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Decreto 69-1983

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 69-1983
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1983

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Licenciado Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCXXI GUATEMALA, MARTES 28 DE JUNIO DE 1983 NUMERO 56

SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO puesto General de Ingresos y Egresos del Estado, hasta la completa cancelación de la deuda. Artículo 39-Los fondos provenientes de este préstamo, los utilizará el Instituto Nacional de ElectriORGANISMO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA ficación (INDE), única y exclusivamente para cubrir parte del costo en divisas de los túneles de desvío dei Río Cahabón, correspondientes al Proyecto HiDECRETO LEY NUMERO 68-83 droeléctrico CHULAC. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Artículo 49-El presente Decreto entrará en vigor El Presidente de la República, el día siguiente de su publicación en el Diario OfiDECRETO LEY NUMERO 68-83 cial.

CONSIDERANDO: Dado en el Palacio Nacional, en la cludad de GuaDECRETO LEY NUMERO 69-83 temala, a los veintisiete días del mes de junio de Que el Instituto Nacional de Electrificación (INmil novecientos ochenta y tres.

DE), tiene a su cargo la construcción de dos tú-

MINISTERIO DE RELACIONES neles de desvío del Río Cahabón, correspondientes Publíquese y cúmplase. al Proyecto Hidroeléctrico Chulac, siendo necesario EXTERIORES JOSE EFRAIN RIOS MONTT. concluir dichas obras para aprovechar la inversión realizada; El Secretario General de la Presidencia Déjase sin efecto el Acuerdo Gubernativo de fede la República, cha 5 de marzo de 1975, por el cual se nombré CONSIDERANDO: MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ al señor Jorge Senn Bonilla, Consejero de TuEl Ministro de Finanzas,rismo ad honórem del Ministerio de Relaciones Que para financiar parcialmente el costo en diviExteriores. sas de las obras mencionadas, con fecha 22 de abril LEONARDO FIGUEROA VILLATE de 1983 se suscribió Ad referendum, entre la Repú- blica de Guatemala y el Kreditanstalt Für WiederMINISTERIO DE GOBERNACION aufbau, de Alemania, el contrato de Préstamo Nú- DECRETO LEY NUMERO 69-83 mero F 610, hasta por la suma de sesenta millones Declárase la lesividad del Acuerdo Gubernativo setecientos mil marcos alemanes (DM 60.700,000.00); El Presidente de la República, del 5 de febrero de 1982, por el cual se aprobaron las operaciones de mensura practicadas por CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: el ingeniero Florentin Alvarado Paredes, sobre

la finca rústica que se menciona, propiedad del Que la Secretaría General del Consejo Nacional Que al entrar en vigor el Decreto número 57-78 señor Daniel Cardona Morales. de Planificación Económica y ia Junta Monetaria, del Congreso de la República, Ley de creación de consultadas oportunamente de conformidad con la la Secretaría de Minería, Hidrocarburos y Enerley, han expresado opinión favorable sobre el emgía Nuclear, cesaron las funciones del Instituto MINISTERIO DE FINANZAS préstito contratado, tomando en cuenta la naturade Energia Nuclear, en virtud de que fue deroleza del proyecto y el origen de los fondos; razogada su ley orgánica; PUBLICAS nes por las cuales es procedente decretar la respectiva aprobación, CONSIDERANDO: Facúltase a los Ministros de Finanzas y de AgriQue en la derogatoria a que se refiere el concultura, Ganadería y Alimentación, para que en POR TANTO, siderando anterior, no se contempló lo relaciorepresentación del Gobierno de la República comparezcan ante el Escribano de Gobierno a En el' ejercicio de las facultades que le confieren nado con la disposición del activo y pasivo de la los Artículos 40 y 26, inciso 14) del Estatuto Funentidad ni la forma de afrontar las obligaciones otorgar las Escrituras Públicas de ampliación de damental de Gobierno, modificado por el Decreto que en cualquier concepto aparecieran en favor los fideicomisos constituidos para ser adminisnúmero 36-82, de otras dependencias del Estado o sus entidades,

