Decreto 66-1972
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 66-1972
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 1972
Piarinde América
CONTROL RepublicsREVISTAS LIB
ANTESELG MALTECO NSACONGRESO-NSA
REVISTAS REVISTAS ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,de Guate Decano de la Prensa Centroamericana Director: Periodista Augusto Acuña G. Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 Calle 6-72, Zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CXCIV GUATEMALA, LUNES 6 DE NOVIEMBRE DE 1972 NUMERO 94
SUMARIO POR TANTO, ARTICULO 12.-1m licencia de conducción es un documento estrictamente personal, para caye Cen fundamento en lo dispuesto en el artículo objeto deberát contener los siguientes datos de 170, inciso 19 de la Constitución de la República,identidad, de la persona a favor de la cual se
ORGANISMO LEGISLATIVO expida: DECRETA: 1) Número y clase de licencia; nombres y ape-DECRETO NUMERO 66-72 La siguiente: llidos completos del conductor; fecha en ORGANISMO EJECUTIVO que se extiende la misma; firma y sello del LEY DE TRANSITO jefe del Departamento de Tránsito; fecha MINISTERIO DE AGRICULTURA en que caduca; y
- Edad del conductor; número de orden y Aut have A uso de Trasmallos pera pascar en el TITULO I registro de su cédula de vecindad; tiempoLero do Atillin, quadando facultado el Ministe de poseer licencia; número de la póliza D rio de Agricultura fijar el número a usarse. preDE LOS VEHICULOS pólizas a que se refiere esta ley; indica-V.O dicturen técnico emitido por la Division de ción de si usa o no anteojos para mane-de la Dirección de Recursos Naturales ARTICULO 10-La presente ley norma lo rejar; dirección exacta de su residencia; fo-Renovables. lativo a los vehiculos, conduccion y transito de tografia y firma del conductor; tipo de MINISTERIO DE ECONOMIA los mismos, así como a la relación de estas actisangre y factor RH.e indicación, en SMvidades con las personas. caso, de si es alérgieo a antibióticos.ARTICULO 29-Los vehiculos a que se refiere Ampliase en el sentido que se expresa el Artículóesta ley, son todos aquellos destinados a circular 40. dl Acuerdo Ministerial numero 41-72 del 15 ARTICULO 13-Las licencias para conducirpor las vias de uso púb'ico, para el transporte de febrero de 1972. solicitado por la firma Qua vehículos se extenderán, únicamente a las perso-de personas 0 carga, provistos de ruedas u orugas. glieri. Duau y Compañia Limitada. propietario nas que reunan las siguientes condiciones:ARTICULO 39-Los ferrocarriles y demás ved: la empresa denominada <Cromado Industrialhiculos que transporten sobre rieies, EE sujetarán 1) A los mayores de edad. Podrá extenderseLimitada>. a las disposiciones contenidas en las leyes y relicencias "A" y "B" a los mayores de 65
Aclárase cn-cl sentido que se menciona. el inciseglaments respectivos y, supletoriamente, a las años, con audiencias a la Sección Médica b) Artfoulo 20. dil Acuerdo Ministerial númerode esta ley. y a los técnicos y prácticos de la Policia 2 dal 11 de diciembre de 1957. por la cual se leARTICULO 4°-Por su naturaleza los vehicuNacional; chargé a la emprosa Compañía de Jarabes y Belos se clasifican en: 2) A quienes no adolezcan de impedimento bidas Gastosas La Mariposa. Sociedad Anónima. que afecte su capacidad de conductor: de nombre comercial Embotelladora La Maripo 1) De brazo o pedal: 3) A las personas que no sean adictas at besa, Sociedad Anónima. 2) De tracción animal: y bidas alcohólicas 0 fermentadas; 0 a dro3) De fuerza mecánica. gas O fármacos que puedan afectar sus faMINISTERIO DE FINANZAS cultades; y ARTICULO 59-Los equipos de movilidad que 4) A quienes no hayan perdido el derecho de PUBLICAS estén acoplados a eualquier vehículo, se entendeconducir por resolución judicial y firme.rá que forman una sola unidad con éste.
