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Decreto 65-2008

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 65-2008
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Servicios_Publicos
Año
2008

Fundado en 1880

Diario de Centro América DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA ÓRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.

MARTES 25 de noviembre de 2008 No. 68 Tomo CCLXXXV Directora General: Ana María Rodas www.dca.gob.gt

Sumario ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMEO 65-2008

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

ORGANISMO EJECUTIVO DECRETO NÚMERO 65-2008MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS Acuérdase otorgar Autorización Definitiva a la entidad Inver-Energy, Sociedad Anónima, para utilizar bienes de dominio público para el EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Proyecto Hidroeléctrico denominado "Hidroeléctrica San Cristóbal" ubicado en el municipio de San CRistóbal Verapaz del departamento de Alta Verapaz. CONSIDERANDO: MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Acuérdase aprobar la modificación parcial de los Estatutos de Que con fecha 19 de octubre de 2008, el Presidente de la República en Consejo de la FUNDACIÓN PARA AUXILIO DE LAS NIÑAS DE LA CALLE, Ministros, y por las razones expuestas en los respectivos considerandos, emitió el Decreto-FUNDANIÑASGubernativo Número 9-2008, mediante el cual se declaró Estado de Calamidad Pública

Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas de la Iglesia Evangélica PROFETICA FUENTE DEL durante treinta días en los municipios de Panzós, Raxruhá, Chisec, Cobán y San Pedro CIELO. Carchá del departamento de Alta Verapaz; Puerto Barrios, El Estor, Morales, Los Amates Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar las basesy Livingston del departamento de Izabal; La Libertad, Dolores, Sayaxché, Melchor deconstitutivas de la IGLESIA EVANGÉLICA "VALLE DE DIOS". Mencos, San Benito, Santa Ana, Flores, San Luis y Poptún del departamento de Petén; y Acuérdase aprobar la modificación de las Bases Constitutivas de laPlaya Grande Ixcán del departamento de Quiché."IGLESIA EVANGÉLICA APOSENTO ALTO". MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN CONSIDERANDO: Acuérdase aprobar el "Manual de Procedimientos para la Inspección de Inocuidad de Alimentos a Barcos Pesqueros y Barcos Congeladores".Que el honorable Congreso, de la República no puede permanecer al margen de la PUBLICACIONES VARIAS situación que atraviesa la población de todos los municipios anteriormente descritos, MINISTERIO PÚBLICO motivo por el cual es procedente ratificar el Decreto Gubernativo Número 9-2008 de fecha 19 de octubre de 2008 emitido por el Presidente de la República en Consejo de Ministros.Acuérdase aprobar la AMPLIACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO DOS

(2) en el Presupuesto de Ingresos del Ministerio Público, correspondiente al período del año dos mil ocho (2008). CONSIDERANDO: MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN CHAMELCO, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ Que de conformidad con el artículo 138 de la Constitución Política de la República deACTA NÚMERO CUARENTA Y CINCO GUIÓN DOS MIL OCHO PUNTO SEGUNDO Guatemala, el Congreso de la República está facultado para modificar el Decreto Gubernativo del Presidente de la República, por lo que se procedió a reformar el artículoACTA NÚMERO CUARENTA Y CINCO GUIÓN DOS MIL OCHO PUNTO CUARTO 4, derivado de la imposibilidad de limitar los derechos establecidos en el artículo 25 de la ACTA NÚMERO CUARENTA Y CINCO GUIÓN Constitución Política de la República de Guatemala.

DOS MIL OCHO PUNTO QUINTO

ACTA NÚMERO CUARENTA Y SEIS GUIÓN POR TANTO: DOS MIL OCHO PUNTO DÉCIMO CUARTO MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 138 y 171 literal a) de la LEY TEMPORAL Y ESPECIAL DE REPOSICIÓN DE CÉDULAS DE Constitución Política de la República de Guatemala,VECINDAD DEL MUNICIPIO DE RETALHULEU, SEGÚN EL DECRETO

30-2006 DE FECHA 21 DE SEPTIEMBRE DE 2006.

