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Decreto 8-1994

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 8-1994
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Médico
Año
1994

806 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Febrero 23 de 1994 NUMERO 35

DECRETO NUMERO 8-94

DECRETO NUMERO 9-94

El Congreso de la República de Guatemala, El Congreso de la República de Guatemala, CONSIDERANDO: de marzo de 1993 fue suscrito en esta ciudad el Convenio entre el Gobierne CONSIDERANDO: pública de Guatemala y Foster Parents Plan Internacional Inc. con el objeto deentidad establezca una oficina regional en nuestro país. Que el 3 de septiembre de 1992 fue suscrito por los países del Istmo Centroamericano, el Convenio de Financiación entre la Comunidad Economica Europea y Costa Rica, El Salvador, Guatemala. Honduras. Nicaragua y Panama. relacionado con el Programa de "Salud Materno-Infantil en America Central".

CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que técnico medica. educativa, de saneamiento ambiental, de bienestar social, sonbeneficios que el plan internacional Foster Parents aporta al prestar asistenciaQue es necesario que Guatemala se beneficie de un proyecto que procura el mejoramiento de la salud materno infantil de grupos de alto riesgo de ha region, debido importantes para nuestro pais. a los altos indices de mortandad infantil y de mujeres en período de gestación registrados en nuestro país.

POR TANTO: POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere las literalales a) y I) del articulo 171 de En ejercicio de las atribuciones que le confiere los incisos a) y I) del artículo 171 de lala Constitucion Política de la República de Guatemala.

Constitución Politica de la Republica de Guatemala. DECRETA:

ARTICULO Se aprueba el Convenio número AIA/91/25 de Financiacion suscrito entre to Comunidad Economica Europea y Costa Rica. EIDECRETA: Salvador, Guatemala. Honduras. Nicaragua y Panama, relacionado con el Programa de Salud Materno-Infantil en America Central". suscrito en Bruselas, Bélgica el 29 de ARTICULO 1. Se aprueba el Convenio entre el Gobierno de la República julio de 1992 por la comunidad Economica Europea y en Ampérica Central, el 3 de de Guatemala y Foster Parents Plan Internacional Inc. suscrito en esta ciudad el 2 de septiembre de 1992 por los paises del Istmo Centroamericano. parzo de 1993. ARTICULO 2. EI presente Decreto entrará CB vigencia ocho dias después ARTICULO 2. Ei presente Decreto entrará en vigencia ocho dias después de su publicacion en el diario oficial. de su publicacion en el diario oficial. PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION. PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO. EN LA CIUDAD DE GUATEMALA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL DE GUATEMALA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO

NOVECIENTOS NOVENT CUATRO.

OSCAR WINICIO VILLAR ANLEU

OSCARIVINICIO VILLAR ANLEU PRESIDENTE

PRESIDENTE

DE LA

CLODOVFO DOMINGUEZ DE LEON

CONGRESOREPUBLICA

FRANCI600 REYES IXCAMEY

SECRETARIO SECRETARIO

DE LA

CLODOVED DOMINGUEZ DE LEON

SECRETARIO

CONGRESOREPUBLICA

FRANCISCO REYES IXCAMEY

SECRETARIO GUATEMALA.GUA PALACIO NACIONAL: Guatemala, dieciseis de febrero de mil nóvecientos GUATEMATE noventa Y cuatro.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

DE LA PALACIO NACIONAL: Guatemala, dieciseis de febrero de mil novecientos

REPUBLIGADE LEON CARPIOnoventa y cuatro. DE LA

PUBLIQUESE ¥ CUMPLASE

DENTA REPUBLICA La Ministra de Relaciones Exteriores E1 Ministro de Sa Publ ica y Asistencia Social

DE AEON CARPIO

EXIERIONESMINIST Y ASISTENCIA SOCIAL E1 Ministro de Educacion E1 Ministro de Salud Publica y E1 Ministro de Economía Asistencia Social DE DE ialo OFDESPACHOVINONOM DOCTOR C. ALEREDO TAY 0 Studene EDUARDO GONZALEZ CASTILLOMINISTRO DL MINISTRO DE ECONOMIAMINISTRO DE LED. PRON La Ministra de Trabajo Y La Ministra de Relaciones Exteriores Prevision Social DECRETO NUMERO 10-94 El Congreso de la República de Guatemala,

TRABATO

MARITHZA PINZ DE VISIMAN CONSIDERANDO: MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Que el 25 de febrero de 1993. fue suscrito en esta ciudad, el acuerdo entre el Gobierno

L2 de la Republica de Guatemala y la Fundacion "Alfons Goppel" de la República Federal de Alemania, con el objeto de que ia Fundacion pueda operar y establecer una oficina en nuestro Pals.NUMERO 35 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Febrero 23 de 1994 807

CONSIDERANDO: DECRETA: Que el Acuerdo indicado será de gran beneficio para Guatemala ya que permitierá queARTICULO 1. Se aprueba el Protocolo al Acuerdo de Libre Comercio c la Fundación "Alfons Goppel" brinde asistencia no reembolsable a diversos sectores enIntegracion Economica entre las Repúblicas de Guatemala y el Salvador, suscrito el 17 beneficio del desarrollo integral y formacion social de los guatemaltecos. de marzo de 1992 en la ciudad de Guatemaia.