Facúltase al Procurador General de la Nación, ARTICULO 6º-Los tractores así como los veARTICULO 14.-Para extenderse licencia, a ra que ante los oficios del Escribano del Gobier-hiculos destinados a fines agrícolas que circulen los menores de edad, pero mayores de 16 años, no comparezea a otorgar la garantía ilimitadaen via pública y. cualquier otro aparato, para para conducir motobicicletas; motocicletas 0 de del Estado. por la cantidad que se menciona. construcción de carreteras,@puentes o edificios conductor clase "C". En los dos primeros casos de conformidad con la Resolución número 7260 quedan comprendidos en el presente Código. deberán presentarse, con la solicitud respectiva, de la Junta Monetaria conceders di Banco de ARTICULO TR-Se denominan vehiculos de certificación de la partida de nacimiento. En el Gustamola al Instituto de Comercialización Agri-emergencia: las ambulancias, los carros de bomtercer caso, además de los requisitos anteriores cola (INDECA). beros y los vehiculos de la policía, así como los se otorgará, previamente, fianza y seguro, este que especificamente señale el reglamento de laDesignase e intégrase con las personas que se por el monto que indique el respectivo reglam ncionan. una Comisión que se encargará de presente ley. mento. practicar el avaluo del muelle. instalaciones, Los vehiculos de emergencia se sujetarán a las El padre, o en su defecto la madre 0 quien equipo y del área indispensable que correspondedisposiciones especiales de esta ley y su reglaejerciere la patria potestad deberá firmar la SOal recinto portuario de Puerto Barrios. mento sólo cuando se encuentren en el desempeño licitud, la cual deberá ir autenticada y será resde sus propias labores, situación que deberán inponsable de cualquier daño o perjuicio que el meAutorizase a la Empresa de los Ferrocarriles dedicar con laces y sirenas. nor cause y que no estuviere cubierto por el Gusternala (FEGUA). para que pueda vender & seguro o la fianza. la Empresa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla el muelle, instalaciones, cquipo y el TITULO II ARTICULO 15.-Todo solicitante de licencia área portuaria de Puerto Barrios. para conducir deberá aclarar, bajo juramento, DE LA CIRCULACION DE VEHICULOS Y que no está comprendido en las prohibiciones conANUNCIOS VARIOS DE SUS CONDUCTORES tenidas en esta ley. Por los menores de edad, el juramento lo hará la persona a quien se refiers ARTICULO 89-Para que un vehiculo pueda el artículo anterior. Solicitud de nacionalidad Matrimonios. Lineas de transporte. Constitución de sociedadescircular por las vias públicas, es indispensable ARTICULO 16.-Las licencias de conducir BB. Disolución de sociedades. Registro de mar-que esté provisto de su tarjeta y placas de cjr-rán de fotografia integral y de un material con cas. Patentes de invención. Titulos supleculación y haya satisfecho cualquier otro requisuficiente flexibilidad, lavable y resistente, tants torios. Edictos. Licitaciones. - Remates. sito que exijan los reglamentos y disposieiones al calor como al frío, laminadas y ligadas (no
correspondientes. emplasticadas). Los datos contenidos en ella deEn cuanto a los vehiculos de transporte coberan ser protegidos contra el uso continuo, ser lectivo, será obligatorio portar en ellos extininalterables total 0 parcialmente garantizande ORGANISMO LEGISLATIVO guidores. asimismo, su destrucción total O parcial, ants ARTICULO 99-La licencia de conducir es un cualquier intento de falsificación 0 alteración. documents que habilita 6 identifica a su titular. Para obtener licencia debe solicitarse en papel Sólo mediante resolución de autoridad judicial, sesellado de menor valor 0 en el formulario respodrá ordenar su retención. pectivo, acompañando siempre dos fotografías tax DECRETO No. 66-72 Se prohibe terminantemente la extensión de limaño cédula para el archivo. cencias de cortesia, complacencia u ocasionales. ARTICULO 17.-Es obligatoria la portación ARTICULO 10.-Ademas de las fianzas que de la licencia de conducir y su exhibición a la au+ EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Indica la presente ley y su reglamento, quienes toridad respectiva, cuando le fuere solicitada. soliciten licencia de conducir, podrán asegurar ARTICULO 18.-Quienes extravien su licenDE GUATEMALA, las responsabilidades civiles en que incurran por cia de conducir, podrán obtener su reposición accidentes de tránsito y por infracciones a la acompañando una fotografia y probando su idem?
