Decreto 69-1970
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 69-1970
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 1970
Guate malterode Guate DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA. CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Impreso en Diario de CentroRegistrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749 América: 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: ALBERTO ARRIOLA LIGORRIA ToMo CLXXXIX GUATEMALA, LUNES 19 DE OCTUBRE DE 1970 NUMERO 76
SUMARIO Artículo 30. Las actorizaciones para exportar POR TANTO, madera en rollo las exoneraciones del pago de impuestos de exportación correspon lientes, quedanCon fundamento en los artículos 36 del Convenis sin efecto a partir de la fecha de vigencia de esta Centroamericano de Incentivos Fiscales al DesORGANISMO LEGISLATIVO ley. 11 arrollo Industrial y 73 y 80 de su Reglamento, Articulo 40. presente decreto entrará en viACUERDA: DECRETO No. for of día siguiente de su publicación en el Diatio Oficial. Artículo 10. Autorizar el traspaso a favor de in Sociedad «Montencgro, Furlan y Compañia LimiORGANISMO EJECUTIVO Pase al Organismo Ejecutivo para su publicatada». de nombre comercial Vidrio Fibra de Guaeien y cumplimiento. temala» (INVIFIGUA Limitada), de todos los deMINISTERIO DE ECONOMIA rechos y franquicias que le fueron otorgados a la Dado on el Palacio del Organismo Legislativo, See edad «Enr que Gabet y Compañía Limitada's, Autorizase el traspaso a favor de la sociedad en la ciudad de Guatemala, a los veint'nueve dias como propictaria de dicha empresa, la cual se en- "Montenegro, Furlán y Compania I'm tada", del mes de septiembre de mil novecientos setenta. cuentra clasificada como Industria Nueva al andde nombre comercial "V drio Fibra de Guateparo de las disposiciones del Decreto 1317 del Conrecia". (Invifigua Limitada). de todos los de MARIO SANDOVAL ALARCON, greso de la República, según Acuerdo Gubernative coenos y franquicias que le fueron otorgados Presidente. numero 323 del 17 de agosto de 1965 V cuyos bene121 sociedad "Enrique Gabet y Compañía 1.i ficios finalizan el 30 de agosto de 1975. HECTOR ANDADE URREJOLA,mitada", como propietaria de cha empresa. Primer Secretario. Artículo 20.--La Sociedad «Montenegro, Furlan MINISTERIO DE RELACIONES V Compañia Limitada de nombre comercial «ViCESAR AUGUSTO DAVILA M., drio Fibra de Guatemala» (INVIFIGUA Limitada), Segundo Secretario. cesionaria de Ls dercehos adquiridos, deberá cumEXTERIORES plir can todos y cada uno de los compromisos, obliPalacio Nacional: Guatemala. siete de octubre gaciones y limitaciones contraidos por su anteceReficase el Convenio y Arreglos suscritos por el de mil novecient.s setenta, sora y con los siguientes: Representante del Gobierno de Guatemala duname el Congreso de Viena, celebrado en esa a) Produc'r sus artículos en igual 0 mejor caCadad el 10 de jul O de 1964, sobre la Union Publiquese y Cúmplase, I'dad que los de manufactura extranjera Postal Universal, y texto del mencionado Conofrecerlos a la venta a igual 0 menor precioCARLOS ARANA OSORIO.vehic. que éstos; (Concluye) b) Realizar todas las gestiones necesarias a finEl Ministro de Economia, ANUNCIOS VARIOS GUSTAVO MIRON PORRAS. de lograr la exportación de SUS productos fuerander área centroamericana; c) Rendir información al Ministerio de EconeEl Ministro de Hacienda V Crédito Público, Constitución de sociedades. - Modificación de SO mía, de los C stos de producción de los ar-JORGE LAMPORT RODIL. dedad. Prórroga de sociedad. Registro tículos fabricados y el precio de venta al pú- it marcas. Titulos supletorios. Edictos. blico de los mismes V permitir cualquier reAutorizaciones farmacéuticas. Remates. vision que el propio Ministerio ordene sobre ORGANISMO EJECUTIVO este aspecto; y, d) Comunicar en su oportunidad a la Dirección Ce Política Industrial. la fecha en que efectué ORGANISMO LEGISLATIVO 0 haya efectuado su Declaración Jurada ante
la Dirección General del Impuesto sobre la MINISTERIO DE ECONOMIA Renta, a fin de establecer el periodo de exoneración correspondiente. Autoriza e el traspas) a favor de la Sociedad DECRETO No. 69-70 «MONTENEGRO FURLAN Y COMPAÑIA 1.1Artículo 30. Quedan vigentes en su totalidad, las MITADA». de nombre comercial «VIDRIO FIdemás estipulaci nes y contenido del Acuerdo GuBRA DE GUATEMALA» (INVIFIGUA LIMITAbernativo número 323 del 17 de ages de 1966 anEl Congreso de la República de Guatemala,DA). de todos los derechos y franquicias que tetes cicnado, excepto on lo que se refiere al fueron otorgados a la Sociedad «Enrique Gabet traspaso d.: beneficios operando y que por este y Compañía Limitada>>, como propietaria de di-acto Se autoriza.CONSIDERANDO: cha empresa. Art'cu'o 40.-- El pre ente Acuerdo deberá trans-Care es obligación del Estad) proteger y conserVI.E la riqueza forestal ce la Nación y evitar. con ACUERDO NUMERO 123-70. cribirse a dende corresponde. para los efectos legales procedentes.SU agotam ento con in 0. el emp breeimiento de sus melos la redu cicn del caudal de sus aguas; Palacio Nacional: Guatemala, 10 de septlembre de 1970. Comuniquese.
