Decreto 73-2003
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 73-2003
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2003
NUMERO 73
DIARIO DE CENTRO AMERICA-22 de mayo de 2003 2 / Salvo 10 dlspuesto en el articulo 57 de ia presente Ley, los bien.. de 1;~.;;_' licito comerclo decomlsados se venderan V el producto de la venm ':, ,,) Incrementara 105 fondos prlvatlvos del Organlsmo Judicial, poro ,:'~~ seran destlnados a sus actlvldades de lucha y prevention de lost,'- : ...'~; delitos a que se renere esta Ley,' '..' \:~ , ,X: ARTICULO], Se agrega un segundo parrafo al articulo 46 de laLeYCo~tra la ~1jf Narcoactivldad; Decreta Numero 48-92 del Congreso de la Republica,;e1cual quoda "r.,:asl: ' .. ~I Las'polltlcas, programas y mecanlsmos deben apllcarse generalmente y sin dlscrtmlnacl6n alguna, por 10 que deben propldar la partldpaci6n detodos los socto... de la socledad. - TDC8ROI Exhorter al Mlrirsierto PUblico a cumpllr con su fund6n legal de promover Ie pe~ucl6n penal cuando exlsta vlolacl6n a 105 derechos de la muJer consagradoo en la Constltucl6n Polltlca de la Republica y demos leyes del pals. QlAKTOI 'c EI presente Punto Resolutlvo entrer. en vlgencla Inmedlatamente. , ..- ~
DADO IN IL PALACIO DIL ORGANISMO LIGJSLATJVO, EN LA CIUDAD
,.DI,GUAnMALA, IL DJA sme DIL MIS DI MAYO DEL ANO DOS MIL TRIS.
;,'Ii ~~ 1l1:',;,z 't" ' ".. !;l . ~ ~.;iJ';'::;;~;~[i: ,,~:"', ' 1",JI. , """ ~i' ;'4""" ~f : )1~',~ 'i ~;: ,..,~ ,:o~3.,::f::f .6; t;\I..,~r.;~ :I;.~ ~: ~:: :o..J1¥- I: ~~ ,U' ":1~ : f!! ;~:;~-'1~i":: I , l, ~ ~ '" ?/I "De Igu.1 m.ner. se presume que el dlnero 0 los blenes h.n sldo .. .:,r:!:~:-, obtenldos, se de..lv.n 0 provlenen de I. comlsl6n de un dellto"'" ~t:~t~~t:,~ prevlsto en I. presente Ley, cu.ndo so demuestre que el v.lor del J~fS~Jj~!'" p.trlmonlo de un. pe~n. .cus.d. 0 de las person.s que h.yan. '.'['r~,:~:;'" podldo beneflclarse del dellto, no puede Justlflcarse razon.blemente ff? \,,1 "i! de .cuerdo . sus .ctlvld."es 0 negoclos Ilcltos .nter1o,.es.:~:.\;!;,..!:'ii~~ :"':: comlsl6n del "ellto." ;'-'" y'"" ~ ::"
,; "",:,,~,'"j!" "; ARTICULO 4. Se agreg. un ultimo porrafo .1 .rtlculo 56 de la Ley Contro I. ;i~c..;:. Narco.ctlvldad, Decreto Numero 48-92 del Congreso ~e 1a Republica; el c~1 qued. :';' .sl: :;,; "En c.so de pellgro por la demora el Mlnlsterlo Publico podro, ;;,c::;' '.~~;;" ordenar en cu.lquler momento de ,. Investlg.cl6n 0 desde ,que,.- 'j,; ,i,f,,;i.:-i:' obteng. la Informacl6n pertlnente, '.s medld.s precautorlas~, ,~!..,~~,&J:~i.7,,'d b " lit I """""""~"C~C prevlsta. en el presente articulo, pero e era so clar .. 'C~,'""~;r,,,~c, convalldacl6n Judicial dentro de I.s cu.rent. y o~ho horas despues ~,,~" de la medld., .comp.fI.ndo I. Inform.cl6n pertlnente. EI Juez 0 '.,
