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Decreto 66-1963

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 66-1963
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1963

EL Guatemaltero

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027. Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749 América, 9a. Av. 11-34. Zona 1

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA S.

TOMO CLXVIII Guatemala, Jueves 29 de Agosto de 1963 NUMERO 52 cia de las Naciones Unidas sobre el Trigo en seSUMARIO CONVENIO INTERNACIONAL DEL TRIGO, 1962sión celebrada el 10 de marzo de 1962. Artículo 2°.-Se faculta al Organismo Ejecutivo Los gobiernos signatarios del presente Convenio,para que solicite la adhesión de Guatemala al ORGANISMO EJECUTIVO mencionado Convenio. Considerando que el Convenio Internacional del Artículo 3º.-Este Decreto entrará en vigor el Trigo, de 1949, fue modificado y renovado en 1953,día siguiente de su publicación en el Diario Ofi1956 y 1959, ycial. Decreto Ley Número 66. Considerando que el Convenio Internacional del Trigo de 1959 expira el 31 de julio de 1962 y queDado en el Palacio Nacional, en Guatemala, a conviene concertar otro convenio por un nuevolos ocho días del mes de julio de mil novecientos período, MINISTERIO DE RELACIONES sesenta y tres.

Han convenido lo que sigue: EXTERIORES PUBLIQUESE Y CUMPLASE PARTE I Ratificase el Convenio Internacional del Trigo 1962 aprobado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre ENRIQUE PERALTA AZURDIA, Jefe del Gobierno de la República, DISPOSICIONES GENERALESat Trigo, 1962, en la sesion plenaria celebrada el 10 de Ministro de la Defensa Nacional. ARTICULO 1marzo del año en curso.

El Ministro de Gobernación Finalidades

LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA.

MINISTERIO DE GOBERNACION Las finalidades de este Convenio son: El Ministro de Relaciones Exteriores a) Garantizar suministros de trigo y de harina Haconse para la Corporación Municipal de Río Hondo, ZaALBERTO HERRARTE GONZALEZ de trigo a los países importadores y mercados pacapa, los nombramientos que se mencionan. ra el trigo y la harina de trigo a los paises exporHácouse para la Corporación Municipal de San Diego, ZaEl Ministro de Agricultura tadores a precios equitativos y estables; capa, los nombramientos que se expresan. CARLOS HUMBERTO DE LEON. b) Fomentar el desarrollo del comercio internaHacouse varios nombramientos para la Corporación Municional de trigo y de barina de trigo y lograr que cipal de Usumatian, Zacapa. El Ministro de Comunicaciones y este comercio sea lo más libre posible, en interés

Hacense para la Corporación Municipal de Genova, QueObras Públicas tanto de los paises exportadores como de los imraltenango, los nombramientos que se expresan. JOAQUIN OLIVARES M. portadores, (para contribuir así al desarrollo de Reorganizase on la forma que se menciona, los Registros los paises cuyas economias dependen de las venDepartamentales de la Direccion General del Registro El Ministro de Economía tas comerciales de trigo); de Ciudadanos. CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ c) Precaver los graves perjuicios que ocasionan Micense para la Policia Nacional los nombramientos que a los productores los excedentes onerosos y a los so mencionan. El Ministro de Educación Pública consumidores las críticas penurias de trigo;ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. d) Fomentar el uso y el consumo de trigo y de MINISTERIO DE ECONOMIA harina de trigo en general y, en particular, (en El Ministro de Hacienda y los países en vías de desarrollo), para mejorar laCrédito Público salud y la alimentación (en esos paises y ayudar-Otorgase a la Fábrica de Medias "San Juan", exoneraciónJORGE LUCAS CABALLEROS. les de esta manera a lograr su desarrollo;)del pago de derechos arancelarios. e) Favorecer de modo general la cooperación in-Otorgase a "Pasteurizadora Foremost Dairies de GuatemaEI Ministro de Salud Pública y ternacional en lo referente a los problemas mumla, S. A.", exoneración de impuestos arancelarios. Asistencia Social diales del trigo, reconociendo la relación existenOtorgase a Fábrica de Calzado "Condal", exoneración de ALFONSO PONCE ARCHILA te entre el comercio del trigo y la estabilidadimpuestos aduanales. económica de los mercados de otros productos El Ministro de Trabajo y agrícolas. Previsión Social ARTICULO 2

ANUNCIOS VARIOS JORGE JOSE SALAZAR VALDES.

