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Decreto 78-1998-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 78-1998-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1998

Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana Director: RENE ROSALES GARCIA-SALAS TOMO CCLX Gustemais, viernes 27 de noviembre de 1998 Administradora: Alma Liliana Garcia NUMERO 38

ORGANISMO LEGISLATIVOSUMARIO

ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 78-98 POR TANTO,

DECRETO NUMERO 78-98

Congreso de la República de Guatemala, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 171, literales a) e i) de la Constitución Política CONSIDERANDO: de la República de Guatemala y con base en lo que establece el Artículo 35 literal p) del Decreto número PUBLICACIONES VARIAS Que la guerra civil por la que atravesó Guatemala,114-97 del Congreso de la República, durante más de tres décadas, incidió en que tenga el ESCUELA NACIONAL CENTRAL tercer grado más alto de renta desigual de entre 44 países DECRETA: DE AGRICULTURA con ingresos bajos a medianos; y que la pobreza y la desigualdad derivan en gran parte del escaso acceso a losARTICULO 1. Aprobación del Convenio de PrésACUERDO No. 7-A-98 factores de producción; tamo. Se aprueba el Convenio de Préstamo entre la República de Guatemala y el Banco Internacional de CONSIDERANDO: Reconstrucción y Fomento-BIRF-, para el financiamienMUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA DE JESUS, Que dentro de este contexto, el Gobierno de la Repu-to parcial del "Proyecto de Reconstrucción y Desarrollo SACATEPEQUEZ Local". blica, con la colaboracion del Banco Internacional deARTICULO Autorización para suscribir el PrésModificanse los acuerdos emitidos por el Concejo Muni-Reconstrucción y Fomento-BIRFha formulado el "Pro-tamo Externo. Se autoriza al Organismo Ejecutivo cipal, relativos a la Tasa de Alumbrado Público.yecto de Reconstrucción y Desarrollo Local", cuyo objetivo general es contribuir a la reconstrucción y desarrollopara que, por medio del Ministerio de Finanzas Publicas, de Tacaná, Sibinal, Tajumulco, San José Ojetenam, concluya la negociación y suscriba el Convenio de PrésCORTE SUPREMA DE JUSTICIA tamo de referencia con el Banco Internacional de ReconsIxchiguán, Concepcion Tutuapa, Tejutla, Comitancillo, ACUERDO No. 105-98 San Lorenzo, Río Blanco, Sipacapa y San Miguel Ixta-trucción y Fomento -BIRF-, en los términos establecidos ACUERDO No. 106-98 "A" huacán, todos municipios del departamento de San Mar-en el mismo y basicamente bajo las siguientes condiciones financieras: COS y de Tectitán, Cuilco, San Ildefonso Ixtahuacán y San Gaspar Ixchil, todos municipios del departamento deMONTO: US$30.000,000.00

Huehuetenango, al promover, consolidar y fortalecer el ANUNCIOS VARIOS tejido social para su autogestion comunitaria, aspectoMONEDA DE que es congruente con el cumplimiento de los AcuerdosDESEMBOLSO Matrimonios Constituciones de sociedad Modifide Paz, especialmente, el Acuerdo sobre Aspectos Socio-Y REEMBOLSO: Dólares de los Estados Unidos de caciones de sociedad Patentes de invencion Reeconómicos y Situación Agraria; América. gistro de marcas Títulos supletorios Edictos Remates. CONSIDERANDO: DESTINO: Financiamiento parcial del "ProyecQue el Gobierno de la República, consciente de la to de Reconstrucción y Desarrollo ALMAYA, S. A.- Balance General al 30 de septiembre necesidad de la ejecucion del referido Proyecto, ha negoLocal" de 1987. ciado un Convenio de Préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF-, para el finanBanco de Guatemala-Balance General al 31 de octubre AGENCIA ciamiento parcial del "Proyecto de Reconstrucción y RESPONSABLE: de 1998. Fondo Nacional para la Paz Desarrollo Local", y contando con la opinion favorable de -FONAPAZCrédito Hipotecario Nacional de Guatemala-Balancela Junta Monetaria contenida en la Resolución JM-346 General Consolidado al 31 de octubre de 1998. 98 y el dictamen favorable del Organismo Ejecutivo,PLAZO: 20 años, que incluyen un período de