~; ,~J. ~' IJ..,f " "
""':, .. ;. j~:r (,.j,. ~~~;"';""' ~ ~:'i"'-:" ., INRIQUI NT MARTINIZ " ", /-;;;:L>.., S RIT RIO-. -:,1:" ' +i~', ",f~.-- - c -~. ~- ""'" articulo. 18, 19 Y 57 de I. pre.ente Ley." -:,;iii:"',;.:;:'". ',. ~;:\;'Cj;,~
ARTICUL"O 5. Se rerorm. el ~rticulo 57 de I. ley Contra I. N."'O.ctlvld.d,.DeeteID1'),,"~i~ Numero 48.92 del Congreso de I. Republica, el cu,ol qued...;:, ; "',c , "Articulo 57. Secue.tro yemb.:go, EI Jue. L t~,,.. ;W, (E-464..2003Hl~ ~j~'B ! --. -. ,--- - , .-., ,.,-;-:" decretar dlchas medldas en cualquler otro moment"; de oflclo 0 a ,.. , pet!clon del Mlnlsterio Publico. i'w~ ~ ~"!'J! -J' ft ~"\l~'~ No obstante las medldas anterlores V mientras dure el proceso..los'~~~~:,.'j,i:'k';,'/ Jueces dlspondran que 105 blenes muebles 0 Inmuebles incautados,c ';!f.,:Z" 1:;";'{; secuestrados 0 embargados por 105 delltos prevlstos en la presente ,,;,;:,:;~t~,;~ Lev, V que por su naturaleza V caracterlstlcas puedan ser utlles en, ,~!;~~..,;' actlvldades de prevencl6n V lucha contra la narcoactlvldad, sean i",~~ c." utlllzados.te.mporalmente con excluslvldad para esas actlvldades por el ~ '~~:f:~ .
Mlnlsterlo Publico 0 el Mlnlsterlo de Gobernaclon, slempre V cuando no ic';';' ~ ;';'Ir;:'.~'" pertenezcan a terceros de buena fe comprobada. En 105 casos donde' ;\;;;; ;iif"\;' 1no pue~a identlnca~e fehaclentemente al prQpletarloo estoblecerse la.;'I.;;[, '~~";1 legitlma propledad, posesl6n 0 uso de dlchos' blenes, el Juez "5:1",;;1; t':.!~;, competente 10 decretar~ Inmedlatamente. Cuando se trate denoves 0 ...",~,~..;,i':..,.' aeronaves deberan entregarse al Mlnlsterlo de la Defensa para ""f;,\1~"Nc actlvldades excluslvasde apovo al Mlnlsterlo PUblico V Po\lcla NadOnal;'!~:,~;~1~;;(ti\-, Civil en la prevencl6n V lucha contra el narcotranco. ' . . ,.' ~~~,.- c¥" ;;ii\(;};tf.:.,,~ -,'c Para 105 electos del parrafo anterior, a sollcltud del Fiscal General de la ""';;I,Ji1:!~i' Republica, del Mlnlstro de Gobernad6n 0 de sus representanteso - ';:~jC'ii"'~; I ' :~!. personas delegadas, el Juez conceder. audlencla por tres dies 8 ";"'~Wc'li' > qulenesde acuerdo con 10 que consta en el expedlente, pudleran tene, ~?r~!!;,ii~' :.
