Decreto 7-1977
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 7-1977
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- 1977
Diario Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
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TOMO CCVI GUATEMALA, JUEVES 9 DE JUNIO DE 1977 NUMERO 48
SUMARIO Nacional de Guatemala, emitido por conducto del Ministerio de Economia, publicado en este Diario. ORGANISMO EJECUTIVO el 31 de marzo de 1977. número 1, Tomo CCVI. Por errores involuntatios, en el Art:culo 30., ORGANISMO LEGISLATIVO segunda linea léase: "y", después de la palabra"Sección" MINISTERIO DE RELACIONES DECRETO NUMERO 7-77 En el Articulo 90.. inciso e), tercera columna, sexta I'nea, léase: "Mínima", después de la paEXTERIORES ORGANISMO EJECUTIVO labra "Estatura". Ratificase el Convenio entre el Gobierno de GuaMINISTERIO DE RELACIONES temala y el Gobierno Federal de Austria, sobre la Supresión del Requ'sito de Visas, firmado eu EXTERIORES ORGANISMO LEGISLATIVO esta ciudad, el 4 de mayo de 1976, Ratificase el convenio. entre el Gobierno de Gua KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA. temala y el Gobierno Federal de Austria, sobre DECRETO NUMERO 7-77 Presidente de la República de Guatemala,
la Supresión del Requisito de Visas, firmado en esta ciudad, el 4 de mayo de 1976. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, POR CUANTO: MINISTERIO DE LA DEFENSA CONSIDERANDO: El Honorable Congreso de la República, en DeNACIONAL creto Número 7-77 emitido el 10 de marzo de 1977, Que con fecha 4 de mayo de 1976. el Gobierno ha dado su aprobación al Convenio entre el GobierConfiérese el Despach de Subteniente de Reserva de la República de Guatemala y el Goblerno Feno de Guatemala y el Gobierno Federal de Austria, en cl'Arma de Infanteria a los Caballeros Alumderal de Austria, suscribieron el Convenio sobre sobre la Supresión del Requisito de Visas, firmado nos que se mencionan, egresados de los Institula Supresión de Visas para el ingreso y salida deen esta ciudad el 4 de mayo de 1976, tos "Adolfo Vi Hall's Central y del Sur. sus respectivos territorios de las personas que viajen con pasaporte extendido por las autoridaPOR TANTO: MINISTERIO DE ECONOMIA des correspondientes de dichos paises; En uso de las facultades que me confiere la Derógase el Acucrdo Gubernative del 2 de agosto CONSIDERANDO: Constitución de la República, ratifico el Convenio de 1960 emitido a través de los Ministerios de entre el Gobierno de Guatemala y el Gobierno FeEconomia y de Relaciones Exteriores. que enuQue del estudio sobre el contenido del Convenioderal de Austria, sobre la Supresión del Requisito
mera los productos que procedentes de Belice. se llegó a la conclusión que en sus normas no con-de Visas, firmado en esta ciudad el.4 de mayo de pueden ingresar libres de derechos contempladostiene disposiciones que contravengan la Constitu-1976, y mando que se publique para que se tengaen e! Acuerdo que se menciona. ción, ni leyes vigentes en nuestro país; como ley de la República. MINISTERIO DE FINANZAS CONSIDERANDO: En fe de lo cual firmo el presente Instrumento de Ratificación, autorizado con el Sello Mayor de PUBLICAS Que sobre el Convenio se obtuvo opinión favora-la República y refrendado por el Viceministro de ble del Consejo de Estado y de los organismosRelaciones Exteriores. Encargado del Despacho. en Concédese la exoneración que se indica a favor competentes en nuestro país, siendo procedentela ciudad de Guatemala, a los veintitrés dias del del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social su aprobación dadas las ventajas que representames de marzo de mil novecientos setenta y siete. (IGSS). rá el mismo,
MINISTERÍO DE EDUCACION KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA.POR TANTO.
Autorizase el funcionamiento del Instituto ParticuEn USO de las facultades que determinan los inEI Viceministro de Relaciones Exteriores, lar Mixto Nocturno "Justo Rufino Barrics", ubicisos lo. y 14 del articulo 170 de la Constitución Encargado del Despacho. endo en esta ciudad. de la República, ALFREDO OBIOLS GOMEZ,
PUBLICACIONES VARIAS DECRETA: CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE
GUATEMALA Y EL GOBIERNO FEDERAL DE INSTITUTO GUATEMALTECO DE TURISMO Artículo 10. Sc aprueba el Convenio sobre la AUSTRIA SOBRE LA SUPRESION DEL Supresión de Visas, suscrito en esta ciudad entre REQUISITO DE VISACION ACUERDO No. 071 el Gobierno de la República de Guatemala y el ANUNCIOS VARIOS Gobierno Federal de Austria, con fecha 4 de mayo ARTICULO 10. de 1976. Matrimonios Lineas de transporte - Solicitud Artículo 20.-EI presente Decreto entrará en vi- -Los nacionales de Guatemala que posean (11) par de autorización de sociedad. Constituciones de gor a los ocho dias de su publicación en el Diariosaporte guatemalteco diplomático, oficial u ordiOficial. nario vigente, podrán ingresar al territorio de la sociedad - Modificaciones de sociedad. Disolución de sociedad. Patentes de invencion. Pase al Organismo Ejecutivo para lo que pro-República de Austria sin que requireran para ello Registros de marca. Titulos supletorios. ceda. visación alguna, Edictos. --- Licitación. Remates. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo. ARTICULO 20. Medio Circulante Comparativo al 31 de marzo de en la ciudad de Guatemala, a los diez días del 1976 y 1977. mes de marzo de mil novecientos setenta y siete, Los nacionales de Austria que posean un pasaArquitectos Asociados, S. A., Balance General al porte austriaco diplomático, oficial u ordinario vi31 de diclembre de 1974. LUIS ALFONSO LOPEZ, gente podrán ingresar al territorio de la Repúbli-Presidente. Ingenio Magdalena, S. A., Balance General al 30 ca de Guatemala por los puestos de ingress ofide sept/embre de 1975. RAFAEL TELLEZ GARCIA, claimente habilitades at efecto, y salir de dicho Ingenio Magdalena S. A., Balance General al 30 territorio, sin cumplir con el requisito de obtenerSecretario. de septlembre de 1976. las visas de ingreso y salida respectivas. Pan American Life Insurance Company Sucursal GRACE H. ZIRION.de Guatemala, Balance General Condensado al Secretaria. ARTICULO 30. 31 de diciembre de 1974. Destilería Industrial Guatemaltaca. S. A., Ba'ance Palacio Nacional: Guatemala, veintitrés de mar- (1) Las Personas que posean un pasaporte guazGeneral al 31 de marze de 1973. 20 de mil novecientos setenta y siete. temalteco 0 austriaço ordinario vigente podrán permanecor en el territorio del otro Estado ContratanRatifiquese, publiquese y cúmplase. te sin visación por un periodo de tres meses, slemFE DE ERRATAS pre que durante su permanencia no se dediquen a KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA, actividades remuneradas. Para el ejercicio de una actividad remunerada, asi como para una permaEl Viceministro de Relaciones Exteriores, nencia de más de tres moses de duración en el leAI Reglamento de in Sección de Seguridad e Encargado del Despacho, rritorio del otro Estado Contratante deberá obteInvestigacione: Especiates del Crédito Hipotecario ALFREDO OBIOLS GOMEZ. nerse la visación correspondiente.