Decreto 8-1987
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 8-1987
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1987
Diario de Centro Organo oficial de la República de Guatemala mo CCXXX Decano de la Prensa Centroamericana Director: Danilo de León Guatemala, lunes 2 de marzo de 1987Número 71 UMARIO Autofrio, Sociedad Anónima. Balance General al 30 Artículo 2.-Se aprueba el Proyecto de Contrato nú- de junio de 1985. mero setecientos noventa y siete diagonal SF guión GU (797/SF-GU) a suscribirse entre el Gobierno de la Re-Industria de Lentes de Contacto, S. A. Balance Gepública de Guatemala y el Banco Interamericano de NISMO LEGISLATIVO neral al 31 de diciembre de 1985. Desarrollo -BIDbajo los siguientes términos y condiciones: i) MONTO: Hasta por la suma de trece millo-Cine Dulcería, S. A. Balance General al 30 de junio nes cuatrocientos mil dólares de los Estados Unidos de RESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA de 1984 America (US$ 13.4 millones) 0 su equivalente en otras Edificaciones Comerciales Liz, S. A. Balance Genemonedas. ii) INTERESES: Uno por ciento (1%) sobre DECRETO NUMERO 7-87 ral al 31 de diciembre de 1985. saldos deudores durante el período de gracia, y dos DECRETO NUMERO 8-87 por ciento (2%) sobre saldos deudores durante los siguientes treinta (30) años. iii) PLAZO: Cuarenta (40) años incluyendo (10) años de período de gracia. iv) COANISMO EJECUTIVO MISION DE INSPECCION Y VIGILANCIA: Uno por ORGANISMO LEGISLATIVO ciento (1%) sobre el monto total del préstamo. v) COMISION DE CREDITO: Cero punto cinco por ciento TERIO DE LA DEFENSA NACIONAL (0.5%) anual sobre saldos no desembolsados. vi) AMORTIZACION: Sesenta (60) cuotas semestrales iguales y Gerente del Instituto de Previsión Militar al CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA consecutivas. de Iniantería DEM. Marco Antonio Sanchez Artículo 3.-Se autoriza al Organismo Ejecutivo, para DECRETO NUMERO 7-87 que por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, concluya las negociaciones relacionadas y suscribe los al Ministerio de la Defensa Nacional con Congreso de la República de Guatemala, Contratos de Préstamo números doscientos dieciséis diala Zona Militar número 1715 de Quetzalgonal IC guión GU (216/IC-GU) y setecientos noventa y la finca urbana que se expresa, ubicada en CONSIDERANDO: siete diagonal SF guión GU (797/SF-GU) en los térmienida 8-44, zona 1, de la cabecera municipal nos y condiciones aprobados en los artículos que anteceo departamento. Que el Plan Nacional de Desarrollo, ha tratado con den, respectivamente. especial atención los problemas de desempleo y subocu-el Grado de Subteniente de Reserva en el Artículo 4.-Las amortizaciones de capital, pago depación así como la falta de acceso adecuado a granInfantería y el Despacho correspondiente, a intereses y demás gastos derivados del préstamo, estaránparte de los lugares poblados del área rural;lleros Alumnos que se indican, egresados del a cargo del Organismo Ejecutivo por conducto del Mi-
"Adolfo V. Hall". nisterio de Finanzas Públicas, para lo cual deberán pre-CONSIDERANDO: verse las asignaciones presupuestarias correspondientes Jefe del Estado Mayor de la Defensa NacioQue la Cuarta Etapa del Programa de Caminos Veen cada ejercicio fiscal, hasta la total cancelación de la General de Brigada César Augusto Cáceres cinales y Rurales, además de proporcionar oportunideuda. dades de empleo, tiene como objetivo la rehabilitación Artículo 5.