Interes legltlmo sobre 105 blenes. Termlnada la audlencla, el Juez "i."';"t~,~,c," \. resolver. Inmedlatamente, en auto razonado conforme ~ las ~;:"'~!4.:~:,...; constancies procesales Cuando autorlce el uso temporal de 105 blenes, ""...,II~~~'.'?' ,,;~ ordenora la Inmedlata entrega a Qulen correspondo, 10 que hero ; !"\,'!!11~~"~; constar mediante acta Que contenga la mas completodescrlpclon de i',,',:?~~..,!;: ~;!; 105 blenes. EI acta formara parte de las constanclas procesales V, a ;.j;..,ikt,:i;;: t';' partir de su suscrlpcl6n, dlchas Instltuclones podran hacer uso de 10. ... ?:;:,;:'i.."";)' blenes para la nnalldod senalada en el parrofo anterior. ; ~~; '.,~,. .;,"'fr:':; j "':" EI tribunal de sentencla 0 el juez competente, al decretar el comlso !~:~'~!)';'; ,.(", . conforme al articulo 18 de la presente Lev,. resolvera que 105 blene. .;"~!i,,,:. ':: cO;; entregados p~ra uso temporal, pasar.n a former part~ del patrlmonlo !c,}"'~,:;f,;:!: ::{ de la InstItutIon correspondiente V ordenara 10 anotoclon respective: C. '::i!1~¥;j" -:'~ ;4; '~"'c'("~..\.~"
EI dlnero decomlsado en vlrtud de los dellto. e~toblecldos en 18 '.:;y""'~('.\~;'!PJIf:. presente Lev, se dlstrlbulra asi:. ""~~:\\~;~..:i!l1f; a. Un velntldnco por clento (25%) formo,. parte de 105 fondQs '~'~~:~,;;'~': prlvotlvos del Organlsmo Judicial, destlnodo dentro del ambito ".'" ,:,!,"!~,.! de sus funclones, al Juzgamlento de 105 d4lltos a quo se refle,. ,..,,$?-,;, c:"" esta Lev., ,i,~",~,~..rf~I; I ': ,; b. Un velntlclnco por dento (25%) formora porte de 105 fondos .C1;"'r";;:."f4 .', prlvatlvos del Mlnlsterlo Publico, con destlno excluslvo para ;~',i.;;,:):",,~ ." cubrlr 105 gastos en 105 progra~as de proteccl6n de testlgos, ';':~;' 'c,j ,-:' deblendose regular a troves del reglamento respectlvo; ,?~,,;,,~j~.'::" f"C;1; c, ""." " ~ c. Un velntlclnco por clento (25%) for~ara "arte de 105 fondos "~~!"~'c::: prlvatlvos del Mlnlsterlo de Gobemaclon para apovo.dlrecto en ;;f'(.~i!#;';;:..:c'.
el entrenamlento V adqulslclon de equlpo de la Polic.a Noclonal ,'."~i;;'(,;,~~:tt ClvIl,V, "'"""'i;~.:,'..';,;,!i):.. d. Ifl restante velntlclnco por dento (25%) former. pa'!e del i" ,'..:;,;'.?:,;~~c: presupuesto del Mlnlsterlo de la Defenso Noclonal, '( se 'co ,:,~1;"":'i~-'-: destlnara alas actlvldades de apovo menclonadas en el pAmfo ,,; ',~j~:,\ , segundo del prese.nte articulo. .': ." ,:jJ'f~:c~' 'to .,--;. En todo caso, 105 fond os descrltos anterlormente se destlnaran a la .: ..' ."1, ' lucha V prevencl6n de 105 delltos a Que se reflere estaLe-r." . ,;$.;. ,;, ARTICULO 6. Vlgencl8. EI presente Decreto .entrara en vlgencla a 105 ocho die. . ~:' de su publica cion en el dlarlO oflclal .: .. . "",
REMITASE AL DRGANISMD fJECUTIVO PARA SU SANa~
PROMULGACION Y PUBLICACIDN. j
~'I~\if;;""~(' ( I! 011; ~ ii , CONSIDERANDO: Que Gu.tem.l. eo Est.do p.rte de diversos tr.t.doltnlern.don.leo, en IDS que se ha
8dqulrtdo el compromtso de luchor contra 10 norcoodlvldod.
CONSIDERANDO: Que Guatemala, 01 Igual que la Comunidad Internadonal, ha exterlorilido su preocupaci6n por el ouge de lal .cclones dellctlvos del narcatr'flco, por 10 que es de u-vente ne_ldad la .decu.d6n de los dlspolldones de la Lev contra la N8rC"Ctlvldad, mediante los cu.les las Instltudones del Estado puedan usar IDS blenes muebl.. que h.v.n sldo utlllz.dos p.ro io comlsl6n de dlchos delltos, con I. flnolldad que Ie enfrente de moner. general y profunda este problema que causa dollos a la Instltuclonolldad del pols V menoscabo a 10 solud de suf'hobltontes. paR TANTO: En el ejercido de los otrlbudones que Ie conliere el articulo 171 IIter.1 a) de 10
Constltud6n Politico de 10 RepUblica de Gu.tem.lo.
