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Decreto 69-2001-4

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 69-2001-4
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
2001

6 DIARIO DE CENTRO AMERICA-17 de diciembre de 2001 NUMERO 12

JORGE ALFONSO RIOS CASTILLO

SECRETARIO EDGAR HERMAN MORALESDr LA

DE

MINTSTERIO

C. CONGRESO

SECRETARIO

Lic. Mijangos REPUBLICAGeneral de Division SECRE GENERAL

EDUARDO AREVALO LACS REPUBLICA

QUATEMALA.COMMinistro de Gobernacion Guardiate. Centis America

SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 69-2001

PALACIO NACIONAL: Guatemala, diez de diciembre del año dos mil uno.

DECRETO NUMERO 69-2001 PUBLIQUESE Y CUMPLASE

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECONSIDERANDO: LA Que el Congreso de la Republica aprobo la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, Ejercicio Fiscal 2001. a traves del Decreto Numero 85-2000, donde prohibe las transferencias presupuestarias, asi como la variacion del Listado Geografico REPUBLICAde la Inversion Fisica y Financiera del Estado.

STATEMENTCONSIDERANDO: PORTILLO CABRERA Que a ia Direccion General de Caminos del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda a traves.d Decreto Numero 49-2001 del Congreso de la Republica que reforma la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egreses del stado. Fjercicio Fiscal 2001. se le autorizo reprogramar las obras que se establecen " of Listado Geografico de 1.1 Inversion Física y Financiera, incurriendo en un error de

onsignación en la cantidad monetaria en letras autorizada, disposicion que hace inposible a to entidad beneficiada proceder legalmente con el espiritu juridico esperado.

CONSIDERANDO: que tomando en consideración el espiritu juridico del Decreto de referencia. et ongreso de la Republica de Guatemala estima procedente emitir a disposicion legal que corresponde para que la Direccion General de Caminos proceda con la CORRETTASeprogramación de obras establecidas en el listado Geografico-de la Inversion Fisica Y ananciera para el presente ejercicio fiscal.

Luis Miangos C.

POR TANTO: General División SECRETARIO GENERAL PRESIDENCIADE AREPUBLICALACS to ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171, literal a), de ia Ministro de Gobernaciónonstitucion Politica de la Republica de Guatemala DECRETA: ARTICULO 1. Se reforma el articulo 22 del Decreto Numero 85 2000, reformado por of Decreto Número 49 2001, ambos del Congreso de la República, el cual queda

USI "Artículo 22. Del Listado Geográfico de la Inversión Física (Obras) y Financiera. Las obras contenidas en el "Listado Geográfico de la Inversión Fisica y Financiera para et ejercicio fiscal EDUARDO WEYMANN MINISTRO DE/FINANZAS PUBLICAS2001" no podrán variarse por ningún concepto. Las entidades responsables de la ejecución de obras no deberan aprobar transferencias internas ni gestionar ante el Ministerio de Finanzas Públicas el traslado de asignaciones que afecten la disponibilidad de los

créditos presupuestarios para la realizacion de las obras programadas Se exceptuan de esta disposición las modificaciones derivadas de la DECRETO NUMERO 70-2001 renegociación de cláusulas contractuales de convenios que involucren recursos externos De igual manera se exceptúa de la presente EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA disposición al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda para que reprograme obras que corresponda ejecutar exclusivamente CONSIDERANDO: a la Direccion General de Caminos, hasta por un monto de trescientos un millones ochocientos ochenta y ocho mil cuatrocientos nueve Que la Constitución Politica de la República establece que Guatemala normará susquetzales (Q.301,888,409.00). Para el efecto, dicho Ministerio debera relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticasgestionar ante el Ministerio de Finanzas Públicas la reprogramación de obras con su correspondiente traslado de asignaciones internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de lospresupuestarias Adicionalmente, el Ministerio de Finanzas Públicas debera notificar al Congreso de la Republica el resultado de las procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficiomutuo y equitativo entre los Estados. operaciones que corresponda. Por otro lado, las unidades ejecutoras de obras quedan responsables CONSIDERANDO: que en el lugar fisico en que se realice la obra, se coloque un rótulo

