Decreto 722 de 2025
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 722 de 2025
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2025
DECRETO 722 DE 2025
DECRETO 722 DE 2025
(junio 25) por el cual se modifica el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto número 0069 del 24 de enero de 2025.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente
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Subtipo: DECRETO EJECUTIVO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal el Gobierno nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales, entre otros, cuando la coherencia macroeconómica así lo exija, cuando se estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones contraídas o cuando no se perfeccionen los recursos del crédito autorizados. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;
Que el artículo 77 del Estatuto Orgánico dispone que cuando el Gobierno se viere precisado a reducir las apropiaciones presupuestales o aplazar su cumplimiento, señalará, por medio
o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;
Que el artículo 77 del Estatuto Orgánico dispone que cuando el Gobierno se viere precisado a reducir las apropiaciones presupuestales o aplazar su cumplimiento, señalará, por medio de decreto, las apropiaciones a las que se aplican unas u otras medidas;
Que de conformidad con la certificación expedida el 30 de diciembre de 2024, por la Secretaría Técnica Consejo de Ministros, este último, en sesión del día 29 de diciembre. de 2024, emitió concepto respecto del aplazamiento de apropiaciones presupuestales de los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación, por la suma de doce billonesDECRETO 722 DE 2025
de pesos moneda legal ($12.000.000.000.000) moneda legal, de conformidad con el artículo 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto;
Que el Gobierno nacional previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 0069 de 2025 mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación, por la suma de doce billones de pesos ($12.000.000.000.000) moneda legal;
Que el artículo 4° del Decreto número 0069 del 24 de enero de 2025 establece que el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) podrá autorizar la sustitución de una apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo;
Que el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis ), en su sesión virtual del 30 de abril de 2025, una vez verificado que se mantiene el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo,
fiscal del mismo;
Que el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis ), en su sesión virtual del 30 de abril de 2025, una vez verificado que se mantiene el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo, autorizó la sustitución de algunas partidas incluidas en el Decreto número 0069 de 2025 por la suma de un billón doscientos sesenta y dos mil ochocientos sesenta y seis millones de pesos ($1.262.866.000.000) moneda legal.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Desaplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2025 en la suma de un billón doscientos sesenta y dos mil ochocientos sesenta y seis millones de pesos ($1.262.866.000.000) moneda legal, según el siguiente detalle:DECRETO 722 DE 2025DECRETO 722 DE 2025DECRETO 722 DE 2025DECRETO 722 DE 2025
Artículo 3°. Vigencia y derogatoria. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a su publicación y modifica lo pertinente del Decreto número 0069 del 24 de enero de 2025.