CONSIDERANDO: presente ley o a sus reglamentos, por medio de tidad en forma legal.
seguro que garantice, especialmente, daños a terARTICULO 19.-El conductor que sea conde+ Que uno de los problemas más urgentes a receras personas. nado por cualquier delito cometido contra persolver (3 Guatemala, es el relacionado con el Las primas a pagar serán determinadas per sonas que conduzea en et vehículo que maneje, trinsits, tanto de vehiculos, como de peatones, las Compañias que operen los seguros para las perderá el derecho de conducir vehículos. Durandebits al erecimiento de la población y al descoberturas mencionadas en el párrafo anterior. te la tramitación del proceso el juez podrá decrearrollo vial y urbanistico del pais; Tales primas estarán sujetas a la aprobación de tar la suspensión de su calidad de conductor, cola Superintendencia de Bancos. municándolo a donde corresponde. Solamente poCONSIDERANDO: ARTICULO 11.-Los conductores de vehiculos drá obtenerse nueva licencia para conducir, desdeberán tener licencia para tal efecto. Las lipués de transcurrido un término de uno a tres Que la regulación vigente de esa materia es cencias tendrán de uno a tres años de validez. años, después de cumplida la pena a criterio del ya inclecunda, por lo que debe emitirse una ley Lo relative a la renovación de las licencias dejuez, según la naturaleza del hecho. que contenga las normas relativas al tránsito, aberá tramitarse en el Departamento de Tránsito ARTICULO 20.-No podrá extenderse licencia efects que, con base en cllas. puedan elaboraren esta capital o en las jefaturas departamentay serán canceladas las ya extendidas, a personas.
se s'reglanientos y dictarse las disposiciones les de la Policia Nacional correspondientes seque, se compruebe que son de notoria mala con0410 DO adapten a las modalidades del tránsito gún se trate de domiciliados en Departmento ducta, 0 que dentro del término de un año, sean actual; de Guatemala o fuera de él. multadas por más de tres infracciones graves1394 DIARIO DE CENTRO AMERICANoviembre 6 de. 1972 NUMERO 94 esta ley o a su reglamento, especialmente en lo ique hace a faltas poriexceso de velocidad o emexisticren tales zonas, se considers como sons reservada para el peatón, la parte depor el reglamento de la presente ley y cualesquiebriaguez comprobadas; por consumo de drogas 0 ra otras dispositiones atinentes al caso. estupefacientes, y resulte de tales hechos, quela vía que prolonga la acera 0 el sitio corespondiente, en sentido longitudinario: ARTICULO 39 Las sefules y los signes a que constituyen por resolución del jucz de transito se refiere el articulo anterior. son:3) correspondiente, previa gestión 0 informe del DeEl conductor, en cualquier circunstancia, partamento de Tránsito, un peligro para el pú- debe detener la marcha y ceder el paso a1) D3 prevención. vehiculos en misión de emergencia, los que2) De reglementation. blico por su. imprudencia demostrada reiteradase harán notar usando sus respectivas se-3) De information.mente. ARTICULO cualquier transgresion nales de alarma. visuales o auditivas:4) En casos de calamidad nacional 0 de desSe instalarán on toda clase de vias de comalas disposiciones de esta ley 0 su reglamento, laorden público, gozaran de prioridad: losnicación, autorizadas para of transito, sin perjuipolicia entregará al conductor o dejará en el vevehiculos del ejército nacional y los de lascio de otras class de schales. tales como: de hículo en lugar visible y seguro, papeleta de aviso en la cual deberá especificar la infracción COpolicías, debiendo