que indique et nombre de la obra, procedencia del financiamiento, Que en atención al propósito y principio de la Carta de las Naciones Unidas relativo meta a ejecutar, unidad ejecutora responsable, costo de la obra y al mantenimiento de la paz y seguridad internacionales, asi como al fomento de las tiempo estimado de duración, con lo cual se estará propiciando que las relaciones de amistad y cooperación entre los Estados, y profundamente comunidades beneficiadas realicen la auditoria social correspondiente preocupados por erradicar en todo el mundo los atentados terroristas en todas sus También se debera privilegiar la mano de obra local." formas y manifestaciones, considera conveniente emitir la disposición juridica quecorresponde. ARTICULO 2. EI presente Decreto entrara en vigencia el dia de su publicacion CONSIDERANDO: en el diario oficial. PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Que los Estados miembros de las Naciones Unidas reafirman solemnemente y Y PUBLICACION. condenan en términos inequívocos todos los actos, métodos y prácticas terroristas, por considerarlos criminales e injustificables, dondequiera y quienquiera los DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD cometa, incluidos los que ponen en peligro las relaciones de amistad entre los DE GUATEMALA, EL DIA VEINTINUEVE DEL MES DE NOVIEMBRE DE ANO DOS Estados y los pueblos, y amenazan la integridad territorial y la seguridad de los MIL UNO. paises.

CONSIDERANDO: Que es urgente intensificar la cooperación internacional entre los Estados y que el Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas cometidos JOSE EFRAIN RIOS MONTT con Bombas, tiene como finalidad incrementar la cooperación internacional con PRESIDENTE miras a establecer y adoptar medidas eficaces y prácticas para prevenir los atentados terroristas cometidos con bombas, y enjuiciar y castigar a los autores delos mismos.NUMERO 12 DIARIO DE CENTRO AMERICA-17 de diciembre de 2001 7

POR TANTO:

DECRETO NUMERO 71-2001

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, literales a) y 1), de la Constitución Politica de la República de Guatemala. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETA: CONSIDERANDO: ARTICULO 1. Se aprueba el Convenio Internacional para la Represión de los Que Guatemala norma sus relaciones con otros Estados de conformidad con los principios, Atentados Terroristas cometidos con Bombas, abierto a firma en Nueva York el regias y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz doce de enero de mil novecientos noventa y ocho. y libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesosdemocráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo

entre los Estados: CONSIDERANDO: ARTICULO 2. EI presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el diario oficial. Que los actos de terrorismo se han intensificado en el ámbito mundial; actos y hechos quehan generado una profunda preocupación por parte de los Gobiernos y varios sectores de laPASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, sociedad internacional, resultando necesario y urgente la aplicación. de disposicionesPROMULGACION Y PUBLICACION. jurídicas internacionales, que permitan la prevención, represión y eliminación del terrorismoen todas sus formas y manifestaciones.

DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA

CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIA VEINTINUEVE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO. CONSIDERANDO: Que es necesaria la mutua cooperación y colaboración entre los Estados que permitaelaborar y adoptar medidas eficaces que ayuden a prevenir la financiación del terrorismo,con el fin de reprimirlo mediante el procedimiento penal adecuado aplicable a los autores del delito

POR TANTO: JOSE/EFRAIN RIOS MONTT PRESIDENTE En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, literales a) y 1), de laConstitución Política de la República de Guatemala.

JORGE ALFONSO lauing RIOS CASTILLOHerwan DECRETA: EDGAR HERMAN MORALES ARTICULO 1. Se aprueba el Convenio Internacional para la Represión de laSECRETARIO SECRETARIO Financiación del Terrorismo, abierto a firma en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva

York, el 10 de enero del año 2000. ARTICULO 2. El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 70-2001 publicación en el diario oficial.

PALACIO NACIONAL: Guatemala, diez de diciembre del año dos mil uno. PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y

PUBLICACION.

DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE PUBLÍQUESE Y CUMPLASE GUATEMALA, EL DIA VEINTIMUEVE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL Dr LA

SEPUBLICACON JOSE/EFRAIN Ramarth

AmericaCentryJORGE ALFONSO RIOS CASTILLO EDGAR HERMAN Hereah MORALESSECRETARIO

PORTILLO CABRERA SECRETARIO

SANCION AL DECRLTO DEI CONGRESO NUMERO 71-2001

PALACIO NACIONAL Guatemula, diez de diciembre del año dos mil uno.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

DE LA

PRESIDENCIA

DE LA

REPUBLICAGUATEMALS.&.

PORTILLO CABRERA GUATEMALE.c.

DE GOBERN

Division AVENALA EDUARDS Dues Mijangos C.

SECRE TARIO GENERAL DE

Ministro Gobernación PRESIDENCIDE AREPUBLICA UNITED Division Mijangos C.

EDU,RDO AREVALO LACS SECRETARIO GENERAL

ESIDENCIADE AREPUBLICA

Ministro de Gobernacion RELACIONES EXTERIORES RELACIONES DE EXPERIORES A GUATEMALA. GUATEMALA.Crirk 0/0valle MVICEMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Erich Qualle MENCARGADO DEL DESPACHO VICEMINISTRODE RELACIONES EXTERIORESENCARGADO DEI DESPACHO

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