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Decreto 7-1998

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 7-1998
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Ambiental
Año
1998

NUMERO 52 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Marzo 4 de 1998 1433

DESTINO: Financiar parcialmente el Programa Global de Crédito para DECRETO NUMERO 7-98la Micro Empresa y la Pequeña Empresa.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAPLAZO: Hasta cuarenta (40) años, incluyendo hasta diez (10) años de gracia. CONSIDERANDO: PERIODO DE Que el Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados aDESEMBOLSO: Cuatro (4) años, a partir de la fecha de vigencia del contratopropiciar todas aquellas acciones que tiendan a un desarrollo integral, además, lade préstamo. Constitución Política de la República establece en su artículo 64 que "se declara de interés TASA DE INTERES: nacional la conservación. protección y mejoramiento del patrimonio natural de la Nación.Uno por ciento (1%) anual en los primeros diez años y dos El Estado fomentará la creación de parques nacionales, reservas y refugios naturales, lospor ciento (2%) anual en lo sucesivo. cuales son inalienables." AMORTIZACION: Mediante sesenta (60) cuotas semestrales, consecutivas y.en CONSIDERANDO: lo posible iguales, la primera de las cuales será pagadera transcurridos diez y medio (10 y 1/2) años de la fecha de Que el Conscjo Nacional de Areas Protegidas CONAP-, aprobó el estudio técnico del área suscripción del contrato de préstamo. protegida en su condición de Area de Usos Múltiples a la Laguna y Volcan de Ipala, como, to preceptúa el Decreto Número 4-89. Ley de Areàs Protegidas, reformado por el DecretoCOMISION DE

CREDITO: Numero 110-96 ambos del Congreso de la Republica, por lo que es procedente aprobar porMedio por ciento (1/2%) anual sobre el saldo no desembolsado, que empezará a devengarse a los doce (12) el Organismo Legislativo como Arca Protegida de conformidad con las normas vigentes. meses contados a partir de la fecha de la resolución del CONSIDERANDO: Directorio del Banco que aprobó el financiamiento.

COMISION DE Que en la Laguna de Ipala y los airededores del Volcán en donde se localiza, convergen una INSPECCION Y gama de actividades productivas de indole agropecuaria, pero que a la vez existe un enorme VIGILANCIA: Cien mil dólares de los Estados Unidos de América potencial de su racional explotación como parque nacional y reserva de especies tanto de fauna como de flora, asi como del fomento a las actividades de contemplación de la vida(US$100,000.00) desembolsados en cuotas trimestrales y en lo posible iguales. silvestre por parte de estudiosos y de personas cn general tanto nacionales como extranjeras. ARTICULO 2. Cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de POR TANTO: Préstamo. Las amortizaciones del capital, pago de intereses y demás gastos derivados del presente empréstito estarán a cargo del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio deEn ejercicio de las atribuciones que Ic confieren los artículos 64, 97 y 171 literal a) de laFinanzas Públicas, para lo cual deberá prever las asignaciones presupuestarias Constitución Política de la República de Guatemala.

correspondientes en cada ejercicio fiscal, hasta la total cancelación de la deuda.

DECRETA: ARTICULO 3. Constitución del Fideicomiso. Para la ejecución parcial del "Programa Global de Crédito para la Micro Empresa y la Pequena Empresa", se faculta alLa siguiente: Organismo Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Finanzas Públicas, constituya en el Banco de Guatemala, el Contrato de Fideicomiso que viabilice la adecuada y transparenteLEY DE CREACION DEL AREA PROTEGIDA DEL VOLCAN Y LAGUNA DE rejecución del referido programa. Para el efecto, deberá comparecer con el representante del IPALA Banco de Guatemala, ante cl Escribano de Gobierno, a suscribir la escritura pública correspondiente. El monto de dicho fidcicomiso será de cincuenta y dos millones cientoARTICULO 1. Declaratoria. Se declara Area Protegida como Area de Uso sesenta y sicte mil quetzales (Q.52,167,000.00) y su plazo de duración será de veinte (20)Múltiple al Volcán y Laguna de Ipalá, ubicada en los Departamentos de Chiquimula y años. Dicho monto podrá incrementarse, quedando facultado el Organismo Ejecutivo a Jutiapa, con una extension aproximada de dos mil doce punto cinco hectáreas (2,012.5 través del Ministerio de Finanzas Públicas, para la suscripcion de las escrituras públicashas.), según plano cartográfico, que se extiende entre Ipala, Julumichapa. El Amatillo, El modificatorias correspondientes. Chaguitón, San Lorenzo y San Isidro.

ARTICULO 4 EI presente decreto entrará cn vigencia et día de su publicacion en cl ARTICULO 2. Categoria de manejo y delimitación. El Area Protegida Volcan de diario oficial. Ipala y su Laguna, será manejada bajo la categoria de Area de Uso Multiple, siendo sus coordenadas que la delimitan las siguientes: LATITUD LONGITUD PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y PUBLICACION Punto No. I (de inicio). buscando la bifurcación del camino cn la zona Sur hacia DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA la coordenada del punto número 2: % 14° 31'21" 89" 38' 15" CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE Punto No. 2 en el entronque con cl caminoMIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCIIO. que desde Julimachapa va a el Paxte: 14" 31' 89° 37' 02" Punto No. 3 14" 89" 37' 01" Punto No. 4 14° 34' 03" 89" 37' 10"

RAFAEL PER EDUARDO BARRIOS FLORES

Punto No. 5 14° 34' 08" 89" 37' 16" Punto No. 6 14° 34' 13" 89° 37' 25" Punto No. 7 14°.34' 19" 89° 37' 24" Punto No. 8 14° 34' 18" 89° 37' 29"

PRESIDENTE Punto No. 9 14" 34' 23" 89° 37' 33" Punto No. 10 14° 34' 30" 89° 37' 51" Punto No. 11 14° 34' 26" 89° 37' 53" Punto No. 12 14° 34' 35" 89° 38' 12" Punto No. 13 14" 34' 37" 89° 38' 28" RUBEN DARIO MORALES VELIZ Dr LA OR RAMIREZ HERNANDEZ Punto No. 14 14° 34' 37" 89° 38' 47" SECRETARIO SECRETARIO Punto No. 15 14" 34' 27" 89° 38' 57" Punto No. 16 14° 34' 23" 89° 39' 13" Punto No. 17 14° 34' 15" 89" 39' 20" Punto número 18 pasa por la curva de nivel de 1,100 metros, uniendose con la quebrada:14" 34' 00" 89° 39' 10" Guarer $ Punto numero 19, se ubica cn la quebrada que está en la proximidad de Chiguitón, zona Oeste: 14" 33' 53" 89° 39' 08" ALACIO NACIONAL: Guatemala, veinticinco de febrèro de mil novecientos noventa y ochoDel punto 19 se sigue quebrada abajo, hasta PUBLIQUESE Y CUMPLASE llegar al punto numero 20, zona Sur de

Chaparroncito: 14° 33' 52" 89° 39' 24" Punto No. 21 14° 33' 44" 89°39'26" Punto No. 22 14° 33' 26" 89° 39' 40" Punto No. 23 14° 33' 19" 89°39'39" Punto No. 24 14° 33' 15" 89° 39' 43"DE Punto No. 25 14° 33' 08" 89° 39' 39" REPUBLICA Punto No. 26 14" 33' 01" 89°39'32" Punto No. 27 14° 33' 00" 89° 39' 38" Punto No. 28 14° 32' 49" 89°39'39" ARZU IRIGOTEN Punto No. 29 14° 32' 43" 89° 39' 33" Punto No. 30 14° 32' 44" 89° 39' 36" Punto No. 31 14° 32' 41" 89°39'36" Punto No. 32 14° 32' 39" 89° 39' 33" Punto No. 33 14° 32' 23" 89°39'34" Punto No. 34 14' 32' 22" 89° 39' 23" Punto No. 35 14° 31' 57" 89° 39' 19"

Punto No. 36 14° 31' 53" 89° 39' 13" Punto No. 37 14° 31' 53" 89° 39' 10" Punto No. 38 14" 31' 49" 89° 39' 10" Punto No. 39 14" 31' 50" 89° 39' 02" Punto No. 40 14° 31' 47" 89° 39' 02" 1es Signature STRUICE Punto No. 41 14° 31' 46" 89° 39' 06" MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS Punto No. 42 14° 31' 41" 89°39'04"1434 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Marzo 4 de 1998 NUMERO 52 Punto No. 43 14° 31' 40" 89° 38' 02" ARTICULO 6. Administracion. La Administracion del Area Protegida, Area de Punto No. 44 14° 31' 33" 89° 38' 02" Uso Múltiple Volcán de Ipala y su Laguna, estará a cargo del Consejo Nacional de Areas Punto No. 45 14° 31' 28" 89° 38' 58" Protegidas -CONAP-, de conformidad con la Ley de Areas Protegidas, y su Secretaria Punto No. 46 14" 89° 38' 54" Ejecutiva podrá delegarla en quien considere conveniente, como instancia ejecutiva que

Panto No. 47 14° 31' 17" 89° 38' 49" gestione cooperación, desarrolle proyectds en el área indicada. Punto No. 48 4° 31' 20" 89° 38' 43" Punto No. 49 14° 31' 24" 89° 38' 43" Para lograr los objetivos de la presente ley y los contenidos en la Ley de Areas Protegidas, Punto No. 50 14°31'27" 89° 38' 35" los planes de trabajo del ente administrador deberán ser autorizados, supervisados y Punto No. 51 14° 31' 24" 89° 38' 28" evaluados por un Consejo Asesor integrado bor los siguientes miembros: Punto No. 52 14 31'26" 38' a) Un representante del Consejo Nacional de Areas Protegidas, quien to presidirá; Del punto No. 52 se caminan 200 metros b) Los Alcaides Municipales de Ipala y Agua Blanca; y, aproximadamente, hasta encontrar la c) Los Gobernadores Departamentales de Chiquimula y Jutiapa 0 sus representantes. bifurcación desde el punto numero 1, de inicio para cerrar el perimetro con la Este Consejo deberá quedar integrado dentro de los treinta dias siguientes a partir de la coordenada siguiente: 14 31'21" 89" 15". vigencia de la presente ley, cuya convocatoria estará a cargo de la Secretaria Ejecutiva del CONAP, y tendrá las siguientes atribuciones: ARTICULO 3. Objetivos. EI Area Protegida, Area de Uso Multiple, Volcan de Conocer, discutir y autorizar el manejo del Area de Uso Multiple Volcan de Ipala y

Ipala y su Laguna, tiene como objetivos principales los siguientes: su Laguna, siendo la instancia de coordinación local del Area Protegida. ARTICULO 7. Supervisión. La Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Areasa) Conservar los rasgos naturales, tanto en las comunidades bióticas como en las especies silvestres. con énfasis en su uso para fines educativos yProtegidas -CONAP-, realizará evaluaciones quinquenales de la labor desarrollada por el ente administrador del Area de Uso Múltiple Volcán de Ipala y su Laguna, teniendo larecreativos; facultad de revocar la delegación de la administración, si posterior a dos evaluaciones, estas b) Preservar el atractive natural para la recreación pública al aire libre;resultaron negativas a juicio del CONAP. c) Evitar la vulnerabilidad de la Laguna y fomentar la actividad forestal en lasARTICULO 8. Financiamiento. El presupuesto para el manejo del Area de Usoinmediaciones del crater del Volcan; Múltiple Volcan de Ipala y su Laguna, se integra de la siguiente manera: d) Minimizar el impacto en el recurso hídrico; e) Promover el acceso del transporte público, siempre y cuando se tengaa) Asignaciones ordinarias y extraordinarias del Estado; control y registro de los vehiculos que ingresan al Area de Uso Multiple;b) Programas que puedan ser financiados por el Fondo Guatemalteco del Medio f) Velar por el mantenimiento de los caminos y senderos; Ambiente; g) Prevenir la degradación de los recursos naturales; y, c) Donaciones, aportes y legados de personas individuales juridicas, nacionales 0

extranjeras, publicas y privadas, mismas que podrán ser en efectivo 0 en especie;h) Fomentar el uso de factores naturales autoreguladores. d) El producto financiero de las actividades organizadas por la administración del Area de Uso Multiple Volcan de Ipala y su Laguna; ARTICULO 4. Zonificación. El Arca Protegida, Area de Uso Multiple Volcan de c) Las asignaciones que para cl efecto destinen las municipalidades de Ipala y AguaIpala y su Laguna, se zonificará de la siguiente manera: Blanca.

Zone Intangible: Comprende el cráter del Volcan de Ipala, su Laguna, el bosque existente en cl cráter del Volcan y el bosque remanente actualmente presente. ARTICULO Prevención. Para asegurar la conservación y protección debida del Area de Uso Múltiple Volcan de Ipala y su Laguna, la administración del mismo queda En esta zona sólo se permitirá: facultada para aplicar las medidas previstas y proceder de acuerdo con la legislación vigente y las normas aplicables. asi como el Plan Maestro, a fin de evitar el funcionamiento y uso 1 El acceso libre, con fines de recreación a la Laguna por parte de los pobladores dede los recursos que tiendan a su disminución 0 menoscabo 0 que amenacen la integridad de los municipios de Ipala y Agua Blanca, Departamentos de Chiquimula y Jutiapa,los recursos del área protegida. así como las que puedan provocar una alteración de las respectivamente. condiciones ecológicas c hidricas prevalecientes al momento de la vigencia de la presente

2. La extracción de agua de la Laguna en forma temporal, para suministrar agua a lasley. comunidades que actualmente utilizan este recurso, en tanto no se resuelva elARTICULO 10. Respeto a la propiedad privada. Se respeta el. derecho a la problema de dotacion de agua para dichas comunidades Los Alcaldes Municipalespropiedad privada establecido en la Constitución Politica de la República, previade Ipala. Chiquimula, de Agua Blanca, Jutiapa, están obligados a resolver elverificación del origen de dicha propiedad, en armonia con los objetivos de la presente ley. suministro de agua. por otra fuente diferente a la Laguna de Ipala, cn el menor tiempo posible. el cual no deberá exceder de dos años, contados a partir de laARTICULO 11. El presente decreto entrará en vigencia ocho dias despues de su vigencia del Plan Macstro de la presente ley. publicación en cl diario oficial.

3. El acceso de los vecinos de los muhicipios de Ipala, Chiquimula, y de Agua Blanca,PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, Jutiapa que actualmente utilizan la Laguna para proveer de agua a sus animales, cn tanto no exista una solución al problema de suministro de agua cn las aldeas de:PROMULGACION Y PUBLICACION.

Amatillo, Chaparroncito, Monte Rico y la Parada. DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA

4. Una vez resuelto el suministro de agua, en forma permanente, la Laguna ya no seráCIUDAD DE GUATEMALA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE

utilizada como abrevadero. MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

5. La visitación turística de bajo impacto al árca de la Laguna.

6. La construcción de un centro de visitantes c interpretación ambiental, en el acceso actual al cráter del Volcan.

7. Investigación. RAFAELEDUARDO BARRIOS FLORES PRESIDENTE Zons de Recuperación: Esta zona comprende desde la parte externa del crater del Volcan y a partir del limite inferior del bosque natural actualmente existente, hasta aproximadamente la mitad del cono Volcánico.

En esta zona se permite y estimula:

RUBEN DARIO-MORALES VELIZ

1. Arboles nativos del área. or LVISTOR RAMIREZ HERNANDEZSECRETARIO 2. de frutos, leña 0 madera. CONGRESO SECRETARIO La reforestación con árboles de doble propósito: cobertura y de produccion ya sea

3. Siembra de árboles frutales con fines productivos.

4. Siembra de productos agricolas bajo sombra de los bosques plantados.

5. EI desarrollo de albergues ecológicos, en armonia con la naturaleza, para el turista, asi como tiendas y comedores, en armonia con la naturaleza para proporcionar satisfactores básicos a los turistas. PALACIO NACTONAL: Guatemala, veinticinco de febrero de mil novecientos noventa y ocho Zona de Use Extensivo: PUBLIQUESE Y CUMPLASE Esta zona comprende desde aproximadamente la mitad del cono Volcánico hasta la base del 130LA mismo.

En esta zona es permitido:

1. El uso tradicional del suclo. pero deben desarrollarse practicas agropecuarias bajo los conceptos de desarrollo sostenible. Debe provecrse asistencia técnica para que los campesinos adopten prácticas de producción compatibles con el ambiente. ARZU IRIGOYEN

SUITEME

2. La siembra de bosques productivos con diversos fines. El desarrollo de actividades 1 e infraestructura para alención al turismo.

3. La delimitación de las zonas indicadas en el presente articulo, estarán precisadas en el Plan Maestro respective. DE ARTICULO 5. Regulaciones. El Area Protegida, Area de Uso Múltiple Volcán deRodollo A. Mendozs Rosales Ipais y su Laguna, se regirá por lo establecido en la presente ley, la Ley de Areas ProtegidasMinistro de Gubernacion Cy sus reglamentos, así como la legislacion vigente relativa a la materia que le sea aplicable.

Las regulaciones técnicas y operativas deben estar reguladas por su Plan Maestro, el cual será aprobado por el Consejo Nacional de Areas Protegidas.

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