Decreto 8-2005
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 8-2005
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 2005
BIBLIOTECA DEL CONGRESO REPÚBLICA DE GUATEMALA2 DIARIO DE CENTRO AMÉRICA-2 de marzo de 2005 NÚMERO 25
PALACIO NACIONAL: Guatemala, diecisiete de febrero del año dos mil cinco.
COMPLETED DE LA REPUBLICAPUBLÍQUESE Y CUMPLASE
LUIS FERNANDO PEREZ MARTÍNEZ
SECRETARIO CARLOS ALBERTO SOI RIVERASECRETARIO DE LA PALACIO NACIONAL: Guatemala, diecisiete de febrero del año dos mil cinco. RÉPUBLICA
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE BERGER PERDOMO CUXTEMALK.
DE LA
PRESIDENCIAREPUBLICA BERGER PERDOMO 2.7KTHE $
ACIONES
MINISTERIO DE REL EXTERITIESMARCIO CUEVAS QUEZADA Jorge RaúfArroyave Reyes
GUATEMALA
Ministro de Economia SECRETARIO GENERAL REP. PRESIDENCIA DE LAREPUBLICA DE Jorge Briz AbuldrachMinistro de Relaciones Exteriores (E 2005) 02 - MARZO
(E 2005) MARZO CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 08-2005
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NÚMERO 09-2005
CONSIDERANDO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Que Guatemala norma sus relaciones con otros Estados de conformidad con los principios, CONSIDERANDO: reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz yQue Guatemala normará sus relaciones con otros Estados de conformidad con los
libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesosprincipios, reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento democráticos e instituciones internacionales que garanticen beneficio mutuo y equitativode la paz y libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de losentre los Estados. procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen beneficio mutuo y CONSIDERANDO: equitativo entredos Estados, Que el Estado mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos CONSIDERANDO: Estados, cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con elQue el Estado mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formularEstados cuyo desarrollo económico, social y cultural sea análogo al de Guatemala, con el conjuntamente, políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas. propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular CONSIDERANDO: conjuntamente politicas tendientes al progreso de las naciones respectivas. Que es obligación fundamental del Estado promover el desarrollo ordenado y eficiente del CONSIDERANDO: comercio interior y exterior del país, fomentando mercados para los productos nacionales;Que es obligación fundamental del Estado promover el desarrollo ordenado y eficiente del así como crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitalescomercio interior y exterior del país, fomentando mercados para los productos nacionales;
nacionales y extranjeros. así como crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales CONSIDERANDO: nacionales y extranjeros. Que el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la CONSIDERANDO: República Checa para la Protección y Promoción Recíproca de Inversiones, constituye unQue el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la instrumento bilateral cuyo objetivo es intensificar la cooperación económica en beneficio deConfederación de Suiza, firmado el 9 de septiembre del año 2002, constituye un instrumento ambos países y que propone crear condiciones favorables para las inversiones realizadasbilateral cuyo objetivo es intensificar la cooperación económica en beneficio de ambos por inversores de cada una de las partes contratantes en el territorio de la otra. paises y que propone crear condiciones favorables para las inversiones realizadas por POR TANTO: inversores de cada una de las partes contratantes en el territorio de la otra. En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal 2 numerales 1 y 4 de la POR TANTO; citada Carta Magna. DECRETA: DECRETA: Artículo 1. Se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y la Artículo 1. Se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y elConfederación de Suiza para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, suscrito Gobierno de la República Checa para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones,con fecha nueve de septiembre de dos mil dos en la ciudad de Guatemala. suscrito con fecha ocho de julio de dos mil tres en Praga, República Checa. Articulo 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho dias después de su publicación enel Diario Oficial. el Diario Oficial. REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN
REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
Y PUBLICACIÓN. EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL CINCO.