-Los recursos de ambos préstamos, serán y mejoramiento de cinco tramos de caminos vecinales, utilizados por el Ministerio de Comunicaciones, Trans-con una longitud aproximada de ciento treinta y tres porte y Obras Públicas, a través de la Dirección GeRIO DE DESARROLLO URBANO Y RURALpunto cuatro kilómetros (133.4 Kms.), y la construcción neral de Caminos, exclusivamente para financiar par-y rehabilitación de aproximadamente doscientos sesenta cialmente la ejecución de la Cuarta Etapa del Programa a la Comisión Especial para la Atención de y cinco kilómetros (265 Kms.) de caminos rurales de de Caminos Vecinales y Rurales. dos creada por Acuerdo Gubernativo número acceso a pequeñas comunidades; echa 26 de septiembre de 1986, para recibir e Artículo 6.-El presente Decreto entrará en vigencia CONSIDERANDO: al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.las donaciones que se mencionan. Que el costo del Programa se estima en setenta y Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y
un millones seiscientos setenta y cinco mil quetzales cumplimiento. NISTERIO DE ECONOMIA 000.00) equivalentes a veintiocho milllones seiscientos setenta mil dólares de los Estados Unidos de Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la a la empresa Compañía Inmportadora y ExAmérica (US$ 28.670 millones). los cuales serán finan-ciudad de Guatemala, a los dieciocho días del mes de a "Cóndor", Sociedad Anonima, que puede ciados a través de dos (2) préstamos a suscribirse confebrero de mil novecientos ochents y siete. se "Impexco, S. A.", y de nombre comercial el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, identificados con los números doscientos dieciséis diagonal IC JOSE RICARDO GOMEZ GALVEZ.ica Cóndor", calificación de Empresa Industrial rtación Total. guión GU (216/IC-GU) y setecientos noventa y siete Presidente. diagonal SF guión GU (797/SF-GU) hasta por los montos de doce millones cuatrocientos mil dólares de los EstaSTERIO DE GOBERNACION dos Unidos de América (US$ 12.4 millones) y trece miJOSE FRANCISCO LOPEZ VIDAURRE, llones cuatrocientos mil dólares de los Estados Unidos de Secretario. América (US$ 13.4 millones), respectivamente; e en la cantidad que se indica el Presupuesto RAMIRO LEAL ESPINOZA. esos y Egresos del Instituto Nacional de AdmiCONSIDERANDO: Secretario. ón Pública (INAP). para el período compren1 de enero al 31 de diciembre de 1987. Que tanto el Organismo Ejecutivo como la Junta MoPalacio Nacional: Guatemala, diecinueve de febrero de netaria, consultados en su oportunidad, de conformidad mil novecientos ochenta y siete. con la ley, han emitido opinion favorable sobre los ProUBLICACIONES VARIAS yectos de Contrato identificados en el Considerando anPubliquese y cúmplase. terior,
POR TANTO, CEREZO AREVALO.
CION GENERAL DE RENTAS INTERNAS En ejercicio de las atribuciones que le confieren los El Ministro de Finanzas Públicas, RESOLUCION NUMERO 957 incisos a) e i) del Artículo 171 de la Constitución Po-RODOLFO ERNESTO PAIZ ANDRADE lítica de la República, DECRETA: MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA Artículo 1.-Se aprueba el Proyecto de Contrato nú- mero doscientos dieciséis diagonal IC guión GU (216/ICCONCEJO GU) a suscribirse entre el Gobierno de la República de DECRETO NUMERO 8-87 Guatemala y el Banco Interamericano de Desarrollo to para Convenios de Pago, acordado por la -BID-, bajo los siguientes términos y condiciones: i) El Congrese de la República de Guatemala, palidad de Guatemala, departamento de GuaMONTO: Hasta por la suma de doce millones cuatrocientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 12.4 millones) 0 su equivalente en otras moneCONSIDERANDO: das. ii) INTERESES: Variable. iii) PLAZO: Veinticinco