tambiés, los otros con-brazo. de silbato 0 summitore. metida y el artículo transgredido, haciendoseleductores observar las prescripciones delARTICULO agentss de policia. CSD2-inciso 3); saber a cuál Juzgado de Tránsito ha de presen-5) ciaimente los de transito, vigilarán el entricto cumtarse. El Tribunal citará al conductor para queNo obstante la obligación de quien corres-plimient de todas las disposiciones relacionishs se presente al mismo, dándole un plazo de quince ponda de mantener en todo paso de nivelcon el mismo, para cuyo efecto. deb organidías, vencido el cual, se recogerá el vehículo, en-0 desnivel, las señales e indicaciones nece-zarse el servicio en forma conveniente viándolo al depósito. sarias al paso 0 cruce de las mismas, 20 Las, papeletas 0 talones de aviso deberán ser hará tomando las precauciones y diligenTITULO VIII cias debidas; impresos y autorizados por la Tesorería del Or. Los peatones deberán circular únicamente DE LOS ACCIDENTES DE TRANSITO
ganismo Judicial, en talonarios debidamente nuassmerados y sellados para su control. en la forma, sitios, lugares, vías y direc-ciones que se señalen; ARTICULO 41-Cos conductores y ocupantes de ARTICULO 22.-A los conductores que se en-7) Los autobuses escolares, los colectivos ur-vehiculos, en C2S0 de accidente. observarán las cuentren en cualquiera de los estados a que se refiere el inciso 5) del artículo 65 de esta Ley,banos y extracrbanos y cualquier etro ve-dispos siguientes: se les impedirá conducir y el vehiculo será tras-hículo de transporte colectivo, quedan obli-1) Se detendrán inmediatamente, presteran los ladado a la dependencia más próxima de la Poligados a observer, estrittamente, las disauxilios necesarios y daran cuenta del caso cía Nacional, donde se devolverá inmediatamenposiciones legales y reglamentaries cn a la autoridad más próxima. te, sin más trámite, a'su propietario 0 represen-cuanto a horarios, rutas, condiciones de se-2) Pondrán los señales de prevención que fue-guridad, capacidad, paradas y lugares de reclamarlo. tante legal, en el momento en que se presente aren necesarias, en el lugar del accidente.
estacionamiento, velocidad, registro, insARTICULO 23.-A quien se sorprenda condupecciones, perfecto estado de funcionamienARTICULO 42 -La autoridad que tenga noticia to limpieza y comodidad, así como las TB-de la ocurrencia de accidente de tránsito. estáciendo en cualquiera de los casos a que se refierelidades de sua conductores; y obligada a actuar de fumediate para prestar del artículo anterior, se le recogerá el vehiculo y8) Queda comprendido en estas disposiciones,auxilio necesario las victimas. establecer y comcomo caso de excepción en vista de las circunsprobar los hechos. tancias, se le recogerá la licencia de conducir,lael transito de cabalgaduras, arreos y macual será enviada al tribunal correspondiente nadas. Asimismo, quienes conduzean otraARTICULO propietorios. jefes () encarclase de vehiculos no especificados. gados de talleres de reparación 0 estaciones depara los efectos consiguientes. servicio, llevarán un registro de los vehiculos queARTICULO simple sospecha de enconTITULO IV reciban para su reparación. anstando detail de trarse el conductor en uno de los estados a que. mente. la identificación del vehiculo / la natise refieren los artículos anteriores, no será suDE LA VELOCIDAD raleza y ubicación de los nombre ficiente para imponer sanción. En casos de duda, y dirección de quien lo lleve a reparación, la (eel n'eresado tiene derecho a exigir que, la procha, el nombre del propietario.