trados por el Banco Nacional de Desarrollo Agrisituación que es necesario subsanar, para cuyo cola -BANDESADECRETA: propósito debe emitirse en ese sentido la respectiva disposición legal, Artículo 19-Se aprueba el Contrato de Préstamo ANUNCIOS VARIOS Número F 610, suscrito entre la República de GuaPOR TANTO, temala y el Kreditanstalt Für Wiederaufbau, de Matrimonios. Constituciones de sociedad. Alemania, bajo los siguientes términos y condiEn el ejercicio de las facultades que le confieModificación de sociedad. Patentes de invenciones: re el artículo 49 del Estatuto Fundamental de ción. Registros de marca. Títulos supletorios. Gobierno, modificado por el Decreto Ley número Edictos. Remates. Licitaciones. AuMonto: 36-82, torizaciones farmacéuticas. Hasta por la suma de sesenta millones setecientos DECRETA: mil marcos alemanes (DM 60.700,000.00). Artículo 19-Los bienes que constituían el activo del Instituto Nacional de Energía Nuclear,Gastes de Administración: FE DE ERRATA se adscriben definitivamente a la Dirección GeCincuenta mil marcos alemanes (DM 50,000.00), neral de Energía Nuclear, dependencia de la Sepor una sola vez. cretaria de Minería, Hidrocarburos y Energía Nudear, cenforme al inventario y registros corresEn el Diario de Centro América (Sección Oficial), número 53, Tomo CCXXI, de fecha 23 de Comisión de Compromiso: pondientes de dicha Dirección General. Artículo 29-Las obligaciones por cualquier junio del año en curso, se publicó el Acuerdo GuMedio por ciento (1/2%) anual sobre saldos no concepto que se encuentren pendientes de pagobernativo número 399-83 emitido por conducto desembolsados, al vencimiento de cada trimestre. por parte del extinto Instituto Nacional de Ener-del Ministerio de Finanzas Públicas con fecha 17 gia Nuclear, con las dependencias de los Orga-de junio de 1983, que contiene el REGLAMENTO Comisión de Servicio: nismos del Estado y con las entidades descen-DEL INCISO p) DEL ARTICULO 70 DEL DENovecientos diez mil quinientos marcos alematralizadas, autónomas o semiautónomas, se decla-CRETO-LEY 229, ADICIONADO POR EL DECRETO-LEY 5-83 en el que, por error de original, el nes (DM 910,500.00) equivalente al uno y medio ran extinguidas e incobrables. Artículo 39----Para los efectos de lo dispuesto en inciso b) del artículo 39, se lee: por ciento (1.5%) del monto de préstamo, pagaderos por cada suma utilizada. el artículo anterior, las dependencias o entidades "b) Cuando no se hubiere contabilizado algún a que el mismo se refiere deben proceder a efecgasto o lo contabilizado sea menor de lo Interés: tuar las operaciones contables que correspondan; en caso de haberse iniciado juicios para el cobroque resulte de la aplicación del porcentaje variable, la diferencia se declarará como Diez por ciento (10%) anual sobre saldos deude impuestos, contribuciones, tasas, cuotas, redores. no deducible, en el renglón "Aplicación cargos, arbitrios, intereses y otros de similar nadel inciso p) del artículo 79 del Decretoturaleza, o para obtener el pago de obligaciones Período de Amortización:Ley 229"." por cualquier concepto, debe procederse al desistimiento inmediato de los mismos.Siendo lo correcto: Catorce (14) cuotas semestrales consecutivas, deArtículo 49-Lo dispuesto en el artículo antebiéndose pagar la primera el 27 de abril de 1984. "b) Cuando no se hubiere contabilizado algún rior, es sin perjuicio de las responsabilidades de gasto 0 lo contabilizado sea menor de lo Artículo 29-Las amortizaciones de capital, intecualquier naturaleza en que pudieron haber inque resulte de la aplicación del porcentaje reses, comisiones y demás gastos derivados del currido funcionarios y empleados de dicho Insvariable, la diferencia se declarará como depréstamo de referencia, se pagará por medio de tituto. ducible, en el renglón "Aplicación del inasignaciones presupuestarias que el Organismo EjeArtículo 59-Este Decreto-Ley entrará en viciso p) del artículo 79 del Decreto-Ley cutivo, por conducto del Ministerio de Finanzas Pú- gor el día siguiente al de su publicación en el229"," blicas, fijará en cada ejercicio fiscal en el Presu-Diario Oficial.1858 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Junio 28 de 1983 NUMERO 56

