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Decreto 67-1970

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 67-1970
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Civil
Año
1970

El Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Impreso en Diario de CentroRegistrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749 América: 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: ALBERTO ARRIOLA LIGORRIA TOMO CLXXXIX GUATEMALA, VIERNES 18 DE SEPTIEMBRE DE 1970 NUMERO 55

SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO DECRETO No. 67-70

ORGANISMO LEGISLATIVO El Congreso de la República de Guatemala, Decreto número 66-70. DECRETO No. 66-70 CONSIDERANDO: Decreto número 67-70. El Congreso de la República de Guatemala,Que la Municipalidad de Santa Rosa de Lima del departamento de Santa Rosa, ha solicitado la CONSIDERANDO: declaración de utilidad colectiva, beneficio e interés ORGANISMO EJECUTIVO público, la expropiación de una fracción de terreno Que la Municipalidad de Guatemala ha justifi-de la finca <Morelia> inscrita en el Registro de la MINISTERIO DE AGRICULTURA cado plenamente la necesidad que tiene que se Propiedad bajo el número 16,087, folio 98, del libro declare de utilided colectiva, beneficio C interés 84 de Santa Rosa. en donde se encuentra un nacipubl CO la exprcp'ac' de varias franciones de temiento de agua, para ser aprovechado dicho caudal Apruébanse las siguientes disposiciones para la rieno de pr pledad privada. y asi poder llevar a para los habitantes de la aldea «El Salitres, aplicación de la Jornada Unica de Trabajo en cabo la obra deneminada: Proyecto Atléntico, queel Ministerio de Agr cultura. introducirá a la riudad capital un caudal de diez POR TANTO, mil pajas de agua. logrando con ello resolver en MINISTERIO DE LA DEFENSA paite la escasez de tan indispensable liquido de Con fundament en el artículo 71 de la Constituque padecen los habitantes de la misma; ci'n de la República y 2o. de la Ley de ExpropiaNACIONAL ción,

CONSIDERANDO: DECRETA: Acuérdase subrogar los Acuerdos Gubernatives del Que de acuerdo con la Ley de Expropiación, CO-9 de marzo y 22 de abril de 1968 por el siguien rresp nde al Cingreso de la Repúb ica, la declaraArtícu'o 10.-Se declara de utilidad colectiva, te "Reglamento de Primas de Vuelo, Salto y Naval. toria de exprop ación de la propiedad privada, porbeneficio e interés público, la expropiación de una razones debidamente comprobadas, fracción de terreno en la extensión estriciamente necesaria, de la finca «Morelia». inscrita en el MINISTERIO DE ECONOMIA POR TANTO. gistro de la Propiedad bajo el número 16,087, folio 98, del libro 84 de Santa Resa, a favor de la Otórgase al señor LUIS ALBERTO CASTILLO MECon fundamento en el artículo 71 de la Constitu-Municipalidad de Santa Resa de Lima. departamenNOCAL. para la industria de su propiedad ind. ción de la República, y 2o. del De_rcto 529 del to de Santa Rosa, para el aprovechamiento de un vidual denominada "ENVASES DE GUATEMACongreso. Ley de Expropiación, nacimiento de agua potable localizado en dicha finLA". equiparación de beneficios con la empresa ca, por los habitantes de la aldea «El Salitre>>. similar guatemalteca "ENVASES INDUSTRIADECRETA: LES, S. A.". Artículo 20.-Para los efectos del artículo 20. del Decreto 529 del Congreso, adicionado por el artículoArt'cu'o 10 declara de utilidad colcetiva.Otorgase al señor Luis Alberto Castillo Menocal. 50. del Decreto 1793 del Congreso, se declara de beneficio e interés públicos, la expropiación a fa-para la empresa de su propiedad individual deurgencia la realización de la obra expresada en el vor de la Municipalidad de Guatemala, de lasnominada "Kitapón", clasificación de industria articulo anterior, motivo de esta expropiación.siguientes fincas: existente grupo "B". Artículo 30.-EI presente Decreto entrará en viOtorgase a la empresa "Pesca, Sociedad Anónima", Finca No. gor al día siguiente de su publicación en el DiarioFolio L'bro Area afestada en