Definiciones Matrimonio.-Linea de transporte.-Constitución de sociedades.-Modificación de sociedades.-Patentes de invenMINISTERIO DE RELACIONES 1. Para los fines del presente Convenio: dion.-Autorizaciones furmacéuticas.-Registro de mara) Por "Comité Asesor sobre Equivalencias de cas.-Títulos supletorios.-Edictos.-Licitación-Remates EXTERIORES Precios" se entiende el Comité creado en virtud del Artículo 31: Banco de Comercio e Industria de Guatemala, S. A.-BaRatificase el Convenio Internacional del Trigo lance General, Consolidado y por Departamentos al 31 1962 aprobado por la Conferencia de las Naciob) Por "saldo de las obligaciones de un pais de julio de 1963. nes Unidas sobre el Trigo, 1962, en la sesión ple-exportador" se entiende la cantidad de trigo que naria celebrada el 10 de marzo del año en curso. ese país exportador está obligado a poner a disposición de los importadores, con arreglo al arENRIQUE PERALTA AZURDIA tículo 5, a precio que no exceda del máximo, 0 ORGANISMO EJECUTIVO -JEFE DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA sea, la diferencia, en la fecha de que se trata, enDE GUATEMALA tre su cantidad básica en relación con los países importadores y las compras comerciales efectivas POR CUANTO: hechas del país exportador por dichos paises importadores durante el año agrícola; DECRETO LEY NUMERO 66 1. El Gobierno de Guatemala decidió adherirse c) Por "saldo de los derechos de un país imal Convenio Internacional del Trigo, 1962, que fue portador" se entiende la cantidad de trigo que ese aprobado por la Conferencia de las Naciones Unipaís importador tiene derecho a comprar, con das sobre el Trigo, 1962, en la sesión plenaria cearreglo al artículo 5, a un precio que no exceda ENRIQUE PERALTA AZURDIA, lebrada en Ginebra, Suiza, el 10 de marzo del del máximo, O sea, la diferencia, en la fecha de año en curso. que se trate, entre su cantidad básica en relación

II. El Gobierno de la República por Decreto-Ley con uno 0 más paises exportadores, según el caso, Jefe del Gcbierno de la República,número 66, emitido en Consejo de Ministros de y sus compras comerciales efectivas de esos paí- fecha 8 de julio de 1963, ha dado su aprobación a ses durante el año agrícola; CONSIDERANDO: dicho Convenio. d) Por "bushel" se entiende 60 libras "avoirIII. El Comité Ejecutivo del Consejo Internaciodupois 0 27,2155 kilogramos; Que la Conférencia de las Naciones Unidas sonal del Trigo, en su reunión celebrada en Londres, e) Por "gastos de almacenamiento" se entien

bre el Trigo, 1962, aprobó en sesión celebrada enInglaterra, el 24 de julio del año en curso, aprobó de los gastos por almacenaje, interés y seguro Ginebra el 10 de marzo de 1962, el CONVENIO la adhesión de Guatemala al Convenio menciodel trigo en espera de despacho; INTERNACIONAL DEL TRIGO, 1962, al cual puenado, f) Por "trigo para semilla certificado" se entiende adherirse el Gobierno de cualquier Estado POR TANTO: de el trigo oficialmente certificado con arreglo & Miembro de las Naciones Unidas: la costumbre del país de origen y que se ajuste a las En USO de las facultades que me confiere la normas de especificación reconocidas para el tri Carta Fundamental de Gobierno, ratifico el CONgo para semilla en ese pais; CONSIDERANDO: VENIO INTERNACIONAL DEL TRIGO, 1962, g) Por "c. y f." se entiende costos y flete; aprobado por la Conferencia de las Naciones Unih) Por "Consejo" se entiende el Consejo InterQue tanto el Ministerio de Agricultura, como la das sobre el Trigo, 1962, en la sesión plenaria ce nacional del Trigo creado por el Convenio Inter Oficina Reguladora de la Importación de Trigo y lebrada el 10 de marzo del corriente año; confirnacional del Trigo de 1949 y mantenido por el ar la Gremial Nacional de Trigueros, emitieron opimo la adhesión de Guatemala al mismo convenio; tículo 25; niones favorables a la adhesión de Guatemala a y mando que se publique para que se tenga como i) Por "año agrícola" se entiende el período

dicho Convenio, ley de la República. comprendido entre el 19 de agosto y el 31 de julio; j) Por "cantidad básica" se entiende: POR TANTO, En fe de lo cual firmo el presente instrumento i) en el caso de un pais exportador, el pro de ratificación y adhesión, autorizado con el sello medio de las compras comerciales anuales hechas Con fundamento en le que dispone el Artículo mayor de la República y refrendado por el Mide ese país por los países importadores durante los 39 de la Carta Fundamental de Gobierno, en Connistro de Relaciones Exteriores, en la ciudad de años determinados en el artículo 15; sejo de Ministros, Guatemala, a los seis días del mes de agosto de ii) en el caso de un país importador, el promil novecientos sesenta y tres. medio de las compras comerciales anuales de los DECRETA: paises exportadores o de un país exportador deENRIQUE PERALTA AZURDIA. terminado, según sea el caso, durante los años deArtículo 19.-Se aprueba el CONVENIO INTERterminados en el artículo 15; NACIONAL DEL TRIGO, 1962, compuesto de 37 El Ministro de Relaciones Exteriores, k) Por "Comité Ejecutivo" se entiende el CoArtículos y 3 Anexos, aprobado por la ConferenALBERTO HERRARTE." mité creado en virtud del artículo 30;

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