ANUNCIOS VARIOS (25) años incluyendo cuatro (4) de períodos de gracia. Que es necesario y urgente tomar las medidas teniv) COMISION DE CREDITO: Uno punto veinticinco por dientes a solucionar el problema de la vivienda en el ciento (1.25%) anual sobre los saldos no desembolpaís, especialmente aquéllas que permitan a la poblanios, Lineas de transporte. Constituciones sados. v) COMISION-DE INSPECCION YVIGILANCIA: ción de bajos ingresos, optar a una vivienda que satisiedad. Modificaciones de sociedad. DisoluUno por ciento (1%) sobre el monto total, por una sóla faga los requerimientos mínimos de habitabilidad y de sociedad. Registro de marcas. Títulos vez. vi) AMORTIZACION: Cuarenta y dos (42) cuotas pueda tener mediante su esfuerzo un crecimiento ajusprios. Edictos. Licitación. Remates. semestrales, consecutivas e iguales. tado a sus necesidades reales:1614 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Marzo 2 de 1987 NUMERO CONSIDERANDO: ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 50.-El presente acuerdo empezará el día siguiente de su publicación en el Diario Que existe un Programs de Lotes con Servicios que tiene como objetivo aliviar en gran medida el déficit Comuniquese. de vivienda, de la población de bajos ingresos, estimándose su costo total en ciento cuarenta millones doscienMINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL MARCO VINICIO CEREZO ARE
tos cincuenta mil quetzales (Q.140.250,000.00) equivalentes a cincuenta y sels millones cien mil dólares de losNombrase Gerente del Instituto de Previsión Militar al Ministro de la Defensa Nacional, Estados Unidos de América (US$ 56.1 millones). Coronel de Infantería DEM Marco Antonio Sanches JAIME HERNANDEZ MENDEZ. Samayes.
CONSIDERANDO: Ministro de Finanzas PúbliPalacio Nacional: Guatemala, 23 de febrero de 1967. RODOLFO ERNESTO PAIZ AND Que el Organismo Ejecutivo ha hecho gestiones ante el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, para fi.. Ministro de la Defensa Nacional, nanciar parcialmente el Proyecto relecionado en el Considerando anterior, hasta por un monto de cuarenta y En el ejercicio de las funciones que le confiere el tres millones ochocientos mil dólares de los Estados artículo 17, incisos 1 y 13 del Decreto-Ley 26-86, Ley Unidos de América (US$ 43.8 millones), equivalentes a Constitutiva del Ejercito de Guatemala; y con fundsciento nueve millones quinientos mil quetzates (Q.109,5 mento en el artículo 23 del Decreto-Ley 75-84, Ley Or-Confierese el Grade de Subteniente de Reservs millones), con un aporte local de treinta millones setegánica del Instituto de Previsión Militar, Arma de Infantería y el Despacho correspond
los Caballeros Alumnos que se indican, egreencientos cincuenta mil quetzales (Q.30.750.00); para lo ACUERDA: Instituto "Adolfo V. Hall" Central. cual se ha negociado un Proyecto de Contrato de Préstamo identificado con el No 804/SF-GU.; Artículo 1-Nombrar al Coronel de Infantería DEM ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 122Marco Antonio Sanchez Samayoe, para el cargo deCONSIDERANDO: Gerente del Instituto de Previsión Militar, en sustituPalacio Nacional: Guatemala, 20 de febrero de ción del Coronel de Infantería DEM y Licenciado CarlosQue tanto el Organismo Ejecutivo como la Junta MoAntonio Arroyave Castillo, quien pasa a otro puesto del Presidente de la República,netaria, consultados en su oportunidad, de conformidad servicio. con la ley, han emitido opinion favorable sobre el Proyeçto de Contrato mencionado en el Considerando anArtículo 2.-El presente acuerdo empieza a regir el CONSIDERANDO: terior, día uno de marzo de mil novecientos ochents y siete POR TANTO, debiendo publicarse en el Diario Oficial y en la OrdenQue de conformidad con la ley de la materia, General del Ejercito para Oficiales. mación de Oficiales de Reserva en las Armas y En el ejercicio de las atribuciones que le confieren cios está encomendada a los Institutos "Adolfo V los incisos a) e i) del Artículo 171 de la Constitución Comuniquese. de la República;
