Decreto 79-1997-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 79-1997-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1997
Diario de Centro América Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana TOMO CCLVII Quatemala, miércoles 15 de octubre de 1997 Director: Hector Cifuentes Aguirre Administradora: Alma Liliana Garcia NUMERO 55
SUMARIO CONSIDERANDO: guardador, o cuando el delito fuere cometido por uno de sus parientes dentro de los grados de ley, tutor 0
Que los usos costumbres de las diversas comunidadesguardador. etnicasy los procesos de solucion alternativa de conflictosLa instancia de parte obligará a la accion pública, ORGANISMO LEGISLATIVO deben ser considerados, sin que ello afecte la unidadexceptoel de conciliacion que amerite la aplicacion nacional y los propósitos comunes de los guatemaltecos,de un criterio de oportunidad o la autorización de la CONGRESO-DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA orientados a posibilitar la tranquilidad, seguridadconversión de la acción pública en privada. ciudadana, la armonia social y el desarrollo de la vidaEn casos de flagrancia, la policía deberá intervenir DECRETO NUMERO 79-97 individual y colectiva, que la mediación constituye unapara evitar que continúe la lesion del bien jurídico técnica extraprocesal de solucion de conflictos, que buscatutelado 0 la comisión de otros delitos y para asegurar DECRETO NUMERO 80-97 en algunos casos facilitar la solución de ciertos problemaslos medios de investigación. que en el Derecho Procesal Penal pasan por la seguridadPara los casos en que se requiere de autorización
de los bienes jurídicos y el pago de los daños y perjuiciosestatal para el inicio de la acción penal, el Ministerio PUBLICACIONES VARIAS que coadyuvan a impedir el saturamiento de los órganosPúblico procederá como se establece en este Código estatales de justicia que de esa manera, pueden dirigirpara el trámite del antejuicio". JUNTA MONETARIA su atención a los casos de mayor trascendencia social,ARTICULO 4. Se adiciona el Artículo 24 Quater, el RESOLUCION JM-327-97 POR TANTO, cual queda asi: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el"Artículo 24 Quater. Acción privada. Serán MUNICIPALIDAD DE SENAHU, ALTA VERAPAZ inciso a) del Artículo 171 de la Constitución Política deperseguibles, sólo por acción privada, los delitos Apruébase el cobro de diez quetzales, por concepto dela República de Guatemala, siguientes: papelería que se utilice en cada matrimonio que se DECRETA: 1) Los relativos al honor; efectue en la Municipalidad de Senahu. 2) Daños; Las siguientes 3) Los relativos al derecho de autor, la propiedad "REFORMAS AL DECRETO NUMERO 51-92 DEL industrial y delitos informáticos: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONGRESO DE LA REPUBLICA, CODIGO a) Violación a derechos de autor; PROCESAL PENAL" b) Violación a derechos de propiedad industrial; ACUERDO NUMERO 34-97 c) Violacion a los derechos marcarios; ARTICULO Se reforma el Artículo reformado d) Alteración de programas;
ACUERDO NUMERO 52-97 por el Artículo 2 del Decreto número 32-96 del Congresoe) Reproducción de instrucciones o programas de la República, el cual queda así: de computación;ACUERDO NUMERO 53-97 f) Uso de información. ACUERDO NUMERO 54-97 "Artículo 24. Clasificación de la acción penal. La acción penal se ejercerá de acuerdo a la siguiente4) Violación y revelación de secretos; ACUERDO NUMERO 57-97 clasificación: 5) Estafa mediante cheque. En todos los casos anteriores, se procederá únicamente 1) Acción pública; por acusación de la víctima conforme al procedimiento 2) Accion pública dependiente de instancia especial regulado en este Código. Si carece de medios ANUNCIOS VARIOS particular 0 que requiera autorización estatal;económicos, se procederá conforme el Artículo 539 de 3) Accion privada." este Código. En caso de que la víctima fuere menor 0 Matrimonios. Líneas de transporte. Registro de derechos de incapaz, se procederá como lo señala el párrafo tercero ARTICULO 2. Se adiciona el Artículo 24 Bis, el cualdel Artículo anterior" autor. Constituciones de sociedad. Modificaciones de queda así: ARTICULO 5. Se reforma el Artículo 25, reformadosociedad. Disolución de sociedad. Registro de marca. "Artículo 24 Bis. Acción pública. Seran perseguiblespor los Artículos 3 y 1 de los Decretos números 32-96 y Títulos supletorios. Edictos. - Remates. de oficio por el Ministerio Público, en representación de114-96 del Congreso de la República, respectivamente, el