pinspolicia lo conduzca en su orden: a un centro.ARTICULO 30.-El reglamento fijará los limites respectivos de velocidad, tomando en cuen-específicamente para esos casos a un cenTITULO "IX trc hospitalario, a un laboratorio 0 a una clinicata los elementos y factores que sean necesarios y determinantes, especialmente la naturaleza de laDE LAS AUTORIDADES ADIMINISTRATIVASpara los efectos del examen y dehinformevía, densidad de tránsito. señales del mismo, esDE TRANSITOcrpondientes. ARTICULO 25.-En todo caso de depósito detado de tiempo, visibilidad, curvas, rotondas, paradas 0 sitios de estacionamiento. urbanizaciones,ARTICULO 44.-Son autoridades administrativeVehiclios, es obligatorio entregar constancia escrita de su recepción, especificando las condicio-capacidad y naturaleza y uso del vehículo, puen-de transito: ne del vehiculo y su equipo, pudiendo el propie-tes, pasos a distintos niveles, zonas escolares, iglesias, poblados, lugares 0 sities concurridos de1) EI Consejo Consultive de Transito tario deducirle las responsabilidades del caso aldiversión y proximidad de peatones. 2) El Departemento de Transito.ositario, 0 depositarios, al demostrar que su vehic fue objeto de alguna extracción de cualARTICULO 31.-La velocidad preferencial de los vehiculos en servicio de emergencia, será de-quier pieza, aditamento 0 daño de cualquier na.bidamente establecida en el reglamento de acter-Artículo 45.-La máxima autoridad administraturaleza al mismo. do con las condiciones y la intensidad del transitotiva en materia de Transito (S el Cons jo ConARTICULO 26.-Las licencias para conducir y la naturaleza de los servicios que presta.sultivo. integrado con el Jefe del Departamento vehículos de tres O más ruedas, se clasifican en de Transito de la Policia Nacional y con un reprela siguiente forma: TITULO V sentante propictario y un representante suplente del Organismo Judicial. del Ministerio Público. de 1) Licencia clase "A", para conductores de DEL ESTACIONAMIENTO la Dirección General de Caminos, de la Municip vehículos de transporte de carga de más lidad de la Capital. del Institute de de tres mil ciento sesenta y cinco kilograSeguridad Social y de la Dirección General de ARTICULO 32.-Los lugares 0 sitios, tierapo,Transportes Extraurbancs. mos (tres toneladas y media); escolares ymodo o forma de estacionamiento se determinan colectivos urbanos O extraurbanos; Los representantes del Organismo Judicial por lo dispuesto en la presente ley, su regiamentoMinisterio Público deberán str. necesaridmente,2) Licencia clase "B", para conductores rey las domás disposiciones atinentes al caso. abogados corrgiades: munerados de automóviles; de taxis de e3ARTICULO 33.-Es prohibido: El Organismo Judicial y las entidades respecti-tacionamiento; taxis ruleteros; vehiculos vas designarán. dentro de su propio personal. a de transporte de carga hasta tres mil cien-1) El estacionamiento de vehiculos en la fajasus representantes.