Política de la República, HECTOR ALEJÁNDRO GRAMAJO MORALES. CONSIDERANDO: DECRETA: Viceministro de la Defensa Nacional Que el Ministerio de la Defensa Nacional ha Artículo 19-Se aprueba el Proyecto de Contrato a ARTURO GUILLERMO DE LA CRUZ GELPCKE formado por la Dirección del Instituto "Adolfo V suscribirse entre el Gobierno de la República de GuaCentral, que los Caballeros Alumnos que se n temala y el Banco Interamericano de Desarrollo -BD-, en la parte dispositiva de este Acuerdo, realiz identificado con el número 804/SF-GU, bajo los siguienaprobaron satisfactoriamente los estudios teóric tes términos y condiciones: 1) MONTO: Hasta por la suticos que establece el reglamento respectivo, por ma de cuarenta y tres millones ochocientos mil dólares Adscribese al Ministerio de la Defensa Nacional con es procedente conferirles el Grado y Despacho de los Estados Unidos de America (US$ 43.8 millones) destino a la Zena Militar número 1715 de Quetralse hicieron acreedores, o su equivalente en otras monedas; ii) PLAZO: Cuatenango, la finca urbana que Be expresa, ubicada en renta (40) años incluyendo diez (10) de período de grala 9a. avenida 8-44, zona 1, de la cabecer's municipal POR TANTO, cia; iii) INTERES: Uno por ciento (1%) anual sobre el del citado departaments.
saldo desembolsado durante el período de gracia y dos En el ejercicio de las funciones que le confic por ciento (2%) anual durante el resto del período de ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 82-87 artículos 183, incisos e) y v) y 246, inciso b amortización; iv) AMORTIZACION: Sesenta (60) cuoConstitución Política de la República de Guate tas semestrales consecutivas e iguales; v) COMISION Palacio Nacional: Guatemala 19 de febrero de 1987.con fundamento en los artículos 250 de la cite DE CREDITO: Cero punto cinco (0.5%) anual sobre el Suprema; 14 y 101 del Decreto-Ley 26-86, Ley saldo no desembolsado; vi) COMISION DE INSPECPresidente de la República, titutiva del Ejército de Guatemala; 3 Inciso e) CION Y VIGILANCIA: Uno por ciente (1%) del monto ciso u) del Reglamento General para los In de financiamiento por una sola vez. CONSIDERANDO: "Adolfo V. Hall" de la República, Artículo 29-Se faculta al Organismo Ejecutivo para Que el Ejercito de Guatemala es una institución, desACUERDA: que, por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, tinada a mantener la independencia, la soberanía y el concluya las negociaciones relacionadas x suscribe elhonor de Guatemala, la integridad de su territorio, laArtículo 1.-Conferir el Grado de Subteniente Contrato de Préstamo número ochocientos cuatro-diapaz y la seguridad interior y exterior; serva en el Arma de Infantería y el Despacho
gonal SF guión GU (804/SF-GU) en los terminos y pondiente, a los Caballeros Alumnos siguientes: condiciones aprobados en el artículo que antecede. CONSIDERANDO: 1.-Jose Eugenio Caballeros Polo. Artículo 39-Las amprtizaciones de capital, pagos deQue la finca urbana propiedad del Estado inscrita en 2.-Byron Porfirio Calderón Marin. intereses y demás gastos derivados del préstamo, esta-el Segundo Registro de la Propiedad al número 3019,3.-Victor Manuel Célis Techt Evans. rán a cargo del Organismo Ejecutivo por conducto delfolio 60 del libro 27 de Quetzaltenango, ubicada en la4.-Erick Rolando Enríquez Castellanos. Ministerio de Finanzas Públicas, por lo cual deberánnovena avenida ocho guión cuarenta y cuatro, zona uno 5.-Sergio Stuardo Figueroa Lemus. preverse las asignaciones presupuestarias correspondien-de la ciudad de Quetzaltenango, desde el año 1972 se 6.-Gustavo Adolfo García Samayoa. tes en cada ejercicio fiscal, hasta la total cancelación deencuentra ocupada por instalaciones de la actualmente 7.-Haroldo Estuardo Grijalva Molina. la deuda. Zona Militar número 1,715, Quetzaltenango; 8.-Marvin Estuardo Mena Pons. 9.-Axel Augusto Müller Jiménez. Artículo 49-Los recursos del préstamo serán desti. CONSIDERANDO: 10.-Juan Carlos Pérez Sicaja. nados exclusivamente para financiar parcialmente elQue es obligación del Estado proporcionar al Ejer-11-Victor Hugo Santos Barillas.
