Decreto 680 de 1889
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 680 de 1889
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 1889
DECRETO 680 DE 1889
DIARIO OFICIAL. AÑO, XXV. N. 7855. 16, AGOSTO, 1889. PÁG. 2.
DECRETO 680 DE 1889
(agosto 09) Por el cual se fija término a lo dispuesto en el marcado con el número 785 de 1887 E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia
decreta :
Art. 1.° Fíjase el día 12 de Octubre del corriente año para dar término á la concesión de que trata el decreto número 785, de 20 de Diciembre de 1887.
Art. 2.° En consecuencia, desde la fecha primeramente citada, se suspenderá la venta de agua salada en la Salina de Nemocón en los términos establecidos en el referido decreto.
Dado en Bogotá, á 9 de Agosto de 1889.
CARLOS HOLGUÍN.
El Ministro de Hacienda,
Felipe F. Paúl.