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Decreto 68-2000

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 68-2000
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
2000

Diario de Centro América DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA TOMO CCLXV DO Guatemala, miércoles 22 de noviembre de 2000 R NUMERO 41 SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NUMERO 68-2000DECRETO NUMERO 68-2000

DECRETO NUMERO 69-2000

DECRETO NUMERO 70-2000 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DEGRETO NUMERO 71-2000

NUMERO 72-2000 CONSIDERANDO: ECUTIVO Que la República de Guatemala norma sus relaciones con otros Estados de acuerdo com los principios, reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento PREVISION SOCIAL la paz y libertad, al fortalecimiento de los procesos democráticos e institucionales entre los Acuérdase crear un "Bono de Reconocimiento por metas Estados. alcanzadas en aspectos laborales durante el presente CONSIDERANDO: año" de Q.500.00, por esta única vez, como se indica. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Que las repúblicas de Guatemala y Argentina, animadas en el deseo de intensificarla INSTRUMENTO DE RATIFICACION DEL ACUERDO colaboración económica entre ambos Estados, suscribieron en la ciudad de Buenos AiresPOR CANJE DE NOTAS, SUSCRITO EN LA CIUDAD DE GUATEMALA EL 22 DE MARZO DE 2000, Argentina, el día veintiuno de abril de mil novecientos noventa y ocho, el Acuerdo paralla

ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE Promoción y Protección Reciproca de las Inversiones.

GUATEMALA Y EL GOBIERNO DEL JAPON

RELATIVO A LA DONACION PARA EL CONSIDERANDO: "SUMINISTRO DE EQUIPO DE MICROFILMACION Y CONSERVACION AL ARCHIVO GENERAL DE Que ambos paises han suscrito un acuerdo a través del cual consolidan la voluntad de losCENTROAMERICA". PRORROGADO POR CANJE Gobiernos para fortalecer y desarrollar la promoción y protección de las inversiones y condymer.DE NOTAS DE FECHAS 22 Y 31 DE MARZO DEL a la implementación de proyectos que promuevan el crecimiento económico de ambos países.MISMO ANO.

POR TANTO: BLICACIONES VARIAS MINISTENIO BE TRABAJO En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171 literales a) y 1) de la Constitución

I PREVISION SOCIAL Politica de la República de Guatemala. Ordénese la inscripción del Sindicato de DECRETA: TRABAJADORES DE LA EMPRESA ELECTRICA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE RETALHULEU DEL DEPARTAMENTO DE RETALHULEU. ARTICULO 1. Aprueba el Acuerdo entre la República de Guatemala y la República de Argentina para la promoción y protección recíproca de las inversiones, suscrito en la ciudad de AMUNCIOS VARIOS Buenos Aires, República de Argentina, el día veintiuno de abril de mil novecientos noventa y ocho.

Matrimonios Constituciones de sociedad Modificaciones de sociedad Patentes de invención ReARTICULO 2. El presente decreto entra en vigencia a los ocho días después de su gistro de marcas Titulos supletorios Edictos publicación en el diario oficial. Remates. PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION; PROMULGACIONJasher, Sociedad Anónima-Balance General de publicación,a 30 de junio de 2000. Y PUBLICACION. Meseis Sociedad Anonima-Balance General de publicación al 3Q de junio de 2000. DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD Las Luces, S.A-Balance General de publicación al 30 DE GUATEMALA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO de junio de 2000. DOS MIL. Urbasa, Sociedad Anónima.-Balance General de JOSE EFRAIN RIOS MONTT, publicación al 30 de junio de 2000. Presidente. Llovds Tab Bank Plc, Sucursal Guatemala.-Balance General Consolidado al 31 de octubre de 2000. Banco de Exportación A-Balance General Condensado al 31 de octubre de 2000 Certes y Perfiles Industriales S.A.-Balance General 31 de dicimbre de 1981 CARLOS WOHLERS MONROY CARLOS HERNANDEZ RUBIO Cortes y Perfiles Industriales. S. A.-Balance General Secretario. 1 ADMITS Secretario 31 de diciembre de 19802 DIARIO DE CENTRO AMERICA-22 de noviembre de 2000NUMERO 41

MONTO: Hasta cincuenta y cinco millones custracientos cuarents mil SANCIÓN AL DECRETO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA NÚMERO 68-2000 ddiares de los Estados Unidos de

(US$55,440,000.00).

