Decreto 72-2000
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 72-2000
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2000
4 DIARIO DE CENTRO AMERICA-22 de noviembre de 2000 NUMERO:41 SANCIÓN AL DECRETO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA NÚMERO 70-2000 Finanzas Públicas, suscriba con el Banco Controamericano de Integración Económica -BCIE-, los PALACIO NACIONAL: Guatemala nueve de noviembre del am dos mil contratos modificatorios de los Contratos de Préstamo Números BCIE 1230 y 1231, suscritos el seis de febrero y el nueve de marzo, ambos de mil novecientos novents ocho, respectivamente. PUBLIQUESE Y CUMPLASE ARTICULO 4. El presente decreto entrará en vigencia a los ocho dias después de su publicacion en el diario oficial.
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y
REPUBLICA
PUBLICACION.
PRESIDE DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑOSDOS MILPORTIL CABRERA
GUSTEMALS.
ROSE/EFRAIN RIOS MONTH PRESIDENTE of
MUNISTERLuis Mijangos C. MANUELHIRAM MAZA CASTELLANOS CARLOS WORLERS MONROY
SECRETARIO GENERAL MINISTRO DE'FINANZAS PUBLICAS RUBIO
PRESIDENCIA DE LA EPUBLICA MATURAL SECRETARIO SECRETARIO
ION AL DECRETO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA NÚMERO 71-2000
DECRETO-NUMERO 71-2000 PALACIO NACIONAL: Guatemala calorce de noviembre del año dos mil
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA PUBLIQUESE Y CUMPLASE
CONSIDERANDO: DE Que a través de los Decretos Numeros 114.97 y 127-97. el Congreso de la Republica abtorize al Organismo Ejecutive para queppor intermedio det Ministerio de Finanzas Públicas. concluyers las negociaciones y assocribiers can et Banco Centreamericano de Integración Econômica'-BCHE-, los Centratos de Préstamo Números BCIE 1230 1231 por un monto de diecisiete millones de dolares de his Estados Unidos de America -US$17,000,000.00y treinta y cuatro millones ochocientesPORTILLA CABRERA currenta y cinco mil ciun delares de los Estados Unidos de America -US$34,845,100.00-, CONTEMALSrespoctivamente para el (inanciamiento parcial de los proyectos "Construccion y Pavimentación de veintiun (21) kilometros de la Caricters CA-13, Tramo Entre Rios-Suyapa. Frontera con la Republica de Honduras" y "Construcción de la Carretera CA-11. Tramo Vado Hondo-13 Florido,Frontera con Honduras". los cusics fueron suscritos el seis de febrero y nueve de marzo, ambos delaño mil novecientos novents y ocho, respectivamente CONSIDERANDO: Que debido a los daños ocasionados como consecuencia del paso del Huracán Mitch. que provoceuno de los desartres naturales más grandes de is historia modema guatemalteca y afecto a cast todo el territorio nacional con gran número de rios desbordados, inundación de poblaciones. destrucción
de campos de cultivos, deslaves y un serio delerioro en el sistema vial del país, que incluye puentes averiados y destruidos, el Ministerio de Cortrunicaciones, Infraestructura y Vivienda -MICIVI-C. como ejecutor de los proyectos descritos en el considerando anterior, solicito al BancoCHE TOTAL GENERAL MANUELHIRAMMAZACASTELL.MES Centroamericano de Integracion Económica -BCIE-, por intermedio del Ministerio de FinanzasWE LA REPUBLICA MINSTRO DL FINANZAS PUL CAS Públicas, la modificación del destino de una parte de los Préstamos Números BCIE 1230 y 1231, lo cual permitirá dar stención no solo a los proyectos originales sino a las áreas afectadas por eldesastre natural antes mencionado.