programa de Lotes con Servicios, que será ejecutado 12-Juan Manuel Alvarado Toledo. por el Banco Nacional de la Vivienda -BANVI-, la cito de Guatemala los medios idóneos para el cumplimiento de su alta mision; y que el referido inmueble 13.-Sergio Rodolfo Barbales Irfas. adjudicación a los beneficiarios de este programa deberá sujetarse al régimen de patrimonio familiar. ha sido calificado por las Autoridades Militares comoArtículo 2.-EI Ministerio de la Defensa Naci de importancia estratégica, tirá las órdenes que estime convenientes para Artículo 59-Los recursos del préstamo serán destinaPOR TANTO, plimiento de este Acuerdo y el Estado May en un sesenta por ciento, como mínimo, al interior Defensa Nacional, hará las anotaciones que el país, y en todo caso la política del Banco NacionalEn el ejercicio de la función que le confiere el ar-rita en los registros que lleva para el efecto. la Vivienda -BANVI-, deberá cumplir el mandatotículo 183, Inciso e) de la Constitución Política de laconstitucional de descentralización. República de Guatemala y con fundamento en lo pre-Artículo 3.-E1 presente acuerdo empieza 8 día veinte de febrero de mil novecientos ochen Artículo 6°-E1 presente Decreto entrará en vigenciaceptuado por los artículos 244 y 251 de la citada Cons-debiendo publicarse en el Diario Oficial y en 1 día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.titución Política: 2o de la Ley de Compras y ContraGeneral del Ejercito para Oficiales.
taciones, Decreto 35-80 del Congreso de la República y Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y10., inciso d) de su Reglamento, Comuniquese. cumplimiento. ACUERDA: Dada en el Palacio del Organismo Legislativo, en la MARCO VINICIO CEREZO A ciudad de Guatemala a los dieciocho dias del mes deArtículo 10.-Adscribir al Ministerio de la Defensa febrero de mil novecientos ochenta y siete. Nacional con destino a la Zona Militar número 1715 Ministro de la Defensa Nacional, de Quetzaltenango, la finca urbana ubicada en la 9a. HECTOR ALEJANDRO GRAMAJO MORALE JOSE RICARDO GOMEZ GALVEZ, avenida 8-44, zona 1 de la cabecera departamental del Presidente. citado departamento e inscrita en el Segundo Registro de la Prepiedad al número 3019, folio 60 del libro 27 JOSE FRANCISCO LOPEZ VIDAURRE, de Quetzaltenango. Nombrase Jefe de "stado Mayor de la Defe Secretario. nal al General ue Brigada Cesar Augus Artículo 20-Se faculta al Procurador General de la Rojas. JUAN LISANDRO MORALES GAVARRETE Nación para que comparezca ante el Escribano de GoSecretario. bierno o otargar la escritura pública correspondiente ACUERDO GUBERNATIVO DE a la adscripción a que se refiere este Acuerdo. NOMBRAMIENTO NUMERO 6 cio Nacional: Guatemala, 19 de febrero de 1987.Artículo 30-El Departamento de Bienes del Estado yPalacio Nacional: Guatemala, 20 de febreroPublicese y cúmplase. Licitaciones, deberá tomar nota en su registro y archiCEREZO AREVALO. vo y formalizará la entrega conforme el acta respectiva. EI Presidente de la República y Artículo 40.-El Ministerio de la Defensa Nacional Comandante General del Ejército, M Ministro de Finanzas Públicas, ordenará las operaciones de rigor en los inventarios resRODOLFO ERNESTO pectivos incorporando a los mismos el inmueble que porEn el ejercicio de las funciones que le esta disposición se le adscribe. artículo 183, incisos c), e) y s) de la Consti