Decreto 789 de 2026
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 789 de 2026
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2026
A-Z
DECRETO 789 DE 2026
(julio 22) por el cual se derogan los Decretos números 0773 del 16 de julio de 2026 y 0780 del 17 de julio de 2026. | | | --- | | ESTADO DE VIGENCIA:Vigente | | Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. | Subtipo:DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto número 0773 del 16 de julio de 2026, modificado por el Decreto número 0780 del 17 de julio de 2026, se delegaron unas funciones legales y constitucionales, con ocasión del traslado del señor presidente de la República de Colombia a las ciudades de Washington y Nueva York - Estados Unidos de América, del 20 al 24 de julio de 2026, con el fin de asistir a la exposición de arte “Los Nadie” en la OEA y a la “Gobernanza de los recursos naturales como fundamento de la paz, la seguridad y la prosperidad” en la ONU evento organizado por la República Democrática del Congo.
Que el Presidente de la República de Colombia no se desplazó a las ciudades de Washington y Nueva York - Estados Unidos de América. Que por las consideraciones anteriores se hace necesario derogar los Decretos números 0773 del 16 de julio de 2026 y 0780 del 17 de julio de 2026. En mérito de lo expuesto, Que por las consideraciones anteriores se hace necesario derogar los Decretos números 0773 del 16 de julio de 2026 y 0780 del 17 de julio de 2026. En mérito de lo expuesto,
DECRETA: Artículo 1°. Derogar en todas sus partes los Decretos números 0773 del 16 de julio de 2026 y 0780 del 17 de julio de 2026.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase. Dado a 22 de julio de 2026.