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Decreto 74-1963

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 74-1963
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Transicional
Año
1963

EL Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No.749 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1.

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA S.

ToMo CLXVIII Guatemala, Sábado 27 de Julio de 1963 NUMERO 26 SUMARIO Planeamiento Integral de la Educación, a fin de Abarroterías de 2a. categoría, al mes Q 3.00 que pueda desarrollar sus labores eficazmente. Abarroterias de 3a. categoria, al mes 2.00 ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 30.-La organización y las relaciones de Almacenes de mercaderías en general, 1a. La Oficina con las diversas dependencias y entidacategoria, al mes 6.00 des mencionadas y con cualesquiera otras, así CO Almacenes de mercaderias en general, 2a. Decreto Ley No 74. mo sus normas de funcionamiento, se establecerán categoría, al mes 4.00 en un reglamento que será emitido por el órgano Almacenes de mercaderías en general, 3a. MINISTERIO DE GOBERNACION del Ministerio de Educación Pública. categoría, al mes 2.00 Artículo 40.-Esta Oficina centralizará y coordiCantinas de la. categoría, al mes 5.00

Nombrase tomero de la Planta Electrica Municipal de Ra-nará las funciones de todas aquellas dependencias Cantinas de 2a. categoria, al mes 3.00 del Ministerio de Educación Pública que tengan Cantinas de 3a. categoría, al mes 2.00 binal, Baja Verapaz. actividades similares. Carnicerías de la. categoria, al mes 2.00 Autorizase a la municipalidad de Jutiapa para que, en su Carnicerias de 2a. categoría, al mes 1.00 jurisdicción, pueda cobrar los arbitrios que se mencionan.Artículo 50.-El presente Decreto-Ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Carnicerías de 3a. categoria, al mes 0.50 Diario Oficial. Depósitos de aguas gaseosas, al mes 2.00 MINISTERIO DE ECONOMIA Depósitos de azúcar, al mes 2.00 Dado en el Palacio Nacional, en Guatemala, a Depósitos de cerveza, al mes 5.00 Otorgase a "Laboratorios Bonin", exoneracion de impuestos Depósitos de harina, al mes 1.00los veinticuatro días del mes de julio de mil novearancelarios. cientos sesenta y tres. Depósitos de cereales, al mes 1.50 Depósitos de sal, al mes 1.00 ANUNCIOS VARIOS Publíquese y cúmplase, Farmacias de 1a. categoría, al mes 10.00 Farmacias de 2a. categoria, al mes 5.00

ENRIQUE PERALTA AZURDIA, Gasolineras de la. categoria, al mes 5.00 Matrimonio.-Líneas de transporte-Constitucion de 90Jefe del Gobierno de la República, Gasolineras de 2a. categoría, al mes 3.00 cledades.-Modificación de sociedades.-Prórroga de soMarranerías (expendios de carne de cerdo), ciedades.-Disolución de sociedades.-Registro de marMinistro de la Defensa Nacional. la. categoria, al mes 1.00 cas.-Títulos supletorios-Autorización farmacéutica. Marranerías (expendios de carne de cerdo),El Ministro de Gobernación,Edictos.-Remates. 2a. categoría, al mes 0.50 LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA Misceláneas, la. categoria, al mes 5.00 Misceláneas, 2a. categoria, al mes 3.00 El Ministro de Relaciones Exteriores, Misceláneas, 3a. categoría, al mes 2.00 ALBERTO HERRARTE GONZALEZ Pulperías de la. categoria, al mes 0.75 FE DE ERRATA Pulperías de 2a. categoría, al mes 0.50 El Ministro de Agricultura, Pulperias de 3a. categoria, al mes 0.25 Time el Diario Oficial del fueves 11 de julio delCARLOS HUMBERTO DE LEON. Tiendas de la. categoria, al mes 1.00 año en curso, Tomo CLXVIII, número 12, aparece Tiendas de 2a. categoría, al mes 0.75 publicado el Decreto Ley No. 56, que aprueba elEl Ministro de Comunicaciones Tiendas de 3a. categoría, al mes 0.50

Presupuesto General de Ingresos y Egresos dely Obras Públicas, Establecimientos industriales

JOAQUIN OLIVARES M.

Estado, para el ejercicio fiscal 1963/1964. Por un Aserraderos, la. categoría, al mes 6.00 error de copia, en el rubro "Ramo VI. InstituAserraderos, 2a. categoría, al mes 3.00 El Ministro de Economia. ciones Semiautónomas, Sección 2a.". Se lee: "SeAserraderos, 3a. categoría, al mes 1.50 cretaria de Información de la Presidencia" De-CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ Beneficios de arroz de la. categoria, al mes 5.00 biendo leerse: "SECRETARIA DE INFORMACION Beneficios de arroz de 2a. categoria, al mes 3.00 El Ministro de Educación Pública, DEL GOBIERNO". Beneficios de arroz de 3a. categoría, al mes 1.00 ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. Empresas apícolas, al año 6.00 Fábricas de aguas gaseosas, al mes 2.00 El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Fábricas de licores, al mes 25.00 ORGANISMO EJECUTIVO JORGE LUCAS CABALLEROS M. Fábricas de cubetas de 1a. categoria, al El Ministro de Salud Pública mes 1.00 y Asistencia Social, Fábricas de cubetas de 2a. categoria, al

