Decreto 68-1983
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 68-1983
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1983
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Licenciado Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXI GUATEMALA, MARTES 28 DE JUNIO DE 1983 NUMERO 56
SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO puesto General de Ingresos y Egresos del Estado, hasta la completa cancelación de la deuda. Artículo 39-Los fondos provenientes de este préstamo, los utilizará el Instituto Nacional de ElectriORGANISMO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA ficación (INDE), única y exclusivamente para cubrir parte del costo en divisas de los túneles de desvío dei Rio Cahabón, correspondientes al Proyecto HiDECRETO LEY NUMERO 68-83 droeléctrico CHULAC. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Artículo 49-El presente Decreto entrará en vigor EN Presidente de la República, el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi-DECRETO LEY NUMERO 68-83 cial.
CONSIDERANDO: Dado en el Palacio Nacional, en la cludad de GuaDECRETO LEY NUMERO 69-83 temala, a los veintisiete días del mes de junio de
Que el Instituto Nacional de Electrificación (IN-mil novecientos ochenta y tres. DE), tiene a su cargo la construcción de dos tú- MINISTERIO DE RELACIONES neles de desvío del Río Cahabón, correspondientes Publiquese y cúmplase. EXTERIORES al Proyecto Hidroeléctrico Chulac, siendo necesario JOSE EFRAIN RIOS MONTT.concluir dichas obras para aprovechar la inversión realizada; El Secretario General de la Presidencia Déjase sin efecto el Acuerdo Gubernativo de fede la República, cha 5 de marzo de 1975, por el cual se nombró CONSIDERANDO: MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ al señor Jorge Senn Bonilla, Consejero de Turismo ad honórem del Ministerio de Relaciones Que para financiar parcialmente el costo en diviMinistro de Finanzas, Exteriores. sas de las obras mencionadas, con fecha 22 de abril LEONARDO FIGUEROA VILLATE de 1983 se suscribió Ad referendum, entre la Repú- MINISTERIO DE GOBERNACION blica de Guatemala y el Kreditanstalt Für Wiederaufbau, de Alemania, el contrato de Préstamo Nú- DECRETO LEY NUMERO 69-83mero F 610, hasta por la suma de sesenta millones Declárase la lesividad del Acuerdo Gubernativo setecientos mil marcos alemanes (DM 60.700,000.00); Presidente de la República, del 5 de febrero de 1982, por el cual se aprobaron las operaciones de mensura practicadas por CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:
el ingeniero Florentin Alvarado Paredes, sobre la finca rústica que se menciona, propiedad del Que la Secretaría General del Consejo Nacional Que al entrar en vigor el Decreto número 57-78 señor Daniel Cardona Morales. de Planificación Económica y ia Junta Monetaria, del Congreso de la República, Ley de creación de consultadas oportunamente de conformidad con la la Secretaría de Minería, Hidrocarburos y EnerMINISTERIO DE FINANZAS ley, han expresado opinión favorable sobre el emgía Nuclear, cesaron las funciones del Instituto préstito contratado, tomando en cuenta la naturade Energía Nuclear, en virtud de que fue deroleza del proyecto y el origen de los fondos; razogada su ley orgánica; PUBLICAS nes por las cuales es procedente decretar la respectiva aprobación, CONSIDERANDO: Facúltase a los Ministros de Finanzas y de AgriQue en la derogatoria a que se refiere el con-cultura, Ganadería y Alimentación, para que en POR TANTO, siderando anterior, no se contempló lo relacio-representación del Gobierno de la República En el ejercicio de las facultades que le confierennado con la disposición del activo y pasivo de lacomparezcan ante el Escribano de Gobierno a los Artículos 49 y 26, inciso 14) del Estatuto Funentidad ni la forma de afrontar las obligacionesotorgar las Escrituras Públicas de ampliación de damental de Gobierno, modificado por el Decreto que en cualquier concepto aparecieran en favorlos fideicomisos constituidos para ser adminisde otras dependencias del Estado O sus entidades,trados por el Banco Nacional de Desarrollo Agri-número 36-82,
