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Decreto 65-1975

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 65-1975
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Financiero
Año
1975

Diario de Centro America

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

ANTES EL GUATEMALTEO Director Interino Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCII GUATEMALA, MIERCOLES 22 DE OCTUBRE DE 1975 NUMERO 40

SUMARIO dos convenientes para los intereses del país y definanciar parcialmente el Segundo Proyecto de Te-las municipalidades interesadas. y que, asimismo, dicha negociación mereció opinión favorable de lecomunicaciones, Fase 1, cuya ejecución está pro-la ORGANISMO LEGISLATIVO Secretaría General del Consejo Nacional de Plagramada a realizarse en un período de 4 años a nificación Económica, según Memorándum SI/24/74 un costo total estimado de Q34 626 000; las metas ciel 27 de septiembre de 1974: de la Junta Monetaprincipales de esta Fase -descrita ampliamente DECRETO NUMERO 65-75 iia, según Resolución No. 7774 del 30 de octubre en el Anexo 2 del Préstamo-, son el incremento DECRETO NUMERO 66.75 de 1974 y del Consejo de Estado, según dictamende la capacidad instalada a 82,900 lineas interemitido con fecha 25 de junio de 1975, cambiadoras; ampliación de la capacidad de distribución de la red de cables para poder instalar ORGANISMO EJECUTIVO POR TANTO. 59,000 lineas directas; ampliación de los servicios de larga distancia, mediante sistemas de microEn uso de las atribuciones que le conceden los MINISTERIO DE ECONOMIA ondas, radio VHF-UHF. cable y linea abierta paraincisos 10 y 13 del artículo 170 de la Constitución722 canales troncales adicionales; ampliación de lade la República, capacidad de la Central Telefónica Internacional,Rectificase la partida arancelaria número 641-03DECRETA: mediante 600 circuitos. instalación de una nueva 00-09 que aparece consignada en el Acuerdo Micentral interurbana principal, con capacidad paranisterial número 71-71 del 17 de marzo de 1971: Artículo 10.-Se autoriza al Organismo Ejecutivo3,000 circuitos. equipada para 1,200 circuitos, paray sustitúyesele por la número 641-07-00-09. solicipara negociar un empréstito con el Banco Inter atender al crecimiento del tráfico y para efectuartado por la empresa "Litho Carbón de Centroamericano de Desarrollo hasta por la suma de ein- (0 millones de dólares (US$5 000.00) a cuarent posteriormente el discado directo por el abonade:américa, Sociedad Anónima". (40) años plazo, con un periodo de gracia de diezmejoramiento y ampliación del sistema rural a 86 Oforgase a la empresa "Alimentos Kern de Gua- (10) años; una tasa de interés del uno por cientolocalidades, aproximadamente: ampliación de la

temala, Seciedad Anónima", extensión de bene- (1%) anual sobre saldos deudores hasta el 6 de ma-red de Télex mediante 250 líneas y ampliación de ficios sobre la importación de materias primas yo de 1985 y del dos por ciento (2%) anual sobre los servicios de capacitación del personal de la Emque utilice en su proceso productivo, hasta el 31 saldos deudores desde esa fecha hasta la completepresa; de diciembre de 1977. cancelación de la deuda; una comisión de comproModificase on el sentido que se indica el Acuerdo miso sobre saldos no desembolsados del medio CONSIDERANDO: número 21-71 del 5 de febrero de 1971. solicitado del uno por ciento (1/2 del 1%) anual, la que por la empresa "Litho Formas de Centroamérica, empezará devengarse a los sesenta (60) dias de Que en la misma fecha, el Gobierno de la ReSociedad Anónima". la fecha del Contrato de Préstamo. pública suscribió con el Banco Internacional deArtículo 20.-De acuerdo con las bases de la Reconstrucción y Fomento et Convenio de Garantia Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Egresos negociación autorizada en el artículo anterior, senúmero 1104-GUA. por medio del cual garantiza lasde la Empresa Guatemalteca de Aviación AVIAaprueba y ratifica el Contrato de Préstamo suscrito por el Organismo Ejecutivo con el Banco obligaciones de GUATEL con respecto al ConvenioTECA. por el período comprendido del 10. de de Préstamo arriba mencionado:enero al 31 de diciembre de 1975. el cual se fija Interamericano de Desarrollo -BIDel 7 de mayo

en la cantidad que se menciona, de 1975. Artículo 30.-Los fondos provenientes del emCONSIDERANDO: Modificase en el sentido que se expresa el articupréstito asi como los de la contrapartida nacional, lo 2o. del Acuerdo Ministerial número 153-75 del serán entregados por el Estado al Instituto de Fo Que la Secretaria General del Consejo Nacional 5 de mayo de 1975, solicitado por la Empresa mento Municipal -INFOMa través de un Con de Planificación Económica en Memorándum "Tabacalera Nacional, Sociedad Anónima". trato de Fideicomiso a suscribirse entre las partes,SI/05/75. la Junta Monetaria en Resolución 7909 y para que dicho Instituto conceda créditos a las et Consejo de Estado en Dictamen emitido el 23 ANUNCIOS VARIOS municipalidades de las poblaciones beneficiadas. de julio de 1975. expresaron opinión favorable tanto de conformidad con el Programa que se describe sobre la negociación como sobre los Convenios de en el Anexo "B" del Contrato de Préstamo a quePréstamo y de Garantia, Matrimonio. Linea de transporte. Solicitud de se refiere el artículo anterior. autorización de sociedad. Constitución de soArtículo 40.-Las amortizaciones, intereses y cePOR TANTO. ciedades. Modificación de sociedades. Disomisiones de la deuda derivada del empréstito St lución de sociedades. Patentes de invención. pagarán al Banco Interamericano de Desarrollo Con fundamento on los incisos 10 y 14 del articulo Registro de marcas. Titulos supletorios. por medio de asignaciones presupuestarias que el 170 de la Constitución de la República,Edictos. Licitaciones. Remates. AutorizaEjecutivo. por conducto del Ministerio de Finanzas

