Decreto 8-1999
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 8-1999
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1999
NUMERO 29 DIARIO DE CENTRO AMERICA-9 de abril de 1999 5
DECRETO NUMERO 8-99 contrato ae préstamo y podrá ser pagada en dólares 0 su equivalente en quetzales.
AMORTIZACION: Mediante cuotas semestrales progresivas y en lo posible iguales.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA ARTICULO 3. Cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de préstamo. Las amortizaciones del capital, pago de intereses y demás gastos derivados del CONSIDERANDO: presente empréstito estarán a cargo del Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, para lo cual éste deberá prever las asignaciones presupuestarias Que on materia de infraestructura vial, Guatemals se caracteriza por tener dos corredores correspondientes en cada ejercicio fiscal, hasta la cancelación total de la deuda. naturales que integran transversal y longitudinalmente al país, como to son las Rutas CA-01 Oriente y Occidente y la CA-09 Norte y Sur, que intercomunican con la República de ARTICULO 4. Ampliación del Presupuesto General de Ingresos del Estado para México y con los palses del istmo centroamoricano, asi como con los puertos Quetzal y Santo Tomas de Castilla, rutas que son de vital importancia en los procesos de integracion nacional e internacional, en el ambito social, económico, politico y comercial. el Ejercicio Fiscal 1999. Se amplia el Presupuesto General de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 1999, en la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES
CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SIETE QUETZALES EXACTOS (Q.278,
438,007.00) en la forms siguiente: PARTIDA CONCEPTO MONTOCONSIDERANDO: 24 ENDEUDAMIENTO PUBLICO INTERNO Que algunos tramos de dichos corredores, como lo son: i) is Ruta CA-01 Occidente, 45,624,377.00
Tramo: Guatemala-San Lucas; ii) la Ruta CA-01 Oriente, Tramo: Cruce Santa Elena 24.3 COLOCACION DE CBLIGACIONES DE Barillas-Barberens; iii) la Ruta CA-14, Tramo: El Rancho-Cobán; iv) la Ruta CA-09 Norte, DEUDA INTERNA A LARGO PLAZO 45,624,377.00
Tramo: Gustemala-El Rancho; y, v) la Ruta Nacional 14, Tramo: San Miguel Morazán24.3.10 Colocación de Bonos Escuintla; presentan una infraestructura deteriorada y deficiente, que no ofrece condiciones 45.624.377,00 adecuadas de transitabilidad a los usuarios a un nivel aceptable de servicio, lo cual es 25 ENDEUDAMIENTO PUBLICO EXTERNO 232,813,630.00 debido a que algunos tramos están siendo utilizados fuera de su vida útil, encontrándose la25.4 OBTENCION DE PRESTAMOS EXTERNOS estructura física de pavimento con un alto grado de deterioro que no permite ser objeto de un mantenimiento rutinario y/o periódico; el Gobierno de la República de Guatemala A LARGO PLAZO 232,813,630.00
gestionó por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, la suscripción del Contrato de 25.4.20Préstamo número 1414, con el Banco Centroamericano de Integracion Económica -BCIE-, De organismos e instituciones regionales e internacionales232.813.630.00 para el financiamiento parcial del Programa de "Rehabilitación de Vias Primarias" de la TOTAL: 278.438.007.00 República de Gustemala, y contando con el dictamen favorable del Organismo Ejecutivo, emitido por la Comisión Interinstitucional para la Agilinación de la Cooperación ARTICULO 5. Ampliación del Presupuesto General de Egresos del Estado para Internacional -CIACI-, con número CIACI-40/98 y la opinion favorable de la Junia el Ejercicio Fiscal 1999. Se amplia el Presupuesto General de Egresos del Estado para el Monetaria contenida en la Resolución JM-560-98, es procedente emitir la disposición legal Ejercicio Fiscal 1999, en la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES que In apruebe. CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SIETE QUETZALES EXACTOS (Q.278,438,007.00) en la forma siguiente:
