🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 75-2005

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 75-2005
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
2005

Diario de CentroAmérica

CONSTRUYENDO

UNIDSUN MEJOR PAÍS

www.dca.gob.gt Director: Luis Eduardo Marroquín Godoy Decano de la Prensa Centroamericana Organo Oficial de la República de Guatemala TOMO CCLXXVIII Guatemala, MIÉRCOLES 16 de noviembre 2005 NÚMERO 3

SUMARIO

ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 75-2005

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

ORGANISMO EJECUTIVO DECRETO NÚMERO 75-2005

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Acuérdase adscribir al Ministerio de Cultura y Deportes CONSIDERANDO: una fracción de terreno de 267,069.20 metros cuadrados de la finca inscrita en el Registro GeneralQue la Constitución Política de la República establece que el Estado debe garantizar lade la Propiedad de la Zona Central bajo el número 3,923, folio 162, libro 42 de Escuintla, propiedad deprotección de las personas, así como velar por la elevación del nivel de vida de todos los la Nación, ubicada en el municipio y departamento habitantes del país.de Escuintla. CONSIDERANDO: Acuérdase reformar los numerales 5) y 6) del artículo 3. del Acuerdo Gubernativo número 533-2005. Que después de examinar la solicitud y el expediente presentado por el Cuerpo de

Bomberos Municipales de Guatemala, por medio del cual, certifica sus actividades en MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA beneficio de la población en general, por lo que es necesario dotarlo de los equiposY ASISTENCIA SOCIAL Acuérdase otorgar la Orden "RODOLFO ROBLES", en necesarios para el cumplimiento de sus funciones. primer, grado a los Médicos y Cirujanos MARIO ALFONSO DE LA CERDA BUSTAMANTE (PostCONSIDERANDO: Mortem), ENRIQUE CASTILLO ARENALES, ALBERTO BEHAR ALCAHE y LUIS AUGUSTO Que el Cuerpo de Bomberos Municipales de Guatemala, solicitó al Congreso de la República CARRILLO REEVES. la exención del pago de impuestos y del derecho arancelario para la importación de materiales, equipos y repuestos que faciliten la labor bomberil, puesto que carece de los recursos económicos suficientes para cancelar los impuestos referidos.

PUBLICACIONES VARIAS POR TANTO: MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE MIXCO, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la ConstituciónDEPARTAMENTO DE GUATEMALA ACTA NÚMERO 207-2005 Política de la República de Guatemala.

DECRETA: ANUNCIOS VARIOS Artículo 1. Eximir por única vez del pago de todo impuesto que recaiga sobre la importación e internación de los materiales, equipos y repuestos, que se identifican con las declaraciones Matrimonios Constituciones de sociedad aduaneras de importación y documentos de embarque siguientes:Modificaciones de sociedad Patentes de invención Registro de marcas Títulos supletorios Edictos Remates. Número de Declaración Aduanera Identificación de Documento de Embarque

304-4001372 738753

ATENCION ANUNCIANTES 304-4000870 738753

IMPRESION SE HACE 203-4004888 075-37117754

CONFORME ORIGINAL 203-4008010 NYC/GUA/D03300

Toda impresión en la parte Legal der 304-4000754 459000 Diario de Centro América, se hace respetando el original. Por lo anterior,203-4007021 06AE04505989 esta Administración ruega al público 304-4000568 805667 tomar nota. 304-4001033 y 304-4000895 944844 203-4008009 001-28773393 iario de Centro AméricaEsta exención se decreta a favor del Cuerpo de Bomberos Municipales de Guatemala, el cual destinará los materiales, equipos y repuestos para su uso exclusivo.2 Guatemala, MIÉRCOLES 16 de noviembre 2005 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 3 Artículo 2. La Superintendencia de Administración Tributaria -SATa solicitud del interesado a través de dicho Acuerdo Gubernativo, razón por la cual el o de su representante legal, deberá extender la franquicia respectiva, para los efectos de la Ministerio de Cultura y Deportes ha manifestado su interés en legalización y nacionalización de los materiales, equipos y repuestos identificados en el que se le adscriba la fracción de terreno de 267,069.20 metros cuadrados de la finca número 3,923, folio 162 del libro 42 deartículo primero del presente Decreto.