la sociedad, todos los delitos de acción pública, exceptocual queda así: los delitos contra la seguridad del transito y aquellos ORGANISMO LEGISLATIVO cuya sanción principal sea la pena de multa, que serán"Artículo 25. Criterio de oportunidad. Cuando el tramitados y resueltos por denuncia de autoridadMinisterio Público considere que el interés público o la competente conforme al juicio de faltas que estableceseguridad ciudadana no están gravemente afectados 0 CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA amenazados, previo consentimiento del agraviado yeste Código". autorización judicial, podrá abstenerse de ejercitar la ARTICULO 3. Se adiciona el Artículo 24, Ter, el cualaccion penal en los casos siguientes:DECRETO NUMERO 79-97 queda así: 1) Si se tratare de delitos no sancionados con pena Congreso de la República de Guatemala, de prisión; "Artículo 24 Ter. Acciones públicas dependientes 2) Si se tratare de delitos perseguibles por instancia CONSIDERANDO: de instancia particular. Para su persecucion por el particular; órgano acusador del Estado dependerán de instancia 3) delitos de acción pública, cuya pena máximaQue la demanda necesidad de justiciay la satisfacciónparticular, salvo cuando mediaren razones de interésa ese reclamo constituye una de las tareas esenciales del de prisión no fuere superior a cinco años. público, los delitos siguientes:Estado de Derecho, cuya modernización y fortalecimiento Los jueces de paz conocerán las solicitudes impone la adecuación y perfeccionamiento de las leyes1) Lesiones leves 0 culposas y contagio venereo; planteadas por el Ministerio Público los síndicos
que sean necesarias para dar paz, seguridad, progreso y 2) Negacion de asistencia económica e incumplimunicipales cuando la pena privativa de libertad bienestar a los guatemaltecos; miento de deberes de asistencia. del hecho imputado no supere los tres años de 3) Amenazas, allanamiento de morada; prisión. Cuando la pena a solicitar estuviere CONSIDERANDO: 4) Estupro, incesto, abusos deshonestos y violacion, comprendida entre más de tres años hasta cinco, cuando la víctima fuere mayor de dieciocho años. la solicitud a que se refiere este numeral seráQue los principios constitucionales que rigen la administración de justicia imponen el sistema acusatorio,Si la víctima fuere menor de edad, la acción será planteada al Juez de Primera Instancia. oral y público, como forma de persecución y sancion depública; 4) Que la responsabilidad del sindicado 0 su delitos y que el actual Código Procesal Penal fue 5) Hurto, alzamiento de bienes y defraudación en contribucion a la perpetración del delito sea consumos, cuando su valor no excediere diez mínima; promulgado con èse espíritu, a pesar de lo cual persistieron normas específicas del antiguo sistema, que en el tiempoveces el salario mínimo más bajo para campo al 5) Que el inculpado haya sido afectado directa y de vigencia del Decreto número 51-92 han obstruido elmomento de la comisión del delito, excepto que el gravemente por las consecuencias de un delito juzgamiento en plazos razonables y formas transparentes;agraviado sea el Estado, caso en que la accion culposo y la pena resulte inapropiada;
será pública; 6) El criterio de oportunidad se aplicará por los juecesCONSIDERANDO: 6) Estafa que no sea mediante cheque sin provisión de primera instancia obligadamente a los cómplices Que el Ministerio Público, en defensa representaciónde fondos; 0 cuando el ofendido sea el Estado, en 0 autores del delito de encubrimiento que presten de la sociedad, debe impulsar fundadamente y en plazos cuyo caso la accion será pública; razonables el ejercicio de la accion penal pública en los7) Apropiacion y retención indebida; declaración eficaz contra los autores de los delitos delitos que afectan gravemente los bienes, derechos y8) Los delitos contra la libertad de cultos y el siguientes: contra la salud, defraudación, contravalores jurídicos de los guatemaltecos, y que deben sentimiento religioso; bando, delitos contra la hacienda pública, la econosepararse claramente las funciones de acusar y de 9) Alteracion de linderos; investigar; 