Decreto 66-1991
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 66-1991
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 1991
Diario de
CENTRO
I Centro América Organo oficial de la República de Guatemala TOMO CCXLII DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA GUATEMALA, LUNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 1991NUMERO 24
Administradora: Alma Liliana Garcia ORGANISMO LEGISLATIVO ARTICULO 9.-El presente Decreto fue declarado de SUMARIO Urgencia Nacional y aprobado en una sola lectura con el voto favorable de más de las dos terceras partes del número total de Diputados que integran el Congreso, y ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA entrará en vigencia el mismo día de su publicación en
el Diario Oficial. CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación yDECRETO NUMERO 66-91 cumplimiento. DECRETO NUMERO 66-91 Congreso de la República de Guatemala, Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la ciudad de Guatemala, a los ocho días del mes de agostoDECRETO NUMERO 69-91 CONSIDERANDO: de mil novecientos noventa y uno. Que nuestro país se encuentra ya como uno de los ANA CATALINA SOBERANIS REYES, ORGANISMO EJECUTIVO afectados por el cólera, enfermedad que implica graviPresidente simas consecuencias para la deteriorada salud de la población; CARLOS BENJAMIN ESCOBEDO RODRIGUEZ, Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL CONSIDERANDO JUAN JOSE ALFARO LEMUS,
Apruebanse los Estatutos del Sindicato de Trabajadores Secretario. Agrícolas Independientes del Centón Valencia, del Que en este tipo de enfermedades. lo más importante son las acciones preventivas y no las curativas, medidas Palacio Nacional: Guatemala, veintiséis de agosto demunicipio y departamento de Jutiape. que deben implementarse por todos, especialmente per mil novecientos noventa y uno. el Ministerio de Salud, las municipalidades, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, de las organizaciones Publiquese y cúmplase. patronales, laborales y todo ciudadano, JORGE ANTONIO SERRANO ELIAS MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL POR TANTO, Secretario General de la Presidencia Confiérese la condecoración Medalla Póstuma. al perEn uso de las facultades que le otorga el Artículo 171, de la República, sonal militar que se indica. inciso a) y 176, ambos de la Constitución Política de la MANUEL EDUARDO CONDE ORELLANA. República de Guatemala, DECRETA: MINISTERIO DE ECONOMIA La siguiente CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Cancélase el Acuerdo Ministerial número 203-86 del LEY DE MEDIDAS Y ACCIONES EMERGENTES DECRETO NUMERO 69-9122 de diciembre de 1986. mediante el cual Se calificó PARA PREVENIR Y EVITAR LA PROPAGACION como empresa Industrial de Exportación Total a la DEL COLERA entidad denominada Frutas Deshidratadas, Sociedad Congreso de la República de Guatemala,
Anónima. ARTICULO 1.-Todos los servicios de agua potable Concédese la patente de invención que se indica, al geñorpúblicos, sean propiedad de municipalidades, entidades CONSIDERANDO: George Kostro. autónomas 0 privadas, deberán mantener clorada el agua Que de conformidad con los Artículos 132 y 133 de laal nivel que garantice sea potable. Constitución Política de la República, corresponde a ARTICULO 2.-E] Ministerio de Salud Pública y Asisla Junta Monetaria la Dirección de la Política Monetatencia Social comprobará de manera diaria que el agua ria, Cambiaria y Crediticia del país; y que, a tenor de ANUNCIOS VARIOS que se venda y distribuya reúne las condiciones de potala Ley Orgánica del Banco de Guatemala, también bilidad que se requiere. compete a la Junta Monetaria de la Dirección de estaInstitución y el establecimiento de los límites y condi-Matrimonios Líneas de transporte. Modificación ARTICULO 3.-Los alimentos que se elaboren para el ciones generales de los créditos que el Banco de Gua-de sociedad. Constitución de sociedad. - Registro consumo humano en restaurantes, hoteles y ventas detemala obtiene para llevar a cabo las funciones de ea-de marcas. - Titulos supletorios. - Edictos Reberán ser cocidos, suspendiéndose la venta de alimentos tabilización monetaria interna y externa que dicha ley
