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Decreto 69-1982

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 69-1982
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Administrativo
Año
1982

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Guillermo Contreras Cisneros Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCXIX GUATEMALA, MARTES 24 DE AGOSTO DE 1982 NUMERO 45

SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 40.-Los funcionarios, entidades y dependencias del Estado; las instituciones autónomas, semiautónomas y descentralizadas de éste, asi como las municipalidaORGANISMO EJECUTIVO des, deberán prestar su colaboración dentro del limite de sus atribuciones, al Instituto Nacional de Cooperativas

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA (INACOP).

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Artículo 50.-Las Cooperativas de Primer Grado, fede-DECRETO LEY NUMERO 68-82. DECRETO LEY NUMERO 68-82 raciones y Confederación de Cooperativas, podrán contiDECRETO LEY NUMERO 69-82. nuar con sus actividades, de manera normal y ordinaria, conforme a las leyes y reglamentos vigentes al respecto. El Presidente de la República, Artículo 60.-La Contraloría de Cuentas deberá realizar MINISTERIO DE RELACIONES CONSIDERANDO: en las entidades fusionadas conforme el Articulo 10. de la EXTERIORES presente ley, una auditoria exhaustiva, en un periodo que

Que constituye una obligacion del Estado proveer a tra-no exceda de treinta dias contados a partir de la fecha en ves de sus órganos competentes, la adecuada implementaNómbrase Ministro Consejero de la Embajada de que entre en vigor este Decreto Ley. ción normativa que regule la organización y el funcionaGuatemala ante la República de México al Licenmiento de las diferentes dependencias, entidades e institu-ciado Ricardo Garcia Pelaez. Articulo 70.-EI Ministerio de Economia deberá resolver ciones que actúan en función pública, a efecto de obtener lalo pertinente, sobre aquellas situaciones no contempladas mayor eficiencia en el rendimiento de la actividad admiexpresamente en esta ley o las dudas que surjan en cuanto a nistrativa; MINISTERIO DE EDUCACION su aplicacion.

CONSIDERANDO: Artículo 80.-EI presente Decreto Ley entra en vigor in-Modifícase en la forma que se menciona, el artícu. mediatamente y será publicado en el Diario Oficial.lo 10. del Acuerdo Ministerial número 978, del 4 Que para evitar la dispersion de funciones que realizan el de diciembre de 1981, relativo al Programa de Instituto Nacional de Cooperativas (INACOP), la Inspec-Contabilidad Gubernamental. Dado en el Palacio Nacional: En la ciudad de Guatemala, ción General de Cooperativas (INGECOP), y la Coordinaa los veinte dias del mes de agosto de mil novecientos dora General de Cooperativas (CONACO), y lograr la efi-ochenta y dos. ciencia indicada, es conveniente fusionar dichas entidades MINISTERIO DE TRABAJO Y en la primera de las nombradas, así como decretar su inter-Públiquese y cúmplase.

vencion, para cuyos propósitos es procedente emitir la resPREVISION SOCIAL pectiva disposición legal, General de Brigada

JOSE EFRAIN RIOS MONTT.

Modificase en la forma que se indica, el artículo 10 del Acuerdo Gubernativo número 36-82 del 17 de POR TANTO, MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ,junio del año en curso, relativo al nombramiento del Representante de la Dirección General de EsSecretario General de la tadística. En el ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo Presidencia de la República. 40. del Estatuto Fundamental de Gobierno (Decreto Ley 24-82) modificado por el Decreto Ley 36-82, JULIO PABLO MATHEU DUCHEZ, MINISTERIO DE ECONOMIA Ministro de Economia.

DECRETA: Nómbrase Interventor General del Instituto Nacio- -0nal de Cooperativas (INACOP), al Teniente CoroArtículo 10.-Quedan fusionados al Instituto Nacionalnel Orlando Sierra de León. DECRETO LEY NUMERO 69-82de Cooperativas (INACOP), las instituciones siguientes: Autorizase el cambio de razón social de la empresaInspección General de Cooperativas (INGECOP), y la Co- "Richardson Merrell Interamericas, Inc.", paraordinadora General de Cooperativas (CONACO). El Presidente de la República, que en lo sucesivo se denomine "Richardson Vicks Interaméricas, Inc.". Como consecuencia de lo previsto en el párrafo anterior, CONSIDERANDO: el Instituto Nacional de Cooperativas (INACOP) asume la

