Decreto 79-1973
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 79-1973
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1973
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OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA C. A.
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TOMO CXCVII GUATEMALA, JUEVES 4 DE OCTUBRE DE 1973 NUMERO 26
SUMARIO
ORGANISMO LEGISLATIVO ORGANISMO EJECUTIVO ORGANISMO LEGISLATIVO DECRETO No. 79-73 MINISTERIO DE LA DEFENSA DECRETO NUMERO 79-73 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, NACIONAL ORGANISMO EJECUTIVO CONSIDERANDO: Otórgase con fecha 10. de octubre de 1973, el ascenso al grado inmediato superior en su respecQue grandes núcleos de población que viven en tiva Arma 0 Servicio a los señores Oficiales SuMINISTERIO DE LA DEFENSA las dieciséis colonias situadas al nor-oriente de la periores y Oficiales Subalternos que se menciociudad capital, destinaron para cementerio el tena. NACIONAL rreno de la finca «Los Caracoles>, que inicialmente fue del Estado y después resultó ser de propiePalacio Nacional: Guatemala, 26 de septiembre
Otórgase con fecha 10. de octubre de 1973, el as-dad privada y se les prohibió el enterramiento dede 1975. censo al grado inmediato superior en su respec-cadáveres en ese lugar; y es evidente que las numerosas personas que habitan dichas colonias neEl Presidente de la República, tiva Arma 0 Servicio a los señores Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos que se mencio-cesitan contar con un cementerio público, ya que son personas de muy escasos recursos económicos CONSIDERANDO: na. y con muy pocas facilidades para poder transportar los cadáveres de sus familiares hasta el CeQue es necesario llenar las vacantes en los CuaMINISTERIO DE FINANZAS menterio General, debido no sólo a la imposibilidros Orgánicos del Ejército de Guatemala, con los dad de la distancia, sino por lo económico y otros Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos de las PUBLICAS problemas más; Armas y Servicios que reunen los requisitos que determina la ley de la materia; Concédese la exoneración que se expresa, al Cura CONSIDERANDO: Párroco de la iglesia del municipio de Santa Ca-Que el Estado debe proceder a solucionar el seCONSIDERANDO: tarina Pinula, departamento de Guatemala. rio problema que confrontan los habitantes de las numerosas colonias del nor-oriente de la ciudad Que el examen de promoción practicado el 23
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA capital en cuanto a la falta de un cementerio pú-de agosto de 1973, de conformidad con el inciso 40. blico en ese sector y siendo que de hecho se ha del Artículo 95 de la Ley Constitutiva del Ejército. Y ASISTENCIA SOCIAL utilizado para ese caso la finca Los Caracoles>,fue aprobado según el acta respectiva, por los Ofise impone que se expropie dicha finca, haciéndoseciales que se expresa en el presente Acuerdo; Autorizase al Ministerio de Salud Pública y Asis-previamente la declaratoria de utilidad y necesitencia Social, para que sin los requisitos de li-dad públicas correspondiente, con arreglo a la CONSIDERANDO: citación pública, pueda contratar con las casasConstitución y a la ley de la materia, Que los Oficiales Superiores y Oficiales Subalcomerciales que se indica, el equipo que se menPOR TANTO. ternos propuestos han comprobado tener una apciona, con destino al Instituto de Adiestramiento titud física y mental excelente, tiempo de servicio para personal en Salud (INDAPS) Quiriguá, Con fundamento en el artículo 71 de la Constireglamentario, buena conducta y demás requiIzabal. tución de la República, sitos que exigen las Leyes y Reglamentos MilitaAcéptase la donación a título gratuito que la EmDECRETA: res, presa Industria Licorera Guatemalteca, S. A.,Artículo 10.-Se declara de utilidad colectiva, POR TANTO,hace a la Nación de la finca urbana que se
