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Decreto 755-1950

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 755-1950
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1950

EL GUATEMALTECO DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA. CENTRO-AMERICA Registrado como correspondencia de segunda clase, en la Administración Central Impreso en la Tipografia Nacional SEGUNDA EPOCA de Correos de Guatemala,-el día 6 de marzo de 1950, bajo el número 749 7° Avenida Sur y 18 Calle Oriente TOMO CXXXII GUATEMALA, MIERCOLES 28 DE MARZO DE 1951 NUMERO 27

SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

Decreto número 755. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES ORGANISMO EJECUTIVO Ratificación del Convenio Internacional de Telecomunicaciones yMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Reglamento General de Radiocomunicaciones, suscritos en AtlanPatificacion del Convenio Internacional de Telecomunicaciones y Reglamento General tic City, el 2 de octubre de 1947. de Radiocomunicaciones, suscritos en Atlantic City, el 2 de octubre de 1947. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO JUAN JOSE AREVALO, Eximese a las autoridades aduaneras de la República, del pago de las multas en que Presidente Constitucional de la República,haya incurrido por omision del impuesto del timbre fiscal en las pólizas que hayan operado a partir de la vigencia del acuerdo que se indica, hasta el 30 de junio de 1951.

POR CUANTO: ANUNCIOS VARIOS Patente de invencion.- Registro de marcas.- Disolución de sociedades.- Constitución El 2 de octubre de 1947 fué suscrito por Guatemala el Convenio

de"sociedad.- Títulos supletorios.- Edictos.- Remates. Internacional de Telecomunicaciones y el Reglamento General de Radiocomunicaciones por los señores licenciado Carlos García Bauer e ingeniero Benjamín Herrarte López, en el seno de la Conferencia Internacional de Radiocomunicaciones celebrada en Atlantic City, ORGANISMO LEGISLATIVO POR CUANTO: DECRETO NUMERO 755 El Congreso de la República, con fecha veintinueve de agosto de mil novecientos cincuenta, ha aprobado ambos documentos, mediante la emisión del Decreto número 755; El Congreso de la República de Guatemala, POR TANTO, En:uso de las atribuciones que le confiere el inciso 9° del arEn uso de las facultades que me confiere la Constitución de la tículo 119 de la Constitución, República, ratifico el Convenio Internacional de Telecomunicaciones y el Reglamento General de Radiocomunicaciones, suscritos en Atlantic City el 2 de octubre de 1947, y mando que se publiquen DECRETA: y se tengan como ley de la República. En fe de lo cual, expido el presente Instrumento de RatificaArticulo 1°-Se aprueban, el Convenio Internacional de Telecoción, firmado de mi mano, sellado con el sello mayor de la República municaciones y el Reglamento General de Radiocomunicaciones, y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, en la ciudad de Guatemala, a los tres días del mes de octubre de mil novecientos suscritos por los señores abogado Carlos García Bauer e ingenierocincuenta.

Benjamin Herrarte López, en representación de Guatemala y por JUAN JOSE AREVALO. los delegados de los demás paises de América y Europa que participaron en la Convención de Atlantic City, New Jersey, Estados ISMAEL GONZALEZ AREVALO. Unidos de Norteamérica, el 2 de octubre de 1947. Artículo 2°-E1 presente Decreto fué aprobado por el voto de las dos terceras partes del número total de Diputados al Congreso de la República, y entrará en vigor el día de su publicación en elCONVENIO INTERNACIONAL Diario oficial. DE TELECOMUNICACIONES Pase al Organismo Ejecutivo para su ratificación, canje y publicación. PREAMBULO Dado en el Palacio del Organismo Legíslativo: en Guatemala, Reconociendo en toda su plenitud el derecho soberano de cada país a el veintinueve de agosto de mil novecientos cincuenta, año sexto reglamentar sus telecomunicaciones, los plenipotenciarios de los Gobiernos conde la Revolución. tratantes, de común acuerdo y con el fin de asegurar el buen funcionamiento de las telecomunicaciones, celebran el siguiente Convenio.

GUILLERMO FONSECA P., CAPITULO I

Presidente.

COMPOSICION, OBJETO Y ESTRUCTURA DE LA UNION

MARCO ANTONIO VILLAMAR C., J. A. AMEZQUITA L.,

Secretario. Secretario. ARTICULO 1 Composición de la Unión Palacio nacional: Guatemala, primero de septiembre de mil 1. La Union Internacional de Telecomunicaciones está constituida por Miembros y Miembros asociados.

2. Es Miembro de la Union: a) Todo país o grupo de territorios enumerado en el Anexo 1, una vez que, por si o en su nombre, se haya procedido a la firma y ratificación de este Convenio, o a la adhesión al mismo; b) Todo pais no enumerado en el anexo 1 que llegue a ser Miembro JUAN JOSE AREVALO. de las Naciones Unidas y que se adhiera a este Convenio de conformidad con las disposiciones del artículo 17; c) Todo país soberano no enumerado en el Anexo 1 que, sin ser Miembro de las Naciones Unidas, se adhiera al Convenio de conformidad con las disposiciones del artículo 17, previa aprobación de su solici-El Ministro de Relaciones Exteriores, tud de admisión como Miembro por dos tercios de los Miembros de

ISMAEL GONZALEZ AREVALO la Unión,

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