10) Usura y negociaciones usurarias. mía nacional, la seguridad del Estado, contra la La acción para perseguir los delitos a que se refiere Constitución, contra el orden público, contra la CONSIDERANDO: este Artículo será de acción pública cuando fueren tranquilidad social, cohecho, peculado y negociacioQue las víctimas deben tener un papel de mayor-cometidos por funcionario 0 empleado público en nes ilícitas, así como en los casos de plagio 0 secuesprotagonismo en los casos que resulten ser los másejercicio 0 con ocasion de su cargo. afectados por los hechos delictivos, y que la prisión debeEn caso de que la víctima fuere menor 0 incapaz, la tro. Durante el trámite del proceso, aquellas personas
destinarse a quienes cometen los delitos más graves yinstancia particular podrá efectuarla quien ejerza su no podrán ser sometidas a persecución penal respecto necesitan rehabilitación y que debe devolverse a losrepresentación legal por su guardador Sin embargo, de los hechos de que presten declaración, siempre que jueces de paz la razón de su existencia: hacer la paz yse procederá de oficio cuando el delito fuere cometido conciliar en los casos sencillos, y que debe facilitarse elcontra un menor que no tenga padres, tator ni sudichocontribuya eficazmentes delimitar laresponsaacceso a la justicia y a un fallo justo; guardador, 0 contra un incapaz que no tenga tutor ni bilidad penal de los autores de los mencionados delitos1858 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Octubre 15 de 1997 NUMERO 55 bajo estricta responsabilidad del Ministerio Público, to que se excepto el numeral 6o. del artículo 25, con la aprobación del Ministerio establecerá en la efectiva investigación del fiscal. En este caso, e! Público o del síndico municipal, podrán someter sus conflictos penales al juez de primera instancia está obligado a autorizarlo, aplicándose de conocimiento de centros de conciliación o mediación registrados por la oficio en esta oportunidad el sobreseimiento correspondjente Corte Suprema de Justicia, a través de los juzgados de primera instancia La declaración se recibirá con observancia de los requisitos de la penal correspondientes, integrados por personas idóneas, nativas de la
prueba anticipada, procediendo el agente fiscal que tiene a cargo la comunidad O bajo dirección de abogado colegiado capaces de facilitar investigación a determinar la forma adecuada de presentación ante acuerdos y. una vez obtenidos los mismos, se trasladará un acta el juez respectivo. Si el fiscal tuviere que trasladarse, el juez de suscinta al Juez de Paz para su homologación, siempre que no viole la primera instancia que controlá la investigación, con carácter urgente Constitución O Tratados Internacionales en Derechos Humanos, para lo y conforme la ley, deberá en este caso, comisionar al juez. bastará un breve decreto judicial que le dará valor de título ejecutivo competente que junto al fiscal deberá trasladarse al lugar donde la al convenio suficiente para la acción civil en caso de incumplimiento de persona se encuentra para realizar la diligencia. los acuerdos patrimoniales." El criterio de oportunidad a que se refieren los numerales del 1 al 5 de ARTICULO 9. Se adiciona el artículo 25 Quinquies, el cual queda así: este artículo no se aplicará a hechos delictivos cometidos por funcionario O empleado público con motivo o ejercicio de SU cargo." Articulo 25. Quinquies. Condicion. El criterio de oportunidad no podrá otorgarse más de una vez al mismo imputado por la lesión o amenaza ARTICULO 6. Se adiciona el articulo 25 Bis, el cual queda asi: mediante dolo del mismo bien jurídico. "Articulo 25 Bis. Requisitos. Para aplicar el criterio de El Ministerio Público tomará las previsiones necesarias para dar