DECReTA: ARTICULO I. So reform. 10 literal I) del .rtlculo 2 de la LeV Contra la N.rcooctlvldad, Decreto Numero 48-92 del Congreso de I. Republica, el cu.1 quedo ..1: "I) In.lrumenla. y abJela. del dellla: las In.trumentas del dellta son todos las equlpa., matenales, dlnero, armas,
yehiculas, nay.., aeranay.. y cualquler atra bien a ganancla . derlyadas a proyenlentes de la ca",I.16n de las dellta~ que '.i1' establoce la presenta Ley a que .an utllizada. par. su ejecud6n a preparad6n Los abjetas deldellta son las dragas, estuperadent.., pslcatr6plca. y precursales que proyengan de las dellta. a que se reflere esta Ley,. , ARnCULO 2. Se rerarma eI articulo 18 ~e la Ley Contra la NarcaactlYldad, Decreta Hurne", 48-92 del Cangresa de la Republica, el tual quoda asl: "Articulo 18. COml.a. EI com Iso a decamlsa canslste en la perdld. a rayar del Estada de las Instrumental del delIla, el cual sor' decretada en .eritencla candenatarla a ab.alutarla EI Juez a tribunal campetente decretar' Igualmente el camlsa a decamlsa, en las resaludane. que declaren la rebeldia, la extlnd6n , de la persecud6n penal, el salJre.elmlenta a dausura proYlslanal, uncrl~rla de apartunldad en las casas Que praceda, a en las causas ., donde se desconazca a no se pueda Identlrlcar al slndlcada, a ~ste ; .e hay. sustralda Injustlrlcadamenta a la perwecucl6n penal, slempre ; y cuanda m8d1e Informacl6n surldente de que las bienes a
ga...nc18. ..-Iltuyen Instrumentas del dellta, salya que dentra del proceoo consto fehadontemente que las Instrumenras del delita pelton-. e lo~ de buena fe
- ..'~u " mNGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NUMERO 17-2003 .,
'":.'. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA ~~~"1f1
'.,c ~;",t CONSID!RANDO: Que la Constltuclon PolitIco do la Republica de Gu.temala establece como deber del _do garantl..r . los hablt.ntes de I. Republica, 'a'vlda. la Integrtdad y el desarrollo de 'a person. humane.DIARIO DE CENTRO AMERICA-22 de mavo de 2003 .' 3
NUMERO 73
REHITAT! AL ORGANISHO !J!CUTIVO PARA SU SANCION, PROHULGACION Y !MmDO EN EL PALACIO D!L ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA QUOAD D! GUAT!MALA, !L DlA V!INTICUATRO DEL MES DE ABRIL DEL ANO DOS MIL TR!S. ~ EMITIDO EN EL PALACIO OEL ORGANISMO LEGISLATIYO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIA TR[lNTA DEL MES DF ABRIL DEL ANO DOS MIL TRES. ~ ---: ~~ J~::::5 7 A ') J ~ ---'.-.;, '.
~ ~ iNRiQ1~~NRJQ 0 MARnNU
5 CARlOv, ., ~C~.;-ARio- ~~~f/ . :~:~~ t';j~~;~ SANCIONAL DECRETO DEL CONCRESO NUMERO 18.2003.';;c'.-::.'-~~«;;~:,,' c. ;, PALACIO NACIONAL: Cuare';'ala, diec;nue~~ de ';'ayo del ~'~o;~~~!;rres. : ~:;~1).;;'~!~;'fiSAN~ION AL DECRETO DEL CONCRESO NUMERO; '7-2003
PALACIO NACIONAL: Guatemala, dieci"ueve de"mayo del ario dosmil tres.
PUBLfQUESE Y CUMPLASE
'PUBUQUESE Y CUMPLASE
/;o.~ ~~Z;~:-) ~~~' ") ~ /''- ~v ~ t":;,:'" ~' -w, "~, ,0,~"\~,, .,
",~..,;::-- - IJlJOSIA'I()l'" "'CAL~~ "'NIST"" r" GOtERN.CION
(E-471-2003}-"Zz-mayo ?"~r,,"',' .\\ " Vr~j '/'~ ,) ~ .~;~-;;./Lic:. IS :ll'!ijangosC: Ill' "'0 ,"'AALP~~NC" [)( EA .(PUIL'C" ~~I"-.::-': -~ JCU 00 RIYII C.,.,... .M_-O DE .__HAC"", - (E-4702003}--22---oo.yo ij4t&OS c.