ARTICULO 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días despuésPOR TANTO: dc su publicación en el diario oficial. En ejercicio de las atribuciones que le confiere las literales a) y 1) del articulo 171 de laPASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACIÓN. Constitucion Política de la República de Guatemala DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMS LEGISLATIVO, EN LA CIUDADDECRETA: DE GUATEMALA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO ARTICULO 1. Se aprueba el Convenio de Cooperacion entre el Gobierno de la República de Guatemala y la Fundacion Alemana "Alfons Goppel" suscrito en laciudad de Guatemala el 25 de febrero de 1993.

ARTICULO 2. El presente Decreto entrara en vigencia el dia siguiente de Use su publicación cn el diario oficial. OSCAR VINICIO VILLAR ANLEU PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA su PUBLICACIÓN PRESIDENTE DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA A LOS VEINTICINGO DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.

OSCAR VINICIO VILLAR ANLEU

PRESIDENTE

CLODOVEO DOMINGUEZ DE LEON FRANCISCO REYES IXCAMEY

SECRETARIO SECRETARIO

CONGREGO DELA REPRESENTATIVEDE LA

CLODOVEO DOMINGUEZ DE LEON

CONGRESO FRANCISCO REYES IXCAMEY GUATEMALASECRETARIOSECRETARIO PALACIO NACIONAL: Guatemala, dieciseis de febrero de mil novecientos GUATEMAL noventa Y cuatro. DE PUBLIQUESE Y CUMPLASE PALACIO NACIONAL: Guatemala, dieciseis de febrero de mil novecientos REPUBLICA noventa Y cuatro. DE LEON CARPIO

TEMA'S.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE DE

A La Ministra de Relaciones Exteriores E1 Ministro de Economía DE

DESPACHO

DE LEON CARPIO AXTERIJUNESGUATEMALEDUARDO GONZALEZ CASTILLO La Ministra de Relaciones Exteriores La Ministra de Finanzas Públicas me/ VILLMAN MINISTRO DE ECONOMIA MINNER has

MARITHZA PM7 DE VIELMAN DE

INTERE Fuburasde DECRETO NUMERO 12-94Ministra

El Congreso de la República de Guatemala, CONSIDERANDO: Que el 6 de mayo de 1993 fue suscrito en la ciudad de Guatemala el convenio básico entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República de Alemania sobre el envío de cooperantes del servicio alemán de cooperacion socialtécnica. DECRETO NUMERO 11-94 CONSIDERANDO: El Congreso de la República de Guatemala, Que el convenio indicado concreta el deseo de los gobiernos de consolidar las relaciones amistosas existentes entre los mismos, asf como la regulación de la participación de cooperantes del servicio alemán de cooperacion social-tecnica en proyectos de desarrollo en la Republica de Guatemala.

CONSIDERANDO: POR TANTO: Que conforme a lo establecido en cl articulo 4 del Acuerdo de Libre Comercie e Integracion Economica entre las Repúblicas de Guatemala y El Salvador, se suscribió el En ejercicio de las atribuciones que le confiere las literales a) y 1) del artículo 171 de la 17 de marzo de 1992 en la ciudad de Guatemala. el Protocolo al Acuerdo de Libre Constitucion Política de la República de Guatemala Comercio c Integracion Económica entre las Republicas de Guatemala y E1 Salvador

DECRETA: CONSIDERANDO: ARTICULO 1. Se aprueba el Convenio básico entre el Gobierno de la Que con el Protocolo citado Guatemala y El Salvador se otorgan libre Comercio para República de Guatemala y el Gobierno de la República Federal de Alemania sobre el todos Ins productos originarios de sus respectivos territorios. con excepción de algunos envio de cooperantes del servicio alemán de cooperación social-técnica, suscrito en la

productos clasificados en la Nauca 11. ciudad de Guatemala el 6 de mayo de 1993

POR TANTO: ARTICULO 2. E! presente decreto entrará en vigencia ocho dias después de su publicacion en el diario oficial Ea ejercicio de las atribuciones que le confiere las literales a) y 1) del Artículo 171 de la Constitución Politica de la República de Guatemala. PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION

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