Dado en el Palacio Nacional, a los veintisiete de las comunidades gozarán de la protección delnecesario facultar expresamente a la mencionada días del mes de junio de mil novecientos ochenta Estados y habida cuenta de las opiniones emitidasinstitución bancaria, para cuya finalidad es propor la Escribanía de Gobierno y Sección de Tierras,cedente dictar en ese sentido la correspondientey tres. el Instituto Nacional de Transformación Agrariadisposición legal, Publíquese y cúmplase, -INTA-, el Instituto Geográfico Nacional y el Ministerio Público, sobre la conveniencia de dePOR TANTO, Presidente de la República. clarar la lesividad del mencionado Acuerdo GuJOSE EFRAIN RIOS MONTT, bernativo. es procedente dictar en tal sentido laEn el ejercicio de las facultades que le confiere correspondiente disposición legal, el artículo 49 del Estatuto Fundamental de GoSecretario General de la bierno, modificado por el Decreto Ley número Presidencia de la República, POR TANTO, 36-82 y con fundamento en el artículo 70 numeral 19 del Decreto Presidencial número 552, LeyMANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ En el ejercicio de las facultades que le confierenOrgánica del Presupuesto, Contabilidad y TesoreEl Ministro de los artículos 40 y 26 inciso 14) del Estatuto Fun-ría de la Nación, Finanzas Públicas, damental de Gobierno, modificado por el DecretoLEONARDO FIGUEROA VILLATE ACUERDA: Ley número 36-82; y con base en el artículo 23

Secretario de Minería, inciso 12) del mencionado Estatuto, Artículo 1º-Facultar a los Ministros de FinanHidrocarburos y Energía Nuclear zas y de Agricultura, Ganadería y Alimentación,ACUERDA: SIGFRIDO ALEJANDRO CONTRERAS para que en representación del Gobierno de la BONILLA. República comparezcan ante el Escribano de Go-Artículo 1º-Declarar la lesividad del Acuerdo bierno a otorgar las correspondientes escriturasGubernativo de fecha 5 de febrero de 1982, mepúblicas de ampliación de los fideicomisos cons-diante el cual se aprobaron las operaciones de tituidos para ser administrados por el Banco NaMINISTERIO DE RELACIONES mensura practicadas por el Ingeniero Florentín cional de Desarrollo Agrícola (BANDESA), y los Alvarado Paredes, en la finca rústica número cuaque en el futuro se constituyan, en el sentido detro mil setecientos setenta y cinco (4,775), folio EXTERIORES adicionar a éstas las cláusulas siguientes: a) "De siete (7), del libro treinta (30) de Jalapa-Jutiapa.Disponibilidad de Activos: El fiduciario, para los propiedad del señor Daniel de Jesús Cardona Mo-efectos de lo estipulado en el artículo setecientos rales. setenta y cinco (775) del Código de Comercio, Dejase sin efecto el Acuerdo Gubernativo de fecha 5 deArtículo 29-El Procurador General de la Naqueda expresamente facultado para disponer de

