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Decreto 80-1985

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 80-1985
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1985

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Luis Mendizábal R. Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 Calle 6-72. some 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCXXVI GUATEMALA, MARTES 30 DE JULIO DE 1985 NUMERO 82

SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO DI Ministro de Trabajo y Previsión Social

CARLOS PADILLA NATARENO

ORGANISMO EJECUTIVO JEFATURA DE ESTADO La Ministro de Educación ARACELY J. SAMAYOA DE PINEDA JEFATURA DE ESTADO DECRETO LEY NUMERO 79-85 Ministro de Relaciones Exteriores FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN DECRETO LEY NUMERO 79-85 EL JEFE DE ESTADO Ministro de Salud Pública DECRETO LEY NUMERO 80-85 CONSIDERANDO: y Asistencia Social

J. RAMIRO RIVERA ALVAREZ MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESQue por Decreto Ley número 68-85 de fecha 28 de junio de 1985, publicado en el Diario Oficial el El Ministro de Energía y Minas Designase al Licenciado Julio Armando Martini 1o. de julio de este mismo año, se modificó el arALEJANDRO CONTRERAS BONILLA

tículo 24 del Decreto número 80-74 del CongresoHerrera Embajador de Guatemala en Caracas, Venezuela, para que firme el contrato de présde la República, modificado a su vez por el Decreto Ley número 76-83 y se adicionó a dicho ar-tamo por la cantidad que se menciona. tículo el último párrafo que expresa: "Las emDECRETO LEY NUMERO 80-85 presas de aviación o marítimas deberán enterar el producto de la recaudación del mes, dentro de EL JEFE DE ESTADO MINISTERIO DE FINANZAS los diez primeros días calendario del mes siguiente"; CONSIDERANDO: PUBLICAS CONSIDERANDO: Que no conviene afectar el capital de trabajo de Modificase en la forma que se expresa el inciso a) las empresas dedicadas al transporte aéreo, marítidel artículo 19 del Acuerdo Gubernativo número Que tanto el impuesto por salida del país en fa-mo y terrestre de personas y carga, con retencio570-83, modificado por los articulos 79. del vor del Instituto Guatemalteco de Turismo, como nes de impuesto sobre la Renta por sus servicios Acuerdo Gubernativo número 247-84 y 1°, del el impuesto adicional en favor del Gobierno Cenprestados, emitiéndose con ese propósito la preAcuerdo Gubernativo número 524-85 (relativo a tral, se perciben diariamente en las cajas fiscalessente disposición legal. las modificaciones y adhesiones a la Ley del Imy por lo mismo, se impone la necesidad de suprimir la adición a que se refiere el considerando POR TANTO:puesto sobre la Renta). anterior, emitiendose con ese propósito la presente

disposición legal. En el ejercicio de las facultades que le confieren MINISTERIO DE GOBERNACION los artículos 49 y 26, inciso 6), del Estatuto FunPOR TANTO: damental de Gobierno, modificado por los DecreNómbranse a las personas que se mencionan, Alcaltos Leyes números 36-82 y 87-83, de y Vicealcalde Municipal de San Andres, deEn el ejercicio de las facultades que le confiepartamento de Peten. ren los artículos 4o. y 26 inciso 6) del Estatuto En Consejo de Ministros Fundamental de Gobierno, modificado por los DeAutorizase a "Phibro de México, Sociedad Anó- cretos Leyes números 36-82 y 87-83, DECRETA: nima", para que pueda retirarse del país. En Consejo de Ministros La siguiente

MINISTERIO DE ECONOMIA DECRETA: MODIFICACION AL DECRETO LEY NUMERO 229 Y SUS REFORMAS, LEY DE IMPUESTO Concédese a la entidad "The Dow Chemical ComArtículo 10.- Se suprime del artículo 24 del SOBRE LA RENTA pany la patente de invención que se indica. Decreto número 80-74 del Congreso de la Repú- blica, modificado por los Decretos Leyes números Artículo 19-Se modifica el inciso b) del artículo Concédese a la entidad "The Dow Chemical Com76-83 y 68-85, el último párrafo que expresa: "Las36 del Decreto Ley número 229, modificado por los