mates. crudos, especialmente verduras y mariscos en los estaconfiere; blecimientos públicos indicados, debiendo asimismo desLaboratorio de Productos Farmacéuticos Veterinarios Soinfectar todos los utensilios que usen en sus actividades. CONSIDERANDO: ciedad Anonima (Farmvet). Balance General al 30 hasta que el Ministerio de Salud Pública y Asistericia Que la Constitución Política establece, como atribu-de junio de 1984. Social, declare que ha sido superada la fase epidémica de ción del Congreso de la República, la aprobación pre-la enfermedad. via de las negociaciones que la Banca Central concluysDistribuidora de Prensa. S. A. (Dispren, S. A.) Balance ARTICULO 4.-Las compañías que se dedican a In con'el propósito de obtener empréstitos u otras formasGeneral al de junio de 1984. producción, comercialización de verduras y mariscos, dede crédito, interno y externo, por lo que, en virtud Banco de Occidente Balance General Condensado berán establecer un programa permanente de análisis de de la naturaleza especial de los objetivos del Banco de al 30 de junio de 1991. sus productos para garantizar y así hacerlo constar en Guatemala y para que la obtención de recursos por tal
sus facturas y envases, indicando, asimismo, que estos Institución sea dinámica, oportuna y en concordancia Banco Internacional. S. A. Balance General Condenproductos deben consumirse cocidos. con las peculiares características de los mercados financieros internacionales, es indispensable que el Con-sado al 31 de agosto de 1991. ARTICULO 5.-E1 Ministerio de Salud Pública y Asisgreso le autorice la contratación de un cupo de créditotencia Social, queda facultado para suspender 0 sancioexterno, de utilización facultativa, lo que le facilitaráBanco Inmobiliario, Sociedad Anónima - Balance Genar a las entidades 0 personas que violen esta ley y cumplir adecuadamente con las funciones señaladas enneral Condensado Consolidado al 31 de agosto de 1991. vendan agua contaminada, alimentos contaminados, 0 la ley mencionada en el considerando anterior, por locontaminen con eses fecales las fuentes de consumo de que es preciso dictar la disposición legal pertinente;Departamento de Fianzas de 124 Crédito Hipotecario Naagua, debiendo el Ministerio emitir el reglamento rescional de Guatemala. - Balance General Condensado pectivo. CONSIDERANDO: al 31 de diciembre de 1990. ARTICULO 6.-Las municipalidades deberán dar espeQue conforme el monto estimado del servicio de la cial importancia a todos los proyectos de infraestructuradeuda del Banco de Guatemala para 1991. esta Instituque mejoren la salud, el agua potable, los renajes ción necesitará de la contratación de financiamiento
disposición de escretas, así como controlar la disposiciónexterno que le permita, principalmente, atender los pa-ATENCION ANUNCIANTES de basura y materiales contaminantes gos programados de su deuda externa, crédito éste que, IMPRESION SE HACE CONFORME si bien no vendrá a aumentar el nivel de endeudamien-ARTICULO 7.-Las donaciones en dinero O en especie ORIGINAL to de la Institución, le permite compensar oportuna-0 servicios que se realicen a favor del Ministerio de Sa-mente al mercado cambiario aquellas divisas que huToda Impresión en la parte legal del Diario lud en relación a las medidas preventivas O curativas biere tenido que demandar del mismo para atender de Centro América, se hace respetande el que realicen las personas individuales 0 jurídicas. seráncompromisos financieros inherentes a dichos pagos; nsioriginal. gasto dedudible del Impuesto sobre la Renta mismo. que existe un monto adicional de financiamienARTICULO 8.-El Ministerio de Finanzas deberá hato que contribuirá a estimular el crecimiento económi-Per lo anterior, esta Administración ruega al cer las transferencias que corresponden a fin de viabiCO del pais. V, que tanto la Junta Monetaria como elpúblico tomar nota. lizar la labor del Ministerio de Salud Pública y Asisten-Organismo Ejecutivo han externado opinion favorable cia Social respecto de la aprobacion de la suma global.