CONSIDERANDO: CARLOS MOLINA MENCOS,E1 Ministro de Economia,
Que el Estado debe fomentar la industria maCONSIDERANDO: El Viecininistro de Economia.fit como un medio eficaz para crear fuentes Encargado del Despacho,de Trabajo que beneficien a grandes se tores de la potitación, a la vez que dar impulso a la econ mia Que por Acuerdo Gubernative número 323 del IT JAIME VALENZUELA S., at! pais, tomando en consideraci que la exporde agosto de 1965. la empresa denominada <Vidrio Oficial Mayor. 244796 19 Octubre tiguen de las mater'as primas forestales no indusFibra de Guatemala> (INVIFIGUA). Tue clas ficada this zadas no sólo rinde poquisimo margen de uticomo Industria Nueva. de conformidad con las dissino que propicia la destrucción inmoderada posiciones del Decreto 1317 del Congreso de la Redi bosques: pública, ex-ley de Fomento Industrial. cuyos beneficios finalizan el 30 de agosto de 1975;
CONSIDERANDO: MINISTERIO DE RELACIONES CONSIDERANDO: Whe el Decrets número 30 70 del Congreso de EXTERIORES la República que autoriza la exportación de la maQue por escritura pública número selecientes Seders en rollo . exchera del pago de impuestos de tenta y nueve (779) otorgada en esta ciudad el 28 exportaci fl por el término de un año, a pers nas de noviembre de 1969 ante los oficios del natario que eneuentran en determinada situación eco José René Cárcamo Sanchez, cuya copia fotostá Ratificase el Convenio y Arreglos suscritos por el
es propiamente una ley casuistica. con catica legalizada Se acompaña at expediente consta Representante del Gobierno de Guatemala dunutores de emergencia, sn que en realidad exista que la Sociedad «Enrique Gabet y Compañia 1.1rante el Congreso de Viena, celebrado en esa pais alguna que la justilique, mitadas, propietaria de la mencionada industria, ciudad el 10 de julio de 1964, sobre la Union cedió y traspaso a la So iedad «Montencero, FurPostal Universal, y texto del mencionado ConPOR TANTO, lán V Compañia Limitadas todos los derechos v venio. obligaciones que le correspondian como propietaria (Concluye) in cumplimiento de las atribuciones que le de dicha industria. inclusive les beneficios de que arigina el inciso 10. del artículo 170 de la Constitn goza al amparo del Decreto 1317 del Congreso de Articulo 138.-Reexpedición de una encomienda por elet dila República y con base en el artículo 135 la República. la cual girará bajo la razin social cambio de dirección del destinatario. 0 la misma, de «Montenegro. Furlan y Compañia Limitada>. conservando el mismo nombre comercial de <<i 1. Cuando las tasas mencionadas en el artículo DECRETA: drio Fibra de Guatemala (INVIFIGUA Limita36. párrafo 6 del Acuerdo, se pagaren en el momento day): y, de la reexpedición, Se tratara la encomienda come
Artículo 10. Se deroga el Decreto numero 30 70 SI procediese del Pais reexped.dor y se enviase at ed Congreso de la República. CONSIDERANDO: Pais del nuevo destino; la Administración de éste, no cobrará tasa alguna de transporte al entregarla. Artículo 20 Los expedientes administrativos Que en la tramitación respectiva se han Henado 2. El articulo 137. párrafos 3 a 6, se aplicará incados r las empresas 0 un dades industriales todos los extremos legales que la Dirección de a las encomiendas reexpedidas. En especial, la personas individuales que Se hubiesen acogido is Política Industrial en dictamen número 287/(248) indicación «réexpédié» figurará en la hoja de ruta k. disposiciones del Decreto 30-70, deberán sobredel 20 de agesto de 1970 emitio..opinion favorable CIF la columna Observations. al lado de la anotaal entrar en vigor la presente ley. sobre el particular, cien de la encomienda,