CONSIDERANDO: Que a solicitud de la República de Guatemala. el Banco Centroamericano de Integración DECRETO NUMERO 72-2000
Económica-BCIEemitió la Resolucion de Directorio Número DI-188/98. del dieciséis de diciembre de mil novecientos novents y ocho, por medio de la cual el Banco autoriza laEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAmodificación del destino de los Préstamos Números BCIE 1230 y 1231, siendo necesario emitir la disposicion legal a traves de la cual se reformen los Decretos Números 111-97 y 127-97 delCONSIDERANDO: Congreso de la Republica. y se autorice la suscripcion de los respectivos contratos modificatorios Que el lamano del territorio y la concentracion geográfica de las regiones de mayor desarrollo hanPOR TANTO:
contribuido, en gran medida; al predomimo actual del sistema de transporte por carretera frente a los En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Políticaotros medios en Guatemaia. por lo que la red vial administrada por el Ministerio de Comunicaciones. de la Republica de Guatemals. Infraestructura y Vivienda -MICIVI-, cuenta con una longitud aproximada de 13,900 kilometros, los cuales incluyen cuatro mil trescientos (4,300) kilómetros treinta y uno por ciento (31%)DECRETA: pavimentados, seis mil setecientos (6,700) kilómetros cuarents y ocho por ciento (48%) de terracoria y dos mil novecientos (2,900) kilómetros veintiun por ciento (21%) de caminos rurales-de tierra.ARTICULO 1. Se reforms el tercer párrafo -destinodel artículo I del Decreto Número 111-97 del Congreso de la Republica, el cual queda redactado así: CONSIDERANDO: "DESTINO: Los fondos provenientes de este préstamo, serán utilizados Que es conveniente dar continuidad a la rehabilitación de carreteras y caminos que, durante un exclusivamente por el prestatario asi: US$14,124,700.00 para periodo largo de tiempo, se han encontrado abandonadas y sin mantenimiento apropiado ols vida unil financiar la adquisición de bienes y servicios necesarios para de csas vias de comunicacion está por finalizar. por lo que el Gobierno de la República ha realizado ejecutar el Proyecto "Construccion y Pavimentación de 21 gestiones ante el Banco Interanicricano de Desarrollo -BIDtendientes a obtener un préstamo qui le
kilómetros'de la Carreters CA-13. Tramo Entre Rios Frontera con permita rehabilitar los principales corredores viales del pais y que, asimismo, los proyectos que Honduras". y US$2,875,300.00 para in protección y rehabilitación forman parte de esta operacion fueron seleccionados considerando las prioridades de rehabilitación de las Carreteras CA-1, CA-2. CA-9 y secundarias de la República con posterioridad al efecto devastador del huracan "Mitch" y permitan al pais avanzar, gnire otros de Guatemala." aspectos, en el cumplimiento de metas de los planes de desarrollo vial. ARTICULO 2. Se reforma el tercer parrafo -destinodel artículo del Decreto Número CONSIDERANDO: 127-97 det Congreso de la Republica, el cual queda reductado asi: Que el articulo I del Decreto Numero 57-92 del Congreso de la Republica establece que is"DESTINO: Los fondos provenientes de este préstamo, serán utilizados compra, venta y la contratación de bienes, suministros, obras y. servicios, que_requientos los exclusivamente por el prestatario, por medio del Ministerio de organismos del Estado, sus entidades descentralizadas y autónomas, unidades las Comunicaciones, Transporte, Obras Públicas y Vivienda, que será municipalidades y las empresas publicas estatales o municipales, se sujeran a toy su el organismo ejecutor, asi: US$17,495,790.00 para financiar la reglamento, quedando a salvo lo dispuesto en convenios y tratados internacionales de los cuales
construcción y pavimentación de 41.5 kilómetros y obras Guatemala sea parte, y que el mecanismo se perfeccions con to establecido on el articulo 5 del complementarias pers ejecutar el Proyecto "Construccion de in Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, diCurrolers CA-11, Tramo Vado Hondo, El Florido, Fronters con cual estipula que las negociaciones a que se refiere el artículo 1 de la referida ley, cuandoise Hondurer", y US$17,349,310.00 para la protección y rehabilitación financien total 0 parcialmente con recursos externes. se regiran por el convenies respective de las Carretèras CA-1, CA-2, CA-9 y secundarias de la República debidamente aprobado. de Guatemala." POR TANTO: ARTICULO 3. Autorización para suscribir los contratos modificatories. Se autorize al En cjercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) e i) de la ConstituciónOrganismo Ejocutivo para que, con base en el presente decreto, por medio del Ministerio de Politica de la República de Guatemala.NUMERO:41 DIARIO DE CENTRO AMERICA-22 de noviembre de 2000 5
DECRETA: SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA NÚMERO 72-2000
ARTICULO 1. Aprobación del contrato de préstamo: Se aprueba el Contrato de PALACIO NACIONAL: Guatemala culorce de noviembre del año dos mil Préstamo Número 1224/OC-GU entre la Republica de Gustemala y el Banco Interamericano de
Desarrollo--BID-, para el financiamiento parcial del "Programa de Rehabilitación y Modernización Vial II", ARTICULO 2. Autorización para suscribir préstamo externo: Se autorize al Organismo Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas, concluya la negociación y suscribe el contrato de préstamo de referencis, con el Banco Interamericano de PUBLÍQUESE CUMPLASE Desarrollo -BID-, en los términos establecidos en el mismo of basicamente bajo las siguientes condiciones financieras: MONTO: DEHasta ciento cincuenta/millones de dolares de los Estados LA Unidos de América US$150,000,000.00
DESTINO: Financiar parcialmente el "Programa de Rehabilitación y PRESIDENCIAHERUBLICAModernización Vial II" PORTILL CABRERA ORGANISMO EJECUTOR: Ministerio de Comunicaciones Intraestructura y Vivienda. GUITEMBLA.por intermedio de la Dirección General de Caminos PLAZO: Veinticined (25) años, incluyendo cuatro (4) años de gracia.
PLAZO PARA DESEMBOLSOS: Cuatre (4) años contados a partir de la vigencia del contrato de préstamo.