PRESUPUESTO DE EGRESOS DE INVERSION
(En Quetzales)POR TANTO: ORGANISMOS Y MINISTERIOS INVERSION FINANCIERA En ejercicio de las atribuciones que le confiere cl artículo 171 literales 1a) c i) de la Constitución Política de la República de Guatemala: Ministerio de Comunicaciones, Transporte, Obras Públicas y Vivienda 278.438.007.00
TOTAL:
DECRETA: 278.438.007.00
ARTICULO 1. Aprobación del contrato de préstamo. Se aprueba el Contrato de ARTICULO 6. Ampliación a la Emisión de Bonos del Tesoro, Ejercicio Fiscal Préstamo número 1414 entre la República de Guatemala y el Banco Centroamericano de 1999. Con base en la opinion favorable de la Junta Monetaria y el dictamen de la Comision Integración Económica -BCIE-, para el financiamiento parcial del Programa deInterinstitucional para la Agilización de la Cooperacion Internacional, se aprueba la "Rehabilitación de Vias Primarias" de la Republica de Guatemals. ampliacion a la emisión, negociación y amortización de Bonos del Tesoro Ejercicio Fiscal 1999, por un monto de CUARENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS ARTICULO 2. Autorización para suscribir préstamo externo: Se autoriza al VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE QUETZALES EXACTOS Organismo Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas,(Q.45,624,377.00) bajo los mismos términos aprobados en el Decreto Número 82-98 del concluys la negociación y suscriba el Contrato de Préstamo número 1414 con el Banco Congreso de la Republica, cuyo destino será financiar, en el Ejercicio Fiscal 1999, los Centroamericano de Integracion Económica -BCIE-, en los terminos establecidos en los gastos de contrapartida del Gobierno de la República de Guatemala, en la ejecución de
mismos y básicamente bajo las siguientes condiciones financieras: proyectos dentro del Programa de "Rehabilitación de Vias Primarias" de la República de Guatemala.
MONTO: Hasta por la suma de CIEN MILLONES DE DOLARES (US$100,000,000.00).
MONEDA DE DESEMBOLSO Y ARTICULO 7. Distribución en detaile. Para la ejecución de la ampliación REEMBOLSO: En dólares de los Estados Unidos de America, en establecida en la presente ley, se facults al Organismo Ejecutivo para que, a través del quetzales 0 en cualquier otra moneda convertible. Ministerio de Finanzas Públicas, apruebe la distribución on detaile, por medio de acuerdo gubernativo, debiendo asignar las partidas específicas. Para el presente caso, el acuerdoDESTINO: Financiamiento parcial de proyectos dentro del gubernativo indicado podrá ser refrendado por el Ministerio de Finanzas Públicas. Programa de "Rehabilitación de Vias Primarias" de la República de Gustemala. ARTICULO 8. Vigencia. El presente decreto entrará en vigencia el dia de supublicación on el diario oficial.
ORGANISMO EJECUTOR: Ministerio de Comunicaciones, Transporte, Obras Públicas y Vivienda, por medio de la Dirección PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION YGeneral de Caminos. PUBLICACION.
PLAZO: Doce (12) aflos, que incluye un período de gracia DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DEde veinticuatro (24) meses, contados a partir del GUATEMALA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DE MILprimer desembolso destinado a cada proyecto, NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.
conforme a los cronogramas de ejecución de los mismos.
PERIODO DE DESEMBOLSO: Treints y tres (33) meses contados a partir del inicio de los desembolsos o septiembre del año 2001, lo que ocurrs primero. LEONEL ELISEO RODAS TASA DE INTERES: Será establecida por el BCIE de acuerdo con su PRESIDENTE politica de tasas de interés vigente, con base en'el costo de los recursos ordinarios, más un margen a favor del BCIE, revisable trimestralmente.
COMISION DE COMPROMISO: % del 1% anual sobre los saldos no ARTURO DE LA CRUZ G.desembolsados del préstamo, is cual empezará a JORGE PASSARELLI URRUTIASECRETARIO devengarse a partir de la fecha de suscripción del SECRETARIO