Escuintla, para continuar con los proyectos identificados en el Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en primer considerando, los cuales van en pro de la niñez yel Diario Oficial. juventud, cuyos extremos constan en el expediente número S-2452-2005 de la Dirección de Bienes del Estado delREMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Ministerio de Finanzas Públicas, por lo que se hace necesarioY PUBLICACIÓN. emitir la disposición legal que autorice la adscripción a favor EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE del Ministerio de Cultura y Deportes, y como consecuencia GUATEMALA, EL TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL CINCO. debe derogarse et Acuerdo Gubernativo número 159-2004 de COMMON DE LA REPUBLICA fecha 21 de mayo de 2004;

POR TANTO:

JORGE MENDEZ HERBRUGER PRESIDENTE GUATEMALA,C. En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 464 del Decreto Ley número 106, Código Civil; 39 y 40 numeral 10 MAURICIO NOME LEON CORADO HECTOR JULIC ROJAS del Acuerdo Gubernativo número 382-2001, Reglamento

SECRE/TARIO SECRETARIO Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas.

ACUERDA: PALACIO NACIONAL: Guatemala, 7 de noviembre del año dos mil cinco.

ARTICULO 1.- Adscribir al Ministerio de Cultura y Deportes una DE PUBLÍQUESE Y CUMPLASE LA fracción de terreno de 267,069.20 metros cuadrados de la finca inscrita en el Registro General de la Propiedad de la REPUBLICA Zona Central bajo el número 3,923, folio 162 del libro 42 de Escuintla, propiedad de la Nación, ubicada en el municipio y departamento de Escuintla, conforme las medidas y colindancias siguientes: Partiendo de la estación 0 al punto BERGER PERDONO observado 1 con rumbo 0°1'17" suroeste y distancia 195.33 metros, colinda con parcela No. 4 de Rafael A. de Jesús Gómez Nuila; de la estación 1 al punto observado 2 con rumbo 89°52'41" noroeste y distancia 141.95 metros, colinda con parcela No. 6 de Luis Alberto González Salaverría; de la estación 2 al punto observado 3 con rumbo 23'56'0" noroeste y Mad.Bonill distancia 209.00 metros, colinda con parcela No. 5 de Alfredo Campollo Boy; de la estación 3 al punto observado 4 con rumbo DEGUATEMALA 26'57'0" noroeste y distancia 50.32 metros, colinda con Maria Antonieta de Bonilla parcela No. 5 de Alfredo Campollo Boy; de la estación 4 al

MINISTRA DE FINANZAS PUBLICAS punto observado 5 con rumbo 35°32'0" noroeste y distanciaSECRETARIO GENERAL DE PRESIDENCIA DE LAREPUBLICA 84.63 metros, colinda con parcela No. 5 de Alfredo Campollo Boy; de la estación 5 al punto observado 6 con rumbo 23'46'0" noroeste y distancia 63.60 metros, colinda con parcela No. 5(E-705-2005) Noviembre de Alfredo Campollo Boy; de la estación 6 al punto observado 7 con rumbo 6°23'0" noroeste y distancia 38.00 metros, colinda ORGANISMO EJECUTIVO con parcela No. 5 de Alfredo Campollo Boy; de la estación 7 al punto observado 8 con rumbo 25°37'0" noreste y distancia 52.36 metros, colinda con parcela No. 5 de Alfredo Campollo Boy; de la estación 8 al punto observado 9 con rumbo 4°48'0" noreste y distancia 40.40 metros, colinda con parcela No. 5 de Alfredo Campollo Boy; de la estación 9 al punto observado 10 con rumbo 6°52'0" noreste y distancia 133.37 metros, colinda MINISTERIO con parcela No. 5 de Alfredo Campollo Boy; de la estación 10 al punto observado 11 con rumbo 6°23'0" noreste y distancia DE FINANZAS PÚBLICAS 84.55 metros, colinda con parcela No. 5 de Alfredo Campollo