los beneficios correspondientes. y para el efecto Oficial. metros cuadrados se le equipara con la empresa nicaragüens. "Compañia Nicaragüense Mercantil c Industrial 1278 1 Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación202 1.800.00 de Ultramar, Sociedad Anónima". y cumplimiento.145 313 3A 3.650.00 147 317 3A 4,000.00 MINISTERIO DE GOBERNACION Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en37621 108 873 2,190.00 la ciudad de Guatemala, a los diez días del mes de11102 158 724 4,650.00 septiembre de mil novecientos setenta. Apruébanse las siguientes disposiciones para la 189 48 82 5,250.co aplicación de la Jornada Unica de Trabajo en el 8839 124 109 6,150.00 MARIO SANDOVAL ALARCON. Ministerio de Gobernación. 1833 40 82 1,750.00 Presidente,1877 33 82 2,000.00 Elévase a la categoría de Aldea, el caserío denomi25794 220 241 2,340.00 HECTOR ANDRADE URREJOLA, nado "EL PAREDON BUENA VISTA". la que 11102 158 724 1,160.00 Primer Secretario. quedará bajo la jurisdicción municipal de la Gomera. CESAR AUGUSTO DAVILA M.,Artículo Para los efectos del artículo 20 del Segundo Secretario, Decreto 529 del Congreso. adicionado por el artículo

MINISTERIO DE HACIENDA 50. del Decreto 1793 del Congreso, y del artículo 15 Palacio Nacional: Guatemala, doce de septiembredel Decreto-Ley 419. se declara de urgencia naciode mil novecientos setenta. Y CREDITO PUBLICO nal, de utilidad y necesidad pública la realización de la obra denominada Proyecto Atlántico, que inPublíquese y cúmplase. Exonérase al Instituto Guatemalteco de Turismo troducirá un caudal de diez mil pajas de agua a la ciudad capital.(INGUAT) del pago de arrendamiento del local CARLOS ARANA OSORIO, destinado a proporcionar información turistica, Artículo 30.-La expropiación a que se refiere enubicado en el edificio de la Terminal Aerea In El Ministro de Gobernación, el artículo 10. deberá efectuarse conforme a los JORGE ARENALES CATALAN.ternacional "La Aurora". requisitos establecidos en la Ley de Expropiación y sus reformas. ANUNCIOS VARIOS Artículo 40.-El presente Decreto entrará en viMatrimonios. Autorizaciones farmacéuticas. gor el día siguiente de su publicación en el Diario ORGANISMO EJECUTIVOOficial. Lineas de transporte. Constitución de socledades. Modificación de sociedades. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaciónProrroga de sociedad. Disolución de sociey cumplimiento.dad. Registro de marcas. Patentes de MINISTERIO DE AGRICULTURAinvencion. Títulos supletorios. Edictos. Dado en el Palacio del Organismo Legisativo, enL'etación. Remates. la ciudad de Guatemala a los diez días del mes de

septiembre de mil novecientos setenta. Apruébanse las siguientes disposiciones para la aplisInstituto de Fomento de la Producción, balance cación de la Jornada Unica de Trabajo en el Mi+general consolidado y por Departamentos al 28 de MARIO SANDOVAL ALARCON, nisterio de Agricultura.febrero de 1970. Presidente.

Palacio Nacional: Guatemala, 12 de septiembre"Banco Granai & Townson, S. A.", balance gene-HECTOR ANDRADE URREJOLA, de 1970. raj condensado al 28 de febrero de 1970. Primer Secretario.

El Ministro de Agricultura, Banco del Agro, S. A., balance general condenCESAR AUGUSTO DAVILA M.,sado al 28 de febrero de 1970. Segundo Secretario. CONSIDERANDO: "I Banco de los Trabajadores. Guatemala, C. A., Palacio Nacional: Guatemala, doce de septiembreQue de conformidad con lo establecido en el Re: balance general condensado al 28 de febrero dede mil novecientos setenta. glamento de la Jornada Unica de Trabajo en el1970. (Cifras en quetzales). Organismo Ejecutivo, contenido en el Acuerdo Gue Publiquese y cúmplase. Medio Circulante al 31 de julio de 1969 y 31 de bernativo No. C. M. 39-70 de fecha 7 de septiembre julio de 1970. de mil novecientos setenta, corresponde a las Aug CARLOS ARANA OSORIO. toridades Nominadoras emitir las disposiciones est de Occidente. S. A., balance con pecificas necesarias para la aplicación de las nor-El Ministro de Gobernación. Mensado al 28 de febrero de 1970. mas de dicho reglamento en sus respectivas desJORGE ARENALES CATALAN. pendencias

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