pany", la patente de invención que se menciona.empresas de aviación o marítimas deberán enterar artículos 79 del Decreto Ley número 73-83, 19 del el producto de la recaudación del mes, dentro de Decreto Ley número 49-84 y 19 del Decreto Ley Concédese a la entidad "Schering Aktiengesells-los diez primeros días calendario del mes siguien-número 67-85, el cual queda así: chaft", la patente de invención que se menciona.te". "b) Honorarios, dietas, comisiones, bonificacioConcédese a la entidad "Brown & Williamson ToArtículo 20.-El presente Decreto Ley entra en nes y otras prestaciones afectas al bacco Corporation", la patente de invención vigor el día de su publicación en el Diario Oficial. impuesto, incluyendo actividades técnicas, que se menciona. por servicios prestados individualmenDado en el Palacio Nacional: En la ciudad de te o por empresas y de artesanos 0 Concédese al Ingeniero Eduardo Enrique BustaGuatemala, a los veintinueve días del mes de jusimilares, de acuerdo con 10 que establece el mante Rourk, la patente de invención que se lio de mil novecientos ochenta y cinco. Reglamento. En estos casos, si la empresamenciona. que presta el servicio es una persona domiPublíquese y cúmplase, ciliada en Guatemala, retendrán el tres porConcédese a la entidad "Societe Generale Des Eaux ciento (3%), como pago a cuenta del im-Minerales de Vittel", la patente de invención que General de División puesto que le corresponde pagar; mientrasse indica. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES que si la empresa está domiciliada en el ex-Jefe de Estado y

Concédese a la entidad "John Wyeth & Brother terior. la retención será del veinte por cien-Ministro de la Defensa Nacional Limited", la patente de invención que se exto (20%) como impuesto único y definitivo presa. Secretario General de la a cargo de tal empresa". Jefatura de Estado MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ Artículo 29-E1 presente Decreto Ley será puPUBLICACIONES VARIAS blicado en el Diario Oficial y entrará en vigor el E Ministro de Finanzas 19 de agosto de mil novecientos ochenta y cinco. Anexo de la Resolución JM-126-85 ARMANDO GONZALEZ CAMPO Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Guatemala, a los veintinueve días del mes de juliode la Junta Monetaria. El Ministro de Gobernación de mil novecientos ochenta y cinco. Banco del Ejército, S. A. CARLOS GUZMAN ESTRADA El Ministro de Economia Publiquese y cúmplase ANUNCIOS VARIOS ARIEL RIVERA IRIAS General de División Matrimonios. - Registros de derecho de autor. El Ministro de Comunicaciones, OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES Jefe de Estado y Ministro de la Líneas de transporte. Constituciones de SOTransporte y Obras Públicas ciedad. Modificaciones de sociedad. Patente LUIS HUGO SOLARES AGUILAR Defensa Nacional de invención. Registro de marcas. Titulos El Ministro de Agricultura Secretario General de la supletorios. - Licitaciones. Edictos. - ReGanadería y Alimentación Jefatura de Estado

mates. JUAN HUMBERTO MANCUR DONIS MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ1986 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Julio 30 de 1985 NUMERO 82