ALFONSO PONCE ARCHILA. mes 0.50

DECRETO LEY NUMERO 74 Fábricas de helados de la. categoría, al El Ministro de Trabajo y mes 1.00 EL JEFE DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICAPrevisión Social, Fábricas de helados de 2a. categoria, al

JORGE JOSF SALAZAR VALDES. mes 0.50

Fábricas de jabones de la. categoria, al CONSIDERANDO: mes 1.00 Fábricas de jabones de 2a. categoría, al Que para lograr un sistema educativo eficienteMINISTERIO DE GOBERNACION mes 0.50 y adecuado a los ideales de nuestra nacionalidad, Fábricas de puros de 1a. categoría, al mes 2.00 es necesario que exista un planeamiento integral Fábricas de puros de 2a. categoria, al mes 1.00 de la educación; como lo han reconocido diversas Fábricas de ladrillos y tejas de barro, al resoluciones de reuniones internacionales y especi-Nómbrase tomero de la Planta Eléctrica Municipal mes 3.00 ficamente la resolución A-1, tomada en la Reuniónde Rabinal, Baja Verapaz. Lecherias de la. categoría, al mes 2.00 Extraordinaria del Consejo Interamericano Econó- Lecherías de 2a. categoria, al mes 1.00 mico y Social, celebrada en Punta del Este, Uru-Palacio Nacional: Guatemala, 30 de mayo de Panaderías de la. categoría, al mes 2.00 guay, en el mes de agosto de 1961, que recomienda1963. Panaderías de 2a. categoria, al mes 1.00

que se adopten en cada país planes integrales deeducación encaminados a lograr metas precisas en El Ministro de Gobernación Talleres la próxima década, a fin de llevar el nivel cultural De carpintería de la. categoría, al mes 1.00 de los pueblos de la América Latina y capacitarACUERDA: De carpinteria de 2a. categoria, al mes 0.50 los para que participen constructivamente en el De electromecánica de la. categoria, al desarrollo económico y social; Nombrar al señor Santiago Xitumul González, mes 2.00 tomero de la Planta Eléctrica Municipal de RabiDe herrería de 1a. categoria, al mes 1.00

CONSIDERANDO: nal, Baja Verapaz, en sustitución de Victor Xitu-De herrería de 2a. categoría, al mes 0.50 mul Tecú, quien renunció. De electromecánica de 2a. categoría, al Que conviene a los intereses de la Nación que seEste Acuerdo surte sus efectos desde la fecha de mes 1.00 pongan en práctica las resoluciones mencionadas,toma de posesión. De mecánica de la. categoría, al mes 2.00 dentro de las actividades del planeamiento delComuniquese. De mecánica de 2a. categoria, al mes 1.00 desarrollo general del país, tomando en cuenta SERRANO CORDOVA. De talabarteria de la. categoria, al mes 1.00 que el desenvolvimiento económico y social tiene De talabarteria de 2a. categoria, al mes 0.50

como base fundamental el desarrollo integral de laEl Subsecretario del Ramo, De zapateria de la. categoría, al mes 1.00 educación; y que para su realización, el MinisterioNOE MONTENEGRO QUINONEZ. De zapatería de 2a. categoria, al mes 0.50 de Educación Pública, cuenta con el personal y Tenerías de la. categoría, al mes 4.00 equipo necesarios, Autorizase a la municipalidad de Jutiapa para que,Tenerías de 2a. categoria, al mes 3.00 POR TANTO, en su jurisdicción, pueda cobrar los arbitrios que se mencionan. Empresas que prestan servicios al público Con fundamento en el artículo 30. de la Carta Barberías de la. categoría, al mes 1.00 Fundamental de Gobierno, Palacio Nacional: Guatemala, 18 de julio de 1963.Barberías de 2a. categoria, al mes 0.50 Billares, por cada mesa de billar o pool, En Consejo de Ministros, Examinada la solicitud de la municipalidad de al mes 4.00 Jutiapa, cabecera del departamento del mismo Cinematógrafos, 2% de su entrada bruta, nombre, relativa a que se apruebe su plan de incontrolable cada vez que haya función.

DECRETA: gresos, y apareciendo que se llenaron las formaComedores de la. categoria, al mes 1.00 lidades prescritas por el Código Municipal y que Comedores de 2a. categoria, al mes 0.50

Artículo 10.-Se establece la Oficina de Planea-el Instituto de Fomento Municipal aconseja que Empresas eléctricas particulares que sumimiento Integral de la Educación (OPIE), como se acceda a lo pedido, nistren corriente eléctrica al público con dependencia del Ministerio de Educación Pública, fines lucrativos, 1% de su entrada bruta, la que deberá funcionar en estrecha coordinaciónEl Jefe del Gobierno de la República controlable mensualmente. con el Consejo Nacional de Planificación Económica y con el Consejo Técnico de Educación Nacional, ACUERDA: Empresas de transporte (que tengan sus despacho este último que participará, sobre todo, oficinas principales en la localidad) en el planeamiento relacionado con los aspectosAutorizar a la expresada municipalidad para que, cualitativos de la educación. en su jurisdicción, pueda cobrar los siguientes ar-Por cada autobús que posean, al mes 3.60 bitrios: Por cada camioneta mixta que posean, Artículo 20.-Los Ministerios de Estado y las al mes 3.00 dependencias estatales deberán prestar la colabo-Establecimientos comerciales Por cada camioneta sport que posean, al ración que les sea requerida por la Oficina deAbarroterias de la. categoria, al mes & 5.00 mes 2.00

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