DECRETA: ANUNCIOS VARIOS Matrimonios Líneas de Transporte Constituciones de Sociedad Artículo 1. Ratificar el Decreto Gubernativo Número 9-2008, de fecha 19 de octubre de Modificaciones de Sociedad Disolución de Sociedad Patentes 2008, emitido por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, por el cual sede Invención Registro de Marcas Titulos Supletorios Edictos Remates declara Estado de Calamidad Pública durante treinta días en los municipios de Panzós,2 Guatemala, MARTES 25 de noviembre 2008 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 68

Raxruhá, Chisec, Cobán y San Pedro Carchá del departamento de Alta Verapaz; Puerto Barrios, El Estor, Morales, Los Amates y Livingston del departamento de Izabal; LaORGANISMO EJECUTIVO Libertad, Dolores, Sayaxché, Meichor de Mencos, San Benito, Santa Ana, Flores, San Luis y Poptún del departamento de Petén; y Playa Grande Ixcán del departamento de Quiché. Artículo 2. Se reforma el artículo 4 del Decreto Gubernativo Número 9-2008 emitido por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, el cual queda así: MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS "Articulo 4. Derechos Restringidos. Se restringe la plena vigencia de losAcuérdase otorgar Autorización Definitiva a la entidad Inver-Energy,derechos constitucionales reconocidos en los artículo 5 y 26 de la Constitución Política de la República de Guatemala, en los municipios de Panzós, Raxruha, Sociedad Anónima, para utilizar bienes de dominio público para el Proyecto

Chisec, Coban y San Pedro Carchá del departamento de Alta Verapaz; Hidroeléctrico denominado "Hidroeléctrica San Cristóbal" ubicado en el municipios de Puerto Barrios, El Estor, Morales, Los Amates y Livingston del municipio de San CRistóbal Verapaz del departamento de Alta Verapaz.departamento de Izabal; Municipios de La Libertad, Dolores, Sayaxche, Melchor de Mencos, San Benito, Santa Ana, Flores, San Luis y Poptún del departamento de Petén: municipio de Playa Grande Ixcán, en el departamento de Quiché, y por el piazo que se indica en el artículo que antecede." ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 262-2008 Artículo 3. El Organismo Ejecutivo dentro del plazo de 8 días de vencido el Estado deGuatemala, 17 de noviembre de 2008Calamidad que por este Decreto se ratifica, deberá remitir al Congreso de la República informe de los avances, resultados y gastos e inversiones realizados durante este EL VICEMINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS; período. CONSIDERANDO: Artículo 4. El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorableQue ante el Ministerio de Energia y Minas, fue presentada una solicitud con sus respectivos de más de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congresoanexos por parte de la entidad Inver-Energy, Sociedad Anónima, tendente a obtener de la República, aprobado en un solo debate y entrará en vigencia el día de su Autorización Definitiva para utilizar Bienes de Dominio Público para el Proyeoto Hidroeléctrico

denominado "Hidroeléctrica San Cristóbal", ubicado en el municipio de San Cristóbal Verapaz publicación en el Diario Oficial. del departamento de Alta Verapaz, utilizando el caudal hidrológico de los rios: Pampur entre las cotas: máxima 492.8 y minima 332.00 m.s.n.m.; y Quixal entre las cotas: máxima 332.00 y REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, mínima 308.20 m.s.n.m., por un plazo de cincuenta afios, conteniendo la misma la respectiva PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. información técnica y legal aplicables al caso.

CONSIDERANDO: EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO. Que de conformidad a lo regulado en la Ley General de Electricidad y su Reglamento, la referida solicitud fue debidamente calificada, estableciéndose que llena los requisitos técnicos y legales, de acuerdo a las actuaciones que obran en el expediente; por lo que se hace necesaria la emisión del correspondiente Acuerdo Ministerial de autorización.

