Decreto 784 de 2026
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 784 de 2026
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2026
DECRETO 784 DE 2026
(julio 21)
por el cual se modifica la planta de personal no uniformado del Ministerio de Defensa Nacional Policía Nacional de Colombia y se dictan otras disposiciones.
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El Presidente de la República de Colombia, el Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y, en especial, las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 dispone que el Gobierno nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la citada ley de manera global y que se distribuirán los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) emitió viabilidad preliminar de inicio de trámite de la modificación de la planta del Ministerio de Defensa Nacional Policía Nacional, mediante oficio OFl26-00080948 del 5 de mayo de 2026.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió viabilidad presupuestal a la presente modificación, el 3 de julio de 2026 con oficio 2-2026-048731, en cumplimiento en los artículos 71 del estatuto orgánico del Presupuesto General de la Nación, 16 de la Ley 2559 de 2025, 2.8.1.9.3 del Decreto número 1068 de 2015.
Que la Policía Nacional, presento al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico que sustenta la modificación de la planta de personal no uniformado del Ministerio de Defensa Nacional Policía Nacional en cumplimiento al artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 19 de 2012 y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 12.3 del Decreto número 1083 de 2015.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública encontró los estudios ajustados desde el punto de vista técnico y emitió, en consecuencia, concepto técnico favorable para la modificación de la planta de personal No Uniformado del Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional.
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE), emitió previo concepto a la presente modificación de planta del personal No uniformado del Ministerio de Defensa NacionalPolicía Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° del Decreto de austeridad 0618 de 2026.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Supresión de empleos. Suprimir de la planta de personal no uniformado del Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional los siguientes empleos:
PLANTA GLOBAL
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Artículo 2°. Creación de empleos. Crear en la planta de personal no uniformado del Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional los siguientes cargos:
PLANTA GLOBAL
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Artículo 3°. Planta de Personal. El Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional, cumplirá sus funciones con la siguiente planta de personal:
PLANTA GLOBAL
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Artículo 4°. Provisión de cargos de carrera.Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con los dispuesto en la Ley 1033 de 2006, Decreto Ley 091 de 2007 y el Decreto Ley 092 de 2007 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 5°. Distribución y ubicación de cargos. El Ministro de Defensa Nacional o quien éste delegue, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la Dirección General de la Policía Nacional
Artículo 6°. Vigencia.El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos números 4165 del 29 octubre de 2007, 2063 del 13 de junio de 2011, 4889 del 23 de diciembre de 2011 y 0235 del 1° de febrero de 2012.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de julio de 2026.