Decreto 64-2005
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 64-2005
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2005
Diario de CentroAmérica
CONSTRUYENDO
UNIDUN MEJOR PAÍS
www.dca.gob.gt Director: Luis Eduardo Marroquín Godoy Decano de la Prensa Centroamericana Organo Oficial de la República de Guatemala TOMO CCLXXVII Guatemala, JUEVES 27 de octubre 2005 NÚMERO 90
SUMARIO
ORGANISMO LEGISLATIVO
ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 64-2005
ORGANISMO EJECUTIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALAMINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES Acuérdase declarar del 22 de septiembre del 2005 al 21 de septiembre del 2006, como Año Conmemorativo DECRETO NÚMERO 64-2005del Vigésimo Aniversario del Fallecimiento del Poeta y Escritor Manuel José Arce Leal.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO: PUBLICACIONES VARIAS Que conforme la Constitución Política de la República, Guatemala normará sus relaciones MUNICIPALIDAD DE CHICAMÃN, internacionales conforme a principios, reglas y prácticas internacionales y mantendráDEPARTAMENTO DEL QUICHÉ ACTA NÚMERO 03-2005 PUNTO TERCERO relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con el propósito de encontrar soluciones SECRETARÍA DE LA JUNTA MONETARIA apropiadas a problemas comunes.
RESOLUCION JM-108-2005 CONSIDERANDO:
INSTITUTO GUATEMALTECO DE
SEGURIDAD SOCIAL Que el Convenio sobre Cooperación para la Supresión del Tráfico Ilícito Marítimo y Aéreo de ACUERDO NÚMERO 1173 Estupefacientes y Sustancias en el Área del Caribe, constituye un instrumento adecuado de cooperación y coordinación así como regulador de la institucionalidad y procedimientos que permiten una acción conçertada y efectiva de los Estados parte para el cumplimiento de los ANUNCIOS VARIOS objetivos del Convenio.
POR TANTO: Matrimonios Constituciones de sociedad Modificaciones de sociedad Patentes de invención Registro de marcas Títulos En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y I) de la supletorios Edictos Remates. Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA: ATENCION Artículo 1. Se aprueba el Convenio sobre Cooperación para la Supresión del Tráfico llícito ANUNCIANTES Marítimo y Aéreo de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas en el Área del Caribe, suscrito en San José, Costa Rica, el diez de abril del año dos mil tres.
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en elIMPRESION SE HACE Diario Oficial.
CONFORME ORIGINAL REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓNToda impresión en la parte Y PUBLICACIÓN.
Legal del Diario de Centro EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE
GUATEMALA, EL VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CINCO.América, se hace respetando el original. Por lo anterior, esta Administración ruega al público
COMPLETED DE LA REFUNICAtomar nota.
JORGE MENDEZ HERBRUGER PRESIDENTE CUSTEMALK,2 Guatemala, JUEVES 27 de:octubre 2005 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 90
ARTÍCULO 2. Exhortar a entidades culturales, nacionales e internacionales, para que en la forma que lo consideren apropiado, organicen eventos conmemorativos de la vida y obra de Manuel José Arce Leal, especialmente en la edición y difusión de sus libros. ARTÍCULO 3. Entregar copia de la presente disposición a la Familia del Poeta y Escritor Manuel José Arce Leal. LUIS FERNANDO PÉREZ MARTINEZ FRANCISCO JAVIER DEL VALLE SECRETARIO ARTÍCULO 4. El presente Acuerdo empieza a regin el día siguiente de su publicación en el SECRETARIO Diario de Centro América.
COMUNÍQUESE PALACIO NACIONAL: Guatemala, trece de octubre del año dos mil cinco. BENEFITS
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE SUATEMALAJosé Alberto Gándara Torreblarte Viceministra de Cultura y Deportes Encargado del Despacho DE LA
PRESIDENCIAREPUBLICA
J. M.
BERGER PERDOMO
Ministerio de Gultura GUATEMALA. (E-671-2005)-27-octubre
DERELACIONES DE
UNISTERIOEXTERIORES PUBLICACIONES VARIAS
GUATEMALA. Carlos Vielmann Montes Darie Altologeirro Larraondo MINISTRO DE GOBERNACION Vicoministro do Refection Exteriored
Encargado dol Despache DIARIO DE CENTRO AMERICA Lic.Horge Reyes MUNICIPALIDAD DE CHICAMÁN,SECRETARIO GENERAL (E 672 - 2005) 27 OCTUBRE
DE LA PRESIDENCIA DE LAREPUBLICA DEPARTAMENTO DEL QUICHÉ
ACTA NÚMERO 03-2005 PUNTO TERCEROORGANISMO EJECUTIVO
La Corporación Municipal del Municipio de Chicamán, Departamento del Quiché, conforme acuerdo Municipal Número 03-2005, Punto Tercero de fecha veintiuno de enero del 2005. Acuerda: Poner MINISTERIO DE CULTURA en vigencia el Reglamento de Construcción y Urbanismo; a todos los vecinos se les informa que Y DEPORTES para poder efectuar cualquier tipo de construcción deberá cumplir con los procedimientos descritos enAcuérdase declarar del 22 de septiembre del 2005 al 21 de septiembre del 2006, como Año Conmemorativo del Vigésimo Aniversario del Fallecimiento el dicho reglamento. Siendo unos de los artículosdel Poeta y Escritor Manuel José Arce Leal. más importantes los siguientes: ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 522-2005 Art. 1 este reglamento rige todas las actividades de construcción. Quedando obligados los vecinos de
Guatemala, 06 de septiembre del 2005 este municipio a obtener licencia municipal de construcción.EL VICEMINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES, EN FUNCIONES DE MINISTRO CONSIDERANDO: Art. 34 Todo vecino esta obligado a construir por Que es deber del Estado de Guatemala reconocer y exhaltar a quienes con su vida y obra su cuenta la acera que rodea el frente y lados de suhan hecho contribuciones al desarrollo cultural del país. propiedad; la que deberá tener un ancho mínimo de CONSIDERANDO: 2 metros lineales con una pendiente del 1% ascendente Que el Poeta Manuel José Arce Leal, con su obra poética y literaria contribuyó a la hacia el limite de la alineación municipal. construcción de una Guatemala justa y solidaria, enriqueciendo el acervo cultural de los guatemaltecos y guatemaltecas, en la búsqueda de la consolidación de la paz en este país.
CONSIDERANDO: El presente Reglamento de Construcción y UrbanismoQue el 22 de Septiembre del presente año, se cumplen veinte años del fallecimiento del ilustre ciudadano Manuel José Arce Leal, por lo que es procedente emitir una disposición entra en vigencia el día de esta publicación en el legal para conmemorar la vida y obra de este valor guatemalteco, Diario Oficial.
POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en el ejercicio de las funciones que le confieren los Vo.Bo. Pedro @amarfo Morales artículos 59, 62 y 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Alcalde Municipal
Guatemala y 27 inciso m), 31 incisos b) y e) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Pedro Hernandez PerezACUERDA: Secretario Municipal ARTÍCULO 1. Declarar del 22 de Septiembre del 2005 al 21 de Septiembre del 2006, como Año Conmemorativo del Vigésimo Aniversario del Fallecimiento del Poeta y (88049-2)-27-octubre Escritor Manuel José Arce Leal.