Boy; de la estación 11 al punto observado 12 con rumbo Acuérdase adscribir al Ministerio de Cultura y Deportes una fracción de 70'11'0" noreste y distancia 36.44 mettos, colinda con parcela terreno de 267,069.20 metros cuadrados de la finca inscrita en el Registro No. 5 de Alfredo Campollo Boy; de la estación 12 al punto General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 3,923, folio 162, observado 13 con rumbo 8°21'0" noreste y distancia 196.38 libro 42 de Escuintla, propiedad de la Nación, ubicada en el municipio y metros, colinda con parcela No. 5 de Alfredo Campollo Boy; de departamento de Escuintla. la estación 13 al punto observado 14 con rumbo 7°11'16" noreste y distancia 254.75 metros, colinda con parcela No. 5 ACUERDO GUBERNATIVO No. 553-2005 de Alfredo Campollo Boy; de la estación 14 al punto observado 15 con rumbo 2°26'0" noreste y distancia 270.79 metros, Guatemala, 10 de noviembre del 2005 colinda con parcela No. 5 de Alfredo Campollo Boy; de la estación 15 al punto observado 16 con rumbo 2°26'0" noreste y distancia 205.13 metros, colinda con parcela No. 5 de Alfredo EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Campollo Boy; de la estación 16 al punto observado 17 con

rumbo 1°11'6" noreste y distancia 217.59 metros, colinda conCONSIDERANDO: parcela No. 5 de Alfredo Campollo Boy; de la estación 17 al punto observado 18 con rumbo 81°42'17" noreste y distancia Que el Presidente Constitucional de la República mediante 87.48 metros, colinda con parcela No. 3 de Córcega, S.A.; de Acuerdo Gubernativo número 159-2004 de fecha 21 de mayo de la estación 18 al punto observado 19 con rumbo 2°54'5" 2004 y publicado en el Diario de Centro América el día 24 de suroeste y distancia 412.94 metros, colinda con parcela No. 3 mayo de 2004, otorgó en usufructo a título gratuito, por el de Córcega, S.A.; de la estación 19 al punto observado 20 con plazo de 25 años a favor de la Fundación "Jorge R. Toruño rumbo 3'52'29" suroeste y distancia 349.53 metros, colinda Lizarralde S.J. para la Educación y el Desarrollo", la finca con parcela No. 3 de Córcega, S.A.; de la estación 20 al punto inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona observado 21 con rumbo 8°41'52" suroeste y distancia 187.97 Central con el número 3,923, folio 162 del libro 42 de metros, colinda con parcela No. 3 de Córcega, S.A.; de la Escuintla, con el objeto que desarrollara los proyectos estación 21 al punto observado 22 con rumbo 4°0'0" suroeste y

denominados "Casa Joven Santo Tomás" y "Museo de la Historia distancia 164.26 metros, colinda con parcela No. 3 de Córcega, de los Presidentes de la República"; S.A. y parcela No. 4 de Rafael A. de Jesús Gómez Nuila; de la estación 22 al punto observado 23 con rumbo 4°0'0" suroeste y

CONSIDERANDO: distancia 160.57 metros, colinda con parcela No. 4 de Rafael A. de Jesús Gómez Nuila; de la estación 23 al punto observado 24 con rumbo 85°9'0" sureste y distancia 128.60 metros,

Que la Fundación "Jorge R. Toruño Lizarralde S.J. para la colinda con parcela No. 4 de Rafael A. de Jesús Gómez Nuila; Educación y el Desarrollo" por intermedio de su Consejo de la estación 24 al punto observado 25 con rumbo 41'23'0" Directivo tomó la decisión de renunciar al usufructo otorgado sureste y distancia 115.77 metros, colinda con parcela No. 4

Consultar sobre este documento ...