Decreto 66-2005
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 66-2005
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 2005
NÚMERO 89 DIARIO de CENTRO AMÉRICA Guatemala, MIÉRCOLES 26'de octubre 20053
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 66-2005 DECRETO NÚMERO 67-2005
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que conforme lo establece la Constitución Política de la República, Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de acuerdo con los principios, reglas y prácticas Que conforme la Constitución Política de la República, Guatemala normará sus relaciones internacionales con el propósito de garantizar el beneficio mutuo y equitativo de los Estados.con otros Estados, de conformidad con principios, reglas y prácticas internacionales, con el CONSIDERANDO: propósito de contribuir al fortalecimiento de las instituciones que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.
Que conforme la Constitución Política de la República, Guatemala deberá mantener relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con otros Estados, cuyo desarrollo CONSIDERANDO: económico, social y cultural sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar Que la Constitución Política de la República preceptúa que el Estado mantendrá relacionessoluciones apropiadas a sus problemas comunes. de amistad, solidaridad y cooperación con otros Estados con el propósito de encontrar
CONSIDERANDO: soluciones apropiadas a sus problemas comunes.
Que el Convenio de Cooperación Educativa con Ecuador, establece un marco normativo y CONSIDERANDO: una institucionalidad que permite una adecuada cooperación entre países cuya multietnicidad y pluriculturalidad hacen útil y beneficioso el intercambio de experiencias y laQue el Convenio de Cooperación para la Protección y el Desarrollo Sostenible de las Zonas acción solidaria. Marinas y Costeras del Pacífico Nordeste, constituye un instrumento adecuado para alcanzar POR TANTO: sus objetivos, acordado por los países de la región en el marco de los compromisos En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y I) de la asumidos en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, y Constitución Política de la República de Guatemala. conforme a instrumentos internacionales sobre medio ambiente de los que Guatemala es parte.DECRETA: CONSIDERANDO: Artículo 1. Se aprueba el Convenio de Cooperación Educativa entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República del Ecuador, suscrito el cuatro de Que instrumentos internacionales similares, como los relativos al Gran Caribe han junio del año dos mil tres. demostrado los beneficios y utilidad para la protección y el desarrollo sostenible de otras zonas marinas y costeras, por lo que el Convenio para el pacífico nordeste es Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en elincuestionablemente conveniente.
Diario Oficial.
POR TANTO: REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y I) de la EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE Constitución Política de la República de Guatemala.
GUATEMALA, EL VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CINCO. DECRETA: Artículo 1. Se aprueba el Convenio de Cooperación para la Protección y el Desarrollo Sostenible de las Zonas Marinas y Costeras del Pacífico Nordeste suscrito en La Antigua Guatemala, República de Guatemala, por las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, JORGE MÉNDEZ HERBRUGER Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá, el dieciocho de febrero del año dos mil dos. PRESIDENTE CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN
LUIS FERNANDO PEREZ MARTÍNEZ FRANCISCO JAVIER DEL VALLE Y PUBLICACIÓN.
SECRETARIO SECRETARIO EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE
GUATEMALA, EL VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CINCO.
PALACIO NACIONAL: Guatemala, trece de octubre del año dos mil cinco.
LA
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE JORGE MÉNDEZ HERBRUGER
PRESIDENTE
CONGRESO
DE LA
PRESIDENCIAREPUBLICA LUIS FERNANDO PÉREZ MARTÍNEZ FRANCISCO VAVIER DEL VALLE
BERGER PERDOMO SECRETARIO SECRETARIO
CUATEMALK.?
DE EQUICION
DERELACIONES
STERIO EXTERIORES OFFICER PALACIO NACIONAL: Guatemala, trece de octubre del año dos mil cinco. Marta Altolaguire Lawronce Vicemmistra de Relpcisace Emerges Ing. María del Carmen Aceña de Fuentes PUBLÍQUESE Y CUMPLASEEncargode del Despache Ministra de Educación DE LA
PRESIDENCIAREPUBLICA
Total Raul Reves GUATEMALR.BERGER PERDOMOc.