oportunidad. en los numerales del 1 al 5 establecidos en el articulo 25, es estricto cumplimiento a esta norma." necesario que el imputado hubiere reparado el daño ocasionado O exista un acuerdo con el agraviado y se otorguen las garantias para su ARTICULO 10. Se reforma el artículo 27. el cual queda asi: cumplimiento en el que, incluso, puedan aplicarse los usos y las 'Artículo 27. Suspension condicional de la persecución penal. En costumbres de las diversas comunidades para la solución de los los delitos cuya pena máxima no exceda los cinco años de prisión y en los conflictos, los principios generales del derecho O la equidad, siempre que delitos culposos, el Ministerio Público podrá proponer la suspensión de la no violen garantias constitucionales ni tratados internacionales en materia persecución penal si a su criterio el imputado no revela peligrosidad y Si de Derechos Humanos. concurren los requisitos del artículo 72 del Código Penal, en lo que fuera En caso de no existir una persona agraviada o afectada directamente. el aplicable. Para los efectos de to antes señalado, no se tomará en cuenta Ministerio Público o quien haga sus veces podrá solicitar al juez la el aumento de los limites a que se refiere el artículo 66 del Código Penal aplicación del criterio de oportunidad siempre que el imputado repare los El pedido contendrá: daños y perjuicios causados a la sociedad u otorgue las garantías suficientes para su resarcimiento en el plazo máximo de un año. En caso 1) Los datos que sirvan para identificar al imputado;
de insolvencia, el imputado deberá retribuir el daño social mediante la prestación de servicio social a la comunidad en la actividad que el tribunal 2) El hecho punible atribuido; designe, en periodos de diez a quince horas semanales, durante el lapso de un año, en el que deberá observar, además, las normas de conducts y 3) Los preceptos penales aplicables: y, abstenciones que el tribunal le señale. Si desobedeciere las reglas de conducta o abstenciones impuestas cometerà el delito de desobediencia. 4) Las instrucciones o imposiciones que requiere Las reglas O abstenciones que pueden imponerse son las siguientes: El Juez de Primera Instancia con base en la solicitud del Ministerio 1) Residir en lugar determinado O someterse a la vigilancia que Público, deberá disponer la suspension condicional de la persecución penal si el imputado manifiesta conformidad admitiendo la veracidad dedetermine el juez; los hechos que se le imputan y si a juicio del Juez hubiere reparado el 2) La prohibición de visitar determinados lugares o personas; daño correspondiente O afianzare suficientemente la reparación, incluso por acuerdos con el agraviado O asumiere o garantizare la obligación de 3) Abstenerse del uso de estupefacientes o de bebidas alcohólicas; repararlo. garantia que podrá consistir en hipoteca, prenda o fianza De no existir una persona directamente agraviada o afectada y en caso 4) Finalizar la escolaridad, primaria, aprender una profesión U oficio O de insolvencia del imputado se aplicará la norma contenida en el párrafoseguir cursos de capacitación en la institución que determine el juez: segundo del articulo 25 Bis.
- Realizar trabajo de utilidad pública a favor del Estado O instituciones La suspensión de la persecución penal no será inferior de dos años ni de beneficencia, fuera de sus horanos habituales de trabajo; mayor de cinco, ni impedirá el progreso de la acción civil derivada del incumplimiento de los acuerdos celebrados entre las partes, en ninguna 6) Someterse a un tratamiento médico o psicológico, si fuere necesario; forma Transcurrido el periodo fijado sin que el imputado cometiere un nuevo delito doloso, se tendrá por extinguida la acción penal." 7) Prohibición de portacion de arma de fuego; ARTICULO 11. Se reforman las literales a) y e) del articulo 44, y se adiciona 8) Prohibición de salir del país; la literal g). las cuales quedan asi: 9) Prohibición de conducir vehiculos automotores; y, "a) Juzgarán las faltas, los delitos contra la seguridad del tránsito y aquellos cuya pena principal sea de multa conforme el 10) Permanecer en un trabajo 0 empleo, o adoptar en el plazo que el procedimiento específico del juicio por faltas que establece esta juez determine, un oficio, arte, industria O profesion, si no tuviere ley: medios propios de subsistencia. e) Autorizarán la aplicación del criterio de oportunidad en los casos La aplicación del criterio de oportunidad provocará el archivo del proceso que establezca la ley; por el término de un año, al vencimiento del cual se extinguirá la acción penal, salvo que se pruebe durante este lapso que hubo fraude, error, g) Realizar la conciliación en los casos previstos en este Código y
