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Decreto 76-2007

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 76-2007
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Desastres_Naturales
Año
2007

NÚMERO 76 DIARIO de CENTRO AMÉRICA Guatemala, MIÉRCOLES 09 de mayo de 20073

EN CONSEJO DE MINISTROS,

Olive

DE LA REPUBLICA DECRETA: OLIVERIO GARCÍA RODAS Artículo 1. Se prorroga por treinta dias más el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, PRESIDENTE EN FUNCIONES declarado en el Decreto Gubernativo Número 1-2007 de fecha 9 de marzo de 2007, ratificado y reformado por el Decreto Número 12-2007 del Congreso de la República.

GUATEMALA.C. Procédase a hacer del conocimiento del Honorable Congreso de la República el contenido del presente Decreto, para los efectos previstos en el artículo 138 de la Constitución Politica de la República. HAROLDO ERIC QUEJCHEN JOB RAMIRO GARCÍA Y GARCÍA Artículo 2. El presente Decreto empezará a regir al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro

SECRETARIO SECRETARIO América.

Dado en la Ciudad de Guatemala, el ocho de mayo de dos mil siete. DE LA COMUNÍQUESE PALACIO NACIONAL: Guatemala, tres de mayo del año dos mil siete. 4

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE GUATEMALA,

the DE LA REPUBLICList. Eduardo Stein Barillas GUATEMALA. Vicepresidente de la Republica

BERGER PERDOMO

JOSD

Adela Camacho de Torrebiarte Marta Altolaguirre Larraondo

OF MINSTERIA EXTERIORES

Ministra de Gobernación Viceministra de Relaciones Exteriores Encargada del Despacho

GLMTEMALA.

Anamaria Disgrom RailArroyzve.Reyes VICEMINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES SECRETARIO CENERAL Ronalds BAMP Cecilio Leiva RodríguezENCARGADA DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA DE LAREPUBLICA Hugo Eduardo Beteta Mendez-Ruiz Ministro de la Defensa Nacional Ministro de Finanzas Públicas (E-370-2007) Mayo

ORGANISMO EJECUTIVO

Francisco Unda Toriello María del Carmen Aceña de Fuentes Ministro de Comunicaciones, Ministra de Educacion Imraestructura y Vivienda PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuérdase prorrogar por treinta días más el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, declarado en el Decreto Gubernativo No. 1-2007 de fecha 9 de marzo de 2007, ratificado y reformado por el Decreto número 12-2007 del Congreso de la República. Luis PPP Oscar Estrada DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 3-2007 Ministro de Economia

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Alfredo Antonio Privado Medrano Ministro de Salud Pública y Rodolfo Colmenares Arandi Asistencia Social Ministro de Trabajo y Que por Decreto Gubernativo Número 1-2007 de fecha 9 de marzo de 2007, ratificado por Decreto Prevision Social

Número 12-2007 del Congreso de la República, se declaró por el plazo de treinta dias el Estado de Calamidad Pública en 2 sectores del Barrio denominado "San Antonio", zona 6 del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala; y por Decreto Gubernativo Número 2-2007 de fecha 10 de abril de 2007, ratificado por el Decreto Número 16-2007 del Congreso de la República, se prorrogó por treinta dias el plazo de vigencia del referido Estado de Calamidad Pública.

CONSIDERANDO: Carmen Urizar Hernandez de Rodriguez

Minstra de Energía Y Minas Enrique Matheu Recinos Ministro de Cultura y Deportes Que la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural 0 Provocado CONRED-, ha informado que la ejecución de los trabajos que se realizan con motivo del Estado de Calamidad Pública declarado en el citado Barrio San Antonio no han concluido, lo que obliga a extender el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, por lo que debe emitirse el Decreto que prorrogue el estado de excepción por treinta días más. trancoPOR TANTO: Federico Eduardo Franco Cordon En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 138, 183, literal f) de la Constitución Política de Ambiente la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 139 de la Constitución citada y 1, 2, 14, 15 Encargado del Despacho y 34 del Decreto Número 7 de la Asamblea Nacional Constituyente, Ley de Orden Público, (E-367-2007)-8 mayo

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