Banco de los Trabajadores.-Balance General Corrden-emitido por la Comision Interinstitucional para la Agiligracia de cinco (5) años. sado al 31 de octubre de 1998. zacion de la Cooperación Internacional-CIACI-, medianBanco Corporativo, S. A.-Balance General Condensado te su Dictamen No. CIACI-24/98, es procedente emitir laPERIODO DE al 31 de octubre de 1998. disposición legal que lo apruebe; DESEMBOLSO: Hasta el 30 de junio del 2,003 u otra Financiera Corporativa, S. A.-Balance General Confecha posterior aprobada por el Bandensado al 31 de octubre de 1998. CONSIDERANDO: co. Servicios Varios, S. A.-Balance General al 30 de junioQue el Artículo 1 del Decreto número 57-92 del Con-de 1998. greso de la República, Ley de Contrataciones del EstadoTASA DE Servicios Multiples, S. A.-Balance General al 30 de y sus reformas, establece que la compra, venta y laINTERES: Una tasa sobre el monto del capital junio de 1998. contratacion de bienes, suministros, obras y servicios del préstamo igual a la tasa base Inmobiliaria Sonora, Sociedad Anónima-Balance Geque requieran los Organismos del Estado, sus entidades (LIBOR a seis meses), más un marneral al 30 de junio de 1998. descentralizadas y autónomas, unidades ejecutoras, las gen total.

Inmobiliaria La Décima, Sociedad Anónima-Balance municipalidades y las empresas públicas estatales 0 General al 30 de junio de 1998. municipales, se sujetan a dicha ley y a su reglamento,COMISION DE Producción y Negocios Industriales, S. A.-Balance Gequedando a salvo lo dispuesto en Convenios y TratadosCOMPROMISO: 3/4 del 1% anual sobre el monto del neral al 30 de junio de 1998. Internacionales de los cuales Guatemala sea parte, y que capital del préstamo que no haya Administradora Industrial, S. A.-Balance General al el mecanismo se perfecciona con lo establecido en el sido retirado, la cual empezara a 30 de junio de 1998. Artículo 5 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, devengarse a los 60 días después deBanco de Exportación, S. A.-Balance General CondenReglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el la fecha de suscripción del contrato. sado al 31 de octubre de 1998. cual estipula que las negociaciones a que se refiere el Financiera Consolidada, S. A.-Balance General ConArtículo 1 de la citada ley, cuando se financien total 0AMORTIZACION: Mediante cuotas semestrales prodensado al 31 de octubre de 1998. parcialmente con recursos externos, se regiran por el gresivas, pagaderas el 15 de abril y convenio respectivo debidamente aprobado, 15 de octubre de cada año.2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-27 de noviembre de 1998 NUMERO 38

ARTICULO 3. Complimiento de las obligaciones derivadas del Convenio PUBLICACIONES VARIASde Prestamo. Las amortizaciones del capital, pago de intereses y demas gastos derivados del presente empréstito estarán a cargo del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, para lo cual deberá proveer las asignaciones ESCUELA NACIONAL CENTRAL presupuestarias correspondientes en cada ejercicio fiscal, hasta la cancelacion total de laDE AGRICULTURAdeuda.

ACUERDO No. 7-A-98

ARTICULO 4. Compras y contrataciones. La compra de bienes y la contratacion de obras y servicios se regiran por los procedimientos de licitaciones El Consejo Directivo de la Escuela Nacional Central de Agricultura. contenidos en el convenio de préstamos y por todas aquellas regulaciones que sobre la CONSIDERANDO materia ha establecido el BIRF. Que conforme to dispuesto en el artículo 79 de la Constitución Política de In República de Guatemala, SE crea como entidad descentralizada, autónoma, con ARTICULO 5. Vigencia. EI presente decreto entra en vigencia el dia su personalidad jurídica y patrimonio propio, la Escuela Nacional Central de Agricultura, publicacion en el diario oficial. así como que su régimen se basa en su Ley Orgánica, Decreto 51-86 del Congreso de la Republica CONSIDERANDO PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, Que de conformidad CON el ultimo párrafo del artículo 41) de la Ley Orgánica