cola -BANDESAsituación que es necesario subsanar, para cuyo DECRETA: propósito debe emitirse en ese sentido la respectiva disposición legal, Artículo 19-Se aprueba el Contrato de Préstamo ANUNCIOS VARIOS Número F 610, suscrito entre la República de GuaPOR TANTO, temala y el Kreditanstalt Für Wiederaufbau, de Matrimonios. Constituciones de sociedad. - Alemania, bajo los siguientes términos y condiEn el ejercicio de las facultades que le confieModificación de sociedad. Patentes de invenciones: re el artículo 49 del Estatuto Fundamental de ción. Registros de marca. Títulos supletorios. Gobierno, modificado por el Decreto Ley número Edictos. Remates. Licitaciones. AuMonto: 36-82, torizaciones farmacéuticas. Hasta por la suma de sesenta millones setecientos DECRETA: mil marcos alemanes (DM 60.700,000.00). Artículo 19-Los bienes que constituían el acGastes de Administración: tivo del Instituto Nacional de Energía Nuclear, FE DE ERRATA se adscriben definitivamente a la Dirección GeCincuenta mil marcos alemanes (DM 50,000.00), neral de Energía Nuclear, dependencia de la Sepor una sola vez. cretaria de Minería, Hidrocarburos y Energía NuEn el Diario de Centro América (Sección Ofidear, cenforme al inventario y registros correscial), número 53, Tomo CCXXI, de fecha 23 de Comisión de Compromiso: pondientes de dicha Dirección General.
junio del año en curso, se publicó el Acuerdo GuArtículo 29-Las obligaciones por cualquier bernativo número 399-83 emitido por conducto Medio por ciento (1/2%) anual sobre saldos no concepto que se encuentren pendientes de pago del Ministerio de Finanzas Públicas con fecha 17 desembolsados, al vencimiento de cada trimestre. por parte del extinto Instituto Nacional de Enerde junio de 1983, que contiene el REGLAMENTO gia Nuclear, con las dependencias de los Orga-Comisión de Servicio: DEL INCISO p) DEL ARTICULO 79 DEL DEnismos del Estado y con las entidades descenCRETO-LEY 229, ADICIONADO POR EL DECRENovecientos diez mil quinientos marcos alematralizadas, autónomas 0 semiautónomas, se declaTO-LEY 5-83 en el que, por error de original, elnes (DM 910,500.00) equivalente al uno y medio ran extinguidas e incobrables. inciso b) del artículo 39, se lee: por ciento (1.5%) del monto de préstamo, pagadeArtículo 39-Para los efectos de lo dispuesto en ros por cada suma utilizada. el artículo anterior, las dependencias o entidades "b) Cuando no se hubiere contabilizado algún a que el mismo se refiere deben proceder a efecgasto o lo contabilizado sea menor de lo Interes: tuar las operaciones contables que correspondan; que resulte de la aplicación del porcentaje en caso de haberse iniciado juicios para el cobro
variable, la diferencia se declarará como Diez por ciento (10%) anual sobre saldos deude impuestos, contribuciones, tasas, cuotas, reno deducible, en el renglón "Aplicación dores. cargos, arbitrios, intereses y otros de similar nadel inciso p) del artículo 79 del Decretoturaleza, o para obtener el pago de obligaciones Ley 229"." Período de Amortización: por cualquier concepto, debe procederse al deSiendo lo correcto: sistimiento inmediato de los mismos.Catorce (14) cuotas semestrales consecutivas, debiéndose pagar la primera el 27 de abril de 1984. Artículo 49-Lo dispuesto en el artículo ante- "b) Cuando no se hubiere contabilizado algún rior, es sin perjuicio de las responsabilidades de gasto 0 lo contabilizado sea menor de lo Artículo 2°-Las amortizaciones de capital, intecualquier naturaleza en que pudieron haber inque resulte de la aplicación del porcentajereses, comisiones y demás gastos derivados del currido funcionarios y empleados de dicho Insvariable, la diferencia se declarará como depréstamo de referencia, se pagará por medio de tituto. ducible, en el renglón "Aplicación del in-asignaciones presupuestarias que el Organismo EjeArtículo 5º-Este Decreto-Ley entrará en viciso p) del artículo 79 del Decreto-Leycutivo, por conducto del Ministerio de Finanzas Pú-229"," gor el día siguiente al de su publicación en el blicas, fijará en cada ejercicio fiscal en el Presu-Diario Oficial.