dolo, simulación O violencia para su otorgamiento O si surgieren resolver sobre las solicitudes de aprobación de los acuerdos elementos que demuestren que la figura delictiva era más grave y que de alcanzados a traves de la mediación." haberse conocido no hubieren permitido la aplicación del criterio de oportunidad." ARTICULO 12. Se reforma el articulo 107 el cual queda asi ARTICULO 7. Se adiciona el artículo 25 Ter, el cual queda asi; "ARTICULO 107. Función El ejercicio de la acción penal corresponde al Ministerio Público como órgano auxiliar de la "Artículo 25 Ter. Conciliación. Formulada la solicitud por parte del administración de justicia conforme las disposiciones de este Código. Ministerio Público O por el síndico municipal, o por el agraviado O el imputado O su defensor para la aplicación de un criterio de oportunidad, el Tendrá a su cargo el procedimiento preparatorio y la dirección de la juez de paz citará a las partes, bajo apercibimiento de ley, a una Policia Nacional Civil en su función investigativa dentro del proceso audiencia de conciliación penal." Presentes las partes. el juez explicará el objeto de la audiencia Artículo 13.- Se reforma el último párrafo del articulo 112, el cual queda asi procediendo a escuchar, en su orden, al fiscal O auxiliar del fiscal 0 sindico municipal, a la victima O agraviado y: al imputado. El juez debe "Los funcionarios y agentes policiales serán auxiliares del Ministerio obrar en forma imparcial, ayudando a las partes a encontrar una solución Público para llevar a cabo el procedimiento preparatorio, y obrarán bajo
equitativa, justa y eficaz, para propiciar la solución del conflicto. Su sus ordenes en las investigaciones que para ese efecto se realicen función es la de ser un facilitador en la comunicación y el diálogo constructive entre las partes. Las partes podrán ser asistidas por sus Artículo 14.- Se reforma el artículo 113. el cual queda asi: abogados. "Artículo 113. Auxilio técnico. Los funcionarios y agentes de policia Si se llegare a un acuerdo. se levantará acta firmada por los cuando realicen tareas de investigación en el proceso penal, actuarán comparecientes Si no hubiere acuerdo, se dejará constancia de ello y bajo la dirección del Ministerio Público y ejecutarán las actividades de continuará la tramitación del mismo. En el acta de conciliación se investigación que les requieran, sin perjuicio de la autoridad administrativa determinarán las obligaciones pactadas, entre las cuales se contemplará a la cual están sometidos la reparación del daño y el pago de los perjuicios si hubiere lugar a ello, señalando, si asi se hubiere acordado, el plazo para su cumplimiento y la Deberán también cumplir las órdenes que, para la tramitación del constitución de las garantias necesarias. La certificación del acta de procedimiento, les dirijan los jueces ante quienes pende el proceso. conciliación tendrá la calidad de titulo ejecutivo para la acción civil. El Ministerio Público supervisará el correcto cumplimiento de la función Si el Ministerio Público considera que es procedente el criterio de auxiliar de la policia en los procesos penales y podrá impartir
oportunidad y la victima no aceptare ninguna de las fórmulas de instrucciones generales al respecto, cuidando de respetar su organización conciliación propuestas, podrá otorgar la conversión de la acción a administrativa. Dichos organismos coordinarán actividades para el mejor petición del agraviado." ejercicio de la acción penal por parte del Ministerio Público." ARTICULO 8. Se adiciona el articulo 25 Quater, el cual queda así: Artículo 15.-Se reforma el artículo 116, el cual queda asi: "Articulo 25 Quater. Mediación. Las partes, sólo de común acuerdo, "Articulo 116. Querellante adhesivo. En los delitos de acción pública, en los delitos condicionados a instancia particular, en los de acción el agraviado con capacidad civil o su representante o guardador en caso privada. asi como aquellos en los que proceda el criterio de oportunidad, de menores o incapaces, o la administración tributaria en material de suNUMERO 55 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Octubre 15 de 1997 1859 and pouran provocar la persecucion penal o adherirse a la ya ISLEN Has UV - a con instrumentos o iniciada por el Ministerio Público efectos del delito que hagan pensar fundadamente que acaba de participar en la comisión del mismo. La policia iniciará la persecución EI mismo derecho podrá ser ejercido por cualquier ciudadano o inmediata del delincuente que haya sido sorprendido en flagrancia cuando asociación de ciudadanos contra funcionarios O empleados públicos que no haya sido posible su aprehension en el mismo lugar del hecho. Para hubieren violado directamente derechos humanos en ejercicio de su que proceda la aprehension en este caso, es necesario que exista
