Decreto 78-1971
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 78-1971
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 1971
tero de Gustemard DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA. AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24-4-18 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de CentralCentral de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749.Agencia: Teléfono 28-0-27 América 9a. Av. 11-34, ZonaIn DIRECTOR: ALBERTO ARRIOLA LIGORRIA MO CXCII GUATEMALA, VIERNES 10. DE OCTUBRE DE 1971 NUMERO 18 UMARIO en el pais, con quien se conviene el desarrollocontractual. dicho principal debe indemnizar a la de las actividades a que se refiere el aparta-otra los danos perjuicios que por las causas apun-do anterior, pero siempre que actue con inde-tadas résumen irrogados. pendencia del principal, por medio de su propia empresa y de modo permanente. en cuya ORGANISMO LEGISLATIVO Artículo indemnización a que se refierevirtud, la presente ley no es aplicable a losel articulo anterior, comprende: agentes de comercio. a los revendedores maDECRETO NUMERO 78-71 yoristas ni a quienes la ley reputare distribui-1o. El reintegro de los gastos directos y de prodores dependientes 0 ligados por un contrato moción propaganda que el agente, repreORGANISMO EJECUTIVO tipicamente laboral. sentante 0 distribuidor hubiere efectuado con
motivo para los fines del contrato, durante MINISTERIO DE AGRICULTURA Articulo 20.-El contrato regulado por esta ley esel último año: de carácter principal, bilateral, consensual, onero-2o. Las inversiones que con ocasión 0 motivo del Anlicase lo que establece el Acuerdo Gubernativo SO, conmutativo y de plazo indefinido, salvo que contrato haya efectuado siempre que éstas ne hubiere pacto expreso en contrario únicamente ende fecha 13 de enero de 1970, (Reglamento de la fueren recuperables 0 aprovechables para Escuela Nacional de Agricultura), mientras se lo que a plazo de término se refiere. Puede celeotros fines: emite el Reglamento del Instituto Técnico de brarse mediante escritura pública 0 documento pri-30. El pago de las mercancías existentes al preAgricultura. vado autenticado. Sin embargo, la existencia y vacio de costo bodega que ya no pudiere venlidez de los contratos celebrados con anterioridad derse por causa de la terminación 0 resciMINISTERIO DE HACIENDA a la vigencia de esta ley y que no constaren por sión del contrato siempre que estuviere en escrito, podrá establecerse, cualquiera que fuere su buen estado. Sin embargo, también se consivalor, por todos los medios de prueba reconocidos derará que se encuentra en buen estadoY CREDITO PUBLICO por las leyes e incluso mediante órdenes escritas. aquella-cuya descomposición fuere Impuentendiéndose como tales, los calificados comercialtable agente, distribuidor Liectuase el traslado de las asignaciones que SE mente de pedidos, facturas u otros documentos si0 dependientes: mencionan, dentro del Presupuesto General de milares. 4o. El cincuenta por ciento de la utilidad brutaGastos Vigente, solicitada por la Dirección Geque pudiera haberse percibido con la, nego-neral de Correos y Telégrafos, dependencia del Artículo 30.-El contrato de agencia, distribuciónciación de la mercaderia a que se refiere elMinisterio de Comunicaciones y Obras Públicas. 0 representación sólo puede terminar 0 rescindirse: inciso anterior de continuar la relación contractual: Efectuase el traslado de las asignaciones que se a) Por mutuo consentimiento entre las partes50. Una cantidad equivalente al monto de lasindican, dentro del presupuesto general de gasmanifestando en forma escrita; utilidades brutas que el agente, distribuidortos vigentes, solicitada por la división de sab) Por vencimiento del plazo si lo hubiere; 0 representante haya obtenido durante losneamiento ambiental, dependencia del Ministec) Por causa justa; últimos tres años 0 durante el lapso que hayario de Salud Pública y Asistencia Social. d) Por decisión del agente. distribuidor o repre-ejercido la representación si este fuere mesentante, siempre que diere aviso al principal nor de los tres años antes indicados; ANUNCIOS VARIOS con tres meses de anticipación. En este caso 60. Las indemnizaciones a que conforme la Ley
quedará obligado a la rendición de cuentas tuvieren derecho los empleados O trabajadoMatrimonios Constitución de sociedades. Modesde que fuere requerido para ello y reinteres cuyo despido obedeciere a la terminadificación de sociedad. Disolución de sociedad. grar la mercadería objeto de la relación concióni del contrato por parte del principal sin Patentes de invención. Registro de marcas. tractual que obrare en su poder, a precio de mediar causa justa. Titulos supletorios. Edictos. Licitaciones. costo de bodega. el principal se negare a Remates. pagarla, será responsable de los daños y per-Articulo 70.-Siempre que las partes no se pusiejuicios que con tal motivo causare: ren de acuerdo - sobre la cuantía de los daños y e) Por decisión del principal en cualquier tiem-perjuicios pagarse por la terminación del contrapo, siempre que se allanare al pago de daños to sin causa justa y por tal motivo hubiere necesiORGANISMO LEGISLATIVO y perjuicios en los rubros establecidos por es-dad de recurrir a los tribunales de justicia, el monta ley. to de los mismos se fijará por expertos y dentro de los procedimientos del juicio sumario. Artículo entiende que existe causa justa Artículo 80.-Para que el principal que hubiere para la terminación del contrato: DECRETO No. 78-71 sido demandado con motivo de lo dispuesto por el articulo 50. de la presente ley, pueda surtir en 1o. Respecto de ambos contratantes: otra persona el contrato de agencia, distribución o