menciona, consistente en un lote de terreno ubi-beneficio e interés público la expropiación a favor del Estado de las fincas números 1881 y 1887, folios En uso de las facultades que le confieren el in-cado en Sololá, en donde se construirá un ser38 y 44, respectivamente, del libro 82 de Guatema ciso 40. del Artículo 189, inciso 2o. del Artículo vicio de salud de la localidad. la, para destinarlas a la instalación del Cemen216 de la Constitución de la República: inciso 2o. PUBLICACIONES VARIAS terio Los Caracoles>, para uso público de los del Artículo 13, así como Artículos 95. 97 y 99 del habitantes de las colonias de la parte nor-oriente Decreto No. 1782 del Congreso de la República, MUNICIPALIDAD DE GUAZACAPAN. de la ciudad capital. Ley Constitutiva del Ejército, Artículo 20.-E1 Ejecutivo por medio del Mi-SANTA ROSA nisterio de Finanzas Públicas hará las transferenACUERDA: Agrégase el inciso 21.6 del Artículo 21 del Regla-cias de las Partidas que se señalen para el pagomento del Servicio de Agua Potable, acordado porde la expropiación a que se refiere esta ley, del Artículo 10.-Otorgar con fecha 1a. de octubre la Municipalidad de Guazacapán, departamento Presupuesto General del Ejerçicio Fiscal 1973. de 1973, el ascenso al grado inmediato superior, de Santa Rosa. Artículo 30.-La expropiación a que se refiere en su respectiva Arma O Servicio a los Señores
el presente Decreto deberá efectuarse conforme a Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos siANUNCIOS VARIOS los requisitos establecidos en la Ley de Expropia-guientes: ción y sus reformas.Matrimonios. Linea de transporte. AutorizaArtículo 40.-Quedan sin efecto las medidas guA Tenientes Coroneles de Infanteria DEM.,ción farmacéutica. Constitución de sociedad. bernativas dictadas en relación con el Cementerio los MayoresModificación de sociedad. - Solicitud de autori- «Los Caracoles> de la ciudad capital. zación de sociedad. Patente de invención. Artículo 50.-El Ejecutivo por conducto del Mi10. Mario Tulio Sarti Morales Registro de marcas. Titulos supletorios. nisterio de Salud Pública tomará todas las me20. Julio César Avila Girón Edictos. - Licitaciones. Remates. didas necesarias para el debido funcionamiento del 30. Luis Alberto Paredes Nájera. "Importadora General. S. A.". Balance general alCementerio a que se refiere esta ley. Artículo 60.-El presente Decreto entrará en viA Tenientes Coroneles de Infantería,30 de junio de 1972. gor treinta días después de su publicación en el los Mayores Banco de Guatemala. - Balance general al 31 de Diario Oficial. agosto de 1973. Pase al Organismo Ejecutivo para su publica1o. Humberto Pompilio Valdez Marroquin ción y cumplimiento. 2o. Jaime Anibal Barahona de la Cruz Compañia Reaseguradora de Centro América, S. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en 30. Maltazar Aldana Morales
A. Balance General Condensado al 31 de dila ciudad de Guatemala, a los trece días del mes 40. Agustin Armando Villagrán Rivas ciembre de 1972. de septiembre de mil novecientos setenta y tres, 50. José Rogelio Mansilla Pérez
60. Luis Alfonso Rébulli Capelli Galvanizadora Centroamericana, S. A. Balance MARIO SANDOVAL ALARCON, 70. José Fernando Ruiz Furlán General al 30 de junio de 1971. Presidente. 8o. Raúl Molina Bedoya
90. Alfredo García Gómez.
FINANCIERA INDUSTRIAL GUATEMALTECA, S. MANFREDO EMMERLING MORALES, 10. José Benedicto Ortega GómezA. Balance General Condensado Consolidado al Tercer Secretario. 11. Juan Leonel Bolaños Chávez 31 de agosto de 1973. JUAN ANTONIO GONZALEZ ORTEGA, 12. Sebastián Paredes Ruiz ESSO STANDARD (GUATEMALA) INC. Estado 13. César Arnoldo Barahona Soria Cuarto Secretario.de Balance General al 31 de diciembre de 1972. 14: José Vicente Martinez Véliz Palacio Nacional: Guatemala, veintiocho de sep15. Jorge Augusto Aparicio Granados INSTITUTO NACIONAL DE COMERCIALIZACION tiembre de mil novecientos setenta y tres. 16. Julio César Ruano Herrera AGRICOLA. INDECA Estado de Pérdidas y 17. Hugo Tulio Búcaro Garcia Ganancias, Ejercicio del 10. de enero al 31 de Publiquese y cúmplase. 18. Juan Randolfo Pardo Peraza
diciembre de 1972. 19. Luis Arturo Pinzón AquinoCARLOS ARANA OSORIO. 20. Emilio Arturo Batres Luna Galvanizadora Centroamericana. S. A. Balance El Ministro de Gobernación, 21. Otto Erick Ponce Morales. General al 30 de junio de 1972. ROBERTO HERRERA IBARGUEN. A Tenientes Coronels de Cabal'ería,PRODUCTOS DE NYLON. S. A. "NYLSA" El Ministro de Finanzas, los MayoresBalance General al 30 de junio de 1972. JORGE LAMPORT RODIL. FINACIERA INDUSTRIAL GUATEMALTECA, S. 10. Gundemaro Obdulio de León Diaz
A. Balance General Condensado al 30 de abril El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, 2o. Guillermo, Enrique Rodriguez Menéndez
de 1973. JOSE TRINIDAD UCLES. 30. Oscar Humberto Santiago Cardenas. DEL