🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 7-1986

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 7-1986
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Penal
Año
1986

2308 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Enero 10 de 1986 NUMERO 91

DECRETO LEY NUMERO 7-86 cometido delitos políticos y comunes conexos, duCONSIDERANDO: rante el período comprendido del 23 de marzo EL JEFE DE ESTADO de 1982 al 14 de enero de 1986. De consiguiente, Que fueron suscritos ante el Escribano de Gono podrá entablarse ni seguire acción penal de bierno, dos Contratos. entre la Empresa GuatemalCONSIDERANDO: ninguna especie contra autores complices de teca de Telecomunicaciones (GUATEL) y las tales delitos, ni contra quienes hubieren comeempresas Ericsson de Guatemala, Sociedad AnoQue es conveniente y necesario dictar la dispotido el delito de encubrimiento en relación con nima e Italtel Societa' Italiana Telecomunicazionl sición legal pertinente orientada a eximir del pago los referidos hechos: ni contra quienes hayan inSPA. en Escrituras Públicas N° 1 y N° 11 del 11 de del Impuesto de Papel Sellado y Timbres Fiscales tervenido en cualquier forma en su represión o enero de 1985 y 23 de enero de 1985, respectivasobre el valor a que asciende el contrato de conspersecución. mente. para el suministro de bienes y servicios trucción del complejo habitacional Nimajuyú, cenecesarios en la ejecución del proyecto:

lebrado entre las empresas "Solel Boneh InterArtículo 29-Esta Ley será aplicable asimismo, national Limited y Ascalco, Sociedad Anónima", las personas que se encuentren sujetas a proceso CONSIDERANDO: con el Banco Nacional de la Vivienda, toda vez penal ante los tribunales del orden común, siem-que dicha exoneración se traduce en menor costo pre que no se hubiese dictado sentencia condeQue para financiar los Contratos de Suminisdel proyecto mencionado, concebido como una SOnatoria o bien que el fallo no se encuentre firme. tro citados en el considerando anterior, se suslución parcial al problema habitacional del país;En tales supuestos, los referidos tribunales diccribieron, ad referendum, dos Convenciones Fitarán el auto de sobreseimiento definitivo, de ofi-nancieras: una, entre el Gobierno de la República CONSIDERANDO: cio o a solicitud de parte interesada. de Guatemala y el Instituto Centrale per II Credito a Medio Termine de Italia, por US$14.650,000.00, Que es deber del Estado velar por la mejora en Artículo 3º-Quedan derogados los Decretos el 20 de diciembre de 1985; y otra por US$12.000,- el nivel de vida de sus ciudadanos, siendo el pro-Leyes números 89-83 y 18-85, de fechas 11 de 000.00, el 23 de diciembre de 1985; un Contrato de yecto habitacional Nimajuyú de gran interés social Préstamo entre la Empresa Guatemalteca de Teal otorgar vivienda a un considerable número de agosto de 1983 y 11 de marzo de 1985, respecti-lecomunicaciones (GUATEL) y el Chase Man-vamente.

familias a un precio al alcance de la población de hattan Bank, N.A./Londres. por US$12.000,000.00, recursos económicos limitados. el 3 de octubre de 1985 y un Contrato de Prés-Artículo 49-E2 presente Decreto Ley entra en tamo entre la Empresa Guatemalteca de TelePOR TANTO: vigor el día 14 de enero de 1986 y deberá publi-comunicaciones (GUATEL). y e: Banco di Romacarse en el Diario Oficial International, por US$14.636,555.00 el 30 de sepEn el ejercicio de las facultades que le confieren tiembre de 1985; los artículos 40 y 26, numeral 6) del Estatuto FunDado en el Palacio Nacional: En la ciudad de damental de Gobierno, modificado por los DecretosGuatemala, a los diez días del mes de enero de CONSIDERANDO: Leyes números 36-82 y 87-83, mil novecientos ochents y seis. Que la Secretaría General del Consejo Nacional DECRETA: Publiquese y cúmplase, de Planificación Económica y la Junta Monetaria, consultadas oportunamente de conformidad con Artículo 19-Se exonera del pago del Impuesto la ley, han expresado opinión favorable sobre elGeneral de Division de Papel Sellado y Timbres Fiscales a las empreProyecto y los préstamos contratados, por lo cualOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES

sas "Solel Boneh International Limited y Escalco, es procedente decretar la respectiva aprobación.Jefe de Estado y Sociedad Anónima", sobre el valor a que asciende Ministro de la Defensa Nacionalel contrato suscrito con el Banco Nacional de la POR TANTO: Vivienda, para la construción del complejo habiSecretario General de la En el ejercicio de las facultades que le confieretacional Nimajuyú, contenido en la Escritura Pú- Jefatura de Estado el Artículo 4° del Estatuto Fundamental de Goblica número un mil doscientos cincuenta y siete (1257), autorizada por el Escribano de Gobierno MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ bierno. modificado por los Decretos Leyes nú-meros 36-82 y 87-83; el 31 de diciembre de 1980. E1 Ministro de Gobernación Artículo 2°-E1 Ministerio de Finanzas Públicas, CARLOS GUZMAN ESTRADA DECRETA a través de la Dirección General de Rentas InterArtículo 19-Se aprueba: a) La Convención Finas, deberá efectuar los trámites pertinentes paraLa Ministro de Educación nanciera suscrita, ad referendum, el 20 de diciemla aplicación de la presente disposición legal.ARACELY J. SAMAYOA DE PINEDA bre de 1985, entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Instituto Centrale per il Credito Artículo 39-E] presente Decreto-Ley entra en El Ministro de Agricultura, a Medio Termine (Medio Credito Centrale). en vigor el día siguiente de su publicación en el DiaGanaderia y Alimentación las siguientes condiciones: i) Monto: Catorce mirio Oficial. JUAN HUMBERTO MANCUR DONIS llones seiscientos cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América (US$14.650,000.00); ii) Dado en el Palacio Nacional: En la ciudad de El Ministro de Economia Plazo: 15 años. incluyenlo 2 años de gracia; iii) Guatemala. a los nueve días del mes de enero deREINALDO DANIEL ARRIOLA G. Interés: 2.5% anual: iv) Amortizaciones: 26 cuotas mil novecientos ochents y seis. semestrales y consecutivas; b) La Convención FiMinistro de Salud Pública nanciera suscrita, ad referendum el 23 de diPublíquese y cúmplase, y Asistencia Social ciembre de 1985. entre el Gobierno de la Repú-

J. RAMIRO RIVERA ALVAREZ blica de Guatemala y el Instituto Centrale per il General de División Credito a Medio Termine (Medio Credito CenOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES Ministro de Comunicaciones, Transporte trale), en las siguientes condiciones: i) Monto: Doce millones de dólares de los Estados Unidos dey Obras Públicas Subsecretario General de la LUIS HUGO SOLARES AGUILAR América (US$12.000.000.00): ii) Plazo: 15 años, inJefatura de Estado, cluyendo 2 años de gracia: iii) Interés: 2.5% anual; Encargado del Despacho, iv) Amortizaciones: 26 cuotas semestrales y con-EI Ministro de Finanzas secutivas; c) El Convenio de Préstamo suscrito

RODERICO MARTINEZ ALDANA. ARIEL RIVERA IRIAS ad referendum el 3 de octubre de 1985, entre la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones Ministro de Finanzas Ministro de Trabajo , (GUATEL) y el Chase Manhattan Bank N.A./ Previsión Social ARIEL RIVERA IRIAS Londres, en las siguientes condiciones: i) Monto: CARLOS PADILLA NATARENO doce millones de dólares de los Estados Unidos de 508634-10-Enero América (US$12.000.000.00); ii) Plazo: 11 años, El Ministro de Energia y Minas incluyendo 3 años de gracia: iii) Interés: 11.2%

S. ALEJANDRO CONTRERAS BONILLA anual: iv) Amortizaciones: 16 cuotas semestrales y consecutivas: v) Tasa de Seguro de SACE: PorEl Ministro de Relaciones Exteriores centaje a determinar al momento de entrar en DECRETO LEY NUMERO 8-86 FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN vigencia el Convenio: d) El Convenio de Préstamo suscrito, ad referendum, el 30 de septiembre de 1985, entre la Empresa Guatemalteca de TelecoEL JEFE DE ESTADO municaciones (GUATEL) y el Banco di Roma International, en las siguientes condiciones: i) MonCONSIDERANDO: "DECRETO LEY NUMERO 9-86 to: Catorce millones seiscientos treinta y seis mil quinientos cincuenta y cinco dólares, de los EsQue es obligación del Estado propiciar las contados Unidos de América (US$14.636,555.00); ii) diciones adecuadas para que se fortalezca la pazEL JEFE DE ESTADO Plazo: 11.5 años incluyendo 3.5 años de gracia: y. la concordia entre los habitantes del país y, en iii) Interés: 11.2% anual; iv) Amortizaciones: 16 ese sentido, es conveniente conceder amnistía geCONSIDERANDO: cuotas semestrales y consecutivas: v) Tasa de Seneral por delitos políticos y comunes conexos guro de SACE: Porcentaje a determinar al moacaecidos durante el período comprendido del 23Que el Proyecto "Sistema Nacional de Telecomento de entrar en vigencia el Convenio. de marzo de 1982 al 14 de enero de 1986, fechamunicaciones", incluido en la Primera Etapa del en la que se instaurará un nuevo gobierno cons-Plan Maestro de Telecomunicaciones, se enmarca Artículo 29th recursos provenientes de las COS Convenciones Financieras suscritas entre el titucional, dictándose con el propósito referidodentro de la política sectorial del Gobierno de la República, contribuyendo a la reactivación ecoGobierno de la República de Guatemals y Medio con anterioridad la presente disposición legal Credito Centrale, serán transferidos en su totanómica lel país, al hacer más eficientes las ope-lidad, a la Empresa Guatemalteca de Telecomuni-raciones productivas mediante el uso de las COPOR TANTO: municaciones satisfaciendo asimismo, las Dececaciones (GUATEL). mediante un Convenio que

deberá suscribirse entre dicha Empresa y el Go-sidades de servicio de los usuarios; En el ejercicio de las facultades que le confiebierno de la República en las mismas condiciones que las establecidas en las citadas Convenciones, ren los artículos 49 y 26 inciso 13) del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los CONSIDERANDO: y serán utilizadas por (GUATEL) al igual que los provenientes de los otros dos Convenios de PrésDecretos Leyes números 36-82 y 87-83, Que los objetivos principales del referido Protamo exclusivamente para financiar parcialmente yecto son elevar el nivel de servicios de telecola ejecución del Proyecto Sistema Nacional de TeEn Consejo de Ministros, municaciones con prioridad el de telefonos de tipolecomunicaciones DECRETA: colectivo y los de servicio a los sectores producArtículo 39-Las amortizaciones de capital intivos; intensificar la incorporacion de nuevas tesas de regire demás gastos derivador Artículo 19-Se concede amnistia general acalidades al sistema telefonico automático y metanto de las Convenciones Financieras como de In jurar significativamente la d. los servicion Convenies de Préstamo serán pagados por " toda persona responsable 0 sindicada de haberactuales: presa Guatemalteca de Telecomunicaciones (GUA-

Consultar sobre este documento ...