Congreso de la República de Guatemala, representación. o desarrollar en cualquier otra for-a) Por incumplimiento 0 contravención de la ma las actividades comprendidas en el mismo, es CONSIDERANDO: otra parte. de cualquiera de las obligaindispensable que acredite haber hecho efectiva la ciones 0 prohibiciones que le impusiese elindemnización a que hubiere sido condenado 0 cauQue numerosas personas domiciliadas en el pais contrato; cionado su responsabilidad constituyendo fianza suhan venido dedicadas a la venta, distribución y COb) Por la comisión de algún delito contra laficiente para garaptizar el pago a que se le obligalocacion de productos 0 prestación de servicios a propiedad 0 persona de una de las partesre. La violacionede este precepto será sancionada mombre de compañias, empresas, fabricantes 0 fircontra la otra; con una multaide cincuenta a cinco mil quetzales mas comerciales, nacionales 0 extranjeras, emc) Por la negativa infundada de la otra par-que el Ministerio de Economía impondrá de acuerpleando para ello sus actividades y recursos econó- te a rendir los informes y cuentas 0 prac-do con el volumen 0 importancia del negocio. micos, lo cual ha configurado en la práctica el conticar las liquidaciones relativas al nego-Articulo 90.-Serán aplicables en todo lo que no trato comúnmente llamado de agencia, distribución cio, en el tiempo modo que se hubiere se, oponga a la presente ley, las disposiciones rela0 representación, en cuya virtud se hace imperatipactado. tivas a los Agentes de Comercio que figuran en el TO que el Estado, llenando el vacio que sobre este capitulo II del Titulo II. Libro I del Código de Coparticular acusa la legislación actual, dicte las 2o. Respecto del principal: mercio, Decreto 2-70 del Congreso, y supletorianormas legales adecuadas tendientes a tutelar jua) La divulgación 0 información a tercero mente 0 en los casos no previstos y por su orden, ridicamente las relaciones que de tal clase de conel Código de Comercio y el Código Civil. trato derivan, ast como a cumplir con los principios sin la debida autorización por parte del-Artículo presente Decreto entrará en vide protección social e igualdad jurídica que tienen agente, distribuidor 0 representante. de gor el dia siguiente de su publicación en el Diarie basamento en la Constitución de la República, todo hecho, dato, clave 0 fórmula cuyo Oficial. secreto se le haya confiado por virtud del POR TANTO, respectivo contrato; Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaciónb) La baja en el promedio de ventas 0 colo-y cumplimiento, En ejercicio de las atribuciones que le asigna el cación de los bienes 0 servicios conveniinciso 1o. del artículo 170 de la Constitución de la dos que se probare en relación con proDado en el Palacio del Organismo Legislativo. en República, ductos 0 servicios similares durante el la Ciudad de Guatemala, a los veinticinco días del
año anterior y deberse a negligencia 0 mes de agosto de mil novecientos setenta y uno.DECRETA: ineptitud comprobada judicialmente del agente, representante 0 distribuidor Articulo 10.-Para la aplicación y efectos de esta MARIO SANDOVAL ALARCON, ley se entiende: 30. Respecto del agente, distribuidor 0 represenPresidente. tante: a) Que contrato de agencia, distribución 0 reJ. RAMIRO QUIJADA FERNANDEZ, a) Cuando el principal llevare a cabo actos Primer Secretario.presentáción, es aquel por medio del cual una persona individual 0 jurídica, nacional 0 exque directa 0 indirectamente impidan 0 tranjera, llamada principal, designa a otra tiendan a impedir que el agente, repreOLIVERIO CASTANEDA PAIZ, individual 0 jurídica y llamada agente, resentante 0 distribuidor cumpla con el conSegundo Secretario presentante 0 distribuidor exclusivamentrato. te para la venta, distribución.. proPalacio Nacional; Guatemala, veintinueve de moción 0 colocación en el territorio de la Re-Artículo 50.-Si el principal diere por terminadoseptiembre de mil novecientos setenta y uno. pública, de determinados productos, mercade--0 rescindiere el contrato sin mediar alguna de lasrias 0 artículos producidos, fabricados 0 macausas previstas en el artículo anterior, 0 con ese Publiquese y Cúmplase. nufacturados en el exterior 0 interior del país,fin llevare a cabo actos que directa 0 indirectamen0 bien, con ese mismo propósito, para la te impidan 0 tiendan a impedir que el agente. reCARLOS ARANA OSORIO prestación de servicios: presentante 0 distribuidor, cumpla con las obligab) Que es agente, distribuidor o representante,ciones que ie corresponden 0 en su caso se benefiEl Ministro Economia la persona individual 0 jurídica y domiciliadaciacon los derechos provenientes de la relacionCARLOS MOLINA MENCOS.