ciones farmacéuticas. Públicas, fijará en cada ejercicio fiscal en el DECRETA: Presupuesto General del Estado, hasta la comBank of America NT&SA. Sucursal Guatemala pleta cancelación de la deuda. Artículo 10.-Se autoriza al Organismo Ejecutivo(Banco de América). Balance General Conder Artículo 50.-El presente Decreto fue aprobado para que sirva de garante del préstamo que elsado Consolidado al 31 de agosto de 1975. con el voto favorable de más de las dos terceras Banco Internacional de Reconstrucción y Fomentopartes del total de Diputados que integran el concedió a la Empresa Guatemalteca de Telecomu-Banco de Occidente S. A., Balance General CondenCongreso. y entrará en vigor el día siguiente de sado Consolidado al 31 de agosto de 1975. su publicacion en el Diario Oficial. nicaciones, formalizado en contrato suscrito por las partes el 29 de abril de 1975. Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala, Balance Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaGeneral Condensado Consolidado al 31 de agosto de ción y cumplimiento. Articulo 20.-Se aprueba el Convenio de Présta1975. mo número 1104 GUA suscrito el 29 de abril de Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en1975. entre el Banco Internacional de Reconstruela ciudad de Guatemala, a los veinticinco d'as del ción Fomento y la Empresa Guatemalteca de mes de septiembre de mil novecientos setenta y communicaciones destinado a financiar parcial-cinco.

ORGANISMO LEGISLATIVO mente el Segundo Proyecto de Telecomunicaciones,DONALDO ALVAREZ RUIZ, Fase 1. que se describe en el Anexo 2 del Conve-Presidente. nio, por la suma de VEINTISEIS MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOSHECTOR MORALES Y MORALES, (US.$26 0 su equivalente en otras inc. DECRETO No. 65-75 Secretario, nedas, otorgado bajo las siguientes condiciones: a ERNESTO CASTELLANOS MANZANERO. 20 años plazo que incluye un periodo de gracia de El CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, Secretario. tres y medio años; una tasa de interes del ocho y medio (8 y 12) por ciento anual subre saldos CONSIDERANDO: Palacio Nacional: Guatemala, diecisiete de CC desembolsados y una Comisión de Compromiso de tubre de mil novecientos setenta V cinco, tres cuartos del uno por ciento (9) del 10 anual Que con fecha 7 de mayo de 1975 el Gobierno sobre saldos no desembolsades; el préstamo se de la República suscribió con el Banco InteramePubliquese y cúmplase. amortizará en treinta y dus (32) pagos semestrates ricano de Desarrollo -BIDel Contrato de Présen las fechas 1 montos que se indican en la tabla tamo No. 398 SF-GU por la suma de cinco milloKJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA. de amortizaciones que forma parte del Convenio nes de dólares exactos (US$5 0 su equide Préstame.

valente en otras monedas que formen parte del El Ministro de Finanzas, Fondo para Operaciones Especiales, destinado a JORGE LAMPORT RODIL. Artículo 30.-La Empresa Guatemalteca de Tefinanciar parcialmente un programa consistente lecemunicaciones GUATELamortizará et prinen la construcción y ampliación de aproximadacipal, intereses. comisiones y demás gastos derivamente 21 acueductos y alcantarillados urbanos, medos del Préstamo referido en el articulo anterior, Giante la concesion de créditos a las municipaliDECRETO No. 66-75 con el producto de los ingresos que obtenga dades ya programadas; la ejecución del proyecto sus servicios, debiendo constituir con sus utilid cuyos aspectos más relevantes se detallan en el des netas un fondo de amortizacion para ii ched-Anexo "B" que forma parte del Contrato de PréstaEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,plimiento oportuno de las obligaciones communitiesmo, sera llevada a cabo por el Instituto de Fomenpor el Préstame to Municipal -INFOM al que el Estado, a través CONSIDERANDO: de la celebración de un Contrato de Fideicomiso Articulo pago anual del principal intere-entregara tanto los fondos provenientes del PrésQue con fecha 29 de abril de 1975. la Empresa ses, comisiones y demás gastos derivades de latamo como los de la contrapartida nacional; Guatemalteca de Telecomunicaciones GUATEL deuda, será amertizado deduciendo se momo de

CONSIDERANDO: suscribió con el Banco Internacional de Reconstrue las utilidades que obtenga GUATEL en cada ejer-ción y Fomento -BIRFel Convenio de Préstimo cicio, previamente a la determinación de las utiQue los términos V condiciones del Préstamo connúmero HOLGUA, por la suma de US$26 000 000 fidades netas que se refiere el articulo 23 de S11 tratado para los fines indicados, fueron considerasu equivalente en otras monedas, destinado a Ley Orgánico, acreditandolo a la reserve corres-

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