marzo de 1975, por el cual se nombró al señor Jorge ción y Jefe del Ministerio Público, deberá iniciarlos bienes muebles O inmuebles que haya adquiSenn Bonilla, Consejero de Turismo ad honórem del Mi-y ejercitar las acciones legales correspondientes,rido como resultado del desarrollo normal de los nisterio de Relaciones Exteriores. derivadas de esta disposición. fideicomisos que le han sido encomendados para Artículo 39-EI presente Acuerdo entrará en visu administración por el Gobierno de la RepúbliPalacio Nacional: Guatemala, 6 de junio de 1983. gor el día de su publicación en el Diario Oficial.ca, en la forma que mejor convenga a los intereses del fideicomiso, debiéndose seguir en este Comuniquese. caso, el procedimiento que señala la ley. El proPresidente de la República, JOSE EFRAIN RIOS MONTT ducto obtenido, pasará a formar parte de los fondos fideicometidos"; y b) "Del Reintegro del De conformidad con el inciso 40. del Artículo 26 del EsMinistro de Gobernación, Patrimonio Fideicometido: El Fiduciario será detatuto Fundamental de Gobierno, RICARDO MENDEZ-RUIZ ROSMHOSER. positario de los bienes adquiridos de conformidad con el destino de los fondos y durante la vigenACUERDA: cia del respectivo contrato de fideicomiso. Al concluirse el plazo establecido y sus prórrogas, si las Dejar sin efecto, a partir del 10. de junio de 1983, el hubiere, los bienes, disponibilidades de efectivo y demás activos que figuren en los Estados Finan-Acuerdo Gubernativo de fecha 5 de marzo de 1975, mecieros del Fideicomiso, serán reintegrados por eldiante el cual se nombró al señor Jorge Senn Bonilla, Con-MINISTERIO DE FINANZAS fiduciario al fideicomitente". sejero de Turismo ad honórem del Ministerio de Relaciones Exteriores y a quien se le dan las gracias por los servicios PUBLICAS Aritículo 29-E1 presente Acuerdo entrará en viprestados. gor inmediatamente, debiéndose publicar en el Diario Oficial. Comuniquese. Comuniquese. Facúltase a los Ministros de Finanzas y de Agri-JOSE EFRAIN RIOS MONTT. cultura, Ganadería y Alimentación, para que JOSE EFRAIN RIOS MONTT, en representación del Gobierno de la República, Presidente de la República. EDUARDO CASTILLO ARRIOLA, comparezcan ante el Escritano de Gobierne a Ministro de Relaciones Exteriores. otorgar las escrituras públicas de ampliaciónEl Viceministro de Finanzas, de los fideicomisos constituidos para ser admiERIC MEZA DUARTE. nistrados por el Banco Nacional de Desarrollo

Agrícola (BANDESA). El Viceministro de Agricultura y Alimentación, MINISTERIO DE GOBERNACION RODLFO ESTRADA HURTARTE Palacio Nacional: Guatemala, 27 de mayo de 462137-28-junio1983. Declárase la lesividad del Acuerdo Gubernative ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 314-83 del 5 de febrero de 1982, por el cual se aprobaron las operaciones de mensura practicadas por el Presidente de la República, ANUNCIOS VARIOSIngeniero Florentin Alvarado Paredes, sobre la finca rústica que se menciona, propiedad del CONSIDERANDO: senor Daniel Cardona Morales. Que el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola MATRIMONIOS Palacio Nacional: Guatemala, 27 de abril de (BANDESA), como órgano financiero responsable de promover y administrar la asistencia crediticia A mi oficina profesional ubicada en la cator-1983. que el Gobierno de la República otorga a la acce calle seis guion doce de la zona uno de esta ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 229-83 tividad agrícola del país, debe ser dotado de los ciudad, quinto nivel, Edificio Valenzuela, de esta resursos necesarios para el cumplimiento de sus ciudad, se presentaron el señor Edwin Aroldo Presidente de la República. fines; Castañeda Moralez, de nacionalidad guatemalteca y la señorita Maira Edith Orellana Molina,