función, O con ocasión de elia, o cuando se trate de delitos cometidos por continuidad entre la comisión del hecho y la persecución. funcionarios públicos que abusen de su cargo. Artículo 22. Se reforma el artículo 308, el cual queda asi Los órganos del Estado solamente podrán querellarse por -medio del Ministerio Público. Se exceptuan las entidades autónomas con "Articulo 308. Autorización. Los jueces de primera instancia y donde personalidad jurídica y la administración tributaria en materia de su no los hubiere, los de paz, apoyarán las actividades de investigación de la competencia. policia y los fiscales del Ministerio Público cuando estos lo soliciten, emitiendo, si hubiere lugar a ello, las autorizaciones para las diligencias y El querellante podrá siempre colaborar y coadyuvar con el fiscal en la medidas de coerción o cautelares que procedan conforme a la ley. Los investigación de los hechos. Para el efecto podrà solicitar, cuando lo jueces resolverán inmediatamente y de manera motivada las solicitudes considere, la práctica y recepción de pruebas anticipadas asi como que les sean formuladas. cualquiera otra diligencia prevista en este Código. Hará sus solicitudes verbalmente O por simple oficio dirigido al fiscal quien deberá Para el efecto anterior, los jueces podrán estar presentes en la práctica de considerarlas y actuar de conformidad. estas diligencias si así to solicita el Ministerio Público y. a petición de este. dictar las resoluciones que según las circunstancias procedan para Si el querellante discrepa de la decisión del fiscal podrá acudir al Juez de garantizar los fines del proceso penal.
Primera Instancia de la jurisdicción, quien señalará audiencia dentro de las veinticuatro horas siguientes para conocer de los hechos y escuchara Durante la etapa preparatoria los fiscales fundamentarán verbalmente las razones tanto del querellante como del fiscal y resolverá ante el juez el pedido de autorización explicándole los indicios en que se inmediatamente sobre las diligencias a practicarse. De estimarlo basa. En el mismo acto, a petición del juez mostrarán el registro de las procedente, el juez remitirá al Fiscal General lo relativo a cambios de actuaciones de investigación. fiscal del proceso.' Cuando la diligencia haya sido solicitada por la policia por no existir Articulo 16.- Se reforma el articulo 150, el cual queda asi: fiscalia en el lugar, esta deberá informar de ello al Ministerio Público en un plazo máximo de veinticuatro horas. Puesta la persona a disposición del Articulo 150. Actuaciones. El Ministerio Público llevará un registro de juez, este deberá informarlo igualmente al Ministerio Público en el mismo las actuaciones realizadas durante la investigación plazo EI juez unicamente tendrá los originates de los autos por los cuales ordeno una medida cautelar, de coerción, una medida sustitutiva O una Articulo 23.-Se adiciona un párrafo final al artículo 309, el cual queda así: diligencia que implique una restricción a un derecho individual O una "El Ministerio Público actuará en esta etapa a través de sus fiscales de prueba anticipada. distrito, sección, agentes fiscales y auxiliares fiscales de cualquier
categoria previstos en la ley, quienes podrán asistir sin limitación alguna a AI dia siguiente de tomada la primera declaración del imputado y resuelta los actos jurisdiccionales relacionados con la investigación a su cargo asi su situación juridica procesal, el juez, bajo su responsabilidad. remitirá las como a diligencias de cualquier naturaleza que tiendan a la averiguación actuaciones al Ministerio Público para que éste proceda de conformidad de la verdad, estando obligados todas las autoridades o empleados con la ley públicos a facilitarles la realización de sus funciones." La documentación y las actuaciones que se remitirán al Tribunal de Sentencia a que se refiere el artículo 345 de este Código son: Artículo 24.