4. Zonas de manejo. Para el logro de los objetivos indicados, ARTICULO 9. Prevención. Para garantizar la óptima conservación del el Area Protegida de Reserva de Uso Múltiple la Cuenca del Lago de Atitian, se Area Protegida de Reserva de Uso Múltiple de la Cuenca del Lago de Atitian, se establece las siguientes Zonas de manejo: aplicarán medidas que prevengan el funcionamiento de industrias o actividades potencialmente contaminantes, así como las obras que puedan provocar una a) ZONA DE USO MULTIPLE: La Zona de Uso Múltiple sensible alteración de las condiciones ecológicas locales. comprende las áreas con agricultura intensive y los centros poblados ubicados en la parte media y baja de la cuenca. La extensión es de ciento ARTICULO 10. Vigencia. El presente decreto entrará en vigencia el día de
treinta y nueve punto ocho kilómetros cuadrados, (139.8 kmz), SU publicación en el diario oficial. correspondiente al 25% def total del área protegida. b) ZONA DE RECUPERACION: La Zona de Recuperación incluye todas PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA su SANCION, aquellas áreas que se encuentran deterioradas, con fuertes pendientes y PROMULGACION Y PUBLICACION. desprovistas de vegetación natural, y requieren de acciones urgentes de mitigacion para reducir la erosión y el azolvamiento del Lago. Abarca una DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA extensión de setenta y dos punto un kilómetros cuadrados (72.1 km2), CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL equivalente al 11.6% del total del área protegida. NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE. c) ZONA DE MANEJO FORESTAL: La Zona de Manejo Forestal comprende las áreas de bosques artificiales actualmente manejados, y algunos de los bosques naturales que protegen parte de la cuenca alta del Rio Panajachel. Su extensión es de treinta punto tres kilómetros cuadrados (30.3 km2), equivalente al 4.8% del total del área protegida. d) ZONA ARQUEOLOGICA CULTURAL: La Zona Arqueológica Cultural comprende las zonas donde se ubica la mayor cantidad de sitios ARABELLA CASTRO QUINONESarqueológicos y monumentos históricos, rodeados de áreas de cultivos. PRESIDENTA
Abarca una extensión de selenta y seis punto un kilómetros cuadrados (76.1 km2). correspondientes al 8.8% del total del área protegida. 3) ZONA DE USO EXTENSIVO: La Zona de Uso Extensivo comprende los ciento treinta kilómetros cuadrados (130 km2) del Lago de Atitian y un 20.8% del área protegida. f) ZONA DE BOSQUES PROTECTORES: La Zona de Bosques Protectores se a en las partes altas de la cuenca con fuertes pendientes y mantiene cobertura boscosa, siendo áreas muy importantes JAVIER CASTEL ANOS DE LEON CESAR FORTUNY ARDON SECRETARIO para la producción de agua. Incluye una extensión de ciento cuarenta y SECRETARIO siete kilómetros cuadrados (147 km2), que representa un 23.5% del área total. or LA g) ZONA PRIMITIVA: La Zona Primitiva comprende las áreas de bosque nuboso de los tres conos volcánicos, con gran diversidad de flora y fauna. COMMIRCOPosee una extensión de veintinueve punto tres kilómetros cuadrados (29.3 kn. : correspondiente al 4.7% del total del área protegida. Greaty ARTICULO 5. Regulaciones. El Area Protegida de Reserva de Uso Múltiple de la Cuenca del Lago de Atitian, se regirá por la presente ley, por la Ley de Areas Protegidas y SUS reglamentos, asi como por la demás legislación vigente relativa a la materia que le sea aplicable. Las regulaciones técnicas y PALACIO NACIONAL: Guatemala, 2 de septiembre de mil novecientos novents
operativas deben de estar reguladas por su plan maestro. Podrá ser además y siete. objeto de una reglamentación especifica. ARTICULO 6. Administración. La Administración del Area Protegida de Reserva de Uso Multiple de la Cuenca del Lago de Atitian estará a cargo del Consejo Nacional de Areas Protegidas, quien podrá delegarla, mediante licitación, en un término prorrogable de sesenta días, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Para lograr los objetivos de esta ley, el ente administrador contará con el apoyo de un Consejo Asesor que estará integrado por los siguientes miembros: a) Un representante del Consejo Nacional de Areas Protegidas, -CONAPJuin a.Tlanb) Un representante de los alcaides municipales de los que se encuentran en el área, electo en asamblea general convocado por la Asociación Nacional FLORES ASTURIAS de Municipalidades, -ANAMPRESIDENTE IN FUNCIONES c) gobernador departamental de Sololá O su representante. d) Un representante de la autoridad para el manejo sustentable del Lago de Atitián y su entomo. -AMSCLAECULTURA ARTICULO 7. Supervision de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Areas Protegidas. La Secretaria Ejecutive del Consejo Nacional Arq. AUGUSTO VELA MENA MINISTERIOCEPORTESMINISTRO DEPORTES de Areas Protegidas, -CONAP-, realizará evaluaciones quinquenales de la labor desarrollada DOG el ente'administrador del Area Protegida de Reserva de Uso GUATEMALA.