POR TANTO:

20 LA COMMONREPUBLICA En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 22. 27 literal m) y 34 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República; 1, 2, 3, 6, 7, 8, 10, 12, 13, 14, 17, 18, 19 y 21 de la

Ley General de Electricidad: 4, 5, 11 y 14 del Reglamento de la Ley General de Electricidad

ARÍSTIDES BALDOMERG CRESPO VILLEGAS

PRESIDENTE ACUERDA: GUATEMALA.C Artículo 1. Otorgar Autorización Definitiva a la entidad Inver-Energy, Sociedad Anónima, para utilizar bienes de dominio público para el Proyecto Hidroelectrico denominado "Hidroeléctrica ROSA Review ELVIRA ZAPETA OSORIO San Cristobal", ubicado en el municipio de San Cristóbal Verapaz del departamento de Alta Verapaz, utilizando el caudal hidrológico de los ríos: Pampur entre las cotas: máxima 492.8 y mínima 332.00 m.s.n.m.; y Quixal entre las cotas: máxima 332.00 y minima 308.20 m.s.n.m., JOSE ROBERTO ALEJOS CAMBARA por el plazo de cincuenta (50) años, contado a partir del día siguiente de la fecha de notificación del presente Acuerdo a la entidad interesada, mismo que debe publicarse en el Diario de Centro SECRETARIO SECRETARIA America, no teniendo la autorización otorgada el carácter de exclusividad fuera de las cotas mencionadas.

Artículo 2. Dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación del presente Acuerdo ol Ministerio de Energía y Minas y la entidad Inver-Energy, Sociedad Anónima, deberán suscribir el correspondiente contrato en escritura pública, instrumento éste que deberá transcribir el presente Acuerdo, indicando los procedimientos para efectuar modificaciones O

ampliaciones a la autorización, previo acuerdo entre las partes. Artículo 3. BI presente Acuerdo caducará, si no se suscribe la escritura pública correspondiente en el plazo estipulado en el artículo diecinueve (19) de la Ley General de Electricidad.

PALACIO NACIONAL: Guatemala, veinte de noviembre del año dos mil ocho.

Articulo 4. La entidad Inver-Energy, Sociedad Anónima, en la instalación del Proyecto Hidroeléctrico denominado "Hidroeléctrica San Cristóbal", para el cual se otorga la presente autorización definitiva, gozará de los derechos y deberá cumplir con las obligaciones contenidas tanto en la Ley General de Electricidad y su Reglamento, así como en las demás leyes de aplicación vigentes y observar las Normas de Seguridad de Presas y las Reglas de Manejo de Aguas. Artículo 5. Las condiciones y disposiciones que rigen on la presente autorización definitiva para PUBLÍQUESE Colona Y CUMPLASE DE LA la instalación del Proyecto Hidroeléctrico denominado "Hidroeléctrica San Cristóbal", son las contenidas en la normativa jurídica que rige el sistema eléctrico nacional Artículo 6. En lo que respecta al régimen de servidumbres, la entidad interesada debe ajustar su Know actuación a lo regulado en el Titulo II, Capitulo III de la Ley General de Electricidad y en lo que para el efecto desarrolla el Reglamento de la referida ley. Artículo 7. En el caso de incumplimiento por parte de la entidad Inver-Eneregy, Sociedad

Dg Anónima, con lo establecido en la Ley General de Electricidad, su Reglamento y Resoluciones COLOM CABALLEROS GUATEMALA.firmes de la Comisión Nacional de Energia Eléctrica, se sancionará con la multa que corresponda. Artículo 8. En lo referente a la rescisión y terminación del plazo de la autorización otorgada, la entidad interesada debe ajustarse a lo previsto en el Titulo III, Capitulo III de la Ley General de Electricidad y su Reglamento. Artículo 9. El presente Acuerdo empezará a regir el día de su publicación en el Diario de Centro América.

COMUNIQUESE

ROMEO AUGUSTO RODRÍGUEZ MENÉNDEZ

DE OF EL SECRETARIO GENERAL ENERGIA Francisco Jimenez Licds. Minica Sandoval Dávila de Lune SECRETARIA Ministro de Gobernación Subsecretor's General MINAS (26636-2)-25-noviembreGENERAL GUAHO de la Presidencia ie la Republica Encargada OF Desoacho JORGE ABIGAIL TORRES JIMENEZ (E-856-2008)-25-noviembre

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