- Se adiciona un último párrafo al articulo 317, el cual queda asi: 1) La petición de apertura a juicio y la acusación del Ministerio Público "En ningún caso, el juez permitirá que se utilice este medio para la O del querellante: formación de un expediente de instrucción sumaria que desnaturalice el proceso acusatorio." 2) El acta de la audiencia oral en la que se determino la apertura deljuicio: y. Articulo 25.- "Se deroga el último párrafo del articulo 323." 3) La resolución por la cual se decide admitir la acusación y abrir a Artículo 26.- Se adiciona el artículo 324 Bis, el cual queda asi:juicio. "Artículo 324 Bis. Control judicial. A los tres meses de dictado el auto Las evidencias materiales no obtenidas mediante secuestro judicial serán de prisión preventiva, Si el Ministerio Público no ha planteado solicitud de
conservadas por el Ministerio Público, quien las presentará e incorporará conclusion del procedimiento preparatorio, el juez, bajo su como medios de prueba en el debate, siempre que hayan sido ofrecidas responsabilidad dictará resolución, concediéndole un piazo máximo de como tal en la oportunidad procesal correspondiente. Las partes tendrán tres dias para que formule la solicitud que en su concepto corresponda. derecho en el transcurso del proceso a examinarlas por si O por peritos, de conformidad con la ley. Si el fiscal asignado no formulare petición alguna, el juez lo comunicará al Fiscal General de la República o al fiscal de distrito o de sección Las partes podrán obtener a su costa fotocopias simples de las correspondiente para que tome las medidas disciplinarias actuaciones sin ningún trámite. Toda actuacion escrita se llevará por correspondientes y ordene la formulación de la petición procedente El duplicado a efecto de que. cuando se otorgue el Recurso de Apelación sin juez lo comunicará, además, obligatoriamente al Consejo del Ministerio efecto suspensivo. el tribunal pueda seguir conociendo y envie a la Sala Público para to que proceda conforme a la ley. de Apelaciones el expediente original." Si en el plazo máximo de ocho dias el fiscal aún no hubiere formulado getición alguna, el juez ordenará la clausura provisional del procedimiento
Articulo 17.-Se reforma el articulo 195. el cual queda asi: con las consecuencias de ley hasta que lo reactive el Ministerio Público a través de los procedimientos establecidos en este Código."Articulo 195. Levantamiento de cadáveres. En caso de muerte violenta O sospechosa de criminalidad el Ministerio Público acudirá al En el caso de que se haya dictado una medida sustitutiva, el plazolugar de aparición del cadáver con el objeto de realizar las diligencias de máximo del procedimiento preparatorio durará seis meses a partir del autoinvestigacion correspondientes. Una vez finalizadas, ordenará el de procesamiento.levantamiento, documentando la diligencia en acta en la cual se consignarán las circunstancias en las que aparecio, así como todos los Mientras no exista vinculación procesal mediante prisión preventiva Odatos que sirvan para su identificación. En aquellos municipios en los que medidas sustitutivas, la investigación no estará sujeta a estos plazosno hubiere delegacion del Ministerio Público, el levantamiento será autorizado por el juez de paz." Artículo 27.-Se reforma el nombre del capítulo I del titulo II -procedimiento intermediodel Libro Segundo y el articulo 332 los cuales quedan asi: Articulo 18.-Se reforma el primer párrafo del artículo 225, el cual queda asi: "CAPITULO! Articulo 225. Procedencia. El Ministerio Público O el tribunal podrán SOLICITUDES ordenar peritación a pedido de parte O de oficio, cuando para obtener. Articulo 332. Inicio. Vencido el plazo concedido para la investigación, el valorar O explicar un elemento de prueba fuere necesario o conveniente fiscal deberá formular la acusación y pedir la apertura del juicio. También
poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, técnica u oficio." podrá solicitar, si procediere, el sobreseimiento O la clausura y la via especial del procedimiento abreviado cuando proceda conforme a este Código. Si no lo hubiere hecho antes, podrá requerir la aplicación de unArticulo 19.- reforma el primer párrafo del artículo 233, el cual queda asi, criterio de oportunidad o la suspensión condicional de la persecución Articulo 233. Ejec