CONSIDERANDO: de nacionalidad salvadoreña. solicitando autoriceCONSIDERANDO: su matrimonio civil. Emplazo a denunciarlo a Que por Acuerdo Gubernativo de fecha 5 de Que el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola quienes sepan de algún impedimento legal para febrero de 1982, se aprobaron las operaciones de (BANDESA), ha adquirido bienes muebles e inel mismo en mi oficina profesional, para cuyos muebles, como resultado de las acciones judiciamensura practicadas por el Ingeniero Florentín cfectos de Ley, hago la siguiente publicación. les ejecutadas en contra de los prestatarios insol-Alvarado Paredes y revisadas por el Ingeniero Luis Guatemala, veintidós de junio de mil novecienventes de obligaciones financieras con recursos tos ochenta y tres. RAMIRO LOPEZ NI-Antonio González y González, en la finca rústica que el Gobierno de la República le ha encomenda-número 4775, folio 7 del libro 30 de Jalapa-Jutiapa, MATUJ, abogado y notario. do en fideicomiso; 462192 28 Jun propiedad del señor Daniel de Jesús Cardona MoJul. rales, habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesCONSIDERANDO: to en el citado Acuerdo Gubernativo, con relación A mi oficina profesional ubicada en la 9a. avenida 10-72, a compulsar la debida certificación y al amojoQue la posesión de los bienes aludidos por zona 1, apartamento 21 de esta ciudad, se presentaron

namiento correspondiente; parte de BANDESA, no le produce ningún beClaudia Emilia Poitevin Dardón, guatemalteca, y Reinaldo neficio, sino por el contrario, su administración Javier Sabillon Dávila, hondureño, solicitando mis servi-CONSIDERANDO: resulta sumamente onerosa toda vez que la nomcios profesionales para autorizar su matrimonio civil y en brada institución bancaria debe efectuar desemcumplimiento del Arto. 96 del Código Civil, se hace la pre-Que no obstante haber precluido el término que bolsos, en perjuicio de sus propios fideicomisos; sente publicación. la Ley señala para interponer la oposición pertinente, se presentó ante la Escribania de Gobierno Guatemala, 7 de junio de 1983.-JAIME ALFREDOCONSIDERANDO: y Sección de Tierras, el Vice Alcalde Municipal de VALENCIA BONILLA, Abogado y Notario. San Pedro Pinula, departamento de Jalapa, soliciQue para cumplir con los objetivos de los Fi460948-14-21-28-Jn. tando la nulidad absoluta de las referidas actuaciodeicomisos que le han sido encomendados para -0nes, ya que lesionan los derechos de más de cien su administración, BANDESA necesita proceder a Maura Miriam Jaimes Flores, salvadoreña y familias que viven en terrenos ajidales de ese mu-la venta de los bienes muebles o inmuebles adHéctor Misael Recinos Esquivel, guatemalteco,

nicipio. cuyos linderos no fueron respetados en las quiridos en virtud de ejecuciones judiciales, con requieren mis servicios notariales para que autodiligencias de medida, no obstante las gestiones lo cual se incrementará el capital de los propios rice su matrimonio civil. hechas en su oportunidad; fideicomisos, y se eliminarán los gastos indicados; Para los efectos legales se hace la presente puGuatemala, 21 de junio de 1983. Lic. GILCONSIDERANDO: CONSIDERANDO: BERTO RODRIGUEZ V., abogado y notario. 10ª blicación, Que el artículo 67 del Estatuto Fundamental de Que para llevar a cabo la venta de los bienes calle, 9-68 zona 1. Of. 202. Gobierno, establece que las tierras municipales y referidos en el Considerando anterior, se hace 462169-28-29-Jun-19-Jul:

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