to sesenta y cinco kilogramos (tres tonenormal de redaje on vias o caminos paviARTICULO 46. -Los miembros del Consejo Conladas y media); mentados 0 mejorados. sultivo. como tales. prestarán sus servicies sin re3) Liceneia clase "C". para automóviles, sin2) El estacionamiento para pernoctar 0 desmuntración algurn. recibir remuneración alguna por condu-' cansar ganado en toda via 0 camino públicos. ARTICULO 17.-Con exception del Presidente cir; y 3) El estacionamiento en puentes. retondas. pa.que sera el Jefe del partamento de Transito Its 4) Licencia especial, para operar y conducir SOS 0 distintes niveles (Trébol). contigue restantes miembros del Consejo Consultivo duramaquinaria, cualquiera que sea su clase ya fortificaciones, cuarteles. destacamentos. rán comp máximo custro años on el ejercicio de capacidad. cuerpos 0 estaciones de policia: entrades 0 sus cargos. Se renovarán por mitad cada des La licencia para operador y conductor de accesos de vehicules a hospitales y demás años. maquinaria, no autoriza la conducción de servicios de salud 0 emergencia y de casas. ARTICULO 43 F.) Consejo Consultivo cualquier otro tipo de vehículo. oficinas. edificios o lugares doude habitual reunise. por lo meros una vez al mes y. extra0 temperalmente haya afluencia de personas.ordinariamente cuando lo disponga " Presidente
Para obtener licencia clase "A", CS necesarioARTICULO 31.-En.casos de inmovilización por o fucre pedide por dos de sus integrantes. porlo monos. que of solicitante tenga por lo menos dos años decaso fortuito 0 tie fuerza mayor. el conductor daconsucir con licencia clase "B" o "C". ARTICULO -El Consejo Consultivo elubora-berá hacer lo necesario para colocar su vehiculo rá el proyecto de Reglamento de la presentsen sitio donde no obstaculice el transito, tarea quey el de su reglamento interior. para lo cont deberá TITULO III la autoridad ticne la obligación de exigir y deoir y permitir que participan in su discusión. afacilitar. los sectores privados que pudieren resultar afrec DEL TRANSITO Cuando to anterior sea materialmente imposi. ble, el conductor y. en su defecto la autoridedtados. previo a coreditar su personalid d juridica. Dictara los acuerdos. providencies y poomdeben tomar las medidas del caso para schalardecides tendicates al mejor cumplimiento de to-ARTICULO 27.-Para transitar por In via pú-notorianisnte el obstáculo. das disposic ODES acerea dil transito, Lasblica, es indispensable que los vehiculos se hallen soluci nes del Consejo Consultive serán dictadas en perfecto estado do funcionamiento y se enTITULO VI por voria absoluta de votos de los asistentescuentren debidamente equipados de acuerdo con DE LOS EVENTOS DEPORTIVOS EN LA VIA ARTICULO 50 -El Departamento de Transito las exigencias establecidas por la ley y los reestará a CUTED de un Jefe. nembrado nor el Preglamentos. PUBLICA sidents de la República. por medio del Ministro ARTICULO 28 conductor deberá guinr en forma que asegure SU pleno dominio sobre cl veARTICULO 35.-Es probibida la realización de 00 Geberración Of quien dependerá directamente hiculo y con la prudencia, diagencia y periciatoda class de competencia 0 competiciems 5 lascontará con di ersanal que fuere necesario timdrá las siguient atribuciones: debida. En todo caso, extremará sus precaucio-vias públicas. a menos que estas scan organizadas nes en sitios 0 lugares que ofrencan riesgo O pe-y patrocinadas per personas 0 entidades oficiales1) Ser el Greeno de comunicación entrevel ligro en razón de las circunstancias 0 del lugar0 particulares. sin fines lucratives. nisterio de Cobernación. la Dirección" y que puedan ser causa de accidente, desorden 0 ARTICULO 36-La autorización se concederá ral de la Policia Nacional. la Policia de molestia. bajo la responsabilidad de los funcionaries Pespec-Transito. L's Jefaturas Dipartamentales y Artículo 29.-Se establecen las signientes re-tivos y siempre que los eventos no cirercan rieslas entidad y dependencias a que este titu glas de tránsito: gos ni causen zozobra 0 intranquilidad publicas 0 io refigre. interrumnan, por más del tiemr necesario, el li2) Dictor. de scuerdo con el Consejo Consultihre transito fijando para of efecto las condiciones10. las disposiniones pertinentes en les G
