Decreto 7-2009-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 7-2009-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2009
---------------. funbabo tn 1880 ÓRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A. ~lilitll~ it>' ae febrero de 2009 No 29 Tomo COL.XXXVI Directora General: Ana María Rodas W°llll.Ch~EI .amlJ.g:I Sumario
ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA DECRETO NÚMERO 7 "2009
ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Acuérdase desmembrar a favor del Estado de Guatemala una fracción de terreno, ubicada en Línea B-4, Sector Sis, La Máquina, municipio de Cuyotenango, departamento de Suchitepéquez.
PUBLICACIONES VARIAS
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Acuérdase reconocer la personalidad jurídica del SINDICATO
GENERAL DE EMPLEADOS DE LA DIVISIÓN DE INSPECCIÓN
PATRONAL DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD
SOCIAL, "SIGEDllGSS".
Acuérdase reconocer la personalidad jurídica del .SINDICATO
DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS CAMPESINOS INDEPENDIENTES (LIGA CAMPESINA) MAYA K' ANJOBAL DE LA ALDEA POJOM 1, DEL MUNICIPIO DE LA VILLA DE
BARILLAS, DEL DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, "SINDICATO PAJOM 1".
MUNICIPALIDAD DE
LA ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ Acuérdase emitir lo siguiente ADICIONAR Y RECTIFICAR
EL REGLAMENTO PARA LA REGULACIÓN DEL
MUNICIPALIDAD DE
LA ANTIGUA GUATEMALA, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ Acuérdase emitir lo siguiente ADICIONAR Y RECTIFICAR
EL REGLAMENTO PARA LA REGULACIÓN DEL
ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS EN' LA VÍA PÚBLICA
DENTRO DEL PERÍMETRO URBANO COLONIAL Y ÁREAS
CIRCUNDANTES DEL MUNICIPIO DE LA ANTIGUA
GUATEMALA.
MUNICIPALIDAD DE ESQUIPULAS
ACTA NÚMERO 04-2009 PUNTO TERCERO ANUNCIOS VARIOS Matrimonios • Líneas de Transporte • Constitucion~s de Sociedad •Modificaciones de Sociedad • Disolución de Sociedad • Patentes de Invención • Registro de Marcas • Titulos Supletorios • Edictos • Remates •
ATENCIÓN ANUNCIANTES: IMPRESIÓN SE HACE CONFORME ORIGINAL Toda impresión en la parte legal del Diario de Centro América, se hace respetando el original. Por lo anterior, esta administración ruega al público tomar nota.
ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 7-2009
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con el 'oecreto Número 72-2008, et Congreso de la República de Guatemala, en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 171 literal b) de ta Constitución Polltica de la República de Guatemala, aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2009, con el objeto de que cadá institución y Organismo del Estado cumpla con sus funciones y fines. '
Constitución Polltica de la República de Guatemala, aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2009, con el objeto de que cadá institución y Organismo del Estado cumpla con sus funciones y fines. ' CONSIDERANDO: Que no obstante, las estipulaciones contenidas en el citado Decreto tienen como .finalidad transparentar la ejecución presupuestaria durante el ejercicio fiscal correspondiente, loa articulos 60, 65, 66 y 72 del mencionado Decreto no son congruentes con lo establecido en·e1articulo32 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, · Ley Orgénica del Presupuesto y el articulo 3 del Decreto Número 72-2008, que establece que las disposiciones contenidas en la misma son complementarias a la Ley Orgánica del Presupuesto y no superiores a ella, por lo que es procedente emitir la disposición legal que subsane la contradicción entre ambas normas.
CONSIDERANDO: Que la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2009, Decreto Número 72-2008 del Congreso de la República, contiene errores~· tos artículos 13 y 47 que remiten equivocadamente a otros artfculos del mismo Decreto.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 171 literales a), b) e i) de la Constitución Politica de la República de Guatemala,
DECRETA:
Las síguiéntes:
REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 72-2008 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
DE GUATEMALA, LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS
DEL ESTADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009
REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 72-2008 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
DE GUATEMALA, LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS
DEL ESTADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009
Articulo 1. Se reforma el último párraf9 def articulo 13 del Decreto Número 72-2008 del Congreso de la República, Ley del Presupuesto General de Ingresos y l:gresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2009, el cual queda asi: "los proyectos ejecutados por esta modattdad deberán ser registrad0s en el Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-, conforme lo establecido en el artfculo 58 de este Decreto." Articulo 2. Se reforma la literal b) del artfculo 47 del Decreto Número 72-2008 del Congreso de la República, ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estacx> J~ara el Ejercjcí() Fiscal 2009. el cual queda así: ' . ,. ~ , ,. ' ' ·', ' ' ' . ' ' . ~ . . Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.2 Guatemala, VIERNES 20 de febrero 2009 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMER029 "b) los bonos del tesoro de la Reptlblica de Guatemala, huta por un monto iQu411 al ' de los vencimientos que se produzcan durante el ejeroldo fl8cal dos mil nueve, los cuales se regirán por las disposiciones u.gala que lee fueren apllc;ables, lu que conservarén plena validez y vigencia; aslmlemo, podrM ser respaldados. conforme lo establecido en el inciso g) det articulo 49 de la presente_ ley ...
que conservarén plena validez y vigencia; aslmlemo, podrM ser respaldados. conforme lo establecido en el inciso g) det articulo 49 de la presente_ ley ... Articulo 3. Se reforma el articulo 59 del Decreto Námero 72-2008 del Congnt&O de la Republica, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado Para el Ejercício Fiscal 2009, el cual queda aal: "Articulo 59. Asignaciones eepaclaln. Dentro del Presupuesto de Egresos correspondiente al Ejercicio Fiacat 2009, &e autoriza en el presente Decreto In asignaciones siguientes: '
1. Dentro del Presupuesto de Egresos del Ministerio de Educaeión. se programa el aporte para la entidad siguiente: • a) Fundación de Asistencia de la lgteela cetótioa .efe la Arquidiócesis de Guatemala -CARITAS DE GUATE~. por la oantldad de diez milfone de quetzales.
2. Dentro del Presupue$to de Egreaos del Mlni.terlo de comuniCaciones, Infraestructura y Vivienda, se programan los aportes para las entidades
siguientes: a) Asociación Nacional de Bombero9 Murnctpelee Depat1amentales -ASONBOMD-. la cantidad de cuarenta y mi. millones de Quetzales, de loti cuales se deStlnani ·el cincuenta y clnco por ciento para lnvensi6n y et cuarenta y cinco por cienlo para funclonamlento. b) Comité Promejoramiento CUerpo de Bomberoe Munieipales de Guatemala, la cantidad de doce millones de Quetzales. e) Fundación P~Bíenestar del MinusviWdo -FUNDABIEM-. la cantidad de diez
b) Comité Promejoramiento CUerpo de Bomberoe Munieipales de Guatemala, la cantidad de doce millones de Quetzales. e) Fundación P~Bíenestar del MinusviWdo -FUNDABIEM-. la cantidad de diez millones de Quetzales ...
3. Dentro del Presupuesto de Egresos del Ministerio de Gobemaolón. se progi'ama el aporte para: a) La imptenlentación del Documento. Personal de lderlttficaQ6n -OPI-, cien mihones de Quetzales. los cuales .nn desembol .. doa de manera cuatrimestral.
4. Dentro del Presupuesto de Egre90S del Ministerio de ta Defensa Nacional, se programa el aporte para: a) Modernización y profeslonalización del Ej6rcito y la wnpllación de bMe8 militares en el pals, la cantidad de eiento 'ClncUente millones de Quetzales.
5. Dentro de 18$ Obligaclones del Estado a cargo del Tesoro se nlgna el aporte para: a) El Plan de Prestacionp del Empleado Munleipal, la cantidad de trea rnillonw de Quetzales.
Dentro del ptesupuesto de. egresos asignado a lnatltutoa por Cooperativa de Ensenanza se deatina la cantidad de quince millones de Quetzales para mejorar el salario del personal docente y administrativo." Articulo 4. Se reforma el artículo eo del Decreto Ntimero 72-2008 del Congreso de la Repüblica, el cual queda así: "Articulo 60. Prohiblelón. Las asígnacione. especiales contempladas pata las entidades índicadas en el articulo anterior, no podrán disminuirse ni transferirse para otra finalidad."
Repüblica, el cual queda así: "Articulo 60. Prohiblelón. Las asígnacione. especiales contempladas pata las entidades índicadas en el articulo anterior, no podrán disminuirse ni transferirse para otra finalidad." Articulo 5. Se deroga el articulo 63 del Decreto NIJmero 72-2008 del Congreso .de la Repóblica. Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado .palll el Ejercicio Fiscal 2009. • . - Artk:uto 6. Se reforma el articulo 85 del Decreto Número 72-2008 del Congreso de la Rep(¡blica, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para al Ejercicio Físcal 2009, el cual queda as!: "Artículo 65. Transferencias. Las aslgnacíonee, ~riae para los Consejoa Departamentales de Desarrollo comprendidos en este Decreto, no podrjn por níngun motivo disminuirse o transferirse. Los presidentes de . los Conae¡os Departamentales de Desarrollo deberén req'1r de iNnediato las asig~ establecidas al Ministerio de Finanzas Ptlbllcas y éste tendni la oblígtlción de • asignarlas dentro de los quince di• calendario siguientes a su requerimiento, de conformidad con et avarwe en la ejeeuci6n de los proyectos y con la Ley Organica del Presupuesto." · · Articulo 7. Se reforma el articulo 68 del Oaoreto Nmnero n-2008 del Congreeo de la República, Ley del Presupuesto General de lngraaoe y EQruos del Ellfado . para et Ejercicio Fiscal 2009. el cual queda asl:
República, Ley del Presupuesto General de lngraaoe y EQruos del Ellfado . para et Ejercicio Fiscal 2009. el cual queda asl: "Articulo 66. Reorlentación prqupueatarta. Se faoulta al Organt8mo Ejecutivo .. para que, por conducto del Ministerio de Fn.nza. Pól:Jllcu, tdecb:le la reprogramación de fuentes de financiamiento que Integran el Presupuesto General de tngresos y Egresos del Estado ~ el Ejetdclo Fllcal dos mil nueve, con el propósito que los programas y proyecto• prev!Sto$ ee ejecuten en forma congruente con los ingresos proyectados." Articulo 8. Se reforma el articulo 72 del OeGreto NWnero 72-2008 del Congreeo de la República, Ley del Presupuesto General de Ingresos y E~ del Estado para el Ejercicio Físcal 2009, el cual queda uf: "Articulo 72. Informe de DonacionM. El Or$Janlsmo Ejecutivo, por intermedio de la Secretarla de Planificac:ión y Prognamadón de la PnMlidenda -sEGEPLANy del Ministerio de Finanzas PUblicas, deberá informar al Congreso de la Rep(lbllca Sóbre lae donaciones obtenidas y el destino de las mismas, dentro de los diez din siguientes a su aprobación.". Aftlculo 9. El presente Decreto fue declerado de urgencia naolonal oon el voto fav0rable de más de ... dos tercer-partea del mm.ro total de diputados que Integran al cono de ta RepúbllC!a. aprobado en un aolo debllte y entnln6 en vigencia el die de su publíellci6n en et Diario Oficl ...
de ta RepúbllC!a. aprobado en un aolo debllte y entnln6 en vigencia el die de su publíellci6n en et Diario Oficl ...
. RElllTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU S.ANCION,
PftOMULGACIÓN Y PUBUCACtótl.
EMmDO EN EL PALACIO DEL ORGANt8llO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE. GUATEMALA. EL ONCE DE FEISRERO DE D08 1111. NUl!VIL .
PALACIO NACIONAL: Guatemala, dieclnutwe de febteto del altO dos mG nueve.
(E-134·2009)-20-lebrero ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Acuérdese desmembrar a favor del Estado de Guatemala una fracción de terreno, ubicada en Línea B-4, Sector Sis, La Máquina, municipio de Cuyotenango, departamento de Suchitepéquez. (
ACUERDO GUBERNATIVO No. 38-2009
Guatemala, 6 de febrero del 2009 El PHSIDENTE DE LA IEPUILICA CONSIDERANDO:· Qve constitucionalmente uno de tós deberes del ettodo es proporcionar y focfJftar fo' educa·crón o sus hobttantes con el fin primordio! de proplcfár .eJ desarrollo integral de la persona humana. el conocimiento de la realidad. culturo nacional y universal; CONSIDlltANDO: Que sobre uno tracción de terreno de '15.407.4874 metros cuadrados que forma porte de la finca rústica de su propiedad Inscrito en el Segundo Registro de la Propiedad con el número
universal; CONSIDlltANDO: Que sobre uno tracción de terreno de '15.407.4874 metros cuadrados que forma porte de la finca rústica de su propiedad Inscrito en el Segundo Registro de la Propiedad con el número '16029, follo'-134 del llbro'83 de""Suchltepéque2: se encuentro funcionando lo"'escueto Oflcfol Rural Mixta Lrnea 8-4. Sector Sis, • ... Lo Máquina.-Cuyotenongo, "Suchftepéquez, se hoce necesario desmembrar a favor del mismo Estado y adscribirse al , Ministerio de Educación. segón consta en el •xpediente nómero...E-17!0-2006 de la Otr&cclón de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Póblicas. por lo que resvlto conveniente emitir Ja disposición legal correspondiente; Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.