ENt 'LL .E VBLIC'
\ CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE GOBERNACION Acuerdase aprobar IRS medidas eCectuadas en el terreno baldio denominado "RUBEL-HOH, ubicado en jurisdicci6n municipal de Livingston.
\ CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE GOBERNACION Acuerdase aprobar IRS medidas eCectuadas en el terreno baldio denominado "RUBEL-HOH, ubicado en jurisdicci6n municipal de Livingston. de~artamento de lzabal.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 102-2003
Guatemala, 19 de matzo de 2003 . . . :::.1""~;El Presldente dl\ la Republtca, ;~;:.' CONSI!>ERI\N!>O: Que de conformidod col1 10 Ley de Trunsf orlnocion Agrario, los terrenos baldlos uno vel lacalilodos y medidos deben ser inscritos a favor de ia Nocion, con el objeto de que puedan ser destinodos 01 establecimiento de Zonas de Desarrollo Agrario 0 lotificaciones rusticas para proporcionar tierra a los campesil1Os y campesinos que carecen de ellacolno 10 detorminu 10 constitution Politico de 10 Republica de Guatemala CONSIDERANDO: Que habiendose efectuado los trabajos de medida de! terreno baldfo denominado. "RUBEL-HO", ubicado en jurisdiccio~ municipal de Livingston, departamentll de 1zabal, par el profesional nombrado para el efecto y como consta en el respectivo expediente que las operaciones topogrdficas se encuentran ajustadas a la ley segUn se calige del dictamen nUmero FT -ATP.- 040-2001 del 21 de noviembre del allo 2001, emitida por el Caordinadar de!
Area Tecnica del Fondo de Tierras, es proced.-8 emitlr la disposition legal aprobanda dichas diligencias.
DECRETO NUMERO 18-2003
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSlorRANOO; Que 10 Con,'"uCIOn po'i"ca 0," 10 Reoubllca de Gua'emele e,'eblece Que 10' blene, munlclpele' oo,a,jn de la, ml,ma, Qa,antia. V p"vlle"lo, de 10 propledad del E"ado y como '01 puede ,e, suj.'o de e.one,aclon de 'oda ct8H de Impue'to, en 10 Importaclon de equlpo Que tenQa como "n el melo,emlento de Ie, condlclone, de vida de 10' habitant.. del Munlclp;o CONSlorRANOO, Qu. 10 Munlclpa',dad de ChlQulmula con el objato de mejo,a, el t,atamlento de 10' de,echos sOl",os munlclpa... y hospltala"Q. cont,ato con 10 A,oclaclon Civil no luc'atlva denomlnada DESCO, 10 Importacl6n de uno planta proce..do,a de de,echo' ,olldo, munklpale' y hospitala"os cuyo. dato' y e'petltlcadone. 'ecnlco, .e encuent,an en 10. p611,a, de Importaclon ,..pettlva.
CONSIOrRANOO: Que.. t,atamlen'o de 10' de,echO. ,olldo, y ho,pitala"o" 0,1 como el "oce de 10 ,alud e, un
b,.n publiCO y debe atende'" en /unclon de 10. nec..'dade, d. 'Q. Quatemal'eco" POR TANTO: En u.. d. 1ft 'acultade. Que Ie contle,e e' articulo 171 Ind,o oJ de 10 Con'tltuclon Politico de 10 R.~bllca, . con ba.. en el num.,.1 2 del articulo 3 del COdIQO Trlbut..,o, DeCReTA; ARnCULO I, S. e.one,a a 10 Munlclpalldad dot Municipio de ChlQulmula, del Departamento d. CII"ulmula, d. 'odoslos Impue.tos ",cole. Que ,"calQan ,ob.- 10 Importaclon de 10 planta de _os 161",°' munldpol.. V hospltala"os Que" encuent'an en depo,'to en 10 Aduana de Puerto - v/o Santo Tomjs do Co,,"'a, Indu.ondo todo eI eQulpo en maQulna"a Que confooman 10 ml o, ARTiCULO z. EI p,...nto D.awtO ,... dedo~o do u'Vencla naclonol con el voto 'avo,able d. N. dO 10. dOl te...,.. - dOl 0 toto' de dlputodo, Quo InteQ,on el ConQreso de 10 RepoibliCO, .,-- en un - - y - on v~enda el dja de su publlcacl6n en el dla"o o~...