totalidad de las funciones y atribuciones de las otras entida-Que conforme a lo establecido en el articulo 48 de la Ley PÚBLICACIONES VARIAS des a él fusionadas, asi como los respectivos presupuestosOrgánica del Instituto de Previsión Militar, los fondos pride ingresos y egresos. vativos del nombrado Instituto proceden entre otras fuenMINISTERIO DE EDUCACION tes, de la aportación mensual del Comisariato del Ejército, El Ministerio de Finanzas Públicas dispondrá lo que seay en vista de que el mencionado Comisariato se encuentra conveniente para ese efecto. en proceso de liquidación, es necesario modificar la norma JUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL indicada, en el sentido de que se excluye de dichos fondos Artículo 20.-Se decreta la intervención del Instituto Na-privativos la referida aportación,NOMINA No. 23-82. cional de Cooperativas (INACOP), integrado en la forma establecida por el Artículo 10. de la presente ley. POR TANTO, MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO PALOPO, Como consecuencia quedan en suspenso mientras dura En el ejercicio de las facultades que le confieren los SOLOLA dicha intervención, los órganos y cargos siguientes: Conse-artículos 40. y 26, inciso 14), del Estatuto Fundamental de jo Directivo, Presidente del Consejo Directivo y Gerente delGobierno, modificado por el Decreto Ley número 36-82 y Apruébase el Proyecto de Tasas acordado por laInstituto Nacional de Cooperativas (INACOP), Inspectorcon base en lo establecido por los artículos 90 y 93 de dicho

Municipalidad de San Antonio Palopó, departaGeneral de Cooperativas y Coordinador General de Coope-Estatuto, mento de Sololá. rativas, asi como los demás cargos que representen el ejercicio de funciones ejecutivas O de dirección en las entidades DECRETA: MUNICIPALIDAD DE ZARAGOZA, fusionadas al Instituto General de Cooperativas CHIMALTENANGO (INACOP). Artículo 10.-Se reforma el artículo 48 de la Ley Orgánica del Instituto de Previsión Militar, contenido en el DecreReglamento para el servicio de agua potable, acor.Artículo 30.-Se faculta al Interventor General para queto número 5-80 del Congreso de la República, que queda dado por la Municipalidad de Zaragoza, departa-tome todas las medidas necesarias, a efecto de que el Insti-asi: mento de Chimaltenango. tuto Nacional de Cooperativas (INACOP) y las entidades fusionadas a él, cumplan eficientemente con sus funciones, "Articulo 48.-Los fondos privativos del Instituto, ANUNCIOS VARIOS creando la estructura orgánica que considere más adepara el cumplimiento de sus fines, son los siguientes: cuada. Igualmente se delega en el Interventor General aluMatrimonios. Líneas de Transporte. Constituciodido, mientras dure la intervención, la facultad de nombrar 10. La aportación anual del Estado, la cual podrá ser nes de Sociedad.-Modificaciones de Sociedad.-y remover a cualquier funcionario 0 empleado de la instituhasta el veinticinco por ciento del monto total del

Disolución de Sociedad. Patente de Invención.-ción, así como para cancelar y crear los puestos que estime sueldo asegurado a que se refiere el reglamento Registros de Marca.-Títulos Supletorios.-Edictos.necesarios para cumplir con su función, previa la aprobarespectivo, correspondiente a los Oficiales Genera- -Remates. cjón legal correspondiente. les, Oficiales Superiores, Oficiales Subalternos y1386 DIARIO DE CENTRO AMERICA.- Agosto 24 de 1982 NUMERO 45 Especialistas Militares en servicio activo, POR TANTO, comprendidos en el inciso 1 del articulo 30., la que MINISTERIO DE ECONOMIA deberá incluirse en el Presupuesto del Ministerio de la Defensa Nacional y ponerse a disposición delEn uso de las facultades que le confieren los artículos 25 del Estatuto Fundamental de Gobierno; 3 de la Ley del Or-Instituto por doceavas partes. 2o. La aportación mensual de un porcentaje del suel-ganismo Ejecutivo y 16 de la Ley de Educacion Nacional,Nombrase Interventor General del Instituto Nacional de do asegurado que se refiere el reglamento de la Cooperativas (INACOP), al Teniente Coronel OrlandoACUERDA: materia, correspondiente a los Oficiales GeneraSierra de León. les, Oficiales Superiores, Oficiales Subalternos yArtículo 10.-Modificar el artículo 10. del Acuerdo MiEspecialistas Militares al Instituto, que deberán Palacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto de 1982.nisterial No. 978, de fecha 4 de diciembre de 1981, el cualefectuar de acuerdo con dicho reglamento. queda en la siguiente forma:30. La contribución mensual de los afiliados comprenEl Presidente de la República,