PALACIO NACIONAL: Guatemala diez de noviembre del año das mil DESTINO: Financiamiento parcial del "Programa de Mejoramento de

Servicios-de Salud, Segunda Etapa" PMSS.M

PUBLIQUESE y CUMPLASE UE LA

REPUBLICA

ORGANISMO EJECUTOR: Ministerio de Salud Publica Asistenola PRESIDEN PLAZO: Treinta (30) anos incluyendo custroly (4.5) años de periodo de gracia.

PERIODO DE DESEMBOLSO: Cuatro y medio (4.5) años. contados a particle Invigencia del

CONTEMALR. Contrato de Préstamo.

AMORTIZACION: Mediante cuotas semestrales. consectives EN lo-posible PORTILLO CABRERA iguales. la primera de las cuales se pagará en la primera Techa en que deba efectuarse el, page de intereses. luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desemboisos del préstamo.

TASA DE INTERES: Los intereses se devengarán sobre los saldes desclopes diaries del Prestamo a una tasa anual para cada semestre que se

C. DEPARTMENTS DE ECONOBIA Luis Mijangos determinará por el costo de hrs empréstitos unimonetarios

GENERAL caliticados para el semestre anterior, a un. diferencial, PRESIDENCE DE REPUBLICA expresado en terminos de UNT porcentaje and que et IIII) Eduario Weyman. fijará periodicamente de acuerdo con su política sobre LISAS de MINISTRO DE ECONOM interes.

COMISION DE CREDITO: Cero punto setenta y cinco por ciento (0.75%) anual calculado subre el saldo no desembolsado del en moneda; del pais/del prestation, to eval devengarse 60 dias después de la fachs de del contrato de-préstamo.

INSPECCION Y VIGILANCIA: Quinientos cincuenta y coatro mil cuatrocishtos dirlares de los Estados Unidos de America (US$$$4,400.00) para cubrir los DECRETO NUMERO 69-2000 Castos del BHD por concepto de inspección 7 vigilancia generales EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA ARTICULO 3. Cumplimiento de s,obligaciones derivadas/delicontrate de préstamo. Las CONSIDERANDO: amorizaciones del capital. pago de intereses demás gastos del presente emprestito estarán a cargo del Organismo Ejecutivo. por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas. PMI to cual este Que la salud de la poblacion guatemalites CS deficiente al compararia con otros paises latinoamericanosdeberá prever las asignaciones de similar nivel de desarrollo, ya que en la última encuesta de salud materno infantil -1998-1999la tasacancelacion total de la deuders

global's fecundidad elcanzo 5 hijos por mujer an edad fértil. la cual se he convertido an la más alta deAmerica Latina: asimismo, la mortalidad materna para el quinquenio 1990-1995 se ubico en unaARTICULO 4. Compres Contrataciones. doral proporción de 190 mujeres por 100,000 nacimientos. constituyéndose en una de las más altas de laservicios se regiran por los procedimientos de adquisiciones comenidos en el contrato de préstamo y por region americana: y que las poblaciones rurales y extremadamente pobres concentran la mayor parte detodas aquellas regulaciones que sobre la materia he esmblecido of Banco Interamericano de Desarrollo. is carga de mortalidad prematura y prevenible debido. entre otros aspectos. a que sólo el calorec puntocours por ciento (14 5%) de las mujeres indigenas atienden sus partos con un médico.ARTICULO 5. Distribución en Detaile. Se faculta al Organismo Ejecutivo para que. a truvés del Ministerio de Finanzas Públicas y don base a for requerlinientos presentados, aproube pur medio de Acuerdo Gubernative suscrito por la Presidencia de R Republica y refrendado por et' Mitristerio deCONSIDERANDO: Finanzas Públicas, la distribución un detaile de los recursos mencionados, asignando Inspertidas Que las principales debilidades que entrenta el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Socialespecificas para su utilizacion.

