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Decreto 67-1982

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 67-1982
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1982

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Licenciado Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCXX GUATEMALA, MARTES 15 DE MARZO DE 1983 NUMERO 84

SUMARIO POR TANTO: sobre Cooperación Cultural, Técnica y Científica entre el Gobierno de la República de Guatemala En el ejercicio de las facultades que le confiey el Gobierno de la República Arabe de Egipto, ORGANISMO EJECUTIVO ren los artículos 49 y 26 inciso 80 del Estatuto suscrito en la ciudad de Guatemala el 2 de agosto Fundamental de Gobierno, modificado por el Dede 1981, y en vista de que dicho Convenio no creto Ley número 36-82, contraría a las leyes del país, sino antes bien bePRESIDENCIA DE LA REPUBLICA EN CONSEJO DE MINISTROS, neficia a los intereses de la Nación, es el caso de acordar la correspondiente ratificación,

DECRETO LEY NUMERO 67-82 DECRETA: POR TANTO, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Artículo 19-Se aprueba el Convenio sobre Cooperación Cultural, Técnica y Científica entre el En el ejercicio de las facultades que le confieren Ratifícase el Convenio sobre Cooperación Cultural, Gobierno de la República de Guatemala y el Golos artículos 49 y 26 inciso 8 del Estatuto FundaTécnica y Científica entre el Gobierno de la Rebierno de la República Arabe de Egipto, suscrito mental de Gobierno, modificado por el Decreto, pública de Guatemala y el Gobierno de la Reen la ciudad de Guatemala el 2 de agosto de 1981. Ley número 36-82, pública Arabe de Egipto, suscrito en la ciudad Articulo 29-El Ministerio de Relaciones Extede Guatemala, el 2 de agosto de 1981, y texto delriores queda encargado del canje de los instruACUERDA: referido Convenio. mentos de ratificación. Artículo 39-El presente Decreto Ley entrará en Artículo 19-Ratificar el Convenio sobre CooMINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS vigor el día siguiente de su publicación en el peración Cultural, Tecnica y Cientifica entre el Diario Oficial. Gobierno de la República de Guatemala y el GoFacúltase al Procurador General de la Nación, Dado en el Palacio Nacional, en la ciudad de bierno de la República Arabe de Egipto, suscrito para que comparezca ante el Escribano de GoGuatemala, a los diez y ocho días del mes de agos-en la ciudad de Guatemala el 2 de agosto de 1981. bierno a otorgar la Escritura Pública, adscrito de mil novecientos ochenta y dos. biendo a favor del Ministerio de la Defensa NaArtículo 29-El presente Acuerdo entrará en cional el inmueble que se expresa. Publiquese y cúmplase. vigor el día de su publicación en el Diario Oficial, teniéndose como Ley de la República a partir

MINISTERIO DE ECONOMIA JOSE EFRAIN RIOS MONTT. de esa fecha.

El Secretarie General de la Ampliase en la forma que se expresa los articuPresidencia de la República, JOSE EFRAIN RIOS MONTT. los 19 y 39 del Acuerdo Ministerial número MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ. 467-78 del 8 de agosto de 1978, solicitado por Ministro de Relaciones Exteriores, la empresa "Agro Industrias Lozano, Sociedad Ministro de Relaciones Exteriores, EDUARDO CASTILLO ARRIOLA. Anónima". EDUARDO CASTILLO ARRIOLA Otórgase a la Empresa San Diego, Sociedad Anó- Ministro de Gobernación, nima, o simplemente "San Diego, S. A.", los RICARDO MENDEZ RUIZ ROSMHOSER. Convenio sobre Cooperación Cultural, Técnica y beneficios que le corresponden como industria Científica entre el Gobierno de la República de dentro del Grupo "C". Viceministro de la Defensa Nacional, Guatemala y el Gobierno de la República ArabeEncargado del Despacho, de Egipto.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES.

El Ministro de Finanzas Públicas, Gobierno de la República de Guatemala y el GANADERIA Y ALIMENTACION LEONARDO FIGUEROA VILLATE Gobierno de la República Arabe de Egipto, deseando promover la cooperación cultural, cientí- Apruébase en la cantidad que se indica, el PresuEl Ministro de Comunicaciones fica y técnica entre ambos países, han acordado

puesto de Ingresos y Egresos del Instituto Nay Obras Públicas, lo siguiente: cional Forestal -INAFORpara el período EDGAR LEONEL ORTEGA RIVAS. comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre Artículo I.-Las partes contratantes se esforza-de 1983. El Ministro de Educación, rán por promover la cooperacion técnica, cienti-LUIS MERIDA LOPEZ. fica, cultural y educativa entre ambos países por ANUNCIOS VARIOS Ministro de Agricultura, Ganadería medio de: Autorizaciones farmacéuticas. Matrimonios. y Alimentación, LEOPOLDO SANDOVAL VILLEDA a) Intercambio de profesores universitarios, Líneas de transporte. - Registro de derecho de maestros, expertos, técnicos, trabajadores de autor. - Solicitud de nacionalidad. - SolicituE1 Ministro de Economía, investigaciones científicas y estudiantes; des de autorización de sociedad. ConstitucioJULIO PAULO MATHEU DUCHEZ. nes de sociedad. Modificaciones de sociedad. b) Otorgamiento de becas a nivel estudiantil y Prórroga de sociedad. Registros de marMinistro de Salud Pública de post-grado para estudiar en Universidades ca. Títulos supletorios. - Edictos. - Licitay Asistencia Social, e instituciones superiores, así como para ob-ción. Remates. ADOLFO CASTANEDA FELICE tener entrenamiento técnico en laboratorios, Ministro de Trabajo y fábricas y otras instituciones educativas que Previsión Social, les permitan continuar y completar sus esORGANISMO EJECUTIVO OTTO 'PALMA FIGUEROA tudios;

c) Promoción de contactos directos entre universidades, instituciones culturales, cientifiPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES cas, técnicas y administrativas de ambos países; DECRETO LEY NUMERO 67-82 d) Intercambio de visitas educativas, culturales, Ratificase el Convenie sobre Cooperación Cultural, técnicas, artísticas y turísticas entre los resEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, Técnica y Cientifica entre el Gobierno de la Repectivos países; pública de Guatemala y el Gobierno de la ReCONSIDERANDO: pública Arabe de Egipto, suscrito en la ciudad e) Otras modalidades de cooperación científica, de Guatemala el 2 de agosto de 1981; y texto del técnica, educativa y cultural que tengan como Que con fecha 2 de agosto de 1981, se suscribióreferido Convenio. finalidad favorecer el desarrollo integral de en esta ciudad el Convenio. sobre Cooperación los países de conformidad con sus respectivas Cultural, Técnica y Científica entre el GobiernoACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 199-82 políticas de desarrollo económico-social. de la República de Guatemala y el Gobierno de la República Arabe de Egipto, con el propósito dePalacio Nacional: Guatemala, 19 de agosto de Artículo II-Cada parte contratante, dentro de promover la cooperación cultural, científica y téc-1982. sus posibilidades, promoverá estudios del idioma, nica entre ambos países; EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, cultura y literatura de la otra parte contratante

en establecimientos educativos y científicos de su CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: propio país. Que dicho Convenio es beneficioso para los inteArtículo III-Las partes contratantes establecereses de la Nación, Que por medio del Decreto-Ley Número 67-82 rán las condiciones indispensables para la evafue aprobado en Consejo de Ministros, el Convenioluación de títulos y diplomas otorgados en sus

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