didos en los incisos 2 y 3 del artículo 30. de esta "Artículo 10.-Aprobar el Programa de Contabili-ley, de conformidad con el reglamento corresponEn el ejercicio de las facultades que le confiere los dad Gubernamental Integrada para el Sexto Grado dediente. Artículos 40. y 26 inciso 50. literal c) del Estatuto Fundala carrera de Perito Contador, Jornada Diurna; sépti-40. Los intereses y utilidades que se obtengan de la mental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley 36-82; mo grado de Perito Contador, Jornada Nocturna;aplicación de sus reservas; y y con base en lo que dispone el Decreto-Ley Número 68-82, quinto grado de la carrera de Bachiller en Administra-50. Las demás aportaciones que por ley le corresponción Pública y Segundo Semestre del Area Común enden y cualesquiera otras que se le hagan". ACUERDA: la carrera de Perito en Administración Municipal, a partir del año 1982, con carácter experimental. Asigna-Articulo 20.-EI presente Decreto Ley entrara el Artículo 10.-Nombrar al Teniente Coronel Orlando tura que sustituirá al Curso de Contabilidad Fiscal ydia de su publicación en el Diario Oficial. Sierra de León, Interventor General del Instituto Nacional Municipal". de Cooperativas (INACOP). Dado en el Palacio Nacional de Guatemala, a los veinte Artículo 20. El presente Acuerdo entra en vigor inme-días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y dos. Artículo 20.-EI presente Acuerdo surte efectos a partir

diatamente y deberá ser publicado en el Diario Oficial.de la fecha de toma de posesión de la persona designada. Publiquese y cúmplase. Comuniquese. Comuniquese. General de Brigada LUIS MERIDA.JOSE EFRAIN RIOS MONTT. General de Brigada

JOSE EFRAIN RIOS MONTT.

MARIO LLERENA ESTRADA,Coronel y Licenciado Viceministro de Educación. MANUEL GIRON TANCHEZ, CARLOS ENRIQUE ORANTES MARTINEZ, Secretario General de la Presidencia de la República. Viceministro de Economia, Encargado de los Asuntos de Integración, General de Brigada Encargado del Despacho. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Viceministro de la Defensa Nacional, MINISTERIO DE TRABAJO Y -0Encargado del Despacho. PREVISION SOCIAL Autorizase el cambio de razón social de is empresa "Richardson Merrell Interaméricas, Inc.", para que en to sucesivo se denomine "Richardson Vicks InteramériMINISTERIO DE RELACIONES cas, Inc." Modificase en la forms que se Indica el artículo 10. del

EXTERIORES ACUERDO No. 305-82

Acuerdo Gubernativo número 36-82, del 17 de junio del año en curso, relativo al nombramiento del RepresenPalacio Nacional: Guatemala, 12 de agosto de 1982.tante de la Dirección General de Estadistica. Nómbrase Ministro Consejero de la Embajada de El Ministro de Economia,

Guatemala ante la República de México al LicenACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 186-82 ciado Ricardo Garcia Pelaez. CONSIDERANDO: Palacio Nacional: Guatemala, 10 de agosto de 1982. ACUERDO GUBERNATIVO DE El Presidente de la República, Que con fecha 29 de enero de 1982 el senor Juan EnriqueNOMBRAMIENTO No. 208 Fortún Chávez, quien actúa con poder general y representación de la empresa industrial denominada "Richardson Palacio Nacional: Guatemala, 16 de agosto de 1982. CONSIDERANDO: Merrell Interaméricas Inc.", ubicada en 3a. avenida núme- ·o 10-08, zona 13, ciudad de Guatemala, solicito de este MiEl Presidente de la República, Que por Acuerdo Gubernativo número 36-82, del 17 denisterio autorización para cambiar razón social de la misDe conformidad con el inciso 40. del Artículo 26 del junio del año en curso, quedó integrada la Comisión Na-ma, para que en lo sucesivo se denomine "Richardson cional del Salario, estando representada la Dirección Gene-Vicks Interaméricas, Inc."; asimismo, sean transferidos los Estatuto Fundamental de Gobierno, ral de Estadística por el doctor Martin Carranza Orellana;beneficios otorgados a la primera de las mencionadas;

ACUERDA: CONSIDERANDO:CONSIDERANDO:

Nombrar al señor Licenciado Ricardo Garcia Pelaez, Que por Acuerdo Ministerial número 65-70, de fecha 12 Ministro Consejero de la Embajada de Guatemala ante de junio de 1970, la empresa "Richardson Merrell Interel Gobierno de la República de México. (plaza vacante).Que el Ministerio de Economia, en oficio número 1075, américas, Inc.", fue clasificada como industria existentePartida No. 82-0401-1.015-03-05-2. del 19 de julio del año en curso, solicitó se modifique eldentro del grupo "A", al amparo del Convenio Centro-Acuerdo Gubernativo indicado, en el sentido de que designe al licenciado Carlos Espinoza Azurdia en sustitución delamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial yEl presente Acuerdo se emite de conformidad con los equiparada en beneficios con la similar "Laboratorios Artículos 26 y 96 del Decreto-Ley No. 148 (Ley Organi-doctor Martin Carranza Orellana, quien dejó de pertenecerLaprin", de conformidad con las disposiciones contenidas ca del Servicio Diplomático de Guatemala) y surtirá a dicha Dirección, razón por la cual es procedente modifi-en el artículo transitorio cuarto del mismo Convenio, rectiefectos a partir de la fecha en que la persona nombradacar la referida disposición legal, ficado éste por Acuerdo 6-71, del 11 de enero de 1971, en eltome posesión de su cargo. sentido de indicar que los mismos beneficios correspondianPOR TANTO, tambien a "Vick Chemical, Division de Richardson Merrell

Comuniquese. Interaméricas, Inc."; posteriormente, por Acuerdos 27971, del 17 de diciembre de 1971; 350-79 y 351-79, ambos del JOSE EFRAIN RIOS MONTT. En ejercicio de las facultades que le confieren los 10. de junio de 1979, fue ampliado el Acuerdo de clasificaartículos 40. y 26, inciso -1), del Estatuto Fundamental deción y equiparación industrial; con fecha 17 de diciembre de EDUARDO CASTILLO ARRIOLA, Gobierno, modificado por el Decreto Ley 36-82 y con base1971, por Acuerdo 278-71, se le concedió a "Richardson Ministro de Relaciones Exteriores. en lo preceptuado por el Acuerdo Gubernativo número Merrell Interaméricas, Inc.", Division Vick Chemical, exo1319, del 9 de abril de 1968, neración del cuarenta por ciento (40%) del Impuesto de Estabilización Económica, ampliado por Acuerdos números ACUERDA: 349-79, del 10. de junio de 1979 y 483-81, del 18 de sepMINISTERIO DE EDUCACION tiembre de 1981; posteriormente, por Acuerdo 347-79, del 10. de junio de 1979, se le otorgó extensión de beneficios Artículo primero: Se-modifica el artículo 10. del Acuerdohasta el 31 de diciembre de 1983 sobre la importación de Gubernativo número 36-82, del 17 de junio del corrientemaquinaria, equipo, materias primas, productos semielaaño, en el sentido de que el Representante de la Direcciónborados y envases, exentos en un cien por ciento (100%) deModificase en la forms que se mencions el artículo 10. delGeneral de Estadística es el licenciado Carlos Espinozaderechos arancelarios, para dedicarse a la manufactura de

Acuerdo Ministerial número 978, del 4 de diclembre deAzurdia, en sustitución del doctor Martin Carranza Orellaproductos quimicos y farmacéuticos, al amparo del Segun1981, relativo al Programa de Contabilidad Guberna-na. do Protocolo al Convenio, ampliado éste por Acuerdo 484-mental. 81, del 18 de septiembre de 1981; Articulo segundo: El presente Acuerdo entrará en vigorACUERDO No. 728 inmediatamente y deberá publicarse en el Diario Oficial. CONSIDERANDO: Palacio Nacional: Guatemala, 23 de junio de 1982. Que de conformidad con el certificado de la modificación Comuniquese. de la escritura constitutiva de la sociedad "Richardson El Ministro de Educación, Merrell Interaméricas, Inc.", que se encuentra debidamenGeneral de Brigada te protocolizado mediante instrumento público número 84,CONSIDERANDO: JOSE EFRAIN RIOS MONTT. de fecha 19 de mayo de 1981, faccionado en esta ciudad por el notario Ricardo Alfonso Umaña Aragón, consta el camQue es conveniente para ········ 119 .8006 bio de razón social de la entidad por ebde conceptos contenidos en el Acuerdo Ministerial No. 978, de OTTO PALMA FIGUEROA, Vicks Interaméricas, Inc.", que en lo sucesivo asi se deno-fecha 4 de diciembre de 1981, Ministro de Trabajo y Previsión Social. minara; y

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