del presupuesto Decreto 101-97 del Congreso de la Republica y el último párrafo delPROMULGACION Y PUBLICACION. acuerdo gubernativo 240-98, reglamento de la ley orgánica del presupuesto lasentidades autónomas del Estado establecerán SH sistema de modificaciones presupuestarias, entendiéndose que en el presente caso, es competencia de este CuerpoDADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA C. 'giado emitir las disposiciones pertinentes en concordancia con la facultad que leCIUDAD DE GUATEMALA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE asiste para aprobar transferencias de partidas y efectuar ampliaciones dentro de su NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. presupuesto anual, administrando su fondo privativo, tnl como se establece en el inciso1) del artículo 10) y D del artículo 21) anbos de la Ley Orgánica de esta Escuela. CONSIDERANDO Que el Instituto Nacional de Bosques "INAB" ha hecho entrega a la institución del aporte del Fondo Forestal Privativo, correspondiente a los recursos generados en el ejercicio fiscal 1997, por valor de CIENTO DIECISIETE MIL CIENTO CUARENTAY SEIS QUETZALES (Q117,146.00) conforme al artículo 86 inciso b) del Decreto del Congreso No. 101-96 Ley Forestal y conforme al mismo deben generarse fondos para el RAFAEL EDUARDO BARRIOS FLORES ejercicio fiscal 1998 lo cuales pasan a constituir recursos del fondo privativo de laENCA, conforme el artículo 21 inciso D del Decreto del Congreso 51-86, Ley OrgánicaPRESIDENTE de la misma.

CONSIDERANDO Que entre 6115 funciones In ENCA, tiene definido como resultado de SIE gestión educativa, formar Técnicos Forestales, debiendo canalizar recursos presupuestarios y financieros a formentar el desarrollo de los estudios Forestales entre la poblaciónestudiantil que ingresa anualmente a la ENCA. POR TANTO Con fundamento en lo considerado y el artículo 10 inciso D y el articulo 21 MARIO FLORES ORTIZ RUBEN DARIO MORALES VELIZ inciso D del Decreto 51-86 Ley Orgánica de la ENCA, así como.el acuerdo del Consejo SECRETARIO SECRETARIO Directivo aprobado en el punto QUINTO del Acta No.42-96 del 2 de diciembre de 1996 inciso b) cláusula TERCERA.

ACUERDA

CONGRESO or LA MAPUBLICA

Artículo 10.) Aprobar la ampliación presupuestaria No.2, con recursos provenientes del aporte de fondos privativos de la Ley Forestal, correspondiente at año 1997 y los estimados por ingresar para el año 1998.

PRESUPUESTO DE INGRESOS .

Centiv America 16.2.000 TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL SECTOR PUBLICOQ200,000.00

16.2.120 DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS Y AUTONOMAS ©200,000.00

PRESUPUESTO DE EGRESOS CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintitres de noviembre de mil novecientos noventa TIPO DE PROGRAMA GASTOS EN RECURSO HUMANO

Y ocho. SUBPROGRAMA : EDUCACION MEDIA

PARTIDA 98-6301-2.144-08-004

PUBLIQUESE Y CUMPLASE DE 169 MANTENIMIENTO Y REPARACION DE OTRAS

MAQUINAS Y EQUIPOS R 8,000.00

APRESIDENCIAREPUBLICA

214 PRODUCTOS AGROFORESTALES R 1,030.00

243 PRODUCTOS DE PAPEL O CARTON R 220.00

244 PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS R 440.00

252 ARTICULOS DE CUERO Q 750.00

ARZU IRIGOYEN 261 ELEMENTOS Y COMPUESTOS QUIMICOS Q 1,935.00

264 INSECTICIDAS, FUMIGANTES Y SIMILARES Q 2,250.00

267 TINTES, PINTURAS Y COLORANTES R 450.00

268 PRODUCTOS DE PLASTICO, NYLON, VINIL Y PVC Q 4,425.00 283 PRODUCTOS DE METAL Q 400.00 284 ESTRUCTURAS METALICAS ACABADAS a 300.00

286 HERRAMIENTAS MENORES R 6,600.00

291 UTILES DE OFICINA R 829.00 293 UTILES EDUCACIONALES Y CULTURALES Q 1,924.00 299 OTROS Q 13,910.00

= PINANTA 321 MAQUINARIA Y EQUIPO DE PRODUCCION Q 39,500.00

322 EQUIPO DE OFICINA Q 7,404.00

PUBLICAS 323 EQUIPO MEDICO SANITARIO Y DE LABORATORIO R 17,000.00

PEDRO MIGUEL LAMPORT K. 324 EQUIPO EDUCACIONAL RECREATIVO Y CULTURAL 2 2,105.00

MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS DEPARTMENT 325 EQUIPO DE TRANSPORTE Q 85,328.00 tk. HECTOR Addito Citientes Mendoza 326 EQUIPO DE COMUNICACIONES R 1,000.00Secretarie General de la Presidencia is Republics 329 OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS 0 4,200.00

TOTAL C200,000.00

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