MSPASincluyen la falta de fortatecimiento del sistema nacional de vigilancia epidemiológica. la regulacion de los proveedores públicos (privados de servicios. et desarrollo de capacidades altamenteARTICULO 6. Contratoria General de Cuentas. La Contraloria General de Cuentas deborá especializadas en el interior como la adquisicion de servicios de salud. la formulación, seguimiento ypracticar auditoria financiera y administrativa de las operaciones relativas a la ejecución los proyectos evaluación de programas prioritarios y la modemización de sus capacidades de respuesta para atender lay del financiamiento de este prestamo. incluvendo la contrapartida local. debiendo informer at Congreso salud pública y prevenir los factores de riesgo del consumo. el ambiente y los desastres naturales.de la Republica los resultados de dicha fiscalizacion. Los costos de la fiscalización deberant cargarse al presentando. asimismo. los hospitales problemas de subutitizacion, baja calidad de atencionpréstamo en referencia, descmpeño gerencial inadecuado: y que por our parte. el Instituto Guatemalteco de Seguridad SocialIGSSuna institución autónoma que el Codigo de Salud ubica bajo la rectorin del sector salud. muestraLa Contraloria General de Cuentas si al efectuar la auditoria encontrare hallazgos presentamente procesos administrativos débiles y poco estructurados que se explican. en parte, por su excesivepunibles sobre el manejo y ejecucion de los recursos del Estado, deberá presenter la denuncia centralismo. asi como la ausencia de la separación contable y financiera de las fuentes y usos de recursoscorrespondiente al Ministerio Público contra la o las personas 0 funcionarios públicos responsables del

financieros que dificulta la gestión de las diferentes funciones de la que es responsable reflejandomanejo de dichos recursos. acompañando las pruebas pertinentes del mismo. Copia de la denuncis deficiencias como aseguramiento en salud concentrado en áreas tales como la afiliación de beneficiarios.deberá remitirse al Congreso de la República, dentro del improrrogable término de creints dies contados la determinacion de beneficios, la gestión de la infraestructura propia de servicios de salud y laa partir del día de su presentación. contratacion y pago a proveedores privados. ARTICULO 7. Vigencia. EI presente docreto entrará en vigancia al dia diario oficial.CONSIDERANDO: PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Que es deber del Estado mejorar la salud de is poblacion guatemalteca mediante el aumento de lacobertura de servicios básicos de salud: la modernización Institucional y las inversiones un serviciosPUBLICACION. hospitalaries COR enfasis on el área materno-infantil, por to que el Gobierno de la República deGuatemala ha gestionado, por medio del Ministerio de Finanzas Públicas. UR préstamo ante el BancoDADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, CHIDAD Interamericano de Desarrollo -BID-, para el financiamiento parcial del Programa de Mejoramiento de losGUATEMALA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEI DOS Servicios de Salud, Segunda Etapa -PMSS-0y contando con el dictamen favorable del OrganismoMIL Ejecutive. emitida pur la Comisión Interinstitucional pera la Agilización de la Cooperación Internacionalincludints dictamen numero CLACT-22/99/00 y la opinion favorable de la Junta Monetaria contenida enlas Resoluciones JM-624-99 JM-253-2000. as procedente emitir la disposicion legal que to apruebe.

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que el artículo 1 del Decreto Numero 57-92 del Congreso de la Republica. establece que la compra. venta y la contratación de bienes. suministros. obras y servicios que requieran los organismos del Estado.sus entidades descentralizadas y autonomas. unidades ejecutoras. las municipalidades y las empresasPingpúblicus estatales 0 municipales, se sujetan a dicha ley y su regismento. quedando a salvo to dispuestoen convenios y tratados internacionales de los cudles Guatemals sea parte. y que el mecanismo se perfeccions con to establecido CR el articulo 5 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el cual estipula que las negociaciones a que se refiere al artisulode la referida ley. cuando se financien total 0 parcialmente con recursos externos. se regiran por el convenio respectivo debidamente aprobado.

POR TANTO: CARLOS WOHLERS MONROY SECRETARIO En ejercicio de las facultades que le confiere el aniculo 171 literates a) C i) de la Constitucion Politica dela Republica de Guatemala DECRETA: ARTICULO 1. Aprobación del contrato de préstamo: Se aprueba el Contrato de Préstamo Numero 1221/OC-GU. antre la República de Guaternals el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-,

para el financiamjento parcial del "Programa de Mejoramiento de los Servicios de Salud, Segundaor LA REPUBLICKElape"-PMSS-HI-. ARTICULO 2. Autorización pera suscribir préstamo externo: Se autoriza al Organismo Ejecutive para que. per intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas, concluya la negociacion los ysuscribe el Contrato de Préstame de mérito, con el Banco Interamericana de Desarrollo Gestraments. Centis Americatérminos establecidos un el mixino basicimente bajq las signientes condiciones financieras:

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