ARMANDO GONZALEZ CAMPO POR TANTO: Autorizase a "Phibro de México, Sociedad Ané- Ministro de Finanzas nima", para que pueda retirarse del país. En el ejercicio de las facultades que le confiere CARLOS GUZMAN ESTRADA el artículo 49 del Estatuto Fundamental de GobierACUERDO GUBERNATIVO No. 573-85 Ministro de Gobernación no, modificado por los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83, Palacio Nacional: Guatemala, 11 de julio de 1985.ARIEL RIVERA IRIAS Ministro de Economía ACUERDA: EL JEFE DE ESTADO LUIS HUGO SOLARES AGUILAR Artículo 19-Se modifica el inciso a) del artículo CONSIDERANDO: Ministro de Comunicaciones, 19 del Acuerdo Gubernativo número 570-83, modiTransporte y Obras Públicas ficado por los artículos 79 del Acuerdo Gubernativo número 247-84 y 19 del Acuerdo Gubernativo Que el licenciado Jorge Skinner-Klee se preJUAN HUMBERTO MANCUR DONIS número 524-85, el cual queda así: sentó al Registro Mercantil General de la Repú- blica, solicitando se autorice a "Phibro de México,Ministro de Agricultura Ganadería y Alimentación "a) Honorario. Es la retribución en dinero 0 en Sociedad Anónima", en cuya representación gesespecie que recibe una persona, individual 0 tiona, para que pueda retirarse del país; CARLOS PADILLA NATARENO jurídica, con motivo de la prestación de un Ministro de Trabajo y servicio, siempre que no exista relación de CONSIDERANDO: Previsión Social dependencia entre las partes involucradas. Por servicio, a este efecto, se entiende el Que en el expediente se han llenado los represtado por una persona individual o juquisitos exigidos por la ley y habiendo emitidoARACELY J. SAMAYOA DE PINEDA rídica, que ejerce una profesión universitariadictamen en sentido favorable a la referida soliMinistro de Educación 0 con un grado equivalente, o una actividad citud, el Asesor Jurídico del Ministerio de Gobertécnica. Entre estas últimas quedan incluidasnación, el cual fue aprobado por el Ministerio Pú-FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN actividades como las prestadas por agentes blico, es procedente dictar la respectiva disposi-Ministro de Relaciones Exteriores o corredores de aduana, de publicidad, de ción legal, autorizando a la entidad solicitante para vigilancia, de reparación de bienes muebles retirarse del territorio nacional.

J. RAMIRO RIVERA ALVAREZ Ministro de Salud Pública y de cualquier naturaleza, y similares. Quedan Asistencia Social excluidos los servicios prestados por el EsPOR TANTO, tado y sus entidades, sean éstas autónomas O En el ejercicio de las facultades que le confiere ALEJANDRO CONTRERAS BONILLA semiautónomas; el servicio de transporte el artículo 4o. del Estatuto Fundamental de GoMinistro de Energía y Minas aéreo, marítimo O terrestre; las municipalidades y sus empresas; así como los prestadosbierno, modificado por los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83 y con base en lo dispuesto enpor artesanos y similares, entendiéndose por tales aquellas personas que ejerciten un arteel artículo 218 del Decreto 2-70 del Congreso de u oficio meramente mecánico y que hacen la República (Código de Comercio), MINISTERIO DE RELACIONES por su cuenta objetos o trabajos de uso doACUERDA: méstico, imprimiéndoles un sello personal a EXTERIORES diferencia de los obreros fabriles". Artículo 10.-Autorizar a "Phibro de México, SoArtículo 29-E1 presente Acuerdo Gubernativo ciedad Anónima", para que pueda retirarse del será publicado en el Diario Oficial y entrará enpaís.

Designase al Licenciado Julio Armando Martini vigor el 19 de agosto de mil novecientos ochenta Artículo 20.-La autorización anterior no impidey cinco.Herrera Embajador de Guatemala en Caracas, el cumplimiento de las obligaciones y compromisos Venezuela, para que firme el contrato de prés-Comuníquese contraídos por "Phibro de México, Sociedad Anó- tame por la cantidad que se menciona. nima" que aún quedaren pendientes, pudiendo el Estado, sus dependencias y demás personas inte-General de División Palacio Nacional: Guatemala, 10 de julio de 1985. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES resadas exigir se solventen de conformidad con

Jefe de Estado la ley. Habiéndose acordado suscribir entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Fondo de Artículo presente acuerdo surtirá sus Inversiones de Venezuela, en la ciudad de CaraEl Ministro de Finanzas efectos a partir del día siguiente de su publicacas, Venezuela, un Contrato de Préstamo por Bs. ARMANDO GONZALEZ CAMPO ción en el Diario Oficial. 52 500 000.00 y US$ 000.00, para Talanciar parcialmente el Proyecto Línea de Interconexión Comuniquese, Centro Occidente, cuya ejecución estará a cargo del Instituto Nacional de Electrificación -INDEMINISTERIO DE GOBERNACION General de División

OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES

EL JEFE DE ESTADO El Ministro de Gobernación En uso de las facultades que le confiere el nuNómbranse a las personas que se mencionan, Alcal-GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL meral 4) y el numeral 5) inciso a) del artículo de y Vicealcalde Municipal de San Andres, de-26 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modifipartamento de Petén. 201345-30-Julio cado por los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83,

ACUERDO GUBERNATIVO DE

ACUERDA: NOMBRAMIENTO NUMERO 152

Designar al Licenciado Julio Armando Martini Palacio Nacional: Guatemala, 18 de julio de 1985.MINISTERIO DE ECONOMIA

Herrera: Embajador de Guatemala en Caracas,

Venezuela, para que en nombre y representación EL JEFE DE ESTADO del Gobierno de la República, firme. ad referéndum, el mencionado Contrato de Préstamo. Concédese a la entidad "The Dow Chemical ComEn el ejercicio de las facultades que le confiere Comuniquese y extiéndanse los Plenos Poderes los artículos 4o. y 26, inciso 50., literal c) del Es-pany", la Patente de Invención que se indica. respectivos. tatuto Fundamental de Gobierno, modificado por ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 516-85 los Decretos Leyes números 36-82 y 87-83, con General de División base en el artículo 4o. del Decreto Ley número OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES 53-82 y Decreto Ley número 41-83, Palacio Nacional: Guatemala, 26 de junio de 1985. El Ministro de Relaciones Exteriores ACUERDA: FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN. EL JEFE DE ESTADO Artículo 10.-Nombrar al señor Miguel Manzanero Acosta, Alcalde de la Municipalidad de San CONSIDERANDO: Andres, departamento de Peten, en sustitución de MINISTERIO DE FINANZAS Manuel Soza Cano, por convenir al servicio. El Que el licenciado Ernesto Ricardo Viteri Echerespectivo Gobernador Departamental tomará al verria como apoderado de la entidad "The Dow PUBLICAS nombrado la protesta de ley y le dará posesión Chemical Company", de nacionalidad estadounicon las formalidades legales. dense, ha solicitado se conceda a favor de su

poderdante, paterite sobre el invento denominadoArtículo 20.-Nombrar al señor Luis Alfonso DERIVADOS DE FOSFORO DE ESTERES DEMedificase en la forma que se expresa el inciso a)Cano Manzanero, Vicealcalde de la Municipalidad del artículo 19 del Acuerdo Gubernativo número de San Andrés, departamento de Petén, en sustiACIDO CARBAMIMIDOTIOICO: 570-83, modificado por los artículos 79, del tución de Roberto Manuel Fión Chata, por conveAcuerdo Gubernative número 247-84 y 19, del nir al servicio. El respectivo Alcalde Municipal CONSIDERANDO: Acuerdo Gubernativo número 524-85 (relative atomará al nombrado la protesta de ley y le dará las modificaciones y adhesiones a la Ley del Im-posesión con las formalidades legales. Que el Registrador de la Propiedad Industrialpuesto sobre la Renta). Artículo 30.-Los nombrados devengarán el suelinformó que es procedente la solicitud indicada en ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 627-85 do que tengan asignado en el presupuesto muel considerando anterior, en vista de que en el nicipal. expediente constan los dictámenes favorables de Palacio Nacional: Guatemala, 26 de julio de 1985. los expertos nombrados y del Ministerio Público, Artículo 40.-El presente acuerdo surte efectos y habiéndose satisfecho todos los requisitos lega-EL JEFE DE ESTADO a partir de las correspondientes fechas de toma les, se hace necesario dictar la respectiva dispode posesión y deberá publicarse en el Diario sición legal concediendo la patente solicitada,CONSIDERANDO: Oficial. Que es conveniente reglamentar la no retención POR TANTO.Comuniquese. Impuesto sobre Ta Renta, en los casos de pagos UP ob united S créditos por servicios de transporte aéreo, mariGeneral de Division En el ejercicio de las facultades que le confietimo 0 terrestre prestados por empresas domicilia-OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES ren los artículos del Estatuto Fundamental de das 0 no en Guatemala, conforme lo dispone la GVI02 Gobierno, modificado por los Decretos Leyes nú- ley de la materia emitiéndose para el efecto EL Ministro meros 36-82 V 87-83 21 de la Ley de Patentes

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