- La conducción de todo vehículo deberá rea-en que realizarse provides lizarse on las vias habilitadas para el efec-ARTICULO 37.-Los patrocinadores y organiza3) Exclnsivamente autorizer y extender licento, dentro de los limites de velocidad esta-dores dlos cventos a que se refiere este capitulo cia de circulacion de vehiculos y de conduct blecidos, atendiendo las normas que regulanseran St lidariamente responsables. civil y penalteres de los pusmos, facultad que no podrá la marcha, señales de tránsito, distancias,ments. de los resultador chileses que se couseren delegar. sentido de dirección, prioridades, sitios decon motive U ceasión de tales eventos. 4) Organizar y llevar los registros que sean parada y de ascenso 0 descenso de pasaje necesarios. de acuerdo con los sistemes más ros, estacionamientos y las demás estipulaTITUTO VII apropiados y eficientes. de vehiculos. licencias ciones que indique la ley y su reglamento; de conduccion. de accidentes y de infraccionesDE LA SESALIZACION de transito 2) El peatón tiene, en las zonas urbanas, prio5) Mantener informados a la Dirección General ridad de tránsito sobre los vehiculos yARTICULO 38.-Las señales y los signos para de la Policia Nacional y a los Juzgados deotros medios de locomoción para atravesarnormar el transito serán establecidos, tomando en
~la via por zonas de seguridad. Donde no Transito, accrea de los accidentes ocurridos cuenta los tratados pconvenciones internacionales,de las disposiciones tomadas por las autori-NUMERO 94 DIARIO DE CENTRO AMERICANoviembre de 1972 1395 dades administrativas de Tránsito. Asimismo, 1) Entregar 0 confiar vehiculos, para su conNo se permitirá la circulación de los vehículos Hevar informar a quienes corresponde, soducción, a personas intxpertas. con impediindicados sin haberse cumplido el requisito a que bre las estedisticas del caso. mento físico 0 mental para conducir, sin IIse refiere este artículo. 6) Informar al público. por lo menos con quince cencia, con licencia vencida 0 que no la pordi... de anticipación, acerca de cualquier ten o que estuvieren inhabilitadas. TITULO XVIII nadida que be emita relacionada con el 2) Scorecargar el vehiculo, transportando matransito: yor número de pasajeros, mayor volumen 0 DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACION 7) Las withs atribuciones que schalen la ley y peso de lo autorizado. los reglamento 3) Conducir, vehiculos que, por funcionamiento ARTICULO 71.-Contra las resoluciones del De o estado irregulares, signifiquen riesgo 0 pe-partamento de Tránsito podrá pedirse reconsideContra las resoluciones del Jefe del Departaligro. ración, dentro de los cinco días siguientes al de mento Transito de la Policia Nacional. se poEn cuanto a los vehiculos de transporte cola respectiva notificación, 0 de la última, si fueren
data dir and el propio jefe, reconsideración: el lectivo, no pedrán salir / a servicio sin la varias, ante el Consejo Consultivo de Tránsito, el que deberá resolver d ntro de un término no mayor certeza de su buen estado de funcionamiento. cual resolverá sin otro trámite y dentro de igual de currenta y ocho horas. Si pasare dicho térmi4) Conducir, sin la licencia correspondiente, sin término de cinco dias, contados desde la recepno 0 resolución fuere negativa, portar la tarjeta de circulación, así como ción del expediente, el resado puedu In cer uso de los demás recursin los otros documentos del caso, según la establece esta ley. naturaleza del vehiculo 0 del transporte. ARTICULO 72.-Las resoluciones del Consejo ARTIL ULO Consejo Consultivo y el De5) Conducir evalquier iculo estado de Consultivo de Tránsito podrán impugnarse medianpartain nto de Transito de la Pulicia Nacional, ebriedad 0 bajo el efecto de drogas 0 farLe los recursos establecidos on el Artículo 70. del podrán delegar sus atribuciones en las jefaturas mácos que afecten la personalidad del conDecreto Gubernativo 1881 (Ley de lo Contencioso departmentales 0 delegaciones municipales de ductor o en situación que menoscabe 0 reAdministrativo). policia. duzca sus capacidades mentales. volitivas 0 fisicas. TITULO XIX TITULO X 6) Conducir a velocidad fuera de los limites reDISPOSICIONES FINALES, TRANSITORIASglamentarios. Y DEROGATORIAS
DE LA POLICIA DE TRANSITO 7) Conducir vehiculos que no hayan sido sometidos a las inspecciones revisiones perió- ARTICULO 52.--La Policia de Transito está insARTICULO primera renovación por mi-dicas y obligadas que fijen las disposiciones tituida para el cumplimiento de todas las dispositad de los miembros del Consejo Consultivo delegales respectivas. Transito, se hará mediante sorteo.cones de transito que señalan las leyes y regla8) Utilizar. aun coasionalmente. un vehículo de mentos. y de las que S2 les impartan para ese transporte colective que no este autorizado electo. ARTICULO II.-El reglamento de la presentepara realizar determinado servicio. 9) Conducir vehiculos de transporte colectivo, ley, deberá emitirse por el Ejecutivo. dentro de El reglamento de esta ley deberá fijar concrelos tres meses siguientes a la publicación de estacon licencia que no corresponda a su clase.tim at. las atribuciones y obligaciones que le ley.10) Circular. cuando se trate de transportes CO-COFFEE endan. ARTICULO III -El Consejo Consultivo de Trán-lectivos. fuera de los horarios y rutas asig-ARTICULO 53.-Los miembros de la Policia sito deberá quedar formalmente constituido den-asignadas. de Transito estan obligados, en su trato con el 11) Abandonar el lugar donde ocurra un accitro de un mes contado en igual forma que la espúblico. a guardar la atención. el respeto y la tablecida en el articulo anterior.dente. no prestar el auxilio necesario. ni esconsideración debidos. La infracción de este arperar la llegada de la autoridad ARTICULO IV.-EI artículo 70 queda en susticulo será terada como falta grave en el servicio. 12) Preducir sonidos o ruidos estridentes. exapenso hasta que se logre un acuerdo entre las ARTICULO 51 -Por resolución judicial podrá gerados 0 innecesarios. por medio de los compañias aseguradoras, los adquirentes de se: inhabilitarse. definitiva 0 temporalmente, a los propios vehiculos. escapes, bocinas u otros guro, ante la Superintendencia de Bancos, con conductores. aditamentos, máxime cuando se trate de siel propósito de establecer un seguro fácil y ecoEn tales cases el juez to comunicará al Deparnómico.tios cercanos a centros de salud. 0 en horas tamento de Tránsito para los efectos respectivos. de la noche. El acuerdo a que se refiere presente artículo No obstante, lo dispuesto en el párrafolo de 13) Rebasar haciendo uso de velocidad antirredeberá celebrarse dentro del improrrogable plazo cate articulo. el ju podrá rehabilitar a los conglamentaria 0 en sitios prohibidos: en sitios de un año a partir de la fecha en que entre en viductores que hubieren pagado, a satisfacción. las no señalados para el efecto o contra indigor la presente ley De no lograrse tal acuerdo, responsabilidades civiles consiguientes 0 que las caciones y señales 0. en defecto de estas úlcorresponderá a la Superintendencia de Bancos eshubieren guruntizado adecuadamente. timas, en sitios peligrosos 0 inadecuados. tablecer las condiciones que regirán para los seARTICULO Departamento de Tránsito guros a que se refiere este mismo artículo. Revará registro de las inhabilitad ones ordenadas ARTICULO V.-Se derogan todas las leyes, reARTICULO violación de las otras prohi-por los tribunales. En los oficios respectivos de glamentos y disposiciones que se opongan a la biciones contenidas en la ley 0 en los reglamen prese