TAS/TDE INTERES: Los intereses so devengarán sobre los saldos deudores diarios del préstamo & una lasa anual para cada semestre que se determinará-por el costo de los empréstitos unimonetarios calificados para el semestre anterior, mas un Line Mijangos C. MANUELHIRAMMAZA CASTELLANDS
MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS
diferencial, expresado en términos de un porcentaje anual. GENERAL DE LA REPUBLICAque el Banco fijará periodicamente de acuerdo con su politica sobre tasas de interes.
AMORTIZACION: Mediante cuotas semestrales consecutivas y en lo posible iguales, la primera de las cuales se pagara en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de ta fecha prevists para finglizar los desembolsos del préstamo.
COMISION DE CREDITO: Cero punto setents y cinco por ciento (0.75%) anual calculado sobre el saldo no desembolsado, que empezará a devengarse a los sesenta (60) dias de la fecha del contrato de prestamo. ORGANISMO EJECUTIVO REC URSOS PARA INSPECCION Y VIGILANCIA: Un millón quinientos mil dolares de los Estados Unidos de MINISTERIO DE TRABAJO America -US$1,500,000.00para cubrir los gastos del BID por concepto de inspección y vigilancia generales. Y PREVISION SOCIAL Acuérdase crear un "Bono de Reconocimiento por metas alcanzadas enARTICULO 3. Cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de prestamo.
Las amortizaciones del capital. pago de intereses y demás gastos derivados del presente empréstito aspectos laborales durante el presente año" de Q.500.00, por esta única estaran a cargo del Organismo Ejecutivo: por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, para lo vez, como se indica.
cual este deberá prever las asignaciones presupuestarias correspondientes en cada ejercicio fiscal, hasta la cancelacion total de la deuda.
ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 337-2000
ARTICULO 4. Compras y contrataciones. La compra de bienes y la contratación de obras y servicios se regiran por los procedimientos de adquisiciones contenidos en el contrato de Guatemala 30 de octubre de 2000 prestamovy por todas aquellas regulaciones que sobre la materia ha establecido el Banco Interamericano de Desarrollo EI Ministro de Trabajo Prevision Social, ARTICULOS Contraloria General de Cuentas. La Contraloria General de Cuentas debera CONSIDERANDO: practicar auditoria financierar X administrativa de las operaciones relativas a la ejecución de los proyectos y del financiamiento de este préstamo y de la contrapartida local, debiendo informar al Congreso deala Republica los resultados de dicha fiscalización. los costos de la auditoria deberánQue corresponde al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, velar por of decargarse al préstamo en referencia. trabajadores a través de mecanismos que permitan el goce y disfrute de sus derechos, así La ontraloria General Je Cuentas $1 al efectuar la auditoria encontrare hallazgus presuntamentecomo promover y armonizar las relaciones entre empleadores y trabajadores. punibles sobre el manejo y ejecucion de los recursos del Estado, deberá presentar la denuncia correspondiente al Ministerio Público, contra la 0 las personas y funcionarios publicos responsables CONSIDERANDO
Vel mancjo de dichos recursos. acompañando las pruchas pertinentes del mismo. Copia de la denuncia deberá remitirse al Congreso de la República dentro del improrrogable término de treinta dias conjados a partir de su presentación. Que para lograr una mayor eficiencia en el cumplimiento de las labores que desarrollan lostrabajadores, es conveniente otorgar un incentivo económico a los trabajadores delARTICULO 6. Vigencia/ a presente decreto entrará en vigencia el dia de NO publicacion Ministerio de Trabajo y Prevision Social que ocupen puestos de personal permanente y poren el diano offent planilla, a efecto de contar con una retribución económico que permita optimizar elrendimiento del recurso humano que está al servicio de la colectividad.PASE AI, ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y
PUBLICACION.
CONSIDERANDO DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑOS DOS MIL.
Que para cumplir con lo manifestado se hace necesaria, la creacion de una prestación decarácter pecuniario que consiste en otorgarle un bono para los servidores públicos queconforman el personal del Ministerio de Trabajo y Prevision Social, que se denominará:"Bono de Reconocimiento por metas alcanzadas en aspectos laborales durante el presentoafto" de Q500.00, para lo cual se estima oportuno emitir is disposición logal correspondiente.
JOSHEFRAIN RIOS MONTT FOR TANTO:
PRESIDENTE
En ejercicio de las facultades que le confiere cl artículo 27 literal m del Decreto No. 114-97del Congreso de la República "Ley del Organismo Ejecutivo" ACUERDA: ARTÍCULO 1 CREACIÓN. Se crea un "Bono de Reconocimiento por metas alcanzadas CARLOS WORLERS MONROY CARLOS en aspectos laborales durante el presente ano" de Q500.00, por cata única vez para losSECRETARIO ECRETARIO trabajadores activos presupuestados con cargo a los rengiones de 011 "Personal permanenteen el Interior" y 031 "jornales". el cual será